u4 Flashcards

1
Q

UNIDAD TEMÁTICA IV: CONTRATO DE SEGURO
1) Concepto y clases. Caracteres. Elementos. Finalidad. Proceso de
formación. Derechos y obligaciones de las partes al celebrar el contrato,
durante la vigencia y al momento del siniestro.

A

Contrato de Seguro según el documento “El Derecho Comercial Unificado por Ley 26.994”

1.	Concepto y finalidad El contrato de seguro es un acuerdo en el cual el asegurador, mediante el cobro de una prima, asume el riesgo asociado a eventos futuros e inciertos que puedan afectar a una persona o cosa. Si dicho evento ocurre, el asegurador está obligado a resarcir el daño o cumplir con la prestación pactada. Su objetivo principal es neutralizar las consecuencias negativas de dichos eventos, no eliminarlos .
2.	Clases de seguros Se clasifican en:
•	Seguros patrimoniales: Enfocados en indemnizar daños materiales o patrimoniales (por ejemplo, seguros de incendio o transporte).
•	Seguros personales: Compensan perjuicios no valorables en términos estrictamente económicos, como los seguros de vida o accidentes personales  .
3.	Caracteres
•	Mutualidad: Agrupa asegurados para formar un fondo común.
•	Bilateralidad: Genera obligaciones recíprocas (el asegurador asume riesgos, el asegurado paga primas).
•	Oneroso y aleatorio: Se paga una prima, pero la prestación depende de la ocurrencia de un evento incierto  .
4.	Elementos esenciales
•	Sujetos: Asegurador (empresa organizada) y asegurado (persona física o jurídica).
•	Objeto: Riesgo asegurable y el interés del asegurado.
•	Causa: El interés económico lícito que ambos contratantes tienen en evitar la ocurrencia del siniestro  .
5.	Proceso de formación
•	El contrato no se perfecciona de forma instantánea, sino que incluye etapas previas como la propuesta del asegurado, que sirve para evaluar el riesgo, hasta la aceptación del asegurador.
•	Se celebra como contrato de adhesión, es decir, el asegurado acepta las condiciones predispuestas por el asegurador .
6.	Derechos y obligaciones de las partes Del asegurado:
•	Previos al contrato: Declarar con exactitud el estado del riesgo.
•	Durante la vigencia: Pagar la prima y notificar cualquier agravamiento del riesgo.
•	Al ocurrir el siniestro: Denunciarlo dentro del plazo estipulado y cooperar para mitigar daños. Del asegurador:
•	Asumir el riesgo cubierto.
•	Indemnizar o cumplir con la prestación pactada según el siniestro ocurrido  .

Si necesitas más detalle sobre un punto específico, indícalo y lo amplío.

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2
Q

2) Procedimiento para la determinación de la indemnización.
Infraseguro, sobreseguro y franquicia.

A

Procedimiento para la determinación de la indemnización

El procedimiento para determinar la indemnización en el contrato de seguro se basa en la evaluación del daño sufrido y tiene como límite la suma asegurada. Este proceso incluye una serie de comportamientos, verificaciones e informaciones complementarias necesarias para delimitar el alcance del daño. La obligación del asegurador se mide por el perjuicio real, quedando limitado por la suma asegurada pactada en la póliza  .

El pago de la indemnización puede pactarse en dinero o en especie, siendo más común la entrega de dinero como compensación. En cuanto al tiempo, se establece que la indemnización debe abonarse dentro de los 15 días posteriores a la fijación del monto, que a su vez ocurre después de un período de 30 días tras la recepción de la información necesaria o la denuncia del siniestro. La falta de pago en este plazo genera la mora automática del asegurador  .

Infraseguro

El infraseguro ocurre cuando la suma asegurada es menor al valor real del bien asegurado. En caso de daño:
• Daño total: La suma asegurada fija el límite máximo de la obligación del asegurador.
• Daño parcial: La indemnización se calcula proporcionalmente, aplicando una fórmula que relaciona la suma asegurada con el daño efectivo y el valor total del bien al momento del siniestro .

Sobreseguro

El sobreseguro se da cuando la suma asegurada supera el valor real del bien. Puede originarse por dolo, donde el asegurado busca un enriquecimiento indebido, o por razones no intencionales, como cambios en el valor del bien. En caso de siniestro, el asegurador solo indemniza hasta el valor real del bien, pero conserva el derecho a cobrar la prima total  .

