Cementerios privados Flashcards
¿El derecho real de cementerios privados es un derecho autónomo?
Sí
¿Cementerios privados era un derecho real previsto antes de la reforma del Código?
No. Antes se podía hacer a través de sociedades anónimas o bajo el derecho real de uso (lo cual es atípico porque el derecho de uso es intransmisible).
¿Está claro cuál es el objeto del derecho real de cementerios privados?
No. ¿Cuál es el objeto? ¿El cementerio privado como gran predio? ¿La parcela? ¿El derecho de sepultura?
Concepto del derecho real de cementerios privados según el CCCN
Inmuebles de propiedad privada afectados a la inhumación de restos humanos
¿Los cementerios privados de animales está protegidos por esta legislación del CCCN?
No
¿Qué dice el CCCN sobre el derecho real de sepultura?
Al derecho de sepultura sobre la parcela se le aplican las normas sobre derechos reales
¿Qué dice el inc. b del art. 2105 del CCCN sobre el reglamento de administración y uso de los cementerios privados?
El reglamento de administración y uso debe contener: (…) b) disposiciones de orden para facilitar a los titulares de los derechos de sepultura el ejercicio de sus facultades y que aseguren el cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y de policía aplicables.
¿Cómo es el proceso para afectar un inmueble al derecho real de cementerios privados?
Dueño o condómino puede afectar inmueble a cementerio privado. Un gran predio se afecta a cementerio privado. Se inscribe el reglamento de cementerio privado y se busca la habilitación local. No se puede cambiar el destino una vez inscripto el reglamento y habilitado. A partir de allí, se puede vender las parcelas.
¿Está rotulado correctamente el derecho real de cementerios privados?
No. Debería ser denominado “derecho de sepultura” y el objeto debería ser claramente la parcela.
¿Qué figura en el reglamento de administración y uso del cementerio privado?
Normas para el ejercicio del derecho de sepultura. Pautas de construcción de los sepulcros. Se prevé el destino de las sepulturas abandonadas (en general van a fases comunes). Puede haber cobro de expensas.
¿Cuál es el dato que llama la atención del inc. h del art. 2105 sobre el reglamento de los cementerios privados?
Art. 2105, inc H. “h) constitución y funcionamiento de los órganos de administración”. Pareciera que podría tener órganos de administración, asamblea. Si tenemos en cuenta este punto, da la impresión de que se asemeja a PH horizontal (sin decirlo explícitamente) porque los órganos de administración son propios de PH. ¿Existen? No sabemos. Aún no han surgido, al momento, cementerios privados en base a esta nueva normativa. Y el CCCN no prevé la adecuación de los preexistentes.
Facultades del titular del derecho de sepultura según el CCCN
a) inhumar en la parcela los restos humanos de quienes disponga, hasta la dimensión establecida en el reglamento, y efectuar las exhumaciones, reducciones y traslados, dando estricto cumplimiento a la normativa dictada al respecto; b) construir sepulcros en sus respectivas parcelas, de conformidad a las normas de construcción dictadas al efecto; c) acceder al cementerio y a su parcela en los horarios indicados; d) utilizar los oratorios, servicios, parque e instalaciones y lugares comunes según las condiciones establecidas.
Deberes del titular del derecho de sepultura según el CCCN
a) mantener el decoro, la sobriedad y el respeto que exigen el lugar y el derecho de otros; b) contribuir periódicamente con la cuota de servicio para el mantenimiento y funcionamiento del cementerio; c) abonar los impuestos, tasas y contribuciones que a tales efectos se fijen sobre su parcela; d) respetar las disposiciones y reglamentos nacionales, provinciales y municipales de higiene, salud pública y policía mortuoria.
¿Qué establece el CCCN sobre la dirección y administración del cementerio privado?
La dirección y administración del cementerio está a cargo del administrador, quien debe asegurar el correcto funcionamiento de las instalaciones y servicios comunes que permita el ejercicio de los derechos de sepultura, de acuerdo a las condiciones pactadas y reglamentadas.
¿Qué disposiciones se aplican en casos de vacíos legales en los cementerios privados?
Las normas de los DR. En tiempo compartido pasa igual. Diferente de CI donde me reenvía a PH. En este caso, puedo entender que incluye PH, pero no está dicho en el CCCN.