HIPOTECARIO COPY COPY Flashcards
Menciona los Principios Registrales:
- Inscripción
- Especialidad
- Legalidad
- Tracto Sucesivo
- Prioridad o rango
- Rogación
- Legitimación
- Fe Pública
- Publicidad
Explica la norma general y la excepción
del Principio General
- Norma General: Al Registro de la Propiedad tienen acceso los derechos reales que recaigan sobre los bienes inmuebles.
- Excepción: Los derechos personales tendrán acceso al Registro cuando la ley así lo establezca o cuando se constituyen como garantía real.
¿Qué es la Inscripción Declarativa?
- Se imputa conocimiento de todo lo que consta inscrito en el Registro, aunque no sea consultado y,
- Aunque no refleje la realidad extra registral.
¿Qué es la Inscripción Constitutiva?
- Cuando la Ley exige
- en ciertas circunstancias
- la inscripción
- para que los títulos de dominio
- y otros derechos reales sobre bienes inmuebles
- sean oponibles a tercero.
¿Cuáles son las características o requisitos de las “Restricciones Privadas Voluntarias”?
- ser razonables
- obedecer a un plan general de mejoras
- ser compatibles con la política pública sobre uso de terrenos,
- constar de manera específica en un instrumento público,
- estar inscrita en el Registro de la Propiedad.
¿Cuál es el requisito registral del
Derecho de Superficie?
- Para que quede válidamente constituido requiere su otorgamiento en escritura pública y,
- su inscripción en el Registro de la Propiedad.
¿Qué es el Principio de Publicidad?
- Promueve que el Registro sea público
- para quienes tengan interés en conocer el estado jurídico
- de los bienes inmuebles o derechos reales inscritos.
¿Cuáles son los libros oficiales?
- Diario Electrónico de Operaciones
- Libro Electrónico de Inscripciones
- Libro Electrónico Único de Embargos
¿Qué es el Diario Electrónico de Operaciones?
- Está formado por los asientos de presentación de los documentos
- según el orden cronológico en que fueron presentados.
¿Qué es el Libro Electrónico de Inscripciones?
- Contiene todos los folios reales
- de todas las fincas
- que pertenecen a una demarcación particular
- donde se le ha asignado un número a cada una de ellas.
¿Qué es el Libro Electrónico de Embargos?
- Se compone de los embargos presentados
- exclusivamente por la vía electrónica
- desde las propias agencias gubernamentales que proceden conforme a derecho.
¿Cuáles son los Libros Complementarios?
- Índice de persona
- Índice de finca
- Libros de planos
¿Qué es el índice de persona?
- Contiene los nombres de personas naturales y jurídicas
- permitiendo relacionarlos con las fincas y derechos inscritos.
¿Qué es el índice de finca?
Permite la búsqueda por demarcación, número de finca, número de catastro, naturaleza de la finca, localización y número de solar.
¿Qué son los Libros de Planos?
- Se compone de las imágenes digitales
- de los planos presentados
- que podrían ser localizados
- por número de finca o nombre de proyecto.
Describe la relación entre la
Publicidad Material y el Tercero Registral
- Los asientos y los actos inscritos se presumen válidos
- hasta que el Tribunal los declare nulos.
- La ley ofrece una protección fundamental
- por medio de la “fe pública registral”
- al tercero que confiando en la constancia del Registro
- adquiera un título por medio de negocio jurídico válido.
¿Cuáles son los requisitos que debe cumplir
el Tercero Registral?
- Derecho adquirido válidamente, de buena fe y a título oneroso de persona que en el Registro aparezca con facultad de transmitirlo, y que ha sido inscrito.
- Adquisición basada en registro inexacto por causas que no son claras y expresas.
- Buena fe se presume si actuó con diligencia y desconocimiento de la inexactitud del registro.
(Simplificado)
Requisitos del Tercero Registral
- Tercero Civil adquirente (mediante negocio jurídico)
- de buena fe (se presume)
- de un derecho real inmobiliario
- a título oneroso (voluntad de ambas partes)
- de persona facultada según registro
- y que haya sido inscrito.
¿Cuáles son las excepciones de la tercería registral?
