Derecho Penal Flashcards

1
Q

Antecedentes del Derecho Penal

A
  1. Etapa de Venganza Privada: Etapa primitiva en la cual se reaccionaba a las venganzas de otros con venganzas individuales. Ley del Talion, ojo por ojo.
  2. Etapa Divina: En esta etapa el ente punitivo era Dios, quien era el que dictaba las normas legales a través de sus representantes en la tierra. Sancionaban por medio de los procedimientos de la Iglesia (inquisitivo) quién era acusador, defensor y juzgador a la vez.
  3. Etapa de la Venganza Pública: Surge por la separación de la Iglesia con el Estado, por lo que los que gobernaban eran quienes se encargaban de dictar los procedimientos así como las sentencias de forma pública, a través de decapitaciones, hogueras, lapidaciones etc.. Abiertas al público.
  4. Etapa Científica del Derecho en el Período Humano: Se vuelve humanista ya que se dan cuenta que la gravedad de las penas no garantizaba que no se volvieran a cometer los delitos por otros individuos, más bien había que humanizar las penas y estudiar los factores que hacían que se trangrediera la ley. Etapa científica es la épocas de las luces, el Estado como único ente punitivo, empieza a aplicar delitos, penas y procesos acorde a la realidad existente. Igualdad, legalidad etc…
  5. Época de Derecho Penal Autoritario: En los regímenes de Estados Autoritarios, se protege los intereses del estado, los delitos políticos se tratan mucho más severamente. Se da entre las dos guerras mundiales.
  6. Etapa Actual (Crisis del Derecho Penal): Existe una crisis ya que los Estados no han podido cumplir con los principios y fines del derecho penal previniendo que se infrinjan las leyes y rehabilitando y reinsertando a los delincuentes en la sociedad. A su vez no garantizando la seguridad, paz, justicia a la colectiva lo que hace que la gente regrese a la venganza privada.
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2
Q

Cuantos Códigos Penales ha tenido Guatemala

A
  1. 1834 Mariano Gálvez/ Código Penal de Livingston. Introdujo sistema acusatorio y el jurado pero no funcionó. Plagiado de eeuu
  2. 1877 Justo Rufino Barrios
  3. 1887 Manuel Lisandro Barillas: apenas fijas para cada delito y las circunstancias atenuantes y agravantes
  4. 1936 Jorge Ubico. Principio legalidad y retroactivad favorable al reo.
  5. 1973 Carlos Arana Ossorio.
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3
Q

Desarrolle la Ficha Técnica del Código Penal

A

Decreto 17-73 del Congreso de la República
Artículos: 499 nominales
Estructura: 3 libros
*Parte General: Principios e Instituciones
* Parte Especial l: Delitos.
* De las faltas: Conductas que transgreden la ley penal y conductas leves prohibidas.

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4
Q

Definición de Derecho Penal

A
  1. Ciencia: Conjunto de normas, principios y valores que determinan delitos penas y medidas de seguridad. Es un medio de control social de última ratio.
    • Objetivo (IUS POENALE): Conjunto de normas que establecen delitos y determinan penas.
    • Subjetivo (IUS PUNIENDI): Facultad que tiene el Estado para sancionar.
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5
Q

¿Cual es la función del derecho penal?

A

Tutelar de una manera jurídica, los bienes jurídicos protegidos en la norma penal. (bienes jurídicos tutelados).

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6
Q

Clases de Derecho Penal

A
  1. Derecho Administrativo: Garantiza el cumplimiento de los particulares frente a la administración pública.
  2. Disciplinaria: Regulan el comportamiento de los empleados de la administración pública.
  3. Fiscal o tributario: Puramente Fiscales.
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7
Q

Partes del Derecho Penal

A

General: Principios Fundamentos y Teoría del Delito
Especial: Figuras típicas en el código penal.

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8
Q

Ramas del derecho penal

A
  1. Material o Sustantivo.
  2. Procesal o Adjetivo.
  3. Ejecutivo o Penitenciario.
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9
Q

Características del Derecho Penal

A

Es de Derecho Público
Preventivo: Trata de Evitar.
Sancionador: Penas y Multas.
Rehabilitador: reinsertar al delincuente
Personalismo: responsabilidad penal es indelegable.

