Recurso de Apelación Flashcards
Definición del recurso de Apelación
Acto jurídico procesal de la parte agraviada que tiene por finalidad obtener del* tribunal superior jerárquico* la enmienda conforme a derecho, de la resolución dictada por el tribunal inferior
Diferencia entre apelación y casación
EN la apelación, no se busca la nulidad de la sentencia o del procedimiento, sino la enmienda (este es de reforma y el de casasión es de nulidad)
Ante quién se interpone?
se interpone ante el mismo tribunal que dictó la resolución y resuelve el Tribunal Superior jerárquico
Finalidad del R de Apelació
modificación total o parcial de la
resolución dictada por el tribunal inferior jerárquico con el objeto de eliminar el agravio que causa
Ámbito de aplicación del R de Apelación
procede en contra de la generalidad de las sentencias def e interlocutorias de 1ra instancia y no se requiere más más requisitos que el simple agravio
¿Qué competencia otorga el recurso para el tribunal ad quem?
Se conforma una instancia: El Tribunal Superior jerárquico puede conocer en el recurso de apelación tanto las cuestiones de hecho como también las cuestiones de derecho
titular del recurso de apelación
En gral: Quien sufre el agravio
Materia Civil
* La parte agraviada (puede ser una parte o un tercero que haya particidpado en el proceso)
* El mandatario judicial no requiere facultades especiales para interponerlo
Materia penal
* Ministerio público e Intervinientes agraviados
¿Se puede renuncia a la apelación?
Sí, expresa o tácitamente
En penal:
* Sólo si ya se notificó la resolución
* Se requieren facultades especiales
respecto de qué resoluciones judiciales es posible deducir de recurso de apelación
Materia Civil
* Sentencias definitivas e interocutorias de primera instancia (no contra única ni segunda instancia)
* Los autos y decretos no son apelables por RG, solo pueden llegar a serlo en subsidio de la reposición NUNCA de forma direta
Materia Penal
* contra de las resoluciones dictadas por el juez de garantía y únicamente en 2 situaciones
1. cuando la resolución del J.G ponga término el procedimiento, hiciere imposible su prosecución o suspenda el procedimiento por más de 30 días
2. cuando la ley expresamente señale su procedencia (solo respecto de JG, nunca TOP)
Condiciones que han de satisfacerse para que un auto o decreto sea apelable
Art. 188 CPC
cuando se satisfagan las siguientes condiciones:
En primer lugar cuando el auto decreto altere la substanciación del procedimiento
Cuando el auto decreto recaiga sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley
¿Ejemplos de resoluciones apelables en el proceso penal por expresa disposición legal?
- Resolución que declara la inadmisibilidad de la querella
- Resolución relativa a Prisión preventiva en audiencia
- Resoluciones sobre salidas alternativas (SCP y AR)
- Resoluciones sobre medidas cautelares reales
- Resolución que resuelve el sobreseimiento
- SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ABREVIAD
INAPELABILIDAD:
* Según Cuantía
* Según naturaleza de la resolución
* Instancia
* Según tribunal
- Cuantía inferior a 10 UTM, juicio de MÍNIMA cuantía –> Única instancia
- Autos y decretos cuando ordenen trámites necesarios para la sustanciación regular del juicio
- 2da instancia –> inapelables (salvo las que resuelven cuestiones de competencia)
- CS y TOP –> Inapelables.
Ejemplos de inapelabilidad según el asunto de la resolución
- La que rechaza recurso reposición,
- la que recibe el incidente a prueba,
- la que ordena la práctica de diligencias probatorias y
- la que admite a tramitación una querella
- La que rechaza abandono de la querella
¿es apelable la resolución que se pronuncia sobre la admisibilidad de una querella?
Si la admite –> inapelable
Si no la admite –> apelable
Sentencias definitivas inapelables
- 2da o única instancia
- TOP
- Procedimiento simplificado
- Procedimiento de APP
Plazo para la apelación?
RG **
* **5 días **desde la notificación a la parte (discontinuos en civil, continuos en penal)
Sentencia def
* Civil –> 10 días.
Apelación en subsidio de reposición
* dentro del plazo de la reposición (3 días)
Plazo especial
* Recurso amparo –> 24 hrs
* Laudo y ordenata –> hasta 15 días
¿se pueden suspender los plazos para interponer recurso de apelación?
NO (explícito respecto de reposición y aclaración y enmienda)