Obligaciones y Contratos Flashcards
Causa falsa. Simulación relativa contractual
- la validez de los negocios jurídicos en que se expresa una causa falsa, se juzga por las normas de la simulación.
- hay simulación si los otorgantes de un negocio jurídico, acuerda realizarlo mediante la expresión de una causa falsa, independientemente de que exista o no un acto jurídico disimulado
-se considera simulado el acto de interposición ficticia de una persona. - el negocio jurídico simulado es nulo si ilícito. es anulable si perjudica los derechos de un tercero.
- en la simulacion relativa se realiza un negocio que encubre otro real.
- la simulation se manifiesta mediante la interposición de persona ocurre cuando se realiza un contrato en el cual se interpone un intermediario con el fin de ocultar al verdadero interesado.
- descubierta la simulación, la persona interpuesta se evapora por completo.
- en este tipo de simulación la relación se establece entre el tercero y el interesado que no comparece en el contrato.
Causa Ilicita.
- Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a la ley, la moral y el orden publico.
- existe contrato y queda perfeccionado desde que las partes manifiestan su consentimiento sobre el objeto y la causa.
- una vez el contrato queda perfeccionado, las partes están obligadas a cumplirlo.
- es ilicita la causa cuando se opone a las leyes, la moral y al orden publico.
- un contrato tiene causa ilícita cuando uno de los obligados no puede cumplir con lo pactado por se contrario a la ley.
- el efecto de que los contratos carezcan de causa, o de que su causa sea ilicitana, es que son nulos y no producen efecto alguno.
Clausula penal
- los contratantes peden establecer pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a la ley, la moral y el orden publico.
- los contratos pueden contener clausulas penales.
- esta clausula es una mediante la cual se promete realizar una prestación, para el caso en que una de las partes no cumpla o cumpla mal o irregularmente lo prometido.
La clausula penal principalmente procura:
a) asegurar el cumplimiento de una obligación
b) evaluar por anticipado los perjuicios que habría de ocasionar al acreedor el incumplimiento de la obligación.
que pasa cuando se pacta una clausula penal?
el acreedor se libera de tener que probar los danos que le causo el deudor al incumplir el contrato.
- cuando la penalidad no guarda proporción justa con los danos previsibles causador por el incumplimiento, imponiendo una carga onerosa punitiva, entra en juego la función moderadora del tribunal
al evaluar si una clausula es penal hay que determinar si:
a) tiene capacidad para anticipar danos sin tener que probarlos posteriormente en caso de incumplimiento
b) tiene propósitos coercitivos y punitivos para evitar el incumplimiento
en la aplicación de la clausula penal se observan las siguientes reglas:
a) el pago de la pena convenida corresponde exclusivamente al incumplimiento o al retraso
b) el acreedor puede optar por exigir el cumplimiento integro o por el pago de la Pena, y puede acumular ambos remedios en el caso de cumplimiento tardío
c) la clausula penal se interpreta restrictivamente
d) solo puede sustituirse la prestación debida por la convenida en la cláusula penal, si se ha convenido expresamente.
Condicion resolutoria
- en las obligaciones sujetas a una condicion la adquisición de los derechos, así como la resolución o perdida de los ya adquirido, dependerá del acontecimiento que constituya la condición.
-por la condición supedita la eficacia de un negocio jurídico a que ocurra un hecho positivo o negativo, futuro o incierto. - la condición es suspensiva si ocurrido el hecho se produce el efecto del negocio jurídico ; y es resolutoria si ocurrido el hecho se extingue el efecto del negocio jurídico.
-una condicion es resolutoria cuando al cumplirse la condicion se pierden los derechos adquiridos. - bajo una clausula resolutoria, las partes pueden limitar el alcance de su responsabilidad en caso de que el cumplimiento no sea posible.
- no cabe hablar de incumplimiento de contrato ni indemnización por danos cuando se cumple una condicion resolutoria.
Contratos de adhesion.
- un contrato de adhesion es aquel en el que una sola de las partes dicta condiciones del acuerdo.
- si los términos de un negocio jurídico bilateral son claros y dejan duda sobre la intención de las partes, se estará al sentido literal de sus palabras.
- cuando los contratos contenga clausulas oscuras o ambiguas, su interpretación no deberá favorecer al que ocasionó la oscuridad.
- es decir, si el negocio jurídico es bilateral, la disposición ambigua debe interpretarse en sentido desfavorable a quien la redacto y en favor de la parte que tuvo menor poder de negociación.