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10
Q

Principios constitucionales y doctrinarios del derecho penal

A

Son los principios constitucionales que sustentan el derecho penal
1. Legalidad. Nadie puede se penado por acciones u omisiónes que no esten calificadas como delito o falta por una ley anterior.
Garantias que emanan:
*Reserva de Ley
* Certeza de Ley: busca eliminar la discrecionalidad del juzgador
* Prohibición de analogía
2. Intervención Mínima: Impide la expansión del delito penal debe usarse limitadamente por qué es la forma más violenta que el estado tiene para actuar.
Garantias que emanan:
*Exclusiva protección de bienes jurídicos tutelados.
* Subsidiario: Ultima Ratio
* Responsabilidad de hecho: se sanciona al hecho no al autor
* Proporcionalidad de las penas.

  1. Principio de Culpabilidad: La persona tiene que haber cometido el ilícito, tiene que haber sido querido por ella o ser fruto de una acción imprudente y tener capacidad y conocimiento que la conducta que realizó es ilícita.
    Garantias que emanan
    * Principio de personalidad de las penas: No puede castigar a alguien por hechos ajenos.
    *Exigencia de dolo o imprudencia
    * Exigencia de comprensión de ilicitud.
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11
Q

Que es un bien jurídico tutelado. Mencione 5

A

Son elementos indispensables que favorecen a las personas para desarrollarse en sociedad protegidos por el Estado para garantizar el bien común.

  1. La vida y la Integridad de las Personas
  2. El honor
  3. La libertad e indemnidad de las personas.
  4. La libertad y la seguridad de las personas.
  5. El orden jurídico familiar y el estado civil.
  6. El patrimonio
  7. La seguridad colectiva.
  8. La fe pública y el patrimonio nacional.
  9. La falsedad personal.
  10. La economía nacional, el comercio, la industria y el régimen tributario.
  11. La seguridad del Estado.
  12. El orden institucional.
  13. La administración pública.
  14. La administración de justicia
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12
Q

Que es la política criminal en la legislación guatemalteca

A

Disciplina que se ocupa de las formas o medios a poner en práctica por el Estado para una eficaz lucha contra el delito o la estrategia que tiene el Estado para contrarrestar el crimen.
Modelos
1. Autoritario:El estado no tiene límites para sancionar
2. Liberal: Si hay límites
3. Igualitario: De forma igual.

Ejemplo: Derecho Penal del Enemigo

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13
Q

Qué es el Derecho Penal del Enemigo

A

Sanciona la conducta de un sujeto peligroso en una etapa muy anterior a un acto delectivo sin esperar a una lección posterior tardía. Se sanciona la conducta y la peligrosidad del sujeto y no sus actor.

Gunther Jakobs

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14
Q

Disciplinas que ayudan al derecho penal

A

Criminalística: Técnicas para investigar la comisión de un delito con base a la criminología.

Criminologia: Estudia la profundidad de las causas de delitos, delincuentes y víctimas.

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15
Q

¿Cuál es el contenido del bien jurídico tutelado?

A

LOL 🤡

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16
Q

¿Cuáles son las fuentes del derecho penal?

A

Divide en:
1. Fuentes reales o materiales: son las expresiones humanas, hechos naturales o actos sociales que determinan el contenido de las normas jurídico-penales
2. Fuentes formales: proceso de creación jurídica de las normas penales de conformidad con el proceso legislativo
Directas: son obligatorias
Fuentes directas de producción: órganos que emiten las leyes
Fuentes directas de cognición: las leyes propiamente
Indirectas: las que no son vinculantes (costumbre: normas jurídicas no inscritas impuestas por el uso; jurisprudencia: conjunto de fallos emitidos por un órgano jurisdiccional de mayor jerarquía que no es obligatorio; doctrina: investigaciones de expertos/tratadistas; principios generales del derecho: valores máximos que aspiran las ciencias jurídicas)
3.

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17
Q

¿Qué es ley penal?

A

Conjunto de normas jurídicas que establecen delitos y faltas que determinan responsabilidades o exenciones así como penas y medidas de seguridad

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18
Q

Características de la ley penal

A
Constitucional 
General, obligatoria e igual 
Exclusiva 
Imperativa
Sancionadora
Permanente 
Preventiva y rehabilitadora
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19
Q

Definición de delito

A

Acción u omisión típica, antijurídica, culpable y punible

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20
Q

Menciones distintas acepciones del delito

A

Delito, Crimen, Infracción Penal, Hecho o Acto Punible, Conducta Delictiva, Acto o Hecho Antijurídico, Hecho o Acto Delictuoso, Ilícito Penal, Hecho Penal, Hecho Criminal, Contravenciones o Faltas

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21
Q

¿Cuál es la clasificación de los delitos?

