Compraventa Flashcards
¿Cuáles son las características del contrato de CV?
- Bilateral.
- Oneroso.
- Generalmente conmutativo (EX: CV de cosas que no existen pero se espera que existan).
- Principal.
- Generalmente consensual (EX: CV solemnes).
¿Cuál es el concepto de compraventa y en qué artículo se contiene?
Art. 1793: “Contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero.”
¿Qué significa que la CV sea un título traslaticio de dominio?
Que por su naturaleza sirve de fundamento jurídico para transferir el dominio aunque de por sí no lo transfiere, faltando para ello un modo de adquirir el dominio (propiamente, la tradición).
¿Cuáles son los tres elementos esenciales del contrato de CV?
- Consentimiento.
- Precio.
- Cosa.
¿Qué formas o formalidades puede adoptar el contrato de CV?
- La regla general (con mero consentimiento en la cosa, en el precio y en la venta misma).
- Venta forzada (excepción a la manifestación libre y espontánea del consentimiento).
- Ventas solemnes (excepción a la suficiencia del consentimiento).
¿Qué clases de solemnidades podemos encontrar en algunas CV?
- SOLEMNIDADES LEGALES:
a) Ordinarias (EP para perfeccionamiento y medio de prueba).
b) Especiales (Ventas forzadas o ventas por incapaces). - SOLEMNIDADES VOLUNTARIAS.
- ARRAS: (Cantidad de dinero u otra cosa mueble que se da:)
a) Como garantía de celebración o ejecución del contrato.
b) Como parte del precio o en señal de quedar las partes convenidas.
¿Qué contratos de CV requieren de celebración por escritura pública?
- CV de bienes raíces.
- CV de derechos de servidumbre y de censo (porque recaen sobre inmuebles).
- CV de sucesión hereditaria.
¿De quién son los gastos del contrato de CV?
Del vendedor, puesto que la ley supone que están considerados en el precio.
¿Qué requisitos tiene la cosa vendida en el contrato de CV?
- Ser comerciable (apropiable) y enajenable (transferible). [Por ejemplo, los derechos personalísimos son apropiables pero no transferibles].
- Ser determinada (específica o genéricamente) y singular.
- Existir o esperarse que exista.
- No pertenecer al comprador.
¿Qué formas puede adoptar la venta de cosa futura?
Art. 1813:
- Si se espera que exista: es una venta condicional (sujeta a su existencia) y conmutativa.
- Si su existencia futura es incierta (por la naturaleza de la cosa o por expresión de las partes): es una venta pura y simple y aleatoria.
¿Por qué la venta de cosa ajena es válida?
Porque todo contrato, como la CV, simplemente genera derechos personales, jamás reales, por lo que no transfiere el dominio.
¿Qué efectos tiene la venta de la cosa ajena?
- PARA EL DUEÑO: Ninguno. Conserva su derecho mientras el otro no lo adquiera por prescripción. Tiene acción reivindicatoria contra el comprador.
- PARA LAS PARTES: Comprador adquiere posesión de la cosa y podrá prescribir. El vendedor deberá sanear la evicción si esta se produce (salvo que el comprador haya estado en conocimiento de que la cosa era ajena).
¿Cuáles son los requisitos del precio en el contrato de CV?
- Debe consistir en dinero, sin embargo, no es esencial que se pague en dinero (novación, dación en pago).
- Debe ser real o serio.
- Debe ser determinado (por partes o por un tercero, en este último caso es una CV condicional sujeta a la condición de que el tercero determine el precio).
¿Cuáles son las reglas de capacidad que rigen en la CV?
- RG: capacidad.
- EX: Incapaces:
a) Dobles (para vender y comprar):
- Entre cónyuges (para evitar fraudes a la prohibición de las donaciones irrevocables).
- Entre padre o madre y el hijo (para proteger al hijo).
b) Simples (para vender):
- Administradores de establecimientos públicos sobre sus bienes.
c) Simples (para comprar):
- A empleados públicos sobre bienes de su ministerio.
