Las demandas incidentales sobre los auxiliares judiciales: la denegación Flashcards
Es la acción cuyo objeto es que se juzgue que un alguacil u oficial ministerial no había recibido un mandato de la parte a cuyo nombre ha hecho un acto ministerial o ha excedido las órdenes encomendadas
Denegación del acto ministerial (arts. 352-362 del CPC)
También es aplicable para los abogados
¿Se tiene que presentar un documento para probar la calidad del abogado?
No. Se presume que es así. El abogado es apoderado verbalmente.
¿Quién es el sujeto que realiza la denegación del acto ministerial o del abogado?
El mandante.
El mandante puede realizar una demanda en reparación por daños y perjuicios contra el abogado o el alguacil. Sin embargo, depende de su solvencia. ¿Cuál es la ventaja de una acción en denegación?
La sentencia que valida la denegación incluye una reparación en daños y perjuicios e invalida los actos realizados por el abogado o el alguacil, influyendo en el curso de la instancia principal.
Si hay ausencia de mandato para constituir a un abogado o alguacil, ¿se presume su existencia?
Si un abogado ha litigado en representación de una persona y ésta nunca ha convenido sus servicios pero tampoco lo ha denegado, ¿se puede abstener de cubrir los gastos?
- Sí
- No
¿Cuál es la prueba de que hay un mandato a favor del abogado?
La entrega de documentos.
¿Cómo el alguacil tiene poder para hacer una notificación?
Cuando se le entregan los documentos que debe notificar.
¿Puede el mandante restringir la libertad de trabajo del abogado? ¿Y pagarle a otro abogado en el curso de un proceso con uno?
- Sí, si las formula claramente.
- No. Tiene que pagarle a su abogado, desapoderarlo y luego contratar al nuevo.
Generalmente, los abogados y los alguaciles no requieren de un poder especial. ¿En cuáles casos sí?
También para la confesión (art. 1356) o el deferir del juramento decisorio (art. 1358)
¿Por cuál medio se realiza el poder especial?
Normalmente es por escrito. Puede hasta ser una carta.
Condiciones de admisibilidad de la denegación
Describe las condiciones de hecho positivo y ausencia de ratificación
Implica que el abogado o el alguacil han debido de hacer un acto que no estaba autorizado por el mandante
El cliente no ha debido ratificar los actos del mandatario, a menos que se haya quedado callado. Si comparece ante el tribunal, se aprecia un rechazo al acto de denegación
¿Puede protestar el mandante la apelación de su abogado?
No. Tenía que haberlo hecho antes.
Describe las condiciones del perjuicio. ¿En cuáles casos no aplica?
El acto que se quiere denegar debe suponer un perjuicio para el denegante.
¿Cuál es el juez competente de la denegación?
Ante el tribunal del domicilio del demandado.
¿El Juzgado de Paz puede ser competente para conocer una denegación?
Nunca.
Proceso para realizar la denegación
1) Acto de denegación. La denegación se hará en la secretaría del tribunal que deba conocer de ella, por un acto bajo firma de la parte, o del que tenga su poder especial y auténtico; el acto contendrá los medios, conclusiones y constitución de abogado.
2) Notificación del acto de denegación. Se notifica a los interesados, incluso a los de la contraparte en un acto de abogado a abogado. Si es en el curso de una instancia, se notifica a los involucrados en el proceso principal. Si es después de una sentencia o no hay un proceso principal, se notifica también a todos los involucrados mediante un emplazamiento.
Para la notificación de la denegación a los herederos del difunto abogado, ¿se hace colectivamente o individualmente?
Individualmente.
Si hay una demanda principal, ¿sobresee ésta hasta que se conozca el incidente?
Sí.
¿Cuál es el plazo de prescripción de la denegación?
Si es en el curso de una instancia o antes de que la sentencia se haya hecho firme y definitiva, el plazo es la prescripción de 20 años
Si hay un stare decisis, tiene hasta el octavo día para hacerlo.
¿Se tiene que notificar al Ministerio Público?
Sí.
¿Puede el juez evitar el sobreseimiento de la demanda principal?
Sí, cuando vea que está totalmente mal fundada, pero sería un problema porque tendría que realizar dos fallos que pudieran ser contradictorios. Otra alternativa es la fusión de la denegación con la instancia.
Efectos de la denegación
Si la denegación fuere declarada válida, la sentencia o las disposiciones en ésta contenidas con respecto a los puntos que hubieren motivado la denegación, quedarán anuladas y como insubsistentes: se condenará al denegado a resarcir
todos los daños y perjuicios en favor del demandante y de las otras partes, y según la gravedad del caso y la naturaleza de las circunstancias podrá ser castigado con pena de interdicción, o perseguido extraordinariamente.
¿Y si la denegación no es válida?
Se podrá condenar al demandante a los daños y reparaciones
que correspondan respecto del denegado y las otras partes.