u1 Flashcards
UNIDAD TEMÁTICA I: ASPECTOS GENERALES. SUJETOS
1) El nuevo derecho comercial a partir de la ley 26.944. Antecedentes.
De unificar la materia civil y comercial, es desordenado y carente de lógica jurídica, es de la voluntad caprichosa del legislador.
Se limita a realizar referencias sin orden ciertas actividades mercantiles y agrupar los contratos y obligaciones con los civiles que no tienen en común con lo que no resultado conveniente su tratamiento conjunto
El Nuevo Derecho Comercial a partir de la Ley 26.994: Antecedentes
- Unificación del Derecho Civil y Comercial
La Ley 26.994 unificó el Código Civil y el Código de Comercio, entrando en vigor el 1 de agosto de 2015. Este cambio buscaba modernizar las normas jurídicas adaptándolas a las necesidades sociales y económicas actuales, eliminando duplicidades entre ambos códigos y creando un marco legal único para las relaciones civiles y comerciales  .
- Desaparición del Código de Comercio
El Código de Comercio había regido desde 1862 y experimentado múltiples reformas. La unificación eliminó su vigencia, integrando sus disposiciones en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación (CCC). No obstante, algunas instituciones tradicionales del derecho comercial fueron redefinidas, mientras otras quedaron relegadas  .
- Necesidad y Críticas• Necesidad de unificación: Se argumentó que era indispensable adaptar la normativa comercial a los principios de dinamismo y celeridad, esenciales para el comercio en un contexto moderno.
• Críticas al resultado: Algunos especialistas consideraron que el nuevo código no respetó la naturaleza específica del derecho comercial, lo que podría dificultar su aplicación en conflictos mercantiles  . - Importancia de la Historia del Derecho Comercial
Aunque el derecho comercial ha sido absorbido por el derecho civil, los principios comerciales siguen siendo relevantes. Estos incluyen la celeridad en las transacciones, la libertad de formas, y la publicidad de ciertos actos y documentos  .
2) La empresa: Concepto. El empresario: Concepto. Obligaciones
legales. La contabilidad: sus principios, registros obligatorios, libros,
prohibiciones, forma de llevar los registros, conservación, actos sujetos a
autorización, eficacia probatoria, exhibición.
Empresa y Empresario: Conceptos Extraídos del Documento
- La Empresa
Concepto:
La empresa es definida como una organización económica y productiva que combina capital y trabajo para obtener una ganancia. Su función se basa en:
• Riesgo empresarial: Posibilidad de ganancias o pérdidas derivadas de factores internos y externos.
• Organización: Combina medios técnicos y humanos para alcanzar objetivos económicos.
• Planificación: Persigue racionalmente un resultado económico  .
- El Empresario
Concepto:
El empresario es el titular de una empresa que asume el riesgo y la dirección de la actividad económica. El Código Civil y Comercial exige que ciertas personas lleven contabilidad, entre ellas:
• Personas jurídicas privadas.
• Personas humanas con actividades organizadas en forma empresarial.
Se excluyen las profesiones liberales y actividades agropecuarias no organizadas como empresas  .
Obligaciones Legales:
El empresario debe:
• Llevar contabilidad organizada sobre una base uniforme.
• Conservar registros contables por plazos definidos.
• Rendir cuentas de sus operaciones .
- Contabilidad
Principios:
• Uniformidad: Uso de criterios contables consistentes.
• Veracidad: Registro exacto de las operaciones realizadas.
• Conservación: Archivar documentos de forma organizada para consulta s Obligatorios:**
1. Libro diario. 2. Inventario y balances. 3. Registros complementarios según la actividad desarrollada (como libros de caja, banco, etc.)【16:19†fuente  iones:** • Alterar el orden de los registros. • Dejar espacios en blanco o realizar tachaduras sin salvaguarda. • Utilizar idiomas o monedas extranjeras【16:19†fuente   Llevar los Registros:** • Cronológicamente y actualizados. • Respaldados con documentación verificable. • Mantenerlos en idioma y moneda nacional【16:19†fuente  ción:** • Libros: Desde el último asiento. • Documentos respaldatorios: Desde su emisión. • Plazo general: 10 años【16:5†fuente】 jetos a Autorización:** • Uso de medios electrónicos para registros contables. • Microfilmación o digitalización de documentos【16:14†fuente  Probatoria:** • Admisibles como prueba en juicio si cumplen con las formalidades legales. • Pueden ser prueba en contra del empresario si no cumplen con los requisitos legales【16:16†fuente  ón:** • Solo procede bajo orden judicial y en casos específicos, como quiebras, sucesiones, o controversias contractuales【16:13†fuente as un análisis detallado sobre algún apartado, házmelo saber.