A
  1. Por su gravedad: delitos o faltas
  2. Por su estructura: simples (violan solo 1 bien jurídico tutelado) complejo (violan diversos BJT)
  3. Por su resultado: de daño (lesionan el BJT), de peligro (proyectan poner en peligro el BJT), permanentes (la acción del sujeto activo se mantiene en el tiempo más o menos largo)
  4. Por su ilicitud y motivaciones: Comunes (que ponen en peligro valores de la persona individual o jurídica), político (ponen en peligro el orden político del estado), sociales (ponen en peligro el orden social del estado)
  5. Por la forma de acción: acción (acto), omisión (falta de acto), comisión por omisión, simple actividad
  6. Por su grado de voluntad o culpabilidad: dolosos (ha existido propósito deliberado de causarlo), culposo (no había propósito), preterintencional (causar un daño mayor del pensado)
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22
Q

¿Qué es la teoría del delito?

A

Proceso ordenado y lógico que sirve para establecer la responsabilidad penal de una persona a la que se le imputa la comisión de un delito penalmente relevante

Estudio doctrinario y científico que permite establecer los elementos que deben concurrir en la conducta de un ser humano para ser considerado como delito

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23
Q

¿Cuáles son las teorías, corrientes o posiciones de la teoría del delito? Y sus diferencias

A
  1. Causalismo naturalista: se caracteriza por concebir a la acción en términos físicos o naturalisimos integrada por un movimiento corporal o el resultado de una modificación en el mundo exterior, unidos por un nexo causal. Acción-resultado
  2. Causalismo valorativo: se aparta del formalismo del causalismo clásico, tomando como base una perspectiva axiológica, incorpora el elemento de la voluntad en la acción. Acción-resultado-intención

(se determina por los efectos causados y los actos realizados sin tener en cuenta la finalidad de la conducta ART. 10 CPenal)

  1. Finalista: la acción es considerada siempre como una finalidad determinada de actuar conscientemente en función de un resultado propuesto voluntariamente

Entiende la conducta como un hacer voluntario final, en cuyo análisis debe considerarse los aspectos referidos a la manifestación exterior de la finalidad, peligrosidad del sujeto (la que usa GT)

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24
Q

Elementos de la teoría del delito

A

Positivos: elementos que determinan que la persona ha cometido el delito

  1. Acción u omisión:
  2. Tipicidad:
  3. Antijurídicidad:
  4. Culpabilidad:
  5. Punibilidad:
  6. Imputabilidad

Negativos: elementos que establecen que la persona no incurrido en el delito

  1. Falta o ausencia de acción
  2. Aticipidad
  3. Causas de justificación
  4. Causas de inculpabilidad
  5. Causas de exclusión de la pena o excusas absolutorias
  6. Causas de inimputabilidad

Accidentales: circunstancias que modifican la responsabilidad penal

  1. Circunstancias agravantes
  2. Circunstancias atenuantes
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24
Q

¿Qué es acción?

A

Es un elemento positivo de la teoría general del delito por el cual se establece que una persona actuó de manera voluntaria al momento de la transgresión de la norma

Es toda conducta voluntaria del ser humano que consiste en todo cambio en el mundo exterior producida por dicha conducta o movimiento

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25
Q

Formas de la acción

A

Acción por comisión: hecho consumado por el delincuente que se encuentra prohibido por la norma penal o ley especial, teniendo este una consecuencia jurídica
Acción por omisión: es la falta de accion que debía realizarse por imperativo legal

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26
Q

Omisión: definición, clasificación, características de la omisión penalmente relevante

A

Definición: cuando la norma penal es de observancia general y obliga a quienes están regidos a esta, a realizar determinada actividad, siendo punible la omisión de la orden establecida en ley.

Clasificación:

  1. Propia: es una conducta consiste en la no realización de la acción esperada (omisión de auxilio)
  2. Impropia: quien omita impedir un resultado que tiene el deber jurídico de evitar

Características de la omisión penalmente relevante: es la omisión de la acción jurídicamente esperada
1. Infracción de la acción esperada

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27
Q

¿Qué es la teoría de causalidad y cómo se divide? Y diferencia entre teoría causalista y finalista

A

LOL

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28
Q

¿Qué significa “el deber de evitar el resultado”?

A

Que un sujeto tenía la obligación de realizar un acto para evadir un producto.

Garante: persona obligada de evitar que un resultado se produzca

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29
Q

¿Qué es el iter criminis y sus fases?

A

Conjunto de etapas o fases por medio de las cuales se realizan una o varias acciones ilícitas, iniciando en la mente del sujeto, y que se desarrollan hasta llegar a la consumación del delito.

