Salud - Régimen Contributivo Flashcards
¿Qué contingencias cubre el Sistema de Salud?
Enfermedad General y Maternidad
* La maternidad se cubre en sentido estricto, pero también extendido (aplica al padre)
¿Qué implica el Régimen Único en Salud?
Ley 1751 de 2015 - Desaparecen los régimenes exceptuados y especiales
* Cobertura total - Plan de Beneficios (OJO - YA NO ES EL POS)
¿Cómo aplica la Política Sectorial en Salud?
Se centra en hogares - Grupo familiar
* Incluye amenazas, vulnerabilidad y riesgo
¿Cuáles son los regímenes de excepción y especiales?
No ingresan a la Ley 100 de 1993:
- Fuerzas armadas y militares
- Servidores Públicos de Ecopetrol
- Universidades públicas que establezcan su propio sistema de salud
- La Ley 1751 de 2015 acaba con los regímenes especiales, pero no hay fecha en lo cual se vaya a hacer - En la práctica no han desaparecido
¿Cuáles son los regímenes de seguridad social en salud?
- Régimen contributivo
- Régimen subsidiado
- Población pobre no asegurada
¿Quiénes hacen parte de la población pobre no asegurada?
Art. 2º, Decreto 2878 de 2007 - Es aquella población urbana y rural de cada distrito, municipio o corregimiento
departamental, identificada como pobre por el Sistema de Identificación de Beneficiarios que defina el Conpes, no afiliada al régimen contributivo, a un régimen excepcional o al régimen subsidiado.
¿Qué implica la “flexi seguridad social” y la “descontractualización??
Ya no importa el tema de qué tipo de vinculación puedo llegar a tener o de donde proviene el recurso, sino entrar a mirar a la persona.
* Hoy en día se ofrece a todos las personas en salud el PB (Plan de Beneficios), que antes se llamaba el POS.
* Antes solo se tenía derecho a lo que estaba en el POS, que era definido por el MAPIPOS (Manual de Procedimientos)
* Ahora lo que dice la norma es que se tiene derecho a todo, salvo lo que esté excluido
Ya no importa cuál es el tipo de vinculación de la persona. Lo que importa es que la persona desde que nace hasta que muere puede generar unos riesgos
*
¿Qué es la afiliación?
Es un acto jurídico por el cual se adquieren los derechos y las obligaciones que del mismo se derivan y busca dar cobertura a un Plan de Salud (P.O.S. vs Plan de Beneficios) para todos los usuarios.
Afiliación: Es el acto de ingreso al Sistema General de
Seguridad Social en Salud que se realiza a través del
registro en el Sistema de Afiliación Transaccional, por
una única vez, y de la inscripción en una Entidad
Promotora de Salud – EPS – o Entidad Obligada a
Compensar – EOC –
¿Por qué se justifica un Sistema Integrado de Información?
• Para tomar decisiones informadas
–Recursos Públicos
–Organismos de Control
• Para tener información estandarizada, oportuna y de calidad
• Para no duplicar esfuerzos y optimizar recursos
• Para concentrarnos en el análisis y no en la recolección de información
¿Desde cuándo es efectiva la afiliación?
El ingreso de un aportante o de un afiliado, tendrá efectos para la entidad administradora que haga parte del Sistema desde el día siguiente a aquél en el cual
se inicie la relación laboral, siempre que se entregue a ésta, debidamente diligenciado, el formulario de afiliación. Mientras no se entregue el formulario a la administradora, el empleador asumirá los riesgos correspondientes.
- Puede ser entregando el formulario en papel o mediante el SAT
- Por esa razón se afilian las personas un día antes del inicio del contrato de trabajo
¿A qué se tiene derecho una vez se activa la afiliación al sistema de salud?
Desde el momento mismo de la afiliación, tiene derecho a todo el plan de beneficios - A todo lo asistencial, pero no a lo económico (A pesar que están prohibidos los periodos mínimos de carencia - antigüedad en el sistema)
- Antes las prestaciones asistenciales solo aplicaban después de 4 semanas de afiliación
Los periodos mínimos de carencia hoy en día dependen del tipo de prestación económica (incapacidades, licencias, etc.):
a. Periodo mínimo de urgencias - Eliminado por el Decreto 780 de 2016
b. Periodo mínimo de carencia o de afiliación - Eliminado por la Ley 1438 de 2011 (Para prestaciones asistenciales)
c. Preexistencias - No existen en el sistema general. Solo para los planes adicionales.
d. Incapacidades por enfermedad general -> Haber cotizado ininterrumpidamente 4 semanas.
e. Licencia de maternidad o paternidad -> Haber cotizado ininterrumpidamente al sistema durante todo el periodo de gestación.
¿Los pensionados pueden acceder a prestaciones económicas del sistema de salud?
No, peor aportan con su cotización a pagar prestaciones económicas por el principio de solidaridad.
¿Cuáles son los principios que rigen la afiliación?
- No retroactividad
- Libertad de elección - el afiliado es quien escoge la aseguradora (No hay diferencia en la EPS que uno escoge porque las EPS no ofrecen nada diferente al PB. Lo importante es mirar que IPS o RIPSS están adscritas a esa EPS. La EPS es solo la aseguradora)
- Obligatoriedad de la afiliación > Para todos los residentes en Colombia
* Vocación de permanencia - Ánimo de quedarse en el país
* Debe estar afiliado y efectuando aportes en su país de origen
¿Cómo funciona la afiliación al sistema de salud del recién nacido?