3) El corretaje: Definición. Requisitos para el ejercicio de la actividad.
Matriculación. Obligaciones y derechos del corredor. Prohibiciones. Garantías
y representación. Comisión: Distintos supuestos.
Definición de Corretaje: una persona denominada corredor se obliga ante otra a mediar en la negociación y conclusión de uno o varios negocios sin tener relaciones de dependencia o representación con ninguna de las partes
El corretaje se define como la mediación entre oferta y demanda para facilitar o promover la realización de un contrato. El corredor no actúa como mandatario, ya que su función es neutral, sin representación de ninguna de las partes. Su rol es intermediar para que las partes logren celebrar el contrato que tenían en mente .
Requisitos para el ejercicio de la actividad
1. Mayoría de edad: Ser mayor de 18 años y no estar afectado por inhabilidades legales. 2. Título universitario: Requerido y expedido o revalidado en la República Argentina. 3. Matriculación: Inscripción en el registro correspondiente, que incluye: • Presentación del título universitario. • Acreditación de buena conducta y domicilio. • Garantía real o personal establecida por el organismo de control. • Cumplimiento de normativas locales  .
Obligaciones y derechos del corredor
1. Obligaciones: • Llevar contabilidad detallada en un libro rubricado. • Actuar con imparcialidad, objetividad y transparencia. • Asistir a la firma de contratos y entregar minutas cuando no sean escritos. • Identificar y verificar la identidad y capacidad de las partes involucradas. • Guardar secreto profesional sobre las condiciones especiales de las negociaciones. 2. Derechos: • Cobrar una comisión por su labor intermediaria. • En caso de múltiples corredores, cada uno puede reclamar comisión a su respectivo comitente    .
Prohibiciones
El corredor tiene prohibido:
• Adquirir bienes cuya negociación le fue encargada.
• Tener intereses directos o indirectos en los bienes o negociaciones que intermedia .
Comisión
El derecho a la comisión depende del cumplimiento del contrato mediado. Existen casos en los que se debe pagar incluso si el contrato no se ejecuta, mientras que en otros no se genera este derecho, como cuando el contrato es nulo por objeto ilícito o incapacidad de las partes  .
Si necesitas más detalles sobre algún aspecto, no dudes en pedírmelo.
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Contrato de Corretaje: Conceptos Extraídos
- Definición
El contrato de corretaje es un acuerdo donde una persona (corredor) se compromete a mediar en la negociación y conclusión de negocios para otra, sin representar ni estar subordinado a ninguna de las partes. Es consensual, oneroso y regulado en los artículos 1345 a 1355 del Código Civil y Comercial  .
- Requisitos para el Ejercicio de la Actividad• Edad mínima: 18 años y sin inhabilidades para ejercer el comercio.
• Título universitario: Otorgado o revalidado en el país según las normas vigentes.
• Matriculación: Inscripción en el registro correspondiente con los siguientes recaudos:
• Título universitario.
• Domicilio en la jurisdicción de ejercicio por más de un año.
• Constitución de una garantía real o personal  . - Matriculación
Requiere cumplir requisitos específicos según la reglamentación local, incluyendo buena conducta y documentación respaldatoria .
- Obligaciones y Derechos del Corredor• Obligaciones:
• Actuar de manera personal e imparcial.
• Llevar un libro registro rubricado con todas las operaciones mediadas.
• Guardar secreto profesional, salvo orden judicial.
• Comprobar títulos de propiedad y verificar capacidad de las partes.
• Derechos:
• Percibir comisión desde la concreción del negocio mediado.
• Derecho a comisión aún en ciertos supuestos de no ejecución contractual (condición resolutoria incumplida, rescisión o distracto)  . - Prohibiciones• Participar en negociaciones o bienes sujetos a corretaje.
• Comprar, directa o indirectamente, bienes cuya negociación le fue encargada  . - Garantías y Representación
El corredor puede prestar fianza para las partes, pero no actúa como representante directo de estas. Su función es mediar sin asumir responsabilidades contractuales de las partes involucradas .
- Comisión
La comisión puede pactarse o ajustarse al uso local. Se regula según el artículo 1352 del Código Civil y Comercial, incluyendo casos en los que el negocio no se concluye bajo ciertas condiciones  .
3) El corretaje: Definición. Requisitos para el ejercicio de la actividad.
Matriculación. Obligaciones y derechos del corredor. Prohibiciones. Garantías
y representación. Comisión: Distintos supuestos.
4)
Martilleros: Concepto. Condiciones habilitantes, inhabilidades.
