TRAMITACIÓN J-EJ : SENTENCIA DEFINITIVA Flashcards
PLAZO PARA DICTAR SENTENCIA
El plazo para dictar sentencia es de 10 días (no fatal para el tribunal) pudiendo decretar dentro de este plazo medidas para mejor resolver (artículo 159 CPC) el plazo para decretar medidas para mejor resolver es fatal.
SENTENCIA DEFINITIVA ABSOLUTORIA
ES AQUELLA RESOLUCIÓN JUDICIAL QUE ACOGE A LO MENOS UNA EXCEPCIÓN OPUESTA POR EL EJECUTADO, EN ESTE CASO DESECHA LA DEMANDA EJECUTIVA, ORDENANDO ALZAR EL EMBARGO SI ESTÁ TRABADO. EN ESTE CASO ES CONDENADO EN COSTAS EL EJECUTANTE.
SENTENCIA DEFINITIVA CONDENATORIA
ES AQUELLA RESOLUCIÓN JUDICIAL QUE RECHAZA TODAS LAS EXCEPCIONES OPUESTAS POR EL EJECUTADO, ORDENANDO SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN. EN ESTE CASO ES CONDENADO EN COSTAS EL EJECUTADO.
CLASIFICACIÓN DE LA SENTENCIA DEFINITIVA CONDENATORIA
La Sentencia definitiva condenatoria a su vez se puede clasificar en sentencia condenatoria de pago y de remate
SENTENCIA CONDENATORIA DE PAGO
ES AQUELLA RESOLUCIÓN JUDICIAL QUE RECHAZA TODAS LAS EXCEPCIONES OPUESTAS POR LA PARTE EJECUTADA Y CONDENA A ESTA EN LA ESPECIE O CUERPO CIERTO DEBIDO O EN UNA CANTIDAD DETERMINADA DE DINERO LOS CUALES FUERON PREVIAMENTE EMBARGADOS.
SENTENCIA CONDENATORIA DE REMATE
ES AQUELLA RESOLUCIÓN JUDICIAL QUE RECHAZA TODAS LAS EXCEPCIONES OPUESTAS POR LA PARTE EJECUTADA, ORDENANDO SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN RESPECTO DE LOS BIENES EMBARGADOS QUE NO CONSISTE EN LA ESPECIE O CUERPO CIERTO DEBIDO O EN DINERO
La diferencia es que sólo en este último caso es necesario iniciar un proceso de realización de los bienes embargados.
Una vez dictada dicha sentencia se debe notificar por cédula. A partir de allí empiezan a correr los plazos para efectos de presentar los recursos procesales
RECURSOS PROCESALES EN CONTRA DE LA SENTENCIA DEFINITIVA
RECURSO DE ACLARACION RECTIFICACIÓN O ENMIENDA
RECURSO DE APELACIÓN
RECURSO DE CASACIÓN
COSA JUZGADA EN EL JUICIO EJECUTIVO
De conformidad al artículo 175 del CPC Las sentencias definitivas o interlocutorias firmes producen la acción o la excepción de cosa juzgada (apunta a la cosa juzgada formal, produce acción y excepción de cosa juzgada en el mismo juicio ejecutivo y en otro juicio ejecutivo)
Por su parte el inciso primero del artículo 478 del CPC indica que La sentencia recaída en el juicio ejecutivo produce cosa juzgada en el juicio ordinario, tanto respecto del ejecutante como del ejecutado (apunta a la cosa juzgada sustancial, produce acción y excepción de cosa juzgada no solo en el juicio ejecutivo, sino en un juicio ordinario posterior, dice relación con la inmutabilidad de la sentencia).
EXCEPCION DE COSA JUZGADA EN EL JUICIO EJECUTIVO
Sin perjuicio de estas reglas generales, existen excepciones a la cosa juzgada formal (renovación de la acción ejecutiva) y de la cosa juzgada sustancial (reserva de acciones y excepciones).