Franquicia

La franquicia representa una parte del daño que no es cubierta por el seguro y puede ser:
• Franquicia simple: Libera al asegurador de indemnizar daños menores a un monto mínimo establecido. Es utilizada para evitar costos de liquidación en daños leves.
• Franquicia absoluta: Deduce un importe fijo de la indemnización independientemente del monto del daño  .
———————-/

  1. Procedimiento para la Determinación de la Indemnización
  2. Determinación de la Indemnización
    1. Notificación del Siniestro:
      El asegurado debe informar al asegurador sobre la ocurrencia del siniestro dentro del plazo establecido en la póliza.
    2. Evaluación del Daño:
      El asegurador investiga los hechos del siniestro, cuantifica los daños y verifica que el riesgo esté cubierto por la póliza.
    3. Cálculo de la Indemnización:
      • Valor del bien o interés asegurable: Determinado según las condiciones establecidas en la póliza (valor real, de reposición, etc.).
      • Aplicación de cláusulas contractuales: Se consideran aspectos como infraseguro, sobreseguro o franquicia.
    4. Pago de la Indemnización:
      El asegurador debe indemnizar al asegurado dentro del plazo legal o contractual. Este pago no puede exceder el monto asegurado ni incluir conceptos ajenos al daño directo.
  3. Infraseguro, Sobreseguro y Franquicia

Infraseguro

•	Definición: Ocurre cuando el valor asegurado es menor que el valor real del bien.
•	Consecuencia: La indemnización se reduce proporcionalmente, siguiendo la regla proporcional: 
•	Ejemplo: Un bien vale $1.000.000 y está asegurado por $800.000. Si el daño es de $500.000, la indemnización será: 

Sobreseguro

•	Definición: Sucede cuando el valor asegurado supera el valor real del bien.
•	Consecuencia: Solo se indemniza hasta el valor real del bien, sin considerar el monto asegurado excedente.
•	Finalidad: Evitar el enriquecimiento del asegurado, ya que el seguro tiene una finalidad compensatoria, no lucrativa.

Franquicia

•	Definición: Es el monto fijo o porcentaje del daño que queda a cargo del asegurado.
•	Clases:
•	Franquicia fija: Una suma exacta (por ejemplo, $10.000).
•	Franquicia porcentual: Un porcentaje del daño o del valor asegurado (por ejemplo, el 5%).
•	Ejemplo: Si el daño es de $100.000 y la franquicia es de $10.000, el asegurador indemnizará $90.000.

Importancia de estas Cláusulas

1.	Infraseguro: Estimula al asegurado a declarar correctamente el valor de los bienes.
2.	Sobreseguro: Impide el abuso del seguro como mecanismo de lucro.
3.	Franquicia: Reduce riesgos menores para el asegurador y alienta al asegurado a cuidar sus bienes.

¿Te gustaría un ejemplo práctico más detallado o profundizar en alguna de estas figuras?

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3
Q

3) Seguros patrimoniales: Incendio. Agricultura. Mortalidad. Transporte.
Responsabilidad Civil.

A

Seguros patrimoniales

Incendio

Este seguro cubre daños causados por incendio, definido como la combustión de un objeto en condiciones anormales. La indemnización puede abarcar:
1. Daños directos (abrasamiento del bien).
2. Daños indirectos (deterioros por acción del calor o humo).
3. Pérdidas por medidas para controlar el fuego, como demoliciones o evacuaciones.
No incluye lucro cesante, salvo que se acuerde lo contrario. Tampoco cubre incendios causados por terremotos, vicios propios de la cosa, o actos dolosos del asegurado  .

Agricultura

El seguro agrícola cubre daños en las cosechas por fenómenos como heladas, granizo o sequías. La indemnización se calcula comparando el valor potencial de los frutos sin el siniestro con su valor tras el daño. El asegurado debe denunciar el siniestro en un plazo estipulado y no alterar el estado de los productos sin autorización del asegurador, salvo en situaciones de urgencia  .

Mortalidad de animales

Este seguro protege contra la muerte o incapacidad total de animales de raza, reproductores o destinados a actividades específicas. Cubre muerte por accidentes, enfermedades o causas naturales, salvo casos atribuibles a negligencia grave o dolo del asegurado. Además, el asegurador puede inspeccionar los animales asegurados en cualquier momento  .

Transporte

Cubre pérdidas o daños en las mercaderías transportadas, excepto si se deben a vicios propios del bien o deficiencias de embalaje. La contratación puede ser por viaje específico o por tiempo determinado (seguro flotante). También incluye la responsabilidad del transportador por los actos de sus dependientes  .