  1. Fase interna: la ideación del plan y los actos preparatorios.
    Ejecucion: tentativa imposible, tentativa, desistimiento, delito consumado

Fase externa: ejecución y consumación

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30
Q

¿Qué es la ausencia de acción y cómo se da?

A

Elemento negativo de la teoría del delito que se da cuando la persona involucrada actúa físicamente en el hecho pero sin intervención de la voluntad consciente en la conducción de dicho proceso causal

Conductas que no son realizadas por la voluntad

Como se da

  1. Fuerza irresistible: es una circunstancia ajena al sujeto que lo obliga a realizar un movimiento de tal forma que le es imposible a este actuar de otra manera
  2. Movimiento de reflejos: movimientos involuntarios no controlados por la persona
  3. Estado de inconsciencia: cometer el delito bajo estado hipnosis o de otro en el cual el sujeto no puede controlar sus actos de manera consciente
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31
Q

¿Qué es tipicidad?

A

Elemento positivo que se caracteriza por hallarse descrito en la ley como delito

Consecuencia del principio de legalidad

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32
Q

¿Cual es la diferencia entre tipo penal, tipificar y tipicidad?

A

Tipo penal: descripción de la conducta prohibida que emite el legislador y plasma en la norma penal abstracta.

Tipicidad: elemento positivo del delito que existe cuando la acción realización encuentra o coincide en la descripción de la ley penal

Tipificar: adecuación de una conducta en un caso concreto a la norma tipo

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33
Q

¿Cuál es la estructura del tipo penal o elementos del tipo?

A
  1. Normativos: aquellos que implican la valoración del juez. Ej.: honestidad, insolvencia, ajenidad
  2. Descriptivos: aquellos que describen en su totalidad la conducta. Ej.: matar
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34
Q

¿Cuáles son los elementos del tipo?

A

Lol

35
Q

¿Cuáles son los elementos subjetivos del tipo?

A

Lol

36
Q

¿Qué es el dolo?

A

Voluntad consciente encaminada u orientada a la perpetración de un acto que la ley clasifica como delito

37
Q

Clases de dolo

A
  1. Directo: el que el autor quiere realizar precisamente el resultado o la acción física
  2. Indirecto: se da cuando al autor se le presenta un imprevisto al momento de la comisión del delito
  3. Eventual: se le presenta al sujeto el resultado como probable realización y comete el delito
38
Q

¿Qué es el error de tipo general?

A

Lol

39
Q

¿Qué es la culpa?

A

Cuando los hechos tipificados se realizan sin intención de concretarlos

40
Q

Clases de culpa

A

Imprudencia: falta de juicio
Negligencia: falta de cuidado
Inobservancia de las reglas: no seguir las normas
Impericia: falta de experiencia

41
Q

¿Qué es la preterintencionalidad?

A

El sujeto pretende vulnerar un bien jurídico protegido por el estado, pero el daño va más allá del esperado

42
Q

¿Qué es atipicidad?

A

Elemento negativo de la teoría general del delito, en donde la conducta no encaja en ninguna norma tipo

43
Q

¿Qué es la antijuridicidad?

A

Elemento positivo de la teoría general del delito que posee un hecho típico contrario a las normas del derecho en general

44
Q

¿Cuáles son las causas de justificación? Desarrolla

A

Es un elemento negativo de la teoría general del delito del cual se derivan situaciones reconocidas por el derecho en las que la ejecución de un hecho típico se encuentra permitido, es decir, supone normas permisivas que autorizan bajo ciertos requisitos la realización de los actos generalmente prohibidos

  1. Legítima defensa: Una persona obra en defensa de sus bienes, derecho o integridad o las de otra persona existiendo una agresión legítima, una necesidad racional del medio empleado para impedirla y falta de provocación.
  2. Estado de necesidad: Causa de justificación en el que una persona ha cometido un hecho obligado por la necesidad de salvarse o de salvar a otros de un peligro, no causado por él voluntariamente, ni evitable de otra manera, siempre que el hecho sea en proporción al peligro
  3. Ejercicio legitimo de un derecho:Causa de justificación en donde una persona ejecuta un acto, ordenado o permitido por la ley, en ejercicio legítimo del cargo público que desempeña, de la profesión a que se dedica, de la autoridad que ejerce o de la ayuda que preste a la justicia
45
Q

Mencione los casos especiales de legítima defensa

A
  1. Legítima defensa privilegiada: ataque legítimo

2. Legítima defensa putativa: ataque ilegítimo

46
Q

Clases de estado de necesidad

A

Lol

47
Q

¿Qué es la culpabilidad?