Requisitos para la matrícula. Incompatibilidades. Facultades. Obligaciones.
Derechos. Libros. Prohibiciones. Sanciones. El Remate: clases y
funcionamiento.
Aquí está la información solicitada sobre los martilleros y el remate:
Martilleros
Concepto
Los martilleros son personas que realizan remates o subastas de bienes, ya sean muebles o inmuebles, proponiendo su venta, recibiendo ofertas de precio, y adjudicándolos al mejor postor mediante un golpe de martillo. Su actividad está regulada por la ley 20.266 y sus modificaciones  .
Condiciones habilitantes
1. Mayoría de edad: Deben ser mayores de 18 años y no estar incluidos en las inhabilidades legales.
2. Título universitario: Se requiere un título expedido o revalidado en la República Argentina.
3. Matriculación: Inscripción en el registro correspondiente, cumpliendo requisitos como buena conducta y constitución de garantía .
Inhabilidades
Incluyen situaciones como incapacidad legal, condenas penales o ser deudor declarado en quiebra .
Requisitos para la matrícula
• Presentar título universitario.
• Acreditar mayoría de edad, buena conducta y residencia.
• Constituir una garantía económica para responder por daños y perjuicios  .
Incompatibilidades
No pueden ejercer actividades que comprometan su imparcialidad, como adquirir bienes que ellos mismos rematan o intervenir en ventas de familiares directos  .
Facultades
Los martilleros pueden:
1. Realizar remates de cualquier tipo de bienes.
2. Establecer condiciones de venta en voz alta durante la subasta.
3. Verificar la legitimidad de los bienes a rematar  .
Obligaciones
1. Llevar libros contables específicos, como un diario de entradas y salidas.
2. Anunciar los remates públicamente, incluyendo detalles de los bienes.
3. Concluir el remate en las condiciones previamente anunciadas  .
Derechos
• Percibir una comisión sobre el precio obtenido.
• Recuperar gastos si la subasta no se realiza por causas ajenas a ellos  .
Libros
Deben mantener libros especiales, rubricados por el Registro Público, que detallen las operaciones realizadas .
Prohibiciones
• Adquirir bienes subastados.
• Suspender remates sin justificación.
• Usar palabras engañosas como “judicial” u “oficial” si no corresponde  .
Sanciones
Van desde multas hasta la suspensión o cancelación de la matrícula, dependiendo de la gravedad de la falta  .
El Remate
Clases
1. Remates privados: Organizados entre partes privadas, con libertad para establecer las condiciones.
2. Remates judiciales: Regidos por disposiciones procesales, donde interviene un juez.
3. Remates administrativos: Dispuestos por normas gubernamentales  .
Funcionamiento
1. Anuncio: Publicación de los detalles del remate, como características de los bienes, precio base y condiciones.
2. Subasta: Recepción de ofertas a viva voz.
3. Adjudicación: Venta al mejor postor mediante el golpe de martillo  .
Si necesitas profundizar en alguno de estos puntos, avísame.
1) El nuevo derecho comercial a partir de la ley 26.944. Antecedentes.
Teoría de la voluntad del legislador: al unificar la materia civil y comercial, es desordenado y carente de lógica jurídica, es de la voluntad caprichosa del legislador.
Se limita a realizar referencias sin orden ciertas actividades mercantiles y agrupar los contratos y obligaciones con los civiles que no tienen en común con lo que no resultado conveniente su tratamiento conjunto
- Unificación del Derecho Civil y Comercial
La Ley 26.994 unificó el Código Civil y el Código de Comercio, entrando en vigor el 1 de agosto de 2015. Este cambio buscaba modernizar las normas jurídicas adaptándolas a las necesidades sociales y económicas actuales, eliminando duplicidades entre ambos códigos y creando un marco legal único para las relaciones civiles y comerciales .
- Desaparición del Código de Comercio
El Código de Comercio había regido desde 1862 y experimentado múltiples reformas. La unificación eliminó su vigencia, integrando sus disposiciones en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación (CCC). No obstante, algunas instituciones tradicionales del derecho comercial fueron redefinidas, mientras otras quedaron relegadas .
- Necesidad y Críticas• Necesidad de unificación: Se argumentó que era indispensable adaptar la normativa comercial a los principios de dinamismo y celeridad, esenciales para el comercio en un contexto moderno.
• Críticas al resultado: Algunos especialistas consideraron que el nuevo código no respetó la naturaleza específica del derecho comercial, lo que podría dificultar su aplicación en conflictos mercantiles . - Importancia de la Historia del Derecho Comercial
Aunque el derecho comercial ha sido absorbido por el derecho civil, los principios comerciales siguen siendo relevantes. Estos incluyen la celeridad en las transacciones, la libertad de formas, y la publicidad de ciertos actos y documentos .