Responsabilidad civil

Protege el patrimonio del asegurado frente a reclamaciones de terceros por daños causados con dolo o culpa. Puede cubrir responsabilidades contractuales y extracontractuales, directas o indirectas. La indemnización incluye costas legales, pero excluye multas judiciales o administrativas. El seguro puede ser limitado o ilimitado, según el contrato   .

———————/
3. Seguros Patrimoniales: Tipos y Características

Los seguros patrimoniales tienen como finalidad proteger el patrimonio del asegurado frente a diversos riesgos. A continuación, se describen los principales tipos regulados por la Ley 17.418 y otras normativas complementarias.

  1. Seguro contra Incendio• Cobertura: Indemniza los daños materiales causados por fuego, explosiones o caída de rayos que afecten los bienes asegurados.
    • Extensiones posibles: Puede cubrir daños por humo, explosión, impacto de aeronaves o remoción de escombros.
    • Exclusiones: Actos intencionales del asegurado, guerra o terrorismo, salvo pacto en contrario.
    • Aplicación práctica: Es común para proteger inmuebles (casas, oficinas) y su contenido (mobiliario, maquinaria).
  2. Seguro de Agricultura• Cobertura: Protege cultivos y actividades agrícolas frente a riesgos como:
    • Granizo.
    • Heladas.
    • Sequías o inundaciones.
    • Plagas o enfermedades.
    • Modalidades:
    • A todo riesgo: Cubre múltiples factores climáticos.
    • Riesgos específicos: Limita la cobertura a determinados eventos (por ejemplo, solo granizo).
    • Finalidad: Asegurar la inversión del agricultor y fomentar la estabilidad económica del sector agropecuario.
  3. Seguro de Mortalidad• Cobertura: Diseñado para proteger animales de alto valor económico, como ganado, caballos de carreras, o animales de exhibición, frente a:
    • Muerte por accidentes, enfermedades o eventos climáticos.
    • Sacrificio necesario por razones veterinarias.
    • Aplicaciones: Común en actividades ganaderas y deportivas.
  4. Seguro de Transporte

a. Transporte de Mercancías

•	Cobertura: Indemniza pérdidas o daños a bienes transportados por:
•	Medios terrestres.
•	Fluviales o marítimos.
•	Aéreos.
•	Riesgos comunes cubiertos:
•	Robo.
•	Accidentes durante el trayecto.
•	Pérdida total o parcial de la carga.

b. Transporte de Personas (Responsabilidad Civil del Transportista)

•	Cobertura: Protege al transportista frente a reclamos por daños sufridos por pasajeros durante el viaje.
  1. Seguro de Responsabilidad Civil• Cobertura: Garantiza al asegurado la indemnización por daños causados a terceros en su persona o bienes.
    • Ámbitos comunes:
    • Automotores: Obligatorio para conductores (Ley 24.449).
    • Actividades profesionales: Cobertura frente a negligencias (por ejemplo, médicos o abogados).
    • General: Daños derivados de actividades comerciales o industriales.
    • Exclusiones: Actos dolosos del asegurado, daños ocurridos fuera de los términos del contrato.

Importancia de los Seguros Patrimoniales

•	Protegen el patrimonio de individuos y empresas, mitigando pérdidas económicas.
•	Fomentan la estabilidad económica al permitir la continuidad de actividades tras un siniestro.
•	Contribuyen al desarrollo de sectores claves, como agricultura, comercio y transporte.

¿Te interesa un análisis más detallado de alguno de estos seguros o un ejemplo práctico de su aplicación?

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4
Q

4) Seguros personales: De muerte, supervivencia y mixto.

A

En el documento “El Derecho Comercial Unificado por Ley 26.994”, se explica lo siguiente acerca de los seguros personales de muerte, supervivencia y mixto:
1. Seguro de Muerte
Este seguro se activa con el fallecimiento del asegurado y presenta tres variantes:
• De vida entera: El asegurado paga primas durante toda su vida, hasta su fallecimiento.
• De muerte limitado: El asegurado paga primas por un tiempo acordado (10, 15, 20 años, etc.), pero la cobertura se mantiene hasta su fallecimiento.
• De muerte temporal: Cubre al asegurado por un periodo definido en el contrato .
2. Seguro de Supervivencia
Se paga un capital o renta si el asegurado vive hasta una fecha o edad especificada en el contrato. Este seguro se verifica simplemente constatando la existencia del asegurado durante el periodo de vigencia .
3. Seguro Mixto
Combina los seguros de vida y muerte. Se paga un capital o renta si el asegurado sobrevive a la fecha o edad establecida; en caso de fallecimiento antes de esta, la prestación corresponde al beneficiario designado .