- A jueces y abogados sobre bienes de sus litigios.
- A tutores y curadores sobre bienes del incapaz.
- A mandatarios, síndicos y albaceas sobre bienes del encargo.
¿Qué modalidades conoce para el contrato de CV?
- RG: Pura y simple, bajo condición o plazo.
- Venta al peso, cuenta o medida:
- Que deba pesarse sólo para determinar el precio.
- Que deba pesarse para determinar la cantidad. - Venta a prueba o al gusto (no se perfecciona hasta agrado del comprador).
¿En general, cuáles son los efectos del contrato de CV?
General: DEL VENDEDOR DAR LA COSA, DEL COMPRADOR PAGAR EL PRECIO.
¿En particular, cuáles son las obligaciones del vendedor en el contrato de CV?
- Entregar la cosa vendida.
2. Saneamiento de la cosa vendida.
¿En la CV, el vendedor se obliga a hacer dueño al comprador de la cosa o sólo a procurarle la posesión pacífica y útil de la cosa?
De discute:
- No se obliga a transferir el dominio (antiguo):
- Venta de cosa ajena es válida.
- No se puede pedir resolución del contrato por no haberse hecho dueño.
- Obligación del vendedor es de procurar posesión legal y material de la cosa solamente. - Sí se obliga a transferir el dominio (contemporáneo):
- Es la finalidad económica y social de la CV.
- Es distinto que la venta de cosa ajena sea válida a que a través de esa venta el vendedor cumpla sus obligaciones. No confundir perfeccionamiento o validez con obligaciones del contrato mismo.
- Obligación es de DAR la cosa vendida (es decir, transferencia de dominio o constitución de derecho real).
- Posesión es un hecho, no se transfiere ni transmite.
- Mayor seguridad jurídica en nuestro sistema.
En la CV ¿de qué forma se hace la entrega (tradición) de la cosa?
- Muebles: acorde a las formas del artículo 684.
- Inmuebles: inscripción en el CBR (EX: servidumbres, basta EP, salvo alcantarillado de predios urbanos que debe inscribirse).
En la CV… ¿Cuándo el vendedor tiene derecho a retener la cosa?
- Cuando comprador no le ha pagado (excepto si está pronto a pagar o si se ha fijado un plazo para el pago).
- Cuando haya una disminución considerable en la fortuna del comprador que haga peligrar el pago del precio (corre aunque se haya fijado un plazo).
En la CV… ¿Qué comprende la entrega de la cosa?
LO QUE REZA EL CONTRATO. Además:
1. Frutos naturales pendientes al tiempo del contrato.
2. Frutos naturales y civiles que se produzcan después del contrato.
[EX: Plazo, condición, cláusulas voluntarias]
3. Accesorios a la cosa.
¿De quién son los riesgos de la cosa VENDIDA?
Del comprador.
EX en que es del vendedor:
- Venta sujeta a condición suspensiva hasta que se cumpla (salvo pérdida o deterioro parcial).
- Venta al peso, cuenta o medida cuando aún no se ha determinado la cosa.
- Venta al gusto cuando aún no se ha expresado el agrado.
¿Qué implica el deber del vendedor de saneamiento de la cosa vendida del artículo 1837?
Es una doble obligación que se exige por medio de la acción de saneamiento y que emana del deber de entregar la cosa en condiciones tales que el comprador pueda gozar de ella tranquila y últimente.
Por un lado, el deber de SANEAMIENTO DE LA EVICCIÓN (posesión tranquila) y por otro lado el deber de SANEAMIENTO DE LOS VICIOS REDHIBITORIOS (posesión útil).
¿Qué es la evicción?
Art. 1838: Es la privación que experimienta el comprador de todo o parte de la cosa comprada, en virtud de una sentencia judicial con causa anterior a la venta.