Regimen De La Libertad Flashcards
CAPTURA
Procedimiento de la autoridad competente (Policía nacional) y ocasionalmente un particular quien realiza una aprehensión física en contra del ciudadano para efecto de ser puesto a disposición de las autoridades competentes
Autoridad competente ANTES de radicado el escrito de acusación
Policía
Autoridad competente DESPUES de radicado el escrito de acusación
juez de conocimiento.
Que pasa despues de las 36 horas despues de la captura
Se pone a disposición del juez de cONTROL DE GARANTÍAS
Características
- Aplica de manera excepcional: cuando se tenga uno de los fines constitucionales probados.
- Interpretación restrictiva porque limitan un derecho fundamental
- Son normas que corresponden a criterios de estricta proporcionalidad, necesidad, razonabilidad y lesividad
Características
- Aplica de manera excepcional: cuando se tenga uno de los fines constitucionales probados.
- Interpretación restrictiva porque limitan un derecho fundamental
- Son normas que corresponden a criterios de estricta proporcionalidad, necesidad, razonabilidad y lesividad
Requisitos generales de TODAS LAS ÓRDENES DE CAPTURA: FISCALÍA
La FISCALÍA es quien está legitimada para solicitar la audiencia preliminar para SOLICITAR LA ORDEN DE CAPTURA.
Podrá solicitar una audiencia preliminar reservada en cualquier parte del proceso para realizar una solicitud de orden de captura, después de haberse señalado EL SENTIDO DE FALLO Y ESTA ES CONDENATORIO
Las audiencias preliminares pueden ser nominadas o innominadas, pero a su vez puede ser públicas y reservadas
- Las reservadas son para temas sensibles, participa la parte que la solicita y el juez de garantías.
- Pública: fiscalía, defensa, ministerio público, representación de víctimas
- Inmediatas: control posterior
Requisitos generales de TODAS LAS ÓRDENES DE CAPTURA: POR MOTIVOS DE RAZONES FUNDADOS
La orden de captura debe emitirse POR MOTIVOS RAZONABLEMENTE FUNDADOS. También se exige Inferencia razonable de autoría o participación: mínima convección objetiva → sustentada en medios de conocimiento
DEBE CONTENER: Razones basadas en la experiencia y verificables con cualquier método de conocimiento que indican la posible existencia de un delito y la participación de la persona sobre la cual se ordena la búsqueda de captura
Requisitos generales de TODAS LAS ÓRDENES DE CAPTURA: POR MOTIVOS DE RAZONES FUNDADOS
La orden de captura debe emitirse POR MOTIVOS RAZONABLEMENTE FUNDADOS. También se exige Inferencia razonable de autoría o participación: mínima convección objetiva → sustentada en medios de conocimiento
DEBE CONTENER: Razones basadas en la experiencia y verificables con cualquier método de conocimiento que indican la posible existencia de un delito y la participación de la persona sobre la cual se ordena la búsqueda de captura
Requisitos generales de TODAS LAS ÓRDENES DE CAPTURA: MEDIOS POR LOS QUE SE SOLICITA LA ORDEN DE CAPTURA
- para garantizar la comparecencia del procesado;
- para proteger a la comunidad y las víctimas;
- para evitar una obstrucción a la justicia
- para garantizar el cumplimiento de la pena: solamente se utiliza CUANDO YA EXISTA UN SENTIDO DEL FALLO
Art 296, son taxativos, únicamente SE DEBE SOLICITAR POR ESTOS 4
Requisitos generales de TODAS LAS ÓRDENES DE CAPTURA: PARA LA CAPTURA DEBE HACERSE DE MANERA OBLIGATORIA
mediante ORDEN ESCRITA PROFERIDA POR LA AUTORIDAD JUDICIAL COMPETENTE
Salvo que sea en en fragancia que no tiene orden
Requisitos generales de TODAS LAS ÓRDENES DE CAPTURA: FORMALIDADES
- Indicar de manera clara y concisa las circunstancias de tiempo, modo y lugar que dieron lugar a la captura
- Señalar los datos personales del sujeto aprehendido que permitan identificarlo (solo nos sujetamos a lo que diga la registraduría)
- Expresar el delito o los delitos que dieron lugar a la restricción de la libertad
- Indicar los datos de la fiscalía que adelanta la investigación del caso
VIGENCIA DE LA ORDEN DE CAPTURA:
La orden de captura tiene vigencia máxima de 1 año sin embargo, se podrá prorrogar cuantas veces resulte necesario y lo apruebe alguno de los jueces.
CAPTURA EXCEPCIONAL ART 300 CPP:
La fiscalía quiere solicitar la la orden de captura, pero no se encuentra un juez de garantías libre en el momento para realizar la solicitud.
Solamente va a tener lugar ANTES DE RADICAR EL ESCRITO DE ACUSACIÓN (Indagación y investigación)
El fiscal podrá siempre que cumpla con los requisitos generales y test de proporcionalidad ordenar POR ÉL MISMO. Una vez cumplida la orden SI O SI debe ir a un juez de garantías para LEGALIZAR LA CAPTURA dentro de las 36 horas.
Los jueces de control de garantías tienen competencia nacional, entonces pueden funcionar en cualquier parte del territorio, ES MUY DIFICL QUE NO EXISTA UNO DISPONIBLE, porque uno podrá solicitarla al de medellín, bogotá, así los hechos no hubiesen ocurrido ahí