Pago de la obligación fiscal (Dentro del tema IV.) Flashcards
Forma de pago
Se paga mediante declariación.
Las declaraciones son:
- Anuales;
- Provisionales (Mensuales);
- Complementarias (Cuando el contribuyente se equivocó al enterar sus contribuciones, se presenta en cualquier tiempo y se corrige lo pertinente. (Hasta 3 veces en un juicio)
Plazos
• Se paga el 17 del mes inmediato posterior a que se causan.
Actualizaciones y Recargos
El monto de las contribuciones, aprovechamientos y devoluciones se actualizará por el transcurso del tiempo.
- Se actualizan desde el mes en que se debió hacer el pago hasta que se pague.
- Los recargos se causaran hasta por 5 años.
- Cuando estén a cargo del fisco no se actualizarán por fracciones de mes.
- Las cantidades actualizadas conservan la naturaleza jurídica que tenían antes de la actualización. El monto de esta no será deducible ni acreditable.
Tipo de Cambio y formas de pago
• Las contribuciones y sus accesorios se pagan en moneda nacional.
• Cuando se pague en moneda extranjera el tipo de cambio será el publicado por el Banco de México.
• Se puede pagar con:
o Cheques
Si el cheque no se puede cobrar se pagará una
indemnización del 20%
o Transferencia
o Tarjetas de crédito y debito
o Efectivo:
Personas físicas con actividad empresarial: menor
a $2,149,250.00
Personas físicas sin actividad empresarial:
menor a $368,440.00
Accesorios
• Gastos de ejecución • Recargos • Multas • Indemnizaciones Si se interpone medio de defensa, se debe garantizar el interés fiscal.
Tipos de pago. Liso y llano
Sujeto pasivo hace el pago de manera voluntaria sin que medie objeción alguna
Tipos de pago. Extemporáneo
Pago tardío (Sin que la autoridad me obligue a hacerli)
Consecuencias:
Se paga la contribución actualizada.
Causa recargos.
Puedes ser acreedor a una multa.
Tipos de pago. Extemporáneo. Espontáneo
o Espontaneo
Cuando no haya mediado un acto de autoridad de revisar el pago de las contribuciones.
• Cuando la autoridad no ha iniciado facultades de comprobación.
No se le impondrán multas al contribuyente.
Es un pago liso y llano.
o Beneficio de reducción de la multa
Art. 13 LFDC.- cuando el fisco les notifica el inicio de facultades de revisión a un contribuyente le tiene que dar la oportunidad de corregirse en ese momento, si ese fuere el caso, ya no sería espontáneo pero le da una opción de reducción de la multa.
Tipos de pago. Pago bajo protesta (De decir verdad)
Cuando la persona que paga el crédito fiscal se proponga intentar recursos o medios de defensa.
o Cuando hay un CF se paga este pero después se impugna el mismo.
o Extingue el crédito fiscal y no implica consentimiento con la disposición o resolución a la que se da cumplimiento.
Tipos de pago. Provisional
Pago a cuenta de una contribución que todavía no ha sido causada (pago anticipado).
o Al final del ejercicio fiscal se restan los pagos que se hicieron a cuenta de pagos provisionales.
o El fisco puede multar por no hacer los pagos provisionales a pesar que al final del ejercicio se pague todo.
o Están obligados a enterar pagos provisionales:
Personas morales: todas
Personas físicas: los que realicen actividades empresariales o servicios profesionales independientes
o Se puede solicitar una reducción de pagos provisionales (IVA)
Tipos de Pago. En especie
los artistas plásticos o poseedores de ciertas antigüedades pagaran sus contribuciones con la entrega de cierto numero de obras. (Solo un porcentaje)
Tipos de Pago. Diferido o en parcialidades
Contribución que se debe al fisco y que acepto que se debe al fisco, pero no tengo manera de pagar entonces se solicita al fisco un financiamiento.
- Se paga el 20% del monto total del crédito junto con la solicitud
- Se pagan intereses (Menores a los de mora)
Requisitos:
- Garantizar el interés fiscal
- Solicitud
Tipos de Pago. Diferido o en parcialidades (Diferido)
Se paga un porcentaje al inicio del acuerdo y el resto me lo conceden pagarlo con posterioridad en una sola exhibición (No más de 12 meses).
Tipos de Pago. Diferido o en parcialidades (En parcialidades)
Pagos sucesivos de la misma cantidad hasta por 36 parcialidades. Si se incumple en 3 parcialidades, se revoca la oportunidad)
Tipos de pago. Pago en exceso (Pago de lo indebido)
Las autoridades fiscales devolverán las cantidades pagadas indebidamente.
El particular debe solicitar la devolución.