A

Elemento positivo de la teoría general del delito por el cual se da la reprochabilidad de un acto típico y antijuridico, fundado en que su autor lo ejecutó pudiéndose haber conducido conforme a derecho

48
Q

¿Qué es y cuáles son las causas de inculpabilidad?

A

Elemento negativo de la teoría general del delito en donde la voluntad de la persona no existe

  1. Miedo invencible: Una persona ejecuta el hecho impulsado por el miedo de un daño igual o mayor, cierto o inminente.
  2. Fuerza exterior: se ejecuta el hecho violentado por fuerza material exterior irresistible, directamente empleada sobre él.
  3. Error: Se ejecuta el hecho en creencia racional de que existe una agresión ilegítima contra su persona, siempre que la reacción sea en proporción al riesgo supuesto
  4. Obediencia debida: Causa de inculpabilidad donde se actúa en cumplimiento de un deber jurídicamente fundado en obedecer a otra persona
     Requisitos:
    
          1. Concurrir subordinación 
          2. La orden se dicta en el ámbito de las atribuciones de la formalidad legal 
          3. La ilegalidad del mandato no es manifiesta
  5. Omisión justificada: la que una conducta pasiva que adopta el sujeto activo del delito, infringiendo el deber jurídico de actuar que impone la ley por encontrarse impedido por causa legítima e insuperable
49
Q

¿Qué es la imputabilidad?

A

Elemento positivo de la teoría general del delito que consiste en tener la capacidad para comprender el deber de respetar la norma, es decir que se tenga las facultades físicas y psíquicas mínimas para la comisión de un hecho típico y antijurídico

50
Q

¿Qué es la inimputabilidad?

A

Elemento negativo de la teoría general del delito, que consiste en cuando una persona que realiza una acción típica, antijurídica, culpable y punible pero no se le puede imputar en virtud de que el legislador le exime de responsabilidad

Los menores de edad
Quien no posea capacidad para comprender el carácter ilícito del hecho (enfermedad mental, desarrollo psíquico incompleto, trastorno mental transitorio)

51
Q

¿Qué es punibilidad?

A

Elemento positivo de la teoría general del delito que consiste en la potestad del estado de emitir, dictar y ejecutar penas

52
Q

¿Qué es la falta de punibilidad?

A

Causas de exclusión de la pena o excusas absolutorias

53
Q

¿Qué son las excusas absolutorias? Y ejemplos

A

Son las causas de exclusión de la pena.

Cuando pese a la existencia de conductas típicas, antijurídicas, culpables se niega a la aplicación de la pena

Ejemplos: aborto terapéutico art. 137; tentativa y aborto culposo art. 139; extinción de la pena por perdón del ofendido art. 172; exentos de responsabilidad penal art. 280; autoimputacion art. 346

54
Q

¿Qué son las condiciones objetivas de punibilidad?

A

Requisitos establecidos en algunos tipos penales, los cuales en caso de no presentarse, no serían factible que se configure el delito

55
Q

¿Qué son y cuándo ocurre la falta de condiciones objetivas de punibilidad?

A

Cuando faltan requisitos que pueden permitir la persecución penal
Art. 22.- Caso Fortuito, quien con acciones u omisiones lícitas, poniendo en ellas la debida diligencia, produzca un resultado dañoso por mero accidente

56
Q

¿Qué son los elementos accidentales del delito?

A

Elementos que modifican la responsabilidad penal como las circunstancias agravantes y atenuantes, se toma en cuenta para la disminución y el aumento de la pena en los casos que conforme a la reglas establecen

57
Q

¿Qué son los atenuantes? y mencione 5

A

Son circunstancias accidentales en la conducta que disminuyen la pena

Inferioridad psíquica 
Excesos de las causas de justificación 
Estado emotivo 
Arrepentimiento eficaz 
Reparación del perjuicio 
Preterintencionalidad 
Presentación a la autoridad
Confesión espontánea
Ignorancia 
Dificultad de prever
Provocación o amenazas 
Vindicación de ofensas 
Inculpabilidad incompleta
58
Q

Circunstancias agravantes, qué son, mencione 5

A

Circunstancias accidentales en la conducta de la persona que aumentan la pena

Motivos fútiles o abyectos 
Alevosía 
Premeditación 
Medios gravemente peligrosos 
Aprovechamiento de calamidad
Abuso de superioridad 
Ensañamiento 
Preparación para la fuga
Artificio para realizar el delito
Cooperación de menores de edad
Interés lucrativo
Abuso de autoridad
Auxilio de gente armada
Cuadrilla
Nocturnidad y despoblado 
Menosprecia de autoridad 
Embriaguez 
Menosprecio al ofendido 
Vinculación con otro delito 
Menosprecio del lugar
Facilidad de prever
Uso de medios publicitarios 
Reincidencia 
Habitualidad
59
Q

¿Qué son y ejemplifique los elementos accidentales mixtos?

