Estructura del proceso Flashcards
Titularidad de la acción penal:
el estado es el titular de la acción penal, sin embargo el art 250 de la constitución la fiscalía general de la nación está obligada a adelantar el ejercicio de la acción penal
NOTICIA CRIMINAL:
Es la manera en la que se puede dar inicio al ejercicio de la acción penal. Con esta se logra comenzar a tramitar las diferentes etapas y actos procesales.
Comunicar a la fiscalía sobre un delito, se materializa de oficio, denuncia, querella y petición especial
Todos tienen el deber de denunciar, pero no con todos los delitos nos pasará algo si no denunciamos
NOTICIA CRIMINAL:POR OFICIO
Cuando la fiscalía de manera directa encuentra cuales son los hechos jurídicamente relevantes. Los delitos que inician por oficio, no pueden ser de naturaleza querellable
NOTICIA CRIMINAL:COMPULSA DE COPIAS
Cuando una entidad del estado evidencia un hecho que puede ser constitutivo de un delito, se encuentra obligada a compulsar copias a la fiscalía para que adelante la investigación correspondiente
La DIAN
(SUBCATEGORÍA DE OFICIO)
LAS QUE SE DAN A PETICIÓN
- denuncia
- querella
- petición especial
LA DENUNCIA:
Es una manifestación que realiza una persona de manera verbal o escrita y se da bajo la gravedad del juramento, tiene 3 características
puede ser presentada por cualquier persona natural
No hay un término de caducidad sino que por el contrario, cualquiera puede denunciar (con sus excepciones)
Todo lo que no esté en el art 75 CPP, ni se delito querellable se tramita por denuncia
La denuncia no sirve como prueba, es una simple materialización de unos hechos
LA QUERELLA
Existen unos requisitos para tramitar este tipo de infracciones (6 MESES PARA PRESENTARLA)
Debe ser un delito del artículo 74 CPP
No toda persona puede promover el ejercicio de la acción penal, SOLO EL QUE TIENE INTERÉS SOBRE EL BIEN JURÍDICO AFECTADO
Una vez interpuesta la querella deberá realizarse una conciliación preprocesal
Por virtud del artículo 75 CPP, el querellante legítimo puede desistir de la querella hasta antes de la instalación del juicio oral
LA PETICIÓN ESPECIAL
Está reservada para quien ejerce la jefatura del Ministerio Público que es el Procurador y solo procede cuando se cumplan los requisitos del artículo 75 CPP.
Delito en el exterior / cometido en el extranjero
Extranjero que afecte a algún colombiano
ACTUACIONES DENTRO DE LA INDAGACIÓN PRELIMINAR
Luego de haberse asignado la noticia criminal al fiscal, se da inicio formalmente a la etapa de indagación preliminar. Por regla general su duración es de 2 años. Pero existen 2 excepciones:
- Será de 3 años cuando: haya CONCURSO DE CONDUCTAS O NÚMERO PLURAL DE INVESTIGADOS
- Será de 5 años cuando: Cuando los delitos están designados para JUECES PENALES ESPECIALIZADOS
OBJETIVOS DE ESTÁ FASE
- Verificar si el hecho es relevante
- Rechazar la adecuación típica de las conductas denunciadas de manera provisional
- Verificar si existe un eximente de responsabilidad (tipicidad / justificación)
- Identificar e individualizar a los presuntos responsables
- Partes: fiscalía y defensa / Intervinientes: ministerio público víctimas
Plan metodológico:
Es una herramienta de trabajo que permite organizar y explicar la investigación, con el fin de identificar y asegurar los medios cognoscitivos necesarios para demostrar, más allá de duda razonable, la ocurrencia del delito y su autor o partícipe.
ESTE PLAN ES ÚTIL YA QUE:
Investigación efectiva
Investigación lógica
Investigación persuasiva
Elementos materiales probatorios:
ya pasó a un nivel más, se hizo un informe lo cual le hace que tenga una vocación probatoria.
Deben ser obtenidos por la policía o por el investigador privado