Decreto 064 de 2020:
CUANDO LOS PADRES DEL RECIÉN NACIDO NO ESTÁN AFILIADOS AL SISTEMA DE SALUD O TIENEN NOVEDAD DE TERMINACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN A EPS:
- Si reunen las condiciones para estar en el Reg. Sub. Deberá:
- registrarlos en el SAT
- inscribirlo en una EPS del municipio donde
resida el obligado a estar en el RC - Si los padres declaran que no son RC y declaran ser SISBEN 1 o 2 o perteneces a alguna población especial del 2.1.5.1. del Dcto 780 de 2016, registrará a los padres en el RS.
- Si no les han aplicado la encuesta, no pertenencen a población especial y los padres declaren no pueden pertenecer al RC, se deberá registrar en el SAT inscribirlos en una EPS del RS, debiendose aplicar la encuesta SISBEN en 5 días hábiles siguientes.
¿Cuáles son las reglas de la afiliación al sistema de salud?
- Solo se realiza una ves (al nacimiento)
- Libre escogencia de EPS
- La desafiliación del sistema solo se produce por la muerte del afiliado
¿Cuáles son las reglas de la afiliación al sistema de salud?
- Solo se realiza una ves (al nacimiento)
- Libre escogencia de EPS
- La desafiliación del sistema solo se produce por la muerte del afiliado
¿Quiénes son afiliados al régimen contributivo en salud?
- COTIZANTES
a. Todas aquellas personas nacionales o extranjeras, residentes en Colombia, vinculadas mediante contrato de
trabajo que se rija por las normas colombianas, incluidas aquellas personas que presten sus servicios en las sedes diplomáticas y organismos internacionales acreditados en el país.
b. Los servidores públicos
c. Los pensionados por jubilación, vejez, invalidez, sobrevivientes, sustitutos o pensión gracia tanto del sector público como del sector privado. En los casos de sustitución pensional o pensión de sobrevivientes deberá afiliarse la persona beneficiaria de dicha sustitución o pensión o el cabeza de los beneficiarios.
d. Los trabajadores independientes, los rentistas, los propietarios de las empresas y en general todas las personas residentes en el país, que no tengan vínculo contractual y reglamentario con algún empleador y cuyos ingresos mensuales sean iguales o superiores a un salario mínimo mensual legal vigente
BENEFICIARIOS
a. Los miembros del núcleo familiar del cotizante, de siempre y cuando no cumplan con alguna de las condiciones para ser cotizantes
b. Beneficiarios adicionales - Afiliado cotizante, que tenga a cargo otras personas que dependan económicamente de el y se encuentren hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad
* Se debe pagar la UPC correspondiente a su grupo de edad
* Se denomina afiliado adicional y tiene derecho a prestaciones asistenciales pero no económicas
* El período mínimo de inscripción y pago por estos afiliados será mínimo de un (1) año salvo cuando el afiliado cotizante deja de reunir las condiciones para continuar como cotizante o cuando el afiliado adicional reúne las condiciones para inscribirse como cotizante.
¿Cuándo procede la afiliación oficiosa de beneficiarios?
Cuando una persona cumpla la condición para ser afiliado beneficiario y el cotizante se niegue a su inscripción dentro del núcleo familiar, la persona directamente o las comisarías de familia o los defensores de familia o las personerías municipales en su defecto, podrán realizar el registro en el Sistema de Afiliación Transaccional y la inscripción en la EPS del cotizante, aportando los documentos respectivos que prueban la calidad de beneficiario.
¿A quíenes aplica la cobertura familiar en salud?
- Cónyuge
- Compañero permanente
- Hijos menores de 25 años que dependan económicamente del cotizante
- Hijos de cualquier edad con incapacidad permanente y dependencia económica (parcial)
- Los hijos de la cónyuge o compañera permanente
- Los hijos de los hijos, menores de 25 años o con incapacidad permanente
- Sobrinos menores de 25 años con incapacidad permanente y dependencia económica
- A falta de cónyuge, compañero o hijo, los padres que dependan económicamente
- Los menores de 18 años que hayan sido entregados en custodia
- Hijos adoptivos - Tienen derecho a ser afiliados a la EPS desde el momento en que se entregan a los padres adoptantes por el ICBF
¿Cuándo se pueden inscribir los padres como beneficiarios?
Ambos miembros de la pareja son cotizantes.
➢Dependencia económica de uno de lo miembros de la pareja ➔ no deben tener la
calidad de cotizantes.
➢Los beneficiarios quedarán en cabeza del otro cotizante.
➢Si uno de los miembros de la pareja dejaran de ser cotizantes, los padres pueden
continuar en la misma EPS pagando la respectiva UPC.
¿En qué consiste el fenómeno de la Multiafiliación?
En el SGSSS ninguna persona podrá estar afiliada simultáneamente en:
- Rég. Contributivo y Rég. Subsidiado.
- Más de una EPS.
- Ni en la misma como cotizante y beneficiario.