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El nuevo derecho comercial a partir de la Ley 26.994
La Ley 26.994 sancionó la unificación del Código Civil y Comercial, regulando las relaciones civiles y comerciales de Argentina a partir del 1 de agosto de 2015. Aunque buscaba actualizar y unificar el derecho, presenta críticas por su diseño desordenado y errores conceptuales.
• Se abandona la esencia del derecho comercial como rama especializada, perdiendo su especificidad frente al derecho civil.
• La estructura normativa del nuevo Código es confusa, desorganizada e incompleta en la redacción literal.
• La derogación de figuras como el sujeto comerciante y el acto de comercio fue apresurada y ha generado conflictos normativos con leyes relacionadas aún vigentes, como la Ley de Transferencia de Fondo de Comercio.
• La integración de contratos comerciales con civiles en un mismo cuerpo resulta inapropiada por sus diferencias sustanciales.
2) La empresa: Concepto.
una organización económica y productiva que combina fuerza -capital y trabajo- para obtener una ganancia.
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EMPRESA:CONCEPTO:ES UN CONJUNTO, QUE DEBIDAMENTE
ORGANIZADO, POSEE COMO FINALIDAD LA EXPLOTACION DE UNA
DETERMINADA ACTIVIDAD ECONOMICA.
ELEMENTOS: PERSONALES (TRABAJO)
MATERIALES E INMATERIALES: CAPITAL REAL
__________
Su función se basa en: REQUISITOS
• Riesgo empresarial: Posibilidad de ganancias o pérdidas derivadas de factores internos y externos.
• Organización: Combina medios técnicos y humanos para alcanzar objetivos económicos.
• Planificación: Persigue racionalmente un resultado económico .
El empresario: Concepto.
El empresario es el titular de una empresa que asume el riesgo y la dirección de la actividad económica. El Código Civil y Comercial exige que ciertas personas lleven contabilidad, entre ellas:
• Personas jurídicas privadas.
• Personas humanas con actividades organizadas en forma empresarial.
Se excluyen las profesiones liberales y actividades agropecuarias no organizadas como empresas .
El empresario: Concepto. Obligaciones legales.
Obligaciones Legales:
El empresario debe:
• Llevar contabilidad organizada sobre una base uniforme.
• Conservar registros contables por plazos definidos.
• Rendir cuentas de sus operaciones .
La contabilidad:
Contabilidad se refiere a un conjunto de libros contables de una empresa, determinando las reglas bajo las cuales se llevaron.
_____
Halperín señala el triple fundamento de la contabilidad:
a) El interés del comerciante;
b) El interés del tercero que contratan con él.
c) El interés del Estado que representa el interés de la
comunidad en su faz de contralor y recaudador fiscal.
Confirmando la jurisprudencia esta línea.
La contabilidad permite apreciar el estado de los negocios y
apreciar si progresan o decaen, la orientación que conviene
imprimirles en el futuro.,etc..
Las cuentas se reflejan en dos columnas: el Debe para las entregas y
el Haber para las cancelaciones, la diferencia entre las columnas
origina el Saldo que puede ser deudor o acreedor.
La razón se refiere al fundamento de cada registración, además esa
cuenta y razón debe encontrar su respaldo en el respectivo
comprobante o documento.
La contabilidad deber ser ordenada (en libros de contabilidad), y
única ( no puede llevarse simultáneamente varios juegos de libros)
y cada asiento debe llevar su documentación respaldatoria.
La contabilidad debe reflejar en forma clara, verídica la situación
patrimonial y financiera, así como la evolución de los negocios en
forma exacta. Será un instrumento útil y eficaz de administración y
fiscalización de la empresa y una manifestación de la rectitud y
buena fe del empresario en sus relaciones con terceros.
La contabilidad: sus principios,
• Uniformidad: Uso de criterios contables consistentes.
• Veracidad: Registro exacto de las operaciones realizadas.
• Conservación: Archivar documentos de forma organizada para consulta
ARTÍCULO 321.- Modo de llevar la contabilidad. La contabilidad debe ser llevada sobre
una base uniforme de la que resulte un cuadro verídico de las actividades y de los actos
que deben registrarse, de modo que se permita la individualización de las operaciones y
las correspondientes cuentas acreedoras y deudoras. Los asientos deben respaldarse con
la documentación respectiva, todo lo cual debe archivarse en forma metódica y que
permita su localización y consulta.