- Hipoteca legal tácita
- Legislación y reglamentación urbanística
- doble inmatriculación
- servidumbres aparentes
- derechos personales indebidamente inscritos
- mención de derechos
- cuotas de mantenimiento
- características físicas del inmueble
- Estado civil y capacidad de las personas
- Acciones rescisorias y resolutorias
- acciones de retracto legal
- rescisión de enajenaciones hechas en fraude de acreedores
- Revocación de donaciones.
¿Cuáles son los casos de suspensión
de la fe pública registral?
- Tercero adquirente de herederos voluntarios o de legatarios que no sean herederos forzosos.
- Retracto legal.
- Inmatriculación mediante certificación de posesión.
¿Qué es el Principio de Especialidad?
- Es la exigencia que tiene un sistema registral para la especificación e individualización de las fincas, derechos y titulares.
- Requiere que los documentos presentados en el Registro sean claros y específicos
- en cuanto al contenido del derecho, extensión y titularidad.
- Para evitar cualquier género de incertidumbre en las constancias del Registro.
¿Cuáles son las Normas Relativas a la Descripción del Derecho?
- De haber más de un titular, deberá expresarse las porciones correspondientes a cada titular en porcientos.
Este principio exige precisar:
- Naturaleza de la finca y del derecho que se inscribe;
- Extensión del derecho que se inscribe;
- condiciones suspensivas o resolutorias;
- cargas del derecho que se inscribe, y
- valor del derecho.
¿Cuáles son las Normas Relativas a la
Descripción del Titular?
Para que un derecho sea inscribible es necesario que:
- la descripción de los titulares sea detallada y precisa.
- En los asientos se designarán los titulares con todos los apellidos que aparezcan en los títulos que se presenten, sin que sea permitido añadir o quitar ninguno al Registrador.
Explica las Normas Relativas a la Descripción de la Finca
- Bajo un mismo número: la primera vez que se inscriba una finca y, las bases, los edificios y las estructuras que sobre éstas se construyan.
- Con número distinto: Las edificaciones, las habitaciones o pisos de una edificación cuando los predios inscritos donde radiquen pertenezcan a distintos dueños.
¿Qué debe contener la primera inscripción?
- número de catastro (si lo tiene)
- la naturaleza de la finca: si es rústica: municipio y demarcación, medida superficial, linderos por los cuatro puntos cardinales. Si es urbana: número de la propiedad, calle y lugar, municipio y demarcación, medida superficial, sus linderos por los cuatro puntos cardinales.
- Medidas superficiales en sistema métrico decimal
- procedencia de la finca
- la naturaleza, extensión, condiciones suspensivas o resolutorias y cargas del derecho que se inscriba.
- valor de la transacción
- nombre del titular de quien procedan inmediatamente los bienes o derechos
- El derecho objeto de inscripción
- valor de la finca
- el nombre y circunstancias personales del titular a cuyo favor se solicita la inscripción.
¿Qué es el Principio de Prioridad o Rango?
- “Primero en tiempo, primero en derecho”.
- Dispone que los documentos presentados y pendientes de inscripción se califiquen según el estricto orden cronológico en que llegan al Registro.
- Aunque el último acto presentado fuese de fecha anterior.
¿Cuáles son los efectos de la fecha y la hora de presentación?
- Los derechos se inscribirán preferentemente de acuerdo con la fecha de presentación en el Registro.
¿Qué es la Permuta de Rango?
- Ocurre cuando se altera el orden de preferencia o prioridad
- por el intercambio de dos inscripciones de hipotecas
- que no están contiguas entre sí en el Registro.
- Mediante un convenio bilateral.
¿Qué es la Posposición?
- Implica una cesión de rango a favor de un acreedor posterior,
- cuando ambos rangos están contiguos.
- Ocurre una modificación de hipoteca.
Explica el Principio de Tracto Sucesivo
- “El transferente de un derecho real hoy sea el adquirente de ayer y, que el titular registral actual sea el transferente de mañana”.
- Procura que el historial jurídico de cada finca inmatriculada figure con plena continuidad ininterrumpida,
- en su encadenamiento de adquisiciones sucesivas,
- cronológicamente eslabonadas las unas con las otras.
- En su aspecto negativo: impide la inscripción de todo acto que no emane del titular registral.
¿Qué es el Tracto Formal?
- Es la serie de títulos inscritos
- que forma una cadena de asientos.
- La falta de tracto será motivo para denegar la inscripción o anotación solicitada.
¿Qué es el Tracto Material?
- Es la genealogía de titulares producida por la serie de títulos inscritos.