Capitulo VIII Abandono de vehiculos Flashcards
Artículo 61 Disposición general.
1 Queda terminantemente prohibido el abandono de vehículos fuera de su uso en la vía pública o lugares señalados en el art. 11.1 de esta ordenanza.
2 A estos efectos ,se entiende abandonado cuando:
A) permanezca estacionado x un periodo superior a 1 mees en el mismo lugar y presente derpefectos q hagan imposible su desplazamiento x sus propios medios o le falten placas de matriculación o sean ilegibles.
B) que hayan sido dados de baja del padrón correspondiente del impuesto de vehículos de tracción mecánica ,se encuentren en baja administrativa definitiva o se encuentren en lugares señalados en el punto 1 .
C) q presenten una clara apariencia de inutilidad al fin q se destina x daños y despojos de sus elementos integrantes ,así como aquel q atente a la seguridad e higiene pública.
D) cuyo propietario lo declare residual, notificándolo al Ayto, acompañando la documentación y renuncia expresa del vehículo y además lo ceda a este para chatarra.
E) cuando transcurran más de dos meses desde q el vehículo haya sido depositado en el depósito municipal.
En los supuestos en la letra e) en aquellos vehículos q mantengan la matrícula o cualquier signo visible q permita la identificación de su titular,se requerirá a este q en el plazo de 15 días retire el vehículo ,con advertencia ,de q transcurrido el plazo se procederá a su gestión como vehículo al final de su vida útil.
3 No se considera abandonado el vehículo cuya inmovilización esté decretada x autoridad judicial,se encuentre denunciado x sustracción y el denunciante o titular no tenga noticia de su aparición.
4 En los casos previstos en el apdo. anterior ,el ayto entregará el vehículo abandonado en un centro de tratamiento para su gestión debiendo los propietarios del vehículo abonar los costes de recogida y gestión , en su caso.
Artículo 62 Retirada de vehículos
El Ayto podrá proceder a la retirada de vehículos abandonados q en los términos de la ley 22/2011 pasarán a su propiedad.
Se notificará a sus propietarios las circunstancias en q se encuentra el vehículo, requiriéndoles para q procedan a su retirada en el plazo máximo,o de 2 días naturales ,salvo q ,condiciones de peligrosidad, salubridad u orden público deba efectuarse la retirada inmediata x los servicios municipales ubicándolo en el depósito municipal.
Artículo 63 Abonó de gastos
En cualquiera de los supuestos anteriores ,serán de cargo de los propietarios los gastos ocasionados x la retirada y depósito del vehículo x cualquier actuación municipal en la materia,pudiéndose acudir a la vía de apremio para su cobro.
Artículo 64 Gestión de vehículos al final de su vida útil.
Los ciudadanos q deseen desprenderse de un vehículo al final de su vida útil deberán entregarlo a un centro de tratamiento ,de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable.