daños extrapatrimoniales Flashcards
DAÑO MORAL
El derecho dice que se debe dar un dinero a modo de compensación, porque no es justo que una persona sufra de un profundo dolor sin algún intento de reparación.
la lesion en la esfera interna de la víctima
Prueba, reparación y cuantificación
Carácter satisfactivo: de las sumas de dinero. Formas de reparación no pecuniarias
Cuantificación: árbitro judicial
DAÑO A LA VIDA DE RELACIÓN:
Daño de relación, no puede llevar su vida a como era antes. Digamos que esta persona jugaba fútbol, resulta en una parálisis, ya no podrá relacionarse en ese ámbito
Lesión que afecta intereses extrapatrimoniales de la víctima vinculados con la esfera externa del sujeto
Consiste en el deterioro de la calidad de vida en la víctima, las dificultades para desenvolverse en su entorno, pérdida o dificultad de establecer contacto o de relacionarse con las personas y cosas
CARACTERÍSTICAS
- Extrapatrimonial (Intereses no económicos)
- Esfera externa del individuo (vs daño moral)
- Limitaciones, dificultades o alteraciones en vida prácticas o personal, familiar o social (no contenido monetario)
- Origen no solo lesiones físicas o psíquicas, también afectación otros bienes de personalidad
- Puede ser sufrido por la víctima directa o por terceros afectados
- Finalidad satisfactoria: aminorar los efectos negativos
- Daño autónomo: afectación de la actividad social no patrimonial de la persona
- Cuantificación: árbitro judicial, PRIMERO se debe verificar los criterios que ha dado la CSJ sobre cuantificación, incluso hay tablas
DAÑOS A BIENES PERSONALÍSIMOS DE RELEVANCIA CONSTITUCIONAL
Agravio o la lesión que se causa a un derecho inherente al ser humano, que el ordenamiento jurídico debe hacer respetar por constituir una manifestación de su dignidad y de su propia esfera individual
Tres manifestaciones del daño extrapatrimonial
- Lesión a un sentimiento interior de carácter subjetivo (daño moral)
- Privación objetiva de la facultad de realizar actividades cotidianas (daño a la vida de relación
- Vulneración de los derechos humanos fundamentales → la vulneración de un daño subjetivo, constituye una indemnización