Derecho de la Res - Sobre la servidumbre Flashcards
¿Qué es la servidumbre? (art. 637 del CC)
Es un gravamen impuesto sobre un inmueble en beneficio de otro perteneciente a un distinto dueño.
“Una carga impuesto sobre una heredad para uso y utilidad de una heredad perteneciente a un propietario distinto”
¿Cómo se llama el inmueble a cuyo favor se constituye la servidumbre y al que la sufre?
Al primero, predio dominante. Al segundo, predio sirviente.
¿Qué son las servidumbres continuas y discontinuas?
-Continuas son aquellas cuyo uso es o puede ser incesante, sin la intervención de ningún hecho del hombre. Por ejemplo: las servidumbres de aguas.
-Discontinuas son las que se usan a intervalos más o menos largos y dependen de actos del hombre. Por ejemplo: las servidumbres de paso o de desagüe de edificios.
¿Qué son las servidumbres aparentes y no aparentes?
-Aparentes, las que se anuncian y están continuamente a la vista por signos exteriores, que revelan el uso y aprovechamiento de las mismas. Por ejemplo: los cables eléctricos. No están sujetas a un registro
-No aparentes, las que no presentan indicio alguno exterior de su existencia. Por ejemplo: la servidumbre de no edificar. Están sujetas a un registro
¿Qué pasa con la servidumbre si el predio dominante o sirviente se divide?
Las servidumbres son indivisibles.
Si el predio sirviente se divide entre dos o más, la
servidumbre no se modifica y cada uno de ellos tiene que tolerarla en la parte que le
corresponda.
Si es el predio dominante el que se divide entre dos o más, cada porcionero puede usar por entero de la servidumbre, no alterando el lugar de su uso, ni agravándola de otra
manera.
¿Cómo se establecen las servidumbres?
-Por ley
-Por voluntad de las partes
-Por la situación de los predios
¿Cómo se constituyen las servidumbres?
-Por contrato o testamento
-Por usucapión
-Por la autoridad administrativa
¿Cómo se obtiene una servidumbre por destino del padre de familia?
Cuando se adquiere una finca que se beneficia, por servidumbre, de otra.
a) Los dos predios, ahora divididos, debieron pertenecerle al mismo propietario
b) Ejecución de trabajos por parte del propietario de las dos fincas
c) Especificidad del tipo de servidumbre: sólo puede ser aparante o continua
¿Cómo se extinguen las servidumbres?
-Con la muerte del dueño del predio dominante
-Por el plazo establecido en la convención
-Por revocación amistosa
-Desaparición del objeto
-Confusión
-Abandono o renuncia
-Prescripción extintiva: falta de uso por 20 años
¿Qué son las servidumbres legales?
Las impuestas a fuerza de ley por objeto la utilidad pública o el interés de los particulares (art. 649 del CC dominicano)
¿Qué son las servidumbres voluntarias?
Art. 594 del CC español. “Todo propietario de una finca puede establecer en ella las servidumbres que tenga por conveniente, y en el modo y forma que bien le pareciere, siempre que no contravenga a las leyes ni al orden público”
¿Cuáles servidumbres reconoce el Código Civil español?
-Servidumbre de aguas
-Servidumbre de paso
-Servidumbre de medianería
-Servidumbre de luces y vistas o non aedificandi
-Servidumbre de desagüe de edificios
¿Se permite establecer una servidumbre sobre una persona?
En el derecho inmobiliario, no. Pero sí en las obligaciones.
SERVIDUMBRE DE AGUAS
¿Están los propietarios de un predio inferior forzados a recibir las aguas de uno superior cuando sigan su curso natural? (art. 640 del CC)
Sí. No podría oponérsele.
SERVIDUMBRE DE PASO
¿En qué consiste?
Cuando una persona no tiene acceso a la vía pública, puede imponerle al predio sirviente, mediante una indemnización, una servidumbre para acceder a la vía pública.