Cada modalidad refleja diferentes necesidades de previsión y resguardo financiero en situaciones vinculadas con la vida o el fallecimiento del asegurado. Si necesitas más detalles sobre alguno en particular, házmelo saber.

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5
Q

5) El seguro en la Ley de Riesgos de Trabajo.

A

El Seguro en la Ley de Riesgos de Trabajo (LRT)

La Ley de Riesgos del Trabajo (LRT, Ley 24.557) es un subsistema de seguridad social vinculado con la normativa de higiene y seguridad en el trabajo y el régimen previsional. Su objetivo es garantizar la protección de los trabajadores frente a accidentes laborales y enfermedades profesionales, estableciendo un sistema de seguro obligatorio que gestiona riesgos relacionados con el ámbito laboral  .

Objetivos de la LRT

1.	Reducción de la siniestralidad laboral: Promoviendo la prevención de accidentes y enfermedades profesionales.
2.	Reparación de daños: Incluyendo indemnizaciones, asistencia médica y rehabilitación.
3.	Recalificación y recolocación del trabajador: Reintegrándolo al mercado laboral.
4.	Mejora de las medidas preventivas: A través de normas de seguridad e higiene  .

Funcionamiento del Sistema

1.	Organismos de Control:
•	Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT): Supervisión general del sistema.
•	Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN): Controla aspectos asegurativos .
2.	Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART):
•	Entidades privadas encargadas de gestionar las prestaciones del sistema.
•	La afiliación de empleadores es obligatoria, salvo que cumplan requisitos para autoseguro  .
3.	Cobertura:
•	Contingencias cubiertas:
•	Accidentes laborales.
•	Accidentes “in itinere” (ocurridos en el trayecto hacia o desde el trabajo).
•	Enfermedades profesionales listadas por el Poder Ejecutivo.
•	Contingencias excluidas:
•	Accidentes o enfermedades causadas por dolo del empleado.
•	Fuerza mayor extraña al trabajo.
•	Incapacidades preexistentes .

Prestaciones

1.	Dinerarias:
•	Indemnizaciones por incapacidad temporal, permanente o muerte.
•	Rentas periódicas o vitalicias hasta la jubilación del trabajador  .
2.	En especie:
•	Asistencia médico-farmacéutica (hospitalización, medicamentos, prótesis, etc.).
•	Rehabilitación y recalificación profesional.
•	Servicio funerario  .

Obligaciones de los Sujetos del Sistema

1.	De las ART:
•	Implementar planes de prevención y control de riesgos.
•	Contribuir a un fondo de reserva para cubrir insuficiencias patrimoniales.
•	Garantizar prestaciones médicas, rehabilitación y asistencia en especie  .
2.	Del Empleador:
•	Afiliarse obligatoriamente a una ART.
•	Notificar accidentes y enfermedades a la ART y la SRT.
•	Cumplir con las normas de higiene y seguridad  .
3.	Del Trabajador:
•	Denunciar accidentes y enfermedades al empleador o la ART.
•	Cumplir las normas de seguridad.
•	Someterse a exámenes médicos y tratamientos de rehabilitación .

Este sistema busca mitigar los efectos de los riesgos laborales mediante un esquema obligatorio y preventivo. Si necesitas detalles adicionales, como los procedimientos específicos para reclamos o las fórmulas de cálculo de indemnizaciones, házmelo saber.

____________=-

En el documento “El Derecho Comercial Unificado por Ley 26.994”, se aborda el seguro dentro del marco de la Ley de Riesgos de Trabajo (LRT, Ley 24.557) con los siguientes aspectos destacados:
1. Naturaleza del Sistema
La LRT es un subsistema de seguridad social integrado al régimen previsional y la legislación de higiene y seguridad. Sus principales objetivos son:
• Reducir la siniestralidad laboral mediante prevención.
• Reparar los daños derivados de accidentes laborales o enfermedades profesionales.
• Promover la rehabilitación, recalificación y recolocación del trabajador accidentado.
• Mejorar las medidas de prevención y prestaciones reparadoras  .
2. Afiliación a una ART
• La afiliación a una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) es obligatoria para los empleadores, salvo aquellos que opten por el autoseguro cumpliendo con ciertos requisitos.
• Las ART gestionan las prestaciones y supervisan las condiciones de seguridad en las empresas afiliadas .
3. Cobertura
• Contingencias cubiertas: accidentes laborales, enfermedades profesionales (listado oficial) y accidentes “in itinere”.
• Contingencias no cubiertas: las causadas por dolo del trabajador o fuerza mayor ajena al trabajo .
4. Prestaciones
Las prestaciones se dividen en:
• Dinerarias: Indemnizaciones en capital único, pagos mensuales o rentas vitalicias según el caso.
• En especie: Incluyen asistencia médico-farmacéutica, prótesis, rehabilitación, recalificación profesional y servicios funerarios  .
5. Control y Regulación
• El sistema es supervisado por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), en colaboración con la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) para aspectos asegurativos .
6. Procedimiento en caso de siniestro
• Denuncia: Puede ser realizada por el empleador, trabajador, sindicato o cualquier persona.
• Obligación de notificar a la ART dentro de las 48 horas de conocido el siniestro.
• Las ART deben gestionar la atención médica inmediata y garantizar prestaciones hasta la recuperación o compensación del trabajador .

