NUCLEO 5: SALUD SEXUAL. FERTILIZACIÓN MEDICAMENTE ASISTIDA. CONCEPCIÓN. MUERTE. BIOÉTICA Flashcards
Cuál es la ley de la fertilización asistida?
- Es la ley 26.862, busca proteger a la familia como núcleo de la sociedad, a nivel provincial prioriza a aquellas personas entre 30 a 40 años para estos procedimientos.
- Todos los mayores de 18 años pueden acceder, y si existe un menor que puede llegar a tener problemas para poder formar una familia, se pueden preservar sus gametos.
Qué técnicas existen?
- De **baja complejidad **(Se realizan en el cuerpo de la mujer, la unión de gametos es allí, como por ejemplo la estimulación o inducción ovárica, inseminación intrauterina, se puede hacer 4 procedimientos por años, y si a la 3ra no se puede, puede pasar a una alta)
- alta complejidad (Se pueden realizar hasta 3 procedimientos, la inseminación se realiza por fuera de la mujer, como la fertilización in vitro).
¿Cuándo se puede revocar?
Antes de la implantación o inseminación dependiendo la complejidad.
¿Cómo se da el consentimiento?
- Se realiza en cada uno de los procesos, la revocación es antes de la inseminación.
- Requiere que todos los participantes lo realicen (Hasta el donante de esperma, pero no es vinculante)
¿Qué es la Vida?
Es la unión de los dos gametos
¿Qué es la Vida humana?
Es a partir de la implantación, es aquella persona potencial de derechos, por nacer
¿Qué es la persona jurídica?
Es a partir del nacimiento con vida y el corte del cordón umbilical (Posee derechos y va ganando capacidad de hecho sobre los mismo
¿Qué es la vida jurídica?
¿Qué es la vida jurídica?
¿Qué es la muerte?
Extinción de la persona humana, de sus derechos y obligaciones que queda plasmado en el certificado de defunción.
¿Qué tipos de muerte existen?
- Muerte real (Cese de signos vitales sin posibilidad de retorno),
- **muerte aparente ** (Funciones muy disminuidas, no podés determinar si tiene o no vida),
- muerte encefálica (La muerte responde al deterioro del SNC o lesión),
- muerte natural, muerte violenta o súbita (Por afección desconocida).
- La muerte digna es exigir una muerte a tiempo, sin decisiones tajantes (No es eutanasia), pero sin prolongaciones (No encarnizar al paciente, no querer que viva más, pero sin condiciones dignas, para eso existe el** consentimiento informado y la autonomía de voluntad** junto con las directivas anticipadas.).
Muerte real:
Es el cese de los signos vitales sin posibilidad de retorno.
Muerte aparente:
Se caracteriza por la disminución de las funciones vitales, y no es posible determinar si la persona está viva o muerta.
Muerte encefálica:
Se produce cuando hay un deterioro del sistema nervioso central o una lesión que lleva a la muerte cerebral.
Muerte natural:
Es aquella que ocurre sin intervención externa, generalmente debido al proceso de envejecimiento o enfermedades. ACV, Infartos etc.
Muerte violenta o súbita:
Se refiere a la muerte causada por una afección desconocida o una acción violenta.
Muerte digna
Implica exigir una muerte a tiempo sin decisiones tajantes, pero evitando prolongaciones innecesarias y sin condiciones dignas.
No es eutanasia, Es garantizar la autonomía de la voluntad junto con las directivas anticipadas, lo hace hay que tener consentimiento informado
DIRECTIVAS ANTICIPADAS
“UN CONSENTIMIENTO INFORMADO POR
ANTICIPACION”, **o como la AUTORIZACION A
DETERMINADA PERSONA, **para que decida sobre la salud del paciente, en caso de imposibilidad sobreviniente.
Es un derecho que le asiste en caso de padecer una enfermedad irreversible, incurable, o cuando se encuentre en estadio terminal,
o haya sufrido lesiones que lo coloquen en igual situación,
en cuanto al rechazo de procedimientos quirúrgicos, de hidratación,
alimentación, de reanimación artificial
LA COMPROBACIÓN DE LA MUERTE QUEDA SUJETA A…..
CRITERIOS MÉDICOS LEGALES, ACEPTADOS,
APLICÁNDOSE LA LEGISLACIÓN **ESPECIAL EN EL
CASO DE ABLACIÓN DE ÓRGANOS DEL CADÁVER. **
(ART. 94 DEL CCC)
CON RESPECTO A LOS LOS DISTINTOS CRITERIOS DE COMPROBACIÓN DE IRREVERSIBILIDAD DE MUERTE.
NO SON ENTRE SÍ EXCLUYENTES.
EL CONCEPTO DE MUERTE CONCEPTO DE MUERTE ES UNICO, NO PUEDE EXCLUIRSE LA POSIBILIDAD DE QUE EL MISMO HECHO PUEDA SER COMPROBADO A TRAVÉS DE DISTINTOS
MEDIOS
CRITERIO TRADICIONAL DE MUERTE
cese irreversible de todas las funciones vitales del individuo,
cuando la circulación, la respiración y el sistema nervioso dejan de funcionar definitivamente. Definitivo e irreversible de las funciones autónomas (pulmón, corazón y cerebro) y de la oxigenación viscerotisular con pérdida de las relaciones sujeto-mundo
** CRITERIO DE LA LEGISLACIÓN SOBRE TRANSPLANTES DE ÓRGANOS: ley 24.193**
modificaciones de las leyes 26.066 y 25.281
“El fallecimiento se considerará cuando se verifiquen de modo acumulativo los signos, que persisten ninterrumpidamente seis (6) horas después de su constatación conjunta:
a) Ausencia irreversible de respuesta cerebral, con pérdida absoluta de conciencia;
b) Ausencia de respiración espontánea;
c) Ausencia de reflejos cefálicos y constatación de pupilas fijas no reactivas;
**d) Inactividad encefálica corroborada por medios técnicos **y/o instrumentales adecuados a las diversas situaciones clínicas.
La verificación de los signos referidos en el inciso d)** no será necesaria en caso de paro cardio rrespiratorio total e irreversible**
¿Qué garantiza la ley 26.862 en relación con la reproducción medicamente asistida?
** La Ley 26.862 garantiza el acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción medicamente asistida. **
¿Cuáles son los tipos de técnicas y procedimientos que están cubiertos por la ley 26.862?
La ley 26.862 cubre tanto las** técnicas de baja complejidad, cuando la unión entre el óvulo y el espermatozoide ocurre dentro del cuerpo de la persona con capacidad de gestar, como las técnicas de alta complejidad, cuando esta unión se produce fuera del cuerpo o cuando se vitrifican tejidos vivos**
¿Hasta qué edad puedo acceder a los tratamientos?
hasta cuarenta y cuatro (44) años de edad, salvo prescripción médica en contrario. En el caso de óvulos donados, se realizará a la mujer de hasta cincuenta y un** (51)** años. En ambos casos, la edad se computa hasta el momento de acceder a dicho tratamiento.