PRINCIPIOS APLICABLES A LAS RAMAS DEL DERECHO Flashcards
Existen básicamente dos grandes Principios del Derecho:
- El de la Autonomía de la Voluntad y el de La Legalidad o Juridicidad.
- El primero es de aplicación preferente en el Derecho Privado y el segundo, de aplicación preferente en el Derecho Público.
Lo anterior no significa que no existan otros principios aplicables a las diferentes ramas del derecho, a saber: La Responsabilidad, Buena Fe, El no enriquecimiento sin causa, etc.
Sin embargo los principios de La Autonomía de la Voluntad y La Legalidad, definen el carácter de las relaciones jurídicas que se rigen por el Derecho Público y Privado.
1)PRINCIPIO DE LA LEGALIDAD
a) Este principio es de aplicación preferente, pero no exclusiva, en el Derecho Público (Derecho Constitucional, Administrativo, Procesal, Penal, Tributario, etc.)
b) Concepto:
Es un principio que consiste en que en el Derecho Público las personas deben enmarcar su conducta en forma estricta a las atribuciones que les confiere la ley, pudiendo solo realizar aquellos actos que la ley expresamente les faculta.
Se traduce en el siguiente aforismo o idea:
“En el Derecho Público las personas solo pueden realizar aquello que expresamente la ley les permite”.
2) PRINCIPIO DE LA AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD
Este principio es de aplicación preferente en el ámbito del Derecho Privado (Derecho Civil y Comercial). Y se encuentra consagrado en el artículo 12 del Código Civil, que nos señala que “Podrán renunciarse los derechos conferidos por las leyes, con tal que sólo miren al interés individual del renunciante, y que no esté prohibida su renuncia”. Encontrándonos más adelante con otro artículo interesante, el 1445, del mismo cuerpo legal, que nos señala que “Para que una persona se obligue a otra por un acto o declaración de voluntad es necesario que consienta en dicho acto o declaración”. Los que nos permite, esbozar en primer término, cual es la idea fundamental de este principio.
Así, en el ámbito de Derecho Privado se reconoce la voluntad libre y espontánea de las personas, como la principal fuente creadora de los derechos y obligaciones, pudiendo los particulares realizar, en general, cualquier acto o contrato, salvo aquellos expresamente prohibidos por la ley. Comprendiéndose en resumen, que el hombre es libre de vincularse con otros y si decide obligarse lo va a hacer por su propia voluntad. "Como dice Stolfi, la libertad individual es le presupuesto de toda acción humana, en el sentido de que permita al individuo acerca de dar vida o no a una relación cualquiera, obedeciendo a exigencias de las que él solo juez y, al mismo tiempo, constituye el limite de acción, ya que el particular se obliga a sí mismo (no puede obligar a nadie más) y, en consecuencia, solo a su patrimonio."2 Este principio se reduce al siguiente aforismo, donde el principio de la autonomía de la voluntad hace al hombre "arbitro de sí mismo y de lo suyo, de forma que puede hacer todo lo que no esté prohibido"