Si necesitas más detalles sobre algún apartado, puedo buscarlo con precisión.

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6
Q

UNIDAD TEMÁTICA IV: CONTRATO DE SEGURO
1) Concepto y clases.

A
  1. Concepto y finalidad El contrato de seguro es un acuerdo en el cual el asegurador, mediante el cobro de una prima, asume el riesgo asociado a eventos futuros e inciertos que puedan afectar a una persona o cosa. Si dicho evento ocurre, el asegurador está obligado a resarcir el daño o cumplir con la prestación pactada. Su objetivo principal es neutralizar las consecuencias negativas de dichos eventos, no eliminarlos .
  2. Clases de seguros Se clasifican en:
    • Seguros patrimoniales: Enfocados en indemnizar daños materiales o patrimoniales (por ejemplo, seguros de incendio o transporte).
    • Seguros personales: Compensan perjuicios no valorables en términos estrictamente económicos, como los seguros de vida o accidentes personales  .
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7
Q

1 Caracteres

A

• Mutualidad: Agrupa asegurados para formar un fondo común.
• Bilateralidad: Genera obligaciones recíprocas (el asegurador asume riesgos, el asegurado paga primas).
• Oneroso y aleatorio: Se paga una prima, pero la prestación depende de la ocurrencia de un evento incierto .

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8
Q

1 Elementos

A
  1. Elementos esenciales
    • Sujetos: Asegurador (empresa organizada) y asegurado (persona física o jurídica).
    • Objeto: Riesgo asegurable y el interés del asegurado.
    • Causa: El interés económico lícito que ambos contratantes tienen en evitar la ocurrencia del siniestro .
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9
Q

1 Finalidad

A

Su objetivo principal es neutralizar las consecuencias negativas de dichos eventos, no eliminarlos

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10
Q

1 Proceso de
formación.

A

El proceso de formación del contrato de seguro no es instantáneo, sino que pasa por distintas etapas antes de su perfeccionamiento, que incluyen negociaciones previas entre las partes. A esta fase se la denomina la génesis o gestación del consentimiento.

Etapas del proceso:
1. Propuesta:
• El contrato de seguro generalmente se inicia con una propuesta que no se considera una oferta, ya que no obliga ni al asegurador ni al asegurado.
• Es un documento escrito, usado en la práctica comercial, que permite al asegurador evaluar el riesgo asegurado y sirve como base para emitir la póliza.
• La propuesta también constituye un medio de prueba para casos de declaración falsa o reticencia.
2. Adhesión al contrato:
• Este es un contrato de adhesión donde las condiciones están predispuestas por el asegurador, y el asegurado simplemente las acepta o rechaza.
3. Oferta y aceptación:
• La formación de cualquier contrato requiere una oferta (declaración unilateral de voluntad completa y precisa) y su correspondiente aceptación.
• La aceptación debe coincidir en todas sus partes con la oferta para que haya consentimiento y, por ende, un contrato.
4. Acción del asegurador:
• El asegurador puede aceptar, rechazar, modificar o guardar silencio respecto de la propuesta. El silencio generalmente se interpreta como un rechazo  .

Consideraciones específicas del contrato de seguro:
• Carácter consensual: El contrato se perfecciona con el consentimiento mutuo de las partes, independientemente de la emisión de la póliza, el pago de la prima, o la entrega de un certificado provisorio de cobertura .
• Revisión de la propuesta: El asegurado puede revocar la propuesta mientras no haya sido aceptada por el asegurador .

_____——

• El contrato no se perfecciona de forma instantánea, sino que incluye etapas previas como la propuesta del asegurado, que sirve para evaluar el riesgo, hasta la aceptación del asegurador.
• Se celebra como contrato de adhesión, es decir, el asegurado acepta las condiciones predispuestas por el asegurador .

