LECCIÓN 14 - INEFICACIA DE LOS ACTOS JURÍDICOS Flashcards
Ineficacia
Entendemos por ineficacia la no producción de todos o algunos los efectos previstos por las partes en un negocio jurídico o una manifestación de voluntad.
Especies de ineficacia
Tenemos diferentes especies de ineficacia, entre las cuales podemos distinguir:
- la ineficacia estructural: afecta la estructura, es decir, a algún elemento esencial del negocio.
- la ineficacia funcional: es la que incide en el desarrollo o vida del acto o negocio.
Ineficacia estructural o invalidez
Se caracteriza por una irregularidad o defecto que sea especialmente grave que se produce en la estructura o o contenido del negocio jurídico.
Nulidad absoluta
La nulidad opera ipso iure, de pleno Derecho. No producirá ningún efecto y cualquier persona puede solicitar la nulidad, haya sido parte o no del negocio jurídico.
Causas que provocan la nulidad absoluta
- vulnerar una norma imperativa
- cualquier pacto que contraríe la ley
- cuando el objeto es indeterminable o ilícito
- por la ilicitud o falsedad de la causa
- cuando falta una forma esencial y se exije
Anulabilidad o nulidad relativa
Es un supuesto de invalidez dirigida a proteger a un determinado sujeto, de manera que sólo él puede alegarla si el acto o negocio le resulta desfavorable.
Causas que pueden provocar la anulabilidad
- falta de capacidad precisa para celebrar el negocio
- haber prestado el consentimiento bajo intimidación, error o dolo.
- falta de consentimiento del cónyuge de quien contrató cuando dicho consentimiento fuese necesario.
Convalidación
Forma de sanar el negocio anulable, se da cuando el sujeto menor, con discapacidad o que había sufrido un vicio del consentimiento, declara su voluntad de que el negocio valga una vez sale de aquellas situaciones.
Rescisión
el remedio jurídico que el ordenamiento establece para reparar el perjuicio económico que la celebración de un contrato puede ocasionar a determinados sujetos, de forma que con este instrumento se pretende hacer cesar los efectos del mismo.
Causas rescindibles
- la lesión
- lesión en más de la cuarta parte, cuando el contrato sea celebrado por el representante legal del ausente.
- los celebrados en fraude de los acreedores.
Inexistencia
Obedece a la máxima francesa pas de nullité sans texte, y dice que cuando la norma lo determine, no habrá nulidad.