Derecho civil Flashcards
Obligación
-Relativa=2 sujetos determinados (acreedor-activo/deudor-pasivo)
-Correlativa=Objeto (lo que deudor está obligado a hacer/acreedor no puede exigir ni más ni menos)
Elementos obligación
- Sujetos (a+d+capacidad juridica)
2.Objeto (prestación debida)
-patrimonial (valor patrimonial)
-determinable
-lícito
-posibilidad
3.Causa (motivo final por el cual un bien/servicio sale de un patrimonio para incorporarse en otro)
4.Vínculo jurídico (relación de deber que mantiene unido deudor y acreedor
-Deuda+Responsabilidad (Deuda sin responsabilidad/Responsabilidad sin deuda/deuda con responsabilidad limitada)
Fuentes obligaciones
- Ley
-
Contrato
-Acuerdo voluntades
-Fuerza de ley -
Cuasicontrato
-Hecho lícito y voluntario
-Gestión negocios ajenos - *Actos y omisiones ilícitos
-Obligaciones civiles que surgen del delito
-Restituir daños -
Actos en los que intervengan culpa o negligencia
-indemnización
Cesión de crédito
Transmisión por acreedor de la titularidad de su derecho a crédito a otra persona
Cambio acreedor
Sujeto (acreedor+nuevo acreedor)
Notificar deudor (no consentimiento)
Objeto (derecho de crédito (valido/existente/transmisible/todos accesorios)
Efectos:
-Transmisión crédito
-Garantía veritas nominis (veracidad del crédito=
-Garantía bonitas nominis (solvencia deudor)
-Extingue obligación cedente-cesionario
Subrogación de pago
Transfiere al subrogado el crédito con los derechos a él anexos (transmisión de la titularidad del crédito de antiguo a nuevo acreedor)
Cambio acreedor
Convencional
Legal
Sujeto (¿quién puede realizar el pago?)
-Deudor
-Deudor a través de representante legal
-Tercero
Extingue la obligación (nace otra obligación a cargo del deudor)
Acción de reembolso (tercero puede reclamar a deudor lo pagado)
Acción in rem verso (sí tercero paga contra la expresa voluntad del deudor, no contará con la acción de reembolso. (solo puede reclamar aquello en lo que ha enriquecido al deudora))
-Excepto sí es una obligación personalísima
Capacidad solvens
capacidad de obrar (no será válido si es hecho por incapaz menor de edad)
Libre disposición de la cosa (tiene que ser propietario)
Capacidad para enajenar la cosa (no la tiene quien no tiene capacidad de obrar (menores/incapacitados)
Accipiens (sujeto pasivo) (¿A quién puede realizarse el pago?)
Acreedor
Representante legal (excepto obligación personalísima)
Tercero cuando:
Cuando el pago se hace de buena fe (acreedor aparente)
El pago se hubiera convertido en utilidad del acreedor
Capacidad del accipiens
Capacidad de administrar sus bienes ( no la tienen los incapacitados o los menores emancipados)
Sí el pago se hace a un incapacitado/menor, no se libera (solo válido sí se convierte en su utilidad)
Objeto del pago ¿Cómo?
Forma exacta y plena (acreedor no está obligado a aceptar pagos parciales/algo diferente, salvo acuerdo con lo contrario)
Identidad (debe realizarse la exacta prestación debida)
Obligaciones específicas (deudor no puede obligar al acreedor a recibir otra cosa)
Obligación de hacer (no se puede sustituir un hecho por otro)
Obligaciones genéricas (regla calidad media)
Sumas de dinero (en la especie convenida)
Integridad (Plenas (no fraccionamiento))
Salvo sí el contrato lo autoriza
Parte líquida y otra ilíquida
Tiempo de pago (¿Cuándo?)
Momento del pago depende:
Voluntad concorde de los contratantes
Sí no se señala plazo, será exigible:
- Inmediatamente
- Condicional-exigible desde que la condición se cumpla
Lugar del pago (¿Dónde?)
Designado por las partes
Determinado por la naturaleza (pintar casa)
Sí no se ha expresado voluntad, donde se construye la obligación
En cualquier otro caso, domicilio del deudor
Gastos del pago
Prueba del pago
Cuenta del deudor
recibo
testigos/confesión
Término
+
Efectos
Momento tiempo de cumplimiento de obligación
Término esencial=extinción de la obligación
Término accidental=mora del deudor
Cambio deudor
-Asunción:1 asume la deuda del otro. Consentimiento acreedor
-Expromisión:Acuerdo acreedor+nuevo deudor. No consentimiento/conocimiento antiguo deudor.
-Delegación: Acuerdo 3 sujetos por el que uno de ellos delega la función de deudor