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11
Q

1 Derechos y obligaciones de las partes al celebrar el contrato, durante la vigencia y al momento del siniestro.

A
  1. Durante la celebración del contrato

Obligaciones del asegurador:
• Asumir los riesgos a los que están expuestos los bienes o personas aseguradas, delimitados en la póliza .
• Entregar la póliza al tomador, redactada de manera clara y comprensible .

Obligaciones del asegurado:
• Proveer información veraz sobre el riesgo al momento de celebrar el contrato .
• Pagar la prima como contraprestación .

  1. Durante la vigencia del contrato

Obligaciones del asegurador:
• Mantener la cobertura según los términos pactados en la póliza .

Obligaciones del asegurado:
• Informar sobre cambios en el riesgo asegurado .
• Evitar o disminuir los daños en caso de que el riesgo ocurra .

  1. Al momento del siniestro

Obligaciones del asegurador:
• Indemnizar los daños efectivos, siempre que sean reales y no conduzcan al enriquecimiento del asegurado  .
• No puede exigir pruebas irrazonables para retrasar el pago .

Obligaciones del asegurado:
• Denunciar el siniestro en un plazo no mayor a tres días .
• Proporcionar los documentos necesarios para que el asegurador pueda gestionar la defensa y asumir el proceso si corresponde .

_________——
6. Derechos y obligaciones de las partes Del asegurado:
• Previos al contrato: Declarar con exactitud el estado del riesgo.
• Durante la vigencia: Pagar la prima y notificar cualquier agravamiento del riesgo.
• Al ocurrir el siniestro: Denunciarlo dentro del plazo estipulado y cooperar para mitigar daños. Del asegurador:
• Asumir el riesgo cubierto.
• Indemnizar o cumplir con la prestación pactada según el siniestro ocurrido .

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12
Q

2) Procedimiento para la determinación de la indemnización

A

obligación del asegurador y, el consiguiente derecho del asegurado a reclamar su cumplimiento, requiere necesariamente el acaecimiento del siniestro, pero este derecho del asegurado requiere la delimitación de su extensión. En otras palabras, la producción del siniestro determina el nacimiento del derecho, pero de ahí en más existen una serie de comportamientos, verificaciones, informaciones complementarias a brindar, que sirven para determinar la extensión del daño.
La obligación del asegurador se determina tomando como base el perjuicio sufrido y como límite la suma asegurada o medida que la cobertura fue asumida. De otra manera, el limité máximo de la prestación del asegurador, está determinado por el daño real y cierto, en la medida de la suma asegurada.

________-
El procedimiento para determinar la indemnización en el contrato de seguro se basa en la evaluación del daño sufrido y tiene como límite la suma asegurada. Este proceso incluye una serie de comportamientos, verificaciones e informaciones complementarias necesarias para delimitar el alcance del daño. La obligación del asegurador se mide por el perjuicio real, quedando limitado por la suma asegurada pactada en la póliza  .

El pago de la indemnización puede pactarse en dinero o en especie, siendo más común la entrega de dinero como compensación. En cuanto al tiempo, se establece que la indemnización debe abonarse dentro de los 15 días posteriores a la fijación del monto, que a su vez ocurre después de un período de 30 días tras la recepción de la información necesaria o la denuncia del siniestro. La falta de pago en este plazo genera la mora automática del asegurador  .

——-

Determinación de la Indemnización

  1. Determinación de la Indemnización
    1. Notificación del Siniestro:
      El asegurado debe informar al asegurador sobre la ocurrencia del siniestro dentro del plazo establecido en la póliza.
    2. Evaluación del Daño:
      El asegurador investiga los hechos del siniestro, cuantifica los daños y verifica que el riesgo esté cubierto por la póliza.
    3. Cálculo de la Indemnización:
      • Valor del bien o interés asegurable: Determinado según las condiciones establecidas en la póliza (valor real, de reposición, etc.).
      • Aplicación de cláusulas contractuales: Se consideran aspectos como infraseguro, sobreseguro o franquicia.
    4. Pago de la Indemnización:
      El asegurador debe indemnizar al asegurado dentro del plazo legal o contractual. Este pago no puede exceder el monto asegurado ni incluir conceptos ajenos al daño directo.
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13
Q

Infraseguro,

A

El infraseguro ocurre cuando la suma asegurada es menor al valor real del bien asegurado. En caso de daño:
• Daño total: La suma asegurada fija el límite máximo de la obligación del asegurador.
• Daño parcial: La indemnización se calcula proporcionalmente, aplicando una fórmula que relaciona la suma asegurada con el daño efectivo y el valor total del bien al momento del siniestro .

