Juicio Oral Flashcards
Que es
Es la última audiencia de la fase de juicio, en ella se da la práctica probatoria de las partes y se profiere decisión de fondo sobre la responsabilidad penal del procesado. Las características propias del juicio oral a la luz de la ley 906 de 2004 son: PUBLICOM ORAL, CON INMEDIACIÓN DE LAS PRUEBAS, CONTRADICTORIO Y CONCENTRADO
TRÁMITE
Causales de suspensión de la audiencia de juicio oral: Artículo 454 del CPP: Por regla general la audiencia de juicio oral deberá ser continua, su suspensión opera de carácter excepcional y por motivos de manifiesta gravedad. Ello por cuando fraccionar esta etapa, afecta directamente el conocimiento y la percepción del juez
ÚLTIMA OPORTUNIDAD PARA ACEPTAR CARGOS POR PARTE DEL ACUSADO: En caso de que se de dicha acepctación, se cocederá una rebaja de hasta ⅙ parte (art 367CPP)
ALEGACIONES INICIALES: Es una presentación oral que se hace al juez sobre las circunstancias fácticas que describen el caso, la relación de las pruebas con las cuales pretende demostrar la responsabilidad penal del acusado, más allá de duda razonable y la solicitud punitiva que le realiza al juez
PRÁCTICA PROBATORIA: por medio del cual se realiza el debate probatorio entre las partes. con los testigos de la fiscalía y después los testigos de la defensa
Aquí ya podemos hablar DE PRUEBAS
Cuando ya se práctica se entiende como prueba
EXAMEN CRUZADO DE TESTIGOS:
El testigo por regla general no puede revisar documentos, salvo cuando:
Se usan para refresacr memoria
Se usan para impugnar la credibilidad de un testigo
Cuando se trata de un testigo de acreditación, pues se le debe poner de presente el documento al testigo para acreditar su autenticidad
Preguntas impertinentes:
no se relacionan con los hechos ni el objeto del caso
la pertinencia varia por cada testigo, me refiero por la pertinencia con la cual el testigo puede objetar
- Testigos presenciales - Testigos que acreditan la pertinencia de los testigos
Mis testigos de impugnacion de credibilidad son el medico y el amigo que dicen que Juan José es ciego
Preguntas compuestas
mas de una pregunta que la formulación
- Se intenta que las preguntas se hagan una por una no todas en la misma narrativa. Tres preguntas separadas no una compuesta
Preguntas de opinión
son preguntas que se les puede hacer a los testigos peritos y expertos. A los testigos comunes NO se pueden hacer preguntas de opinión
- Genera una opinión que no la puede dar un testigo, solo puede hablar de lo que percibió. - Caso diferente seria un testigo experto ej: un médico en un accidente de tránsito, es testigo experto y tambien lo presenció - A los testigos comunes no se puede preguntar por opinión
Preguntas repetitivas
si ya pregunte algo no la puedo volver a preguntar, se pierde la oportunidad
Antes del interrogatorio
A todos los testigos al inicio se les toma el juramento.
Si falta a la verdad estando bajo juramento tiene implicaciones penales
Falso testimonio
La persona sabiendo que dice mentiras, igual lo hace bajo juramento.
En ciertos casos puede haber fraude procesal y se le advierte antes de que rinda testimonio
Después de tomado el juramento se hace las generales de ley.
- Ubicación
- Profesión
- Cuantos hijos
- Que estudio
Todo lo que hace que Juanito sea Juanito —> no solo identificación sino sociales, familiares
En el proceso penal los documentos NO hablan por si solos
se tiene que hacer a traves de los testigos salvo los documentos que son públicos y ya se presumen auténticos
- Por regla general los documentos se autentican en el juicio
Ej: un contrato como es documento publico
- Los documentos se autentican por medio de los testigos, el que lo redacto, lo elaboro o re colectivo
Los documentos tambien se debe velar por la contradicción, como el documento no puede hablar lo tiene que hacer la persona, se debe reconocer el testigo.
