Tema 17: Derecho a la Tutela Judicial Efectiva Flashcards
La acción: acción y jurisdicción
La CE otorga al Poder Judicial la potestad jurisdiccional, que generalmente no se activa de oficio, sino que requiere que alguien la impulse mediante el ejercicio de un derecho, conocido como ‘‘derecho de acción’’ o ‘‘derecho a la tutela judicial efectiva’’ (art. 24.1. CE)
Este derecho permite a cualquier persona, física o jurídica, nacional o extranjera, acceder libremente a los tribunales para presentar una pretensión o defenderse de ella con el objetivo de resolver definitivamente el conflicto.
Contenido esencial del derecho de acción
El derecho de acción, según la doctrina del TC sobre el artículo 24 CE es un derecho fundamental que permite a cualquier persona acceder al Poder Judicial a través de un proceso con todas las garantías. Este derecho incluye presentar o contestar a una pretensión, obtener una resolución definitiva y motivada, y garantizar la ejecución de lo resuelto.
Derecho de acceso a la justicia
a) Titularidad
b) El derecho de acción de las partes
c) Obstáculos jurídicos y económicos
d) Derecho de acceso a todas las instancias
Derecho de acceso a la justicia:
A. TITULARIDAD
El derecho a la tutela judicial efectiva, según el artículo 24 de la Constitución Española, pertenece a todos los sujetos de derecho, incluyendo personas físicas y jurídicas, tanto nacionales como extranjeras. Este derecho es considerado un derecho humano y no se limita sólo a los españoles.
Derecho de acceso a la justicia:
B. EL DERECHO DE ACCIÓN Y LAS PARTES
El derecho de acción protege tanto a quienes inician un proceso como a quienes deben defenderse como parte demandada o imputada. El artículo 24 CE lo reconoce como ‘‘derecho de defensa’’, complementándolo don derechos adicionales (derecho al silencio, a la asistencia letrada y a la presunción de inocencia) para garantizar una defensa efectiva.
Derecho de acceso a la justicia:
C. OBSTÁCULOS JURÍDICOS Y ECONÓMICOS
El derecho a la tutela judicial efectiva protege tanto a quienes inician un proceso como a quienes se defienden exigiendo que no haya obstáculos injustificados para acceder al sistema judicial.
Para las PARTES PASIVAS la inscripción en registros o el pago de tasas no deben impedir el acceso a la justicia. La Constitución ha declarado inconstitucionales ciertas limitaciones. como las que requerían inscripción previa o imponían arbitrajes obligatorios
Para las PARTES ACTIVAS se garantiza derecho a conocer el proceso en su contra mediante notificaciones adecuadas y fianzas proporcionadas. En penal se debe notificar adecuadamente al imputado y ofrecer asistencia en su idioma cubriendo gastos en interpretación si es necesario para asegurar que los derechos de defensa no se vean vulnerados.
Derecho de acceso a la justicia:
D. DERECHO DE ACCESO A TODAS LAS INSTANCIAS
El derecho de acceso al proceso incluye el acceso a todas las instancias, pero con distinción entre la primera instancia y los recursos. En primera instancia el derecho es absoluto y no puede ser limitado por el legislador. Sin embargo, el acceso a los recursos puede estar condicionado por el sistema de recursos establecido y requisitos legales .
El legislador puede restringir o eliminar ciertos recursos ordinarios y extraordinarios como se hizo con la suspensión del recurso de apelación en casos de menor cuantía, pero debe asegurarse que estas limitaciones no violen el derecho a la tutela judicial efectiva.
En penal, el derecho a recurrir es más restringido debido a obligaciones internacionales que garantizan a toda persona condenada el derecho a que su fallo sea revisado por un tribunal superior.
Derecho a un proceso con todas las garantías
El derecho de acceso a los tribunales debe realizarse a través de un proceso que garantice todas las garantías legales. Esto significa que el acceso debe ser ante un juez imparcial y predeterminado por la ley. Además, el proceso debe respetar principios fundamentales como la contradicción, igualdad de armas, el principio dispositivo civil y acusatorio en penal.
Derecho a la obligación de una sentencia de fondo, motivada, fundada y congruente
Una resolución definitiva (sentencia o autos de archivo o sobreseimiento) debe estar:
- Motivada en la prueba
- Fundamentada en derecho
- Ser racional y congruente con las pretensiones de las partes.
La infracción de estas condiciones puede dar lugar a recurso de amparo
Derecho a la obligación de una sentencia de fondo, motivada, fundada y congruente:
A. EL DERECHO A LA OBTENCIÓN DE UNA SENTENCIA DE FONDO
Art 24.1 CE. La tutela judicial debe ser efectiva y proteger los derechos e intereses legítimos exigiendo a los tribunales una respuesta de fondo al conflicto evitando sentencias absolutorias que obligan al demandante a volver a iniciar el proceso.
- Si el incumplimiento de requisitos procesales por parte activa se debe a negligencia: resolución puede ser absolutoria pero válida si está bien fundamentada y es proporcionada
- Si los tribunales utilizan formalismos para evitar resolver el fondo del asunto, se vulnera el derecho a la tutela.
El sistema procesal permite que se subsanen incumplimientos procesales para evitar resoluciones absolutorias injustificadas y permitiendo al demandante corregir errores y continuar con el proceso
Derecho a la obligación de una sentencia de fondo, motivada, fundada y congruente:
B. EL DERECHO A LA OBTENCIÓN DE UNA RESOLUCIÓN MOTIVADA, RAZONADA Y FUNDADA EN DERECHO
Art 120.3 TODAS LAS SENTENCIAS DEBEN ESTAR MOTIVADAS. Según el TC es una parte esencial del derecho a la tutela. La motivación no debe ser superficial o formal. Debe explicar los hechos probados y razonamiento del tribunal. Además, debe basarse en una correcta aplicación e interpretación del Derecho.
Una sentencia con motivación deficiente puede vulnerar el derecho a la tutela y ser revisada mediante recurso de amparo.
Derecho a la obligación de una sentencia de fondo, motivada, fundada y congruente:
C. EL DERECHO A LA OBTENCIÓN DE UNA SENTENCIA CONGRUENTE
Que las sentencias deban ser congruentes significa que deben abordar todas las demandas y cuestiones planteadas por las partes, dictando las resoluciones necesarias para resolver el caso.
El derecho a la tutela protege principalmente:
- Contra la INCONGRUENCIA OMISIVA: el tribunal no responde a alguna de las pretensiones.
- Contra la INCONGRUENCIA MIXTA: donde se decide sobre cuestiones no planteadas.
El Derecho a la inmodificabilidad y ejecución de las sentencias
El derecho a la tutela judicial efectiva se vulnera si las sentencias firmes se modifican sin el recurso adecuado o si se ejecuta el fallo. El TC ha establecido que la intangibilidad de las sentencias firmes es esencial para garantizar que el derecho a la tutela sea efectivo.
Art 18.2 LOPJ exige que las sentencias se ejecuten según sus términos, y la inejecución de una sentencia puede llevar a recurso de amparo. Resumen: para que la tutela judicial sea efectiva, las sentencias deben ser inalterables y cumplidas en la práctica