14. El dominio público y patrimonio de los entes públicos Flashcards
Patrimonio de las Administraciones Públicas
El patrimonio de las AAPP está integrado por sus bienes y derechos, que dependiendo de su dominio, podrán ser públicos (demaniales) o privados (patrimoniales). Quedan excluidos del patrimonio de las AAPP el dinero, los valores, créditos u otros recursos de financiación; y, en el caso de las sociedades empresariales públicas, los recursos que constituyan su tesorería.
El patrimonio de las AAPP viene regulado por la Ley 33/2003 del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Bienes demaniales (de dominio público)
Son aquellos bienes titularidad de las AAPP, afectos al uso general o al servicio público. El art 132.2 de la Constitución, indica que son bienes de dominio público estatal todos aquellos así categorizados por ley, la zona marítima-terrestre, las playas, y los recursos naturales de la plataforma continental; junto con los edificios de las AAPP que alojan oficinas o dependencias de órganos del Estado.
Los bienes demaniales se rigen por los principios de inalienabilidad, inembargabilidad, imprescriptibilidad; aplicación efectiva al uso común salvo razones de interés general, uso común sobre uso privado, registro y control mediante inventarios y colaboración entre AAPP en su gestión.
Bienes privados (patrimoniales)
Son aquellos bienes titularidad de las AAPP que no tienen carácter de demaniales. Se incluyen aquí los derechos de arrendamiento, los títulos y valores representativos de acciones, participaciones o obligaciones emitidas por sociedades mercantiles, o todos aquellos derechos que se deriven de la titularidad de otros bienes patrimoniales, contratos de futuros y opciones, etc.
En este caso priman los principios de eficacia y eficiencia de su gestión y explotación, así como la transparencia y publicidad; su control mediante registros e inventarios, y la colaboración entre AAPP para optimizar su utilización.
Deberán ante todo, ser de apoyo para las políticas públicas, especialmente la de vivienda.