En ejercicio se utiliza el documento para:
- Reconocerlo
- Refrescar memoria: lo hace la misma parte
- Escenario de impugnar el testigo: lo hace la contraparte para atacar la credibilidad del testigo del contrato
Los testigos de ac recitación pueden ser los mismos investigadores:
se prefiere llevar al testigo in vestigador que al que hizo el contrato, tienen toda la experiencia
- Se tiene equipo de investigadores privados
Ej. Se necesita recolectar todas las sentencias, documentación fotográfica y acuerdo de algo. Para eso podria llevar al dueño del celular, a la victima o acusado y al que tomo las fotos de los eventos familiares
Mientras que teniendo un investigador se puede recolectar toda la información de manera legal y que este los aporte
Que dice la jurisprudencia de la lectura de documentos en el juicio
NO es necesario la lectura de todo el documento —> se puede optar por leer el apartado importante, pero las partes deben conocer la totalidad del documento.
FALLA: como se opta por la no lectura, se puede entender incorporado
- En las segundas instancias el tribunal NO revisa documentos sino audios y videos.
- Como no se leyó en audiencia el tribunal no lo toma en cuenta
La unica evidencia que no se descubre con anterioridad es EVIDENCIA DEMOSTRATIAV que es la que crea la parte para que se entienda mejor ej: línea del tiempo desde el 2009. Sirve solamente para dar claridad a los hechos
- La prueba pericial se descubre 5 días antes del juicio
Que dice la jurisprudencia de la lectura de documentos en el juicio
NO es necesario la lectura de todo el documento —> se puede optar por leer el apartado importante, pero las partes deben conocer la totalidad del documento.
FALLA: como se opta por la no lectura, se puede entender incorporado
- En las segundas instancias el tribunal NO revisa documentos sino audios y videos.
- Como no se leyó en audiencia el tribunal no lo toma en cuenta
La unica evidencia que no se descubre con anterioridad es EVIDENCIA DEMOSTRATIAV que es la que crea la parte para que se entienda mejor ej: línea del tiempo desde el 2009. Sirve solamente para dar claridad a los hechos
- La prueba pericial se descubre 5 días antes del juicio
CONTRAINTERROGATORIO
Lo realiza la contraparte y tiene por finalidad garantizar el principio de
- Contradicción: contradecir lo que esta diciendo el testigo ej: el cielo es azul y en el contra se ve que el cielo es verde. Generar una especie de duda - Confrontación: generar duda
Se busca refutar lo ducho por el testigo en el interrogatorio directo. Impugnar credibilidad del testigo
- El contra NO es obligatorio es facultativo
Se hace cuando se sabe que el CONTRAINTERROGATORIO va a ayudar a la teoría del caso. “NO pregunte a menos que no este listo para escuchar la respuesta”
- Y SI TIENEN documentos anexos
Se hacen preguntas cerradas, preguntas sugestivas—> que sea el abogado el que declare y que el testigos e limite a contestar si o no.
- No hacer preguntas abiertas - Solo preguntas relacionadas con la temática del interrogatorio
REDIRECTO
No es obligatorio. El único es el interrogatorio directo
- Lo hac e la parte que solicito el testimonio y utilizando las mismas reglas que utilizaron en el directo
El tema esta limitado a lol que se trato en el CONTRAINTERROGATORIO.