A

Son circunstancias accidentales que según la naturaleza del caso, los móviles o los afectos del delito, pueden agravar o atenuar la pena.

Ser cónyuge o pariente del ofendido en los grados de ley, o tener relaciones de respeto, amistad, gratitud, dependencia u hospitalidad con el ofendido

60
Q

¿Qué es motivo fútil?

A

Que el motivo por el que se cometió el delito carezca de importancia o interes por su falta de fundamento

61
Q

¿Qué es motivo abyecto?

A

Motivo que es despreciable o vil

62
Q

¿Qué es la reincidencia y cuáles son sus efectos?

A

Circunstancia agravante que ocurre cuando alguien que ya había sido condenado en sentencia ejecutoriada por un delito anterior cometido en el país o en el extranjero haya o no cumplido la pena comete nuevo delito

Efecto: agravante, inconmutable y prescribe en 10 años

63
Q

Habitualidad, qué es, cuáles son sus efectos

A

Circunstancia agravante que ocurre cuando habiendo sido condenado por más de dos delitos anteriores, anteriores, cometiere otro u otros en Guatemala o fuera de ella, hubiere o no cumplido penas

Efectos: circunstancia agravante, se le sancionará con el doble de la pena, inconmutable, sujeto a medidas de seguridad

64
Q

¿Cómo clasifica el código penal a los partícipes del delito?

A

Autor: los que forman parte directa en la ejecución, los que fuercen o induzcan a otro a ejecutarlo, los que cooperan en la ejecución del delito con un acto sin el cual no se hubiera podido cometer, los que están presentes al momento de su consumación

Cómplice: animaren o alentaren, los que prometieron su ayuda o cooperación para después del delito, los que proporcionaron informes o suministraren medios adecuados para la consumación, los que sirvieran de enlace o sirvieran de intermediario

65
Q

Indique la diferencia entre cómplice y encubridor

A

El encubridor conoce de la comisión de un delito en el que no ha intervenido, por lo que no es un cómplice, y se ha enterado en un momento posterior a su ejecución. Se interviene:auxiliando a los autoresy/o cómplices para sacar beneficio del delito,ayudando a estos para impedir el descubrimiento del acto delictivo o a eludir la investigación policial o judicial.

66
Q

¿Cómo clasifica la doctrina a los autores del delito?

A

Clasificación clásica:

  1. Autor propio o material
  2. Autor por inducción (intelectual)
  3. Autor por cooperación
  4. Autor por división de trabajo

Clasificación moderna:

  1. Autor inmediato
  2. Autor mediato
  3. Coautoría
67
Q

Indique y fundamente cómo se aplica la pena a autores del delito consumado y tentativa

A

Autor del delito consumado, toda pena señalada en la ley para un delito ART 62 CPENAL

Autor de tentativa, toda pena señalada en la ley para un delito rebajada en una tercera parte ART. 63 CPENAL

68
Q

Indique y fundamente cómo se aplica la pena a complice del delito consumado y tentativa

A

Complice del delito consumado la señalada por ley rebajada en una tercera parte ART. 63 CPENAL

Complice de tentativa la señalada por ley rebajada en dos terceras partes ART. 64 CPENAL

69
Q

¿Desde qué momento se computa la pena?

A

La pena se computará desde la fecha en que el reo hubiera sido detenido, salvo que haya sido excarcelado ART. 68 CPENAL

70
Q

¿Cuál es el único delito que se encuentra en la parte general del código penal?

A

Delito de muchedumbre art. 39 CPenal

71
Q

¿Qué es el concurso de delitos?

A

Situación en la que un mismo sujeto comete varios hechos delictivos relacionados o no, de la misma o diferente índole, en el mismo o distinto momento

72
Q

¿Cómo se clasifica el concurso de delitos?