La contabilidad debe seguir ciertas disposiciones:
● Base uniforme, verídica y documentada de actividades y actos
● Archivo en forma metódica permitiendo su localización y consulta.
● Los libros obligatorios se denominan “registros indispensable”
● Se mantiene la obligación de rubicación denominada ahora “individualización” en el
RP (Registro Público) , se impone al registro la nómina de sujetos.
● Se mantienen las formalidades intrínsecas (formalidades interiores al libro) y
extrínsecas.
● Se exige que la contabilidad por lo menos surja de situación patrimonial y estado
de resultados. Mantienen algunos estados contables.
● Se mantiene la obligación de conservación.Debe conservar los papeles de casos
que lleve por más que haya dejado de ejercer (durante un determinado periodo de
tiempo)
● Se incorporan medios mecánicos (planchados que ya no existen) o magnéticos (ya
no existen).
● Con diferente redacción se mantiene la eficacia probatoria, su exhibición y su
carácter secreto (privado). Cuando se ha llevado como corresponde -en regla- (la
contabilidad) actúa como prueba a mi favor).
registros obligatorios
- Libro diario.
- Inventario y balances.
- Registros complementarios según la actividad desarrollada (como libros de caja, banco, etc.)
______
Libro Diario, se asienta día a día todas las operaciones, incluidas las
bancarias. El libro Diario en las sociedades, se puede confeccionar
mediante ordenadores mecánicos o magnéticos.
Libro de Inventario, constituye una descripción detallada del total
del patrimonio de una persona, separando el activo del pasivo, al
tiempo de iniciar el giro de los negocios.
Libro de Balance consiste en una representación sinóptica de los
bienes de la empresa y de las diferentes operaciones realizadas, se
efectúa con periodicidad y la finalidad de reflejar la situación
económica de la empresa en un momento determinado. El
inventario es la base del balance. Este último debe ser claro de
modo que permita conocer en forma inmediata la situación
patrimonial, no se debe falsear, ni ocultar ninguna información.-
Otros obligatorios: Todos aquellos que correspondan a una
adecuada integración de un sistema de contabilidad y que le exijan
la importancia y naturaleza de las actividades, de modo que
resulten con claridad los actos de gestión y situación
patrimonial.(Bancos, Auxiliar de Caja, Mayores).
libros
Libro Diario, se asienta día a día todas las operaciones, incluidas las bancarias. El libro Diario en las sociedades, se puede confeccionar mediante ordenadores mecánicos o magnéticos.
Libro de Inventario, constituye una descripción detallada del total del patrimonio de una persona, separando el activo del pasivo, al tiempo de iniciar el giro de los negocios.
Libro de Balance consiste en una representación sinóptica de los bienes de la empresa y de las diferentes operaciones realizadas, se efectúa con periodicidad y la finalidad de reflejar la situación
económica de la empresa en un momento determinado. El inventario es la base del balance. Este último debe ser claro de modo que permita conocer en forma inmediata la situación patrimonial, no se debe falsear, ni ocultar ninguna información.-
Otros obligatorios: Todos aquellos que correspondan a unaadecuada integración de un sistema de contabilidad y que le exijanla importancia y naturaleza de las actividades, de modo que resulten con claridad los actos de gestión y situación patrimonial.(Bancos, Auxiliar de Caja, Mayores).
libros prohibiciones
Queda prohibido hacer interlineaciones, raspaduras o enmiendas,
debiendo salvar los errores mediante un contraasiento, no se
puede hacer tachaduras, o mutilaciones, arrancando hojas o
alterando la foliación..
forma de llevar los registros,
FORMALIDADES: Con la finalidad de evitar falsificaciones o
maniobras fraudulentas, se imponen ciertas formalidades
intrínsecas y extrínsecas:
INTRINSECAS:
La ley no ha fijado un método de contabilidad, el más usual es el
de partida doble, distinguiendo el Debe del Haber.
Los asientos deben observar un orden cronológico, a medida que
se vayan realizando las operaciones, como consecuencia, no se
pueden dejar espacios en blanco, que permitan hacer adiciones o
alteración de asientos.
-Queda prohibido hacer interlineaciones, raspaduras o enmiendas,
debiendo salvar los errores mediante un contraasiento, no se
puede hacer tachaduras, o mutilaciones, arrancando hojas o
alterando la foliación..
-Deben llevarse los libros en idioma nacional.
- La contabilidad debe ser una, no puede llevarse libros paralelos.
-El criterio de contabilidad debe ser único para todas las
registraciones
EXTRINSECAS: Los libros deben estar encuadernados y foliados. En
esta forma deben ser llevados al Registro Publico del domicilio que
corresponda para su respectiva rubricación