Re CONTRAINTERROGATORIO
Como la defensa es el que tiene la ultima palabra siempre para que vuelva a hundir el testimonio, esa ultima oportunidad para desacreditarlo
Tiene que haber un observador que analiza el testigo, como se comporta el testigo pero no hace parte del proceso que no hace pregunta—> PREGUNTAS DE ACLARACIÓN
Las preguntas de aclaración a veces los jueces se aprovechan de eso, pueden ir más allá. Son muchas reglas de la experiencia y de la ciencia
PRUEBA PERICIAL:
testimonio que rinde el perito en juicio, NO se confunde con el informe base pericial
- Se valora el testimonio, no el documento
Se entiende que no hay peritos en derecho, porque para eso esta el juez. A veces si se podría ser si es algo muy especifico de contratación directa o derecho administrativo para explicarle al juez porque este es juez penal
Se deben utilizar ciertas metodologías de la investigación —> informes base pericial, que se utiliza para llegar a la conclusión.
- Ese documento solo es para efectos de refrescar memoria o impugnar credibilidad
PRUEBA PERICIAL
Acredita situaciones técnicas, artísticas o cientificas de un experto en la materia de la que se trate esa prueba pericial. Lo que es prueba es la declaración bajo jruamento que hace el perito dentro del examen cruzado de testigos. El informe base de opinión pericial se debe entregar máximo en los 5 dúas antes de la práctica
INSPECCIÓN JUDICIAL
Es un medio probatorio excepcional porque su práctica se concreta por fuera del resintió de la audiencia. Siempre que se haga una inspección debe HABER UNA SOLICITUD DESDE LA AUDEINCIA PREPARATORIA y no puede ser de oficio. Para que la misma sea decretada, las razones que la fundamentan debe ser trascenedentes para el caso en concreto 436
EJ: Caso colmenares
Es un medio excepcional donde se podria practicar una prueba por fuera del recinto judicial
Solamente se puede hacer si los medios digitales no son suficientes para llevarlo a la audiencia de juicio oral.
Ej: un buque
Se opta porque el juez se desplace
- Que el costo fuera más económico la inspección que llevarlo a la audiencia
- Que sea imposible realizar la autentificación en la audiencia
TESTIMONIO
Lo rinde la persona que presencio los hechos
Técnico: fuera del perito posee las mismas características o experticie en cualquier otra ciencia. Puede dar la valoración de su conocimiento
- Técnico Vs perito: el testigo técnico que presencio los hechos, es el mismo testigo experto
De acreditación: nos ayuda a autenticar un documento
Común: presencio los hechos NO opiniones
De oídas: quien conoció de los hechos por lo que otra persona le contó —> técnicamente esta prohibido, se puede solicitar en la preparatoria desde el principio como testigo de oídas. Se podria objetar las respuestas si no se solicito de esa manera
○ Son los indicios
○ Nunca van a ser una prueba contundente por si solos
ABSOLUCIÓN PERENTORIA
Hace referencia a que la fiscalía no tiene nada o no lo suficiente para la presunción de inocencia. Se puede obrar por esta
Se debe solicitar y el juez debe decidirla ahí mismo antes de los alegatos de conclusión
ALEGATOS DE CONCLUSIÓN
Es decirle al juez como efectivamente se demostró lo que se prometio al principio en los de apertura. Como se materializo la promesa en la practica probatoria. La fiscalía defensa, victima, ministerio publico —> los intervivientes especiales, no son obligatorios
ALEGATOS DE APERTURA
Es una promesa que se le hace al juez. Solo lo hace la fiscalía y defensa
SENTIDO DEL FALLO
La antesala de la sentencia donde el juez va a decir en audios si su sentencia va a ser condenatoria o absolutoria, sin tener que motivarlo.
- Esto NO puede variar en la sentencia —> es una cadena de fuerza - Condenatorio: se corre traslado al 447 que es la tasación punitiva. Momento procesal donde tienen las partes intervivientes para hablar de circunstancias de mayor punibilidad o menor punibilidad, en que cuadros debe moverse.
El juez debe tomar una decisión a la pena a imponer de acuerdo a estos criterios.
SENTENCIA
Se llama a una audiencia de lectura de fallo, van a leer toda la sentencia y NO se puede mandar es por correo
En ese momento se tiene la oportunidad de APELAR la sentencia tanto condenatoria como absolutoria