El contrato de trabajo. Flashcards

1
Q

Concepto del contrato de trabajo y sus elementos.

A

Contrato de trabajo:

Definición del CT: Art. 7º CT: Convención por la cual el empleador y el trabajador se obligan recíprocamente, éste a prestar servicios bajo dependencia y subordinación del primero, y aquel a pagar por dichos servicios una remuneración determinada.

Elementos de la definición:

1) Obligación del trabajador: realizar el trabajo de la forma acordada.
2) Obligación del empleador de pagar.
3) Vínculo de subordinación y dependencia, que es el elemento distintivo.

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2
Q

Contenido formal del contrato de trabajo.

A

1) Escrituración en duplicado. Se hacen dos originales y se entrega uno al trabajador.

  • Si el trabajador se niega a firmar: Art. 9 i. 3: Empleador debe depositarlo en la dirección del trabajo y esta llamaráa firmar. Si el trabajador no firma al comparecer, se puede despedir sin indemnización, a menos que pruebe que contrató en términos distintos a los del documento.
  • Si el empleador no cumple con esta obligación (escrituración en duplicado). Multa de 1 a 5 UTM. Y si no hace constar el contrato por escrito, también.
  • Si el empleador no lleva el contrato a la dirección del trabajo, a falta de contrato escrito, se entenderá que el contrato es lo que dice el trabajador.
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3
Q

Contenido material del contrato de trabajo.

A

El contrato puede tener 3 tipos de cláusulas.

1) Cláusulas obligatorias: definen el contenido mínimo del contrato de trabajo y es obligación que formen parte de este. Se definen en el art. 10 del CT.

1.- lugar y fecha del contrato;
2.- individualización de las partes con indicación de la nacionalidad y fechas de nacimiento e ingreso del
trabajador;
3.- determinación de la naturaleza de los servicios y del lugar o ciudad en que hayan de prestarse. El contrato podrá señalar dos o más funciones específicas, sean éstas alternativas o complementarias;
4.- monto, forma y período de pago de la remuneración acordada;
5.- duración y distribución de la jornada de trabajo,
salvo que en la empresa existiere el sistema de trabajo por turno, caso en el cual se estará a lo dispuesto en el reglamento interno;
6.- plazo del contrato, y
7.- demás pactos que acordaren las partes.

2) Cláusulas voluntarias y potestativas: todo lo que va sobre el mínimo establecido por el 10 CT. Se agregan voluntariamente.

4) Cláusulas prohibidas: cláusulas que no pueden estar en el contrato de trabajo por impedimento legal. Por ej. Comisión de un delito. Debe estar prohibida legalmente.

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4
Q

Clasificación de las modificaciones al contrato de trabajo.

A

Modificaciones.

1) Desde el punto de vista del acuerdo de voluntades necesario para modificar el contrato.

a) Bilaterales:

b) Ius variandi: facultad del empleador de modificar unilateralmente condiciones no esenciales del contrato de trabajo. Hablamos del lugar y del servicio objeto del C:

  • Si se alteran las labores sea por labores similares.
  • Si se altera el lugar, que el recinto nuevo sea dentro del mismo lugar o ciudad. DT: la idea de núcleo urbano.
  • En ningún caso puede provocar perjuicio al trabajador.

2) Desde el punto de vista de la forma en que se manifiesta la voluntad.

a) Expresa: toda modificación escrita, por ejemplo, un anexo. No es una actualización, por ejemplo, cambiar por el IPC o cambiar la jornada, ahí se actualiza.

b) Tácita:

  • Norma de conducta: se modifica lo que existe con la conducta reiterada. Modifica el contrato. Ej. un trabajador se toma una hora de colación más extensa de la otorgada todos los días durante 3 meses y nunca es amonestado, el reclama que se modificó el contrato.
  • Cláusula tácita: se agregan al contrato beneficios y obligaciones que antes no estaban. Se agregan cosas. Ej. Empleador durante 3 años en año nuevo realiza una fiesta para los trabajadores, el 4º año no hay utilidades y no la hace, los trabajadores le reclaman.

Al parecer la diferencia es que en la norma de conducta, se modifica una situación contenida o estipulada en el contrato con la conducta reiterada, en cambio, en la cláusula tácita se agregan obligaciones o derechos al contrato que antes no existían.

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