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14
Q

sobreseguro

A

El sobreseguro se da cuando la suma asegurada supera el valor real del bien. Puede originarse por dolo, donde el asegurado busca un enriquecimiento indebido, o por razones no intencionales, como cambios en el valor del bien. En caso de siniestro, el asegurador solo indemniza hasta el valor real del bien, pero conserva el derecho a cobrar la prima total  .

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15
Q

y franquicia.

A

La franquicia representa una parte del daño que no es cubierta por el seguro y puede ser:
• Franquicia simple: Libera al asegurador de indemnizar daños menores a un monto mínimo establecido. Es utilizada para evitar costos de liquidación en daños leves.
• Franquicia absoluta: Deduce un importe fijo de la indemnización independientemente del monto del daño  .
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16
Q

3) Seguros patrimoniales:

A

Seguros patrimoniales

Los seguros patrimoniales tienen como finalidad la reparación del daño, lo que señala su naturaleza indemnizatoria. Se dividen en las siguientes categorías:
1. Seguros sobre cosas o bienes determinados:
• Ejemplos: incendio, transporte, granizo, robo, etc.
• En estos casos, el asegurador se obliga a resarcir un daño patrimonial causado por el siniestro, sin incluir lucro cesante salvo que se haya pactado expresamente. El límite de la obligación está dado por la suma asegurada, salvo disposición en contrario en la ley o el contrato  .
2. Seguros sobre el patrimonio:
• Ejemplo: seguro de responsabilidad civil.
• Este tipo de seguro protege todo el patrimonio del asegurado por las responsabilidades que surjan frente a terceros dentro de los términos del contrato .

Además, los seguros patrimoniales permiten distintas posibilidades de contratación dependiendo de las necesidades sociales y la ecuación económica del asegurador .

17
Q

3 Incendio

A

Este seguro cubre daños causados por incendio, definido como la combustión de un objeto en condiciones anormales. La indemnización puede abarcar:
1. Daños directos (abrasamiento del bien).
2. Daños indirectos (deterioros por acción del calor o humo).
3. Pérdidas por medidas para controlar el fuego, como demoliciones o evacuaciones.
No incluye lucro cesante, salvo que se acuerde lo contrario. Tampoco cubre incendios causados por terremotos, vicios propios de la cosa, o actos dolosos del asegurado  .

18
Q

3 Agricultura

A

El seguro agrícola cubre daños en las cosechas por fenómenos como heladas, granizo o sequías. La indemnización se calcula comparando el valor potencial de los frutos sin el siniestro con su valor tras el daño. El asegurado debe denunciar el siniestro en un plazo estipulado y no alterar el estado de los productos sin autorización del asegurador, salvo en situaciones de urgencia  .

19
Q

3 Mortalidad

A

Este seguro protege contra la muerte o incapacidad total de animales de raza, reproductores o destinados a actividades específicas. Cubre muerte por accidentes, enfermedades o causas naturales, salvo casos atribuibles a negligencia grave o dolo del asegurado. Además, el asegurador puede inspeccionar los animales asegurados en cualquier momento  .

20
Q

Transporte

A

Cubre pérdidas o daños en las mercaderías transportadas, excepto si se deben a vicios propios del bien o deficiencias de embalaje. La contratación puede ser por viaje específico o por tiempo determinado (seguro flotante). También incluye la responsabilidad del transportador por los actos de sus dependientes  .

21
Q

3 Responsabilidad Civil.

A

Protege el patrimonio del asegurado frente a reclamaciones de terceros por daños causados con dolo o culpa. Puede cubrir responsabilidades contractuales y extracontractuales, directas o indirectas. La indemnización incluye costas legales, pero excluye multas judiciales o administrativas. El seguro puede ser limitado o ilimitado, según el contrato   .

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4) Seguros personales:

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En el documento “El Derecho Comercial Unificado por Ley 26.994”, se explica lo siguiente acerca de los seguros personales de muerte, supervivencia y mixto:
1. Seguro de Muerte
Este seguro se activa con el fallecimiento del asegurado y presenta tres variantes:
• De vida entera: El asegurado paga primas durante toda su vida, hasta su fallecimiento.
• De muerte limitado: El asegurado paga primas por un tiempo acordado (10, 15, 20 años, etc.), pero la cobertura se mantiene hasta su fallecimiento.
• De muerte temporal: Cubre al asegurado por un periodo definido en el contrato .
2. Seguro de Supervivencia
Se paga un capital o renta si el asegurado vive hasta una fecha o edad especificada en el contrato. Este seguro se verifica simplemente constatando la existencia del asegurado durante el periodo de vigencia .
3. Seguro Mixto
Combina los seguros de vida y muerte. Se paga un capital o renta si el asegurado sobrevive a la fecha o edad establecida; en caso de fallecimiento antes de esta, la prestación corresponde al beneficiario designado .

