Capítulo 12: Teoría de los Delitos Culposos Flashcards
¿Qué es el delito culposo?
Se da cuando la vulneración del bien jurídico no es voluntaria, pues el sujeto no busca ni acepta su lesión.
Régimen penal de la culpa
En relación con los delitos dolosos exhiben varias características que justifican un castigo distinto:
a) Es un desvalor menor que el delito doloso.
b) En otras palabras los delitos culposos son siempre de resultado, nunca de mera actividad.
Técnica usada para tipificar los delitos culposos
Tres sistemas:
a) Sistema numerus clausus: la propia ley la que indica si una conducta incriminada admite o no comisión culposa.
b) Sistema numerus apertus: totalmente lo contrario, correspondiendo a la labor interpretativa determinar si una figura delictiva admite una o ambas modalidades.
c) Sistema mixto: combinación de las anteriores.
En Chile rige el sistema mixto.
Estructura de los delitos culposos
- La conducta: la voluntad del individuo no se dirige hacia la lesión del bien jurídico, sino que normalmente se orienta hacia la obtención de un fin lícito.
- Composición de los tipos penales culposos
- Sujeto activo
- Acción
- Resultado
- Circunstancias espacio temporales
- Culpa
Modalidades y clases de culpa
a) Negligencia: infracción al deber de cuidado que se traduce en una falta de actividad del sujeto.
b) La Imprudencia: supone un actuar excesivo, que sobrepasa el límite del riesgo permitido.
c) La Impericia: realizar una determinada actividad sin contar con los conocimientos o la destreza necesarios para su ejecución.
d) La Infracción de Reglamento: no es una verdadera modalidad de culpa, porque supone una actuación imprudente o negligente. La infracción de un reglamento normalmente será un acto doloso pero da lugar a una actuación culposa, en cuanto no hay voluntad de obtener el resultado que efectivamente se produce.