Compraventa Flashcards
Concepto de CV
Contrato por virtud del cual uno de los contratantes se obliga a entregar una cosa determinada y el otro se obliga a pagar por ella un precio cierto y en dinero o signo que lo represente.
Causa de la CV
El vínculo de las obligaciones –> yo me obligo porque tú te obligas.
Clasificación del contrato de CV
Consensual, oneroso, sinalagmático, conmutativo, típico y bilateral.
Transmisión de la propiedad
El contrato se perfecciona por el mero consentimiento de las partes, es decir, cuando hay cosa y precio. Pero para que se transmita la propiedad, debe haber título (el contrato) y modo (entrega).
Objeto de la CV
La cosa determinada que el vendedor está obligado a entregar al comprador.
¿Una cosa futura puede ser objeto de CV?
Sí, el C.C. establece que puede existir o que vaya a existir, pero debe existir al momento de la ejecución y debe ser posible, lícita y determinada.
¿Qué pasa si la cosa deja de existir ANTES de que se celebre el contrato?
El contrato será inexistente por falta de objeto.
¿Qué pasa si la cosa deja de existir YA CELEBRADO el contrato?
Totalmente: obligación de indemnizar al comprador si la pérdida es imputable al deudor. Si no es imputable al deudor, la obligación se extingue.
Paricalmente: el comprador se puede desistir del contrato por incumplimiento o puede exigir la entrega de la parte existente y una reducción proporcional del precio.
¿Es lícita la venta de cosa ajena?
Sí, el C.C. sólo obliga a que la cosa exista o vaya a existir, que sea determinada, y que sea del vendedor y esté en su poder al momento de entregar la cosa.
Si el comprador desconoce que la cosa no es del vendedor…
El contrato es anulable por error o dolo.
Si el comprador sabe que la cosa no es del vendedor…
Puede resolver el contrato por incumplimiento.
¿Qué pasa si se entrega una cosa ajena?
Se transmite la posesión pero no la propiedad.
¿Qué es el pacto con reserva de dominio?
Es un pacto por virtud del cual el vendedor se reserva la propiedad de la cosa vendida. Es un medio de garantía de cumplimiento, porque hasta que no se cumpla, no se transmite la propiedad.
¿Cómo debe de ser el precio?
Cierto, en dinero o signo que lo represente.
Formas de determinar el precio
- Cuando se concreta en importe dinerario.
- Cuando se hace referencia a otra cosa cierta.
- Cuando se deja su señalamiento al arbitrio de persona determinada (si ese tercero no puede o quiere determinar el precio, queda sin efecto el contrato).
¿Puede una sola de las partes determinar el precio?
No, nunca puede dejarse al arbitrio de una de las partes, siempre debe ser pactado.
¿Qué son las arras?
Es un pacto entre comprador y vendedor por virtud del cual el comprador entrega una suma de dinero al vendedor al momento de perfeccionamiento del contrato.
¿Qué son las arras confirmatorias?
Es la entrega de una suma de dinero que confirma la celebración del contrato, es un anticipo del pago.
¿Qué son las arras penitenciales?
Aquellas que deben establecerse como tal para que se tomen como penitenciales. Si se pactan, otorgan a las partes la facultad de desistirse del contrato.
¿Qué pasa si el vendedor se desiste y se pactaron arras penitenciales?
Debe entregar lo que recibió en concepto de arras por duplicado.
¿Qué pasa si el comprador se desiste y se pactaron arras penitenciales?
Pierde la cantidad que entregó en concepto de arras.
¿Cuáles son los efectos de la CV?
La entrega de la cosa determinada y el pago del precio cierto y en dinero o signo que lo represente.
¿Qué se debe entregar?
- La cosa en un estado de conservación y mantenimiento diligente.
- Con los frutos que se produzcan entre la celebración del contrato y la entrega.
- Con sus accesorios.
¿Cómo se entrega?
- Cuando se pone en poder físico del comprador.
- Con el otorgamiento de escritura.
- Lo que pacten las partes.