A
  1. Concurso Real: también llamado acumulación de penas, se da cuando un mismo sujeto ha cometido dos o más hechos que están tipificados como delitos independiente el uno del otro, y las penas derivadas de los mismos son cumplidas sucesivamente principiando por la más grave, pero no puede ser más de 50 años ni Q200 000 de multa
  2. Concurso Ideal: también llamado absorción de las penas, se da cuando un mismo sujeto comete una acción que resulta en la comisión de dos o más delitos por sí mismos condenables o cuando una acción delictiva sea el medio necesario para cometer el otro. Culpable se le pondrá la pena que corresponde al delito con la mayor sanción, aumentada hasta en una tercera parte
  3. Concurso Continuado: también llamado ficción jurídica cuando un mismo sujeto comete varias acciones delictivas (mismo delito varias veces) en contra de la misma persona. En dicho caso se le impondrá pena aumentada en una tercera parte
73
Q

Explique e indique un ejemplo de concurso ideal propio e impropio

A

Propio: dos o más delitos independientes que figuran en el mismo hecho. Ejemplo: quien compra una pistola sin tener licencia para matar a alguien, y si lo mata

Impropio: comete un delito como medio para poder cometer otro. Ejemplo: allanamiento de morada para un hurto

74
Q

Indique la clasificación de las penas

A

Principales

Accesorias

75
Q

¿Cuál es la clasificación de las penas principales? ¿Cuál es la duración de la prisión?

A
  1. Muerte: carácter extraordinario y solo podrá aplicarse en los casos determinados en ley, no podrá ejecutarse hasta cumplidos todos los recursos establecidos en ley
  2. Prisión: privación de la libertad personal y deberá cumplirse en los centros penales para el efecto, su duración es de 1 mes hasta 50 años
  3. Arresto: privación de la libertad personal hasta por 60 días
  4. Multa: pago de una cantidad de dinero que el juez fijará dentro de los límites legales
76
Q

¿Cómo se clasifica las penas accesorias?

A
  1. Inhabilitación absoluta: pérdida o suspensión de derechos políticos, pérdida del empleo o cargo público, incapacidad para obtener cargos públicos, privación del derecho de elegir y ser electo, incapacidad de ejercer la patria potestad y ser tutor o protutor
  2. Inhabilitación especial: se impone cuando el hecho delictuoso se comete con abuso del ejercicio o infracción de los deberes inherentes de una profesión o actividad. Cualquiera de las inhabilitaciones absolutas, prohibición de ejercer una profesión o actividad que dependa de una autorización o licencia, en los delitos cuyo bien jurídico sea la administración pública o de justicia, si son personas jurídicas se les quitará la capacidad para contratar con el estado.
  3. Suspensión de los derechos políticos: la prisión lleva consigo la suspensión de los ddpp
  4. Comiso: pérdida a favor del estado de los objetos que provengan de un delito o falta, o instrumentos que se hubieran cometido
  5. Expulsión de extranjeros del territorio nacional
  6. Pago de costas
  7. Gastos procesales
  8. Publicación de sentencia: en los delitos contra el honor y contra la libertad e indemnidad sexual
77
Q

Explique el tema de pena de muerte, ¿está vigente en Guatemala?

A

Pena de carácter extraordinario que solo podrá aplicarse en los casos determinados por ley y no se ejecutará sino hasta haberse agotado todos los recursos legales

No podrá imponerse la pena de muerte por delitos políticos y conexos, cuando la condena se fundamente en presunciones, a mujeres, varones mayores de 60 años, personas cuya extradición se haya concedido bajo esa condición

No se puede ejecutar la pena de muerte en Guatemala porque no existe fundamento legal para tramitar el recursos de gracia (indulto)

El fundamento por el cual se había concedido el recurso de gracia es el decreto 100-96 de Álvaro Arzu que fue derogado por 32-2000 por el presidente Portillo, lo cual dejó un limbo jurídico.

Guatemala ratificó el pacto de San José, que en el artículo 4 inciso 6, indica que toda persona condena a muerte puede recurrir al indulto, que por estar en un impase legal, no permite la ejecución de la pena de muerte, por lo cual es positiva no vigente

La pena de muerte la puede abolir el Congreso con mayoría absoluta o reforma constitucional o consulta popular

78
Q

¿Qué son los sustitutos penales? Cuales son y requisitos

A

Medios que utiliza el estado a través de los órganos jurisdiccionales que tienen por objeto sustituir el cumplimiento o ejecución de la pena de prisión o multa, atendiendo a una política criminal, con el fin de rehabilitar al sujeto