Cada modalidad refleja diferentes necesidades de previsión y resguardo financiero en situaciones vinculadas con la vida o el fallecimiento del asegurado. Si necesitas más detalles sobre alguno en particular, házmelo saber.

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4 De muerte

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En el documento “El Derecho Comercial Unificado por Ley 26.994”, se explica lo siguiente acerca de los seguros personales de muerte, supervivencia y mixto:
1. Seguro de Muerte
Este seguro se activa con el fallecimiento del asegurado y presenta tres variantes:
• De vida entera: El asegurado paga primas durante toda su vida, hasta su fallecimiento.
• De muerte limitado: El asegurado paga primas por un tiempo acordado (10, 15, 20 años, etc.), pero la cobertura se mantiene hasta su fallecimiento.
• De muerte temporal: Cubre al asegurado por un periodo definido en el contrato .

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4 supervivencia

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  1. Seguro de Supervivencia
    Se paga un capital o renta si el asegurado vive hasta una fecha o edad especificada en el contrato. Este seguro se verifica simplemente constatando la existencia del asegurado durante el periodo de vigencia .
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4 mixto

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  1. Seguro Mixto
    Combina los seguros de vida y muerte. Se paga un capital o renta si el asegurado sobrevive a la fecha o edad establecida; en caso de fallecimiento antes de esta, la prestación corresponde al beneficiario designado .
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5) El seguro en la Ley de Riesgos de Trabajo.

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La Ley de Riesgos del Trabajo (LRT, Ley 24.557) es un subsistema de seguridad social vinculado con la normativa de higiene y seguridad en el trabajo y el régimen previsional. Su objetivo es garantizar la protección de los trabajadores frente a accidentes laborales y enfermedades profesionales, estableciendo un sistema de seguro obligatorio que gestiona riesgos relacionados con el ámbito laboral  .

Objetivos de la LRT

  1. Reducción de la siniestralidad laboral: Promoviendo la prevención de accidentes y enfermedades profesionales.
  2. Reparación de daños: Incluyendo indemnizaciones, asistencia médica y rehabilitación.
  3. Recalificación y recolocación del trabajador: Reintegrándolo al mercado laboral.
  4. Mejora de las medidas preventivas: A través de normas de seguridad e higiene  .

Funcionamiento del Sistema

  1. Organismos de Control:
    • Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT): Supervisión general del sistema.
    • Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN): Controla aspectos asegurativos .
  2. Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART):
    • Entidades privadas encargadas de gestionar las prestaciones del sistema.
    • La afiliación de empleadores es obligatoria, salvo que cumplan requisitos para autoseguro  .
  3. Cobertura:
    • Contingencias cubiertas:
    • Accidentes laborales.
    • Accidentes “in itinere” (ocurridos en el trayecto hacia o desde el trabajo).
    • Enfermedades profesionales listadas por el Poder Ejecutivo.
    • Contingencias excluidas:
    • Accidentes o enfermedades causadas por dolo del empleado.
    • Fuerza mayor extraña al trabajo.
    • Incapacidades preexistentes .

Prestaciones

  1. Dinerarias:
    • Indemnizaciones por incapacidad temporal, permanente o muerte.
    • Rentas periódicas o vitalicias hasta la jubilación del trabajador  .
  2. En especie:
    • Asistencia médico-farmacéutica (hospitalización, medicamentos, prótesis, etc.).
    • Rehabilitación y recalificación profesional.
    • Servicio funerario  .

Obligaciones de los Sujetos del Sistema

  1. De las ART:
    • Implementar planes de prevención y control de riesgos.
    • Contribuir a un fondo de reserva para cubrir insuficiencias patrimoniales.
    • Garantizar prestaciones médicas, rehabilitación y asistencia en especie  .
  2. Del Empleador:
    • Afiliarse obligatoriamente a una ART.
    • Notificar accidentes y enfermedades a la ART y la SRT.
    • Cumplir con las normas de higiene y seguridad  .
  3. Del Trabajador:
    • Denunciar accidentes y enfermedades al empleador o la ART.
    • Cumplir las normas de seguridad.
    • Someterse a exámenes médicos y tratamientos de rehabilitación .
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