- esta norma de interpretación contractual aplica con mas rigor a los contratos de adhesion.
- el trato especial en los contratos de adhesion no significa que siempre deban ser interpretados a favor del mas débil.
Contrato de compraventa
- La parte vendedora esta obligada a entregar el bien y a transferir a la parte compradora el dominio de el bien.
- la parte compradora, por su parte, tiene la obligación de pagar el precio.
- cuando el vendedor se niega a entregar la cosa, el comprador puede pedir el cumplimiento especifico.
- en el contrato de compraventa, las prestaciones son recíprocas, lo que conlleva la facultad implícita de la resolución del contrato.
Contrato de Compraventa: Vicios ocultos
- en un contrato de compraventa, el vendedor responde por los vicios ocultos que tuviere la cosa vendida.
- el vendedor esta obligado al saneamiento por los defectos ocultos de la cosa vendida:
a) si la hacen impropia para el uso que se le destina
b) o si disminuyen de tal modo este uso que
c) de haberlos conocido el comprado, no la habría adquirido o habría dado menos precio por ella. - el deber de sanear la cosa vendida existe, aunque el vendedor ignorara el vicio o defecto en el objeto.
Contrato de compraventa: Vicios ocultos
- todo vendedor esta obligado a la entrega y al saneamiento de la cosa vendida.
- cuando se trata de vicios o defectos ocultos en la cosa vendida, el vendedor responderá al comprador del saneamiento aunque los ignorase.
Requisitos de una causa de acción de saneamiento por vicios ocultos en animales:
1) que la cosa adolezca de un vicio oculto o que no sea conocido por el adquiente al momento de la compraventa
2) que el vicio sea de tal gravedad que haga la cosa impropia para el uso a la que se destina
3) el efecto debe ser preexistente a la venta
4) la acción debe ejercitarse dentro del plazo de 40 dias contados desde la entrega del animal.
Contrato con estipulación a favor de tercero
No es necesario que el tercero este individualizado en el momento de contratar. Basta con que existan en la disposición contractual elementos suficientes para poder determinarlo con posterioridad.
Contrato con estipulación en favor de tercero
- los contratos solo producen efecto entre las partes que los otorgan.
- no obstante, los contratos pueden tener estipulaciones en favor de tercero.
- este tipo de contrato es celebrado entre el prominente obligado por la disposición y el estipulante.
- los contratos a favor de tercero son aquellos que las partes celebran para atribuir un derecho a un tercero, que no ha tenido participación en la celebración del negocio y que se convierte en acreedor directo del obligado en cuanto a la prestación prometida.
- estos contratos e beneficio o favor de tercero se basan en el interés del estipulante en que se establezca el pacto y en que la promesa sea cumplida para el beneficiario.
Contrato con estipulación a tercero
- como regla general los contratos solo afectan las partes involucradas en este.
- los contratos también pueden tener estipulaciones a favor de tercero.
- en los contratos a favor de tercero las partes atribuyen un derecho a un tercero, que no ha tenido participación en la celebración del negocio y que no queda por consiguiente obligado ni vinculado a el.
- no es necesario que el tercero este presente.
Legitimation para defender la validez del acuerdo
- quien estipula en favor de tercero es quien tiene el interés en establecer el acuerdo y de que se cumpla la promesa para el beneficiario.
- tanto el beneficiario como quien estipula a su favor pueden exigir al promitente el cumplimiento de la prestación convenida en favor de tercero.
Contrato de deposito
- este se constituye desde que se recibe la cosa ajena con la obligación de custodiarla y de restituirla.
- el deposito se presume oneroso.
El depositario esta obligado a:
a) guardar el bien con diligencia que exija la naturaleza del bien o la que corresponda a su profesión y tomar los cuidados especiales convenidos con el depositante
b) no usar el bien que guarda.
c) restituir el bien, con sus frutos, cuando le sea requerido.
d) restituir el bien en el lugar donde fue depositado
e) guardar discreción sobre el contenido del deposito.
f) avisar inmediatamente al depositante cuando la guarda requiere gastos extraordinarios y pagar aquellos que no admiten demora.
- cuando el depositante autoriza que el depositario use el bien, el depósito de convierte en comodato o en préstamo. según las circunstancias.
- el permiso para usar la cosa depositada no se presume, su existencia debe probarse.
- la responsabilidad del depositario consiste en su proceder culposo al no cumplir con la exigencia que le impone la ley de cuidar la cosa como un buen padre de familia.