Beneficios:
1. Suspension condicional de la pena
Pena de menos de 3 años
No condenado anteriormente por delito doloso
Observado buena conducta o trabajador constante
Naturaleza del delito no revele peligrosidad en el agente
En los delitos contra el régimen tributario haya efectuado el pago
Se podrá otorgar al momento de dictar el fallo o en los casos donde exista sentencia, cuando el penado cumpla el pago
Podrá otorgarse por un tiempo no menor de dos años ni mayor de cinco

  1. Libertad condicional
    La pena sea de 3 a 12 años, con la condición de haber cumplido la mitad de la misma
    O si es de 12 años en adelante, tiene que haber cumplido 3/4 de la pena
    Que el reo no haya sido condenado con anterioridad por delito doloso
    Haber conservado buena conducta durante el cumplimiento de la pena
    Que haya restituido la cosa y reparado el daño en los delitos contra el patrimonio, en los otros delitos la responsabilidad civil
    El periodo de prueba durará lo que resta de condena
    Tramita como incidente
  2. Perdón judicial:
    Pena de menos de un año o que consista en multa
    Delincuente primario
    Antes del delito tuviera conducta intachable
    Los móviles de delito no revelen peligrosidad social
    No hay período de prueba
  3. Redención de pena
    Por cada dos días de trabajo dentro del centro penitenciario, se deducirá del total de la pena, un día de condena
    Mediante la educación, trabajo útil y productivo
    Presentación de certificados de ciclos especiales de alfabetización o conclusión del ciclo primario del centro penal
79
Q

¿Qué son las medidas de seguridad y a quienes se le aplican?

A

Medios de defensa social que dispone el estado a través de los órganos jurisdiccionales para prevenir el delito y rehabilitar al delincuente habitual

Se les aplica a:
Personas con alto índice de peligrosidad
Inimputables
La interrupción de la ejecución de la pena por enfermedad mental del imputado
Declaración de delincuente habitual
Culpables de tentativa imposible de delito,
Vagancia habitual
Embriaguez habitual
Cuando el sujeto fuere toxicómano
Mala conducta
Explotación

80
Q

¿Cuál es la clasificación de las medidas de seguridad? ¿En qué tipo de proceso se llevan las medidas de seguridad y en qué plazo deben ser revisadas?

A
  1. Privativas de libertad
  2. Internamiento en establecimiento psiquiátrico
  3. Internamiento en granja agrícola o centro industrial
  4. Internamiento en establecimiento educativo
  5. Restrictiva de libertad
  6. Libertad vigilada
  7. Prohibición de residir en lugar determinado
  8. Prohibición de concurrir a determinados lugares
  9. Patrimoniales: caución de buena conducta

Juicio para la aplicación exclusiva de medidas de seguridad y corrección

Deben ser revisadas periódicamente en un plazo que fije el juez que no puede exceder de 6 meses

81
Q

Indique y fundamente cuáles son los presupuestos para que se otorgue la extinción de la responsabilidad penal, así como el tipo de resolución con el que finaliza

A

Son determinadas circunstancias que sobrevienen a la comisión de un delito

  1. Por muerte del procesado o condenado
  2. Por amnistía
  3. Perdón del ofendido, cuando así lo permita la ley
  4. Por prescripción
  5. Por cumplimiento de la pena

(Art. 101-106 Código Penal)

Lo finaliza un auto

82
Q

Indique y fundamente cuáles son los presupuestos que deben mediar para que se tengan por extinguida la pena

A

Se da después de una sentencia condenatoria

  1. Por su cumplimiento de la pena
  2. Por muerte del reo
  3. Por amnistía
  4. Por indulto
  5. Por perdón ofendido en los casos establecidos en ley
  6. Por prescripción
83
Q

¿En qué plazo prescribe la responsabilidad penal?

A
  1. Por pena de muerte, a los 25 años
  2. Por pena de prisión, por un periodo igual al máximo de la pena aumento en una tercera parte (sin exceder de 20 o ser inferior de 3)
  3. Por multa, 5 años
  4. Falta 6 meses
  5. Violencia sexual, por el doble de la pena máxima
  6. Hecho por funcionario, doble del tiempo señalado por la ley para la prescripción de la pena
84
Q

¿Qué es la responsabilidad civil? ¿Y qué son daños y perjuicios?

A

La responsabilidad civil es la obligación que compete al delincuente o determinadas personas relacionadas con el mismo, de indemnizar a la víctima del delito de los daños y perjuicios sufridos con ocasión del hecho punible

Daños: pérdida o merma en el patrimonio

Perjuicios: ganancias lícitas dejadas de percibir