Mutuo Flashcards
¿Cuáles son las características del contrato de mutuo?
- Es UNILATERAL.
- Es GRATUITO por naturaleza (excepto las operaciones de crédito de dinero que son onerosas por naturaleza), se podrán pactar intereses.
- Es PRINCIPAL.
- Es REAL (se perfecciona con la entrega que constituye tradición), a menos que sea operación de crédito de dinero en cuyo caso es consensual.
- Es un título traslaticio de dominio.
¿Cómo define nuestro CC el contrato de mutuo?
Art. 2196: “El mutuo o préstamo de consumo es un contrato en que una de las partes entrega a la otra cierta cantidad de cosas fungibles con cargo a restituir otras tantas del mismo género y calidad”.
¿Qué clase de bienes pueden darse en mutuo?
Bienes FUNGIBLES.
¿Cuáles son los efectos del contrato de mutuo?
A) OBLIGACIONES DEL MUTUARIO: Restituir cosas de igual género y calidad.
- Si fue un mutuo de dinero, se aplican normas de Ley 18.010, donde no se presume la gratuidad.
- Si no fue un mutuo de dinero, restitución de cosas de igual género y calidad.
B) OBLIGACIONES DEL MUTUANTE: En principio ninguna. Eventualmente, indemnizaciones acorde a reglas del comodato.
En el mutuo… ¿En qué época debe hacerse la restitución de la cosa?
Se fija por convención o por ley. Si no se estipula, debe dejarse pasar al menos 10 días luego de la entrega.
¿Se puede anticipar el pago en el mutuo?
- Sí, siempre que no se hayan pactado intereses.
- Si se trata de operaciones de crédito de dinero SE PUEDE anticipar el pago, pero pagando los intereses como si hubiese transcurrido todo el plazo.
¿Se permite el anatocismo (intereses sobre intereses) en Chile?
Sí, gracias a la ley 18.010, pero sólo en períodos de 30 días.