LECCIÓN 7 - TEORÍA DE LAS COSAS Flashcards

1
Q

Qué es el objeto de uno derecho subjetivo

A

el objeto es la realidad social sobre la que recae el derecho subjetivo.

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2
Q

Bienes

A

todas las cosas que son o pueden ser objeto de apropiación.

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3
Q

Tipos de bienes

A

Pueden ser: corporales o materiales; intangibles o no materiales.

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4
Q

Qué tipos de bienes intangibles o no materiales existen

A
  • los derechos
  • las energías
  • las creaciones del espíritu humanos
  • el comportamiento o conducta del hombre (prestación).
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5
Q

Bienes que no son susceptibles de apropiación

A
  • res communia omnium (cosas de todos).
  • res extra commercium (cosas cuya traficación está excluida por el ordenamiento).
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6
Q

Qué podría calificar como una res extra commercium

A

Los bienes de la personalidad, los atributos de la persona (cualquiera de los dos está bien dicho).

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7
Q

Cómo se clasifican los bienes

A
  • cosas corporales o incorporales.
  • consumibles o no consumibles.
  • fungibles o no fungibles.
  • dependiendo de la persona a las que pertenecen pueden ser bienes de dominio público o de propiedad privada.
  • bienes muebles o inmuebles.
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8
Q

Tipos de inmuebles

A
  • bienes inmuebles por naturaleza: tierras o fincas. Porciones del suelo (la corteza terrestre) delimitadas y que forman una unidad en tráfico.
  • bienes inmuebles por incorporación: edificios, caminos y construcciones de todo género adheridas al suelo.
  • bienes inmuebles por destino: bienes que, siendo accesorio del inmueble al que sirven, adquieren la categoría de inmuebles aún siendo mueble. Son destinados a servir al inmueble por el propietario.
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9
Q

Partes integrantes

A

elementos en si mismos autónomos, que integran esencialmente una cosa, sin la cual no puede decirse que existen; siempre y cuando sirvan a la finalidad propia de la cosa principal.

cuando la cosa ya no sirve su finalidad, el propietario puede disponer de forma aislada de las partes que lo integraban.

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10
Q

Pertenencias

A

cosas o bienes autónomos que están puestas al servicio de otra (cosa principal o cosa madre) y que frecuentemente se lleva a cabo por un acto de destinación del propietario de ambas.

por ejemplo: la botella está a servicio del vino que contiene.

estas si pueden ser objeto de negocios independientes.

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11
Q

Frutos

A

los rendimientos que produce un bien según su normal destino económico.

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12
Q

tipos de frutos

A
  • naturales: producciones espontáneas de la tierra, las crías y demás productos de los animales.
  • industriales: los que producen las tierras de cualquier especie a beneficio del cultivo o del trabajo.
  • civil: rentas o cantidades de dinero que produce la cosa como consecuencia de ser objeto de una relación jurídica.
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13
Q

Titularidad de los frutos

A
  • Mientras los frutos naturales o industriales permanezcan unidos a la cosa madre (frutos pendientes), carecen de individualidad y forman parte de ella: el titular de la cosa madre es el de los frutos pendientes.
  • Si se separan, se convierten en cosa mueble, perteneciendo al titular de la cosa principal, a menos que otra persona tenga derechos a ellos en razón de otro derecho como el usufructuario o el arrendatario rústico.

El titular del derecho que conceda la facultad de hacerse con los frutos se convierte en propietario de los mismos una vez los separa. Esto es lo mismo para los poseedores de buena fe (que aparentan ser el titular sin serlo realmente)

  • En cuanto a los frutos civiles: se perciben por días, pertenecen en principio al que tiene una titularidad plena como la propiedad, pero pueden igualmente pertenecer a aquel que tenga un derecho que le conceda la facultad de hacerse con ellos.
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14
Q

Gastos y mejoras

A

cuando se tiene un derecho sobre una cosa, se realizan “inversiones” sobre la misma para que ésta aumente sus beneficios o para evitar su deterioramiento.

  • gastos: aquellos que califican como necesarios y van destinados para evitar que la cosa se deteriore. También las impensas útiles que van destinadas a obtener un mayor rendimiento de la cosa.
  • mejoras: conforman los denominados gastos voluptuarios, de puro lujo o recreo.
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15
Q

Patrimonio

A

conjunto de bienes, derechos y deudas que corresponden a un sujeto, titular de ese patrimonio. Habla del aspecto activo y del pasivo.

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16
Q

Aspecto activo del patrimonio

A

el activo habla de los bienes de los que se dispone.

17
Q

Aspecto pasivo del patrimonio

A

el pasivo habla de las deudas de la persona.

18
Q

Qué quiere decir que el patrimonio sea un todo lógico

A

que engloba todas las relaciones jurídicas de una persona.

19
Q

Patrimonios autónomos

A

son los que se hacen cargo de su propia esfera de responsabilidad y son independientes o separados.

20
Q

Universalidad

A

conjunto de bienes constituidos por decisión del titular o por ley y, que a pesar de estar formado por elementos autónomos, tienen consideración unitaria en el tráfico jurídico.

21
Q

Patrimonio ganancial

A

Cuando un empresario crea una rama de su patrimonio destinada a ceder derechos, bienes, etc., a su empresa. Esto sirve para proteger al patrimonio propio en caso de deudas excesivas.