AUC Flashcards
Elementos de una unión de hecho.
Son 4:
I. Convivencia.
II. Estabilidad
III. Publicidad
IV. Afectividad
Regulación del AUC
L. 20.830 (2015)
Definición de AUC
Contrato celebrado entre 2 personas que comparten un hogar con el propósito de regular los efectos jurídicos derivados de su vida afectiva en común
Características del AUC
*Convención típica
*Nominado
*Puro y simple
*Principal
*Solemne
Refierase a los contrayentes de un AUC.
Pueden ser personas de distinto sexo.
Su estado civil se denomina: conviviente civil
Se establece un parentesco por afinidad entre un conviviente y los parientes consanguíneos del otro con quién se une en AUC. {Solo mientras esté vigente el acuerdo}
Requisitos para celebrar un AUC
- Capacidad legal
- Declaración formal de voluntad ante el oficial del RC
- la declaración de voluntad constará en un acta firmada por el oficial y los contrayentes
- El AUC luego se inscribirá en el registro respectivo
¿El AUC admite la celebración por mandatario?
Sí, toda vez que este mandatario se encuentre debidamente facultado para tal efecto por Escritura pública y con facultad expresa para convenir la comunidad de bienes del AUC
¿Cuales son las incapacidades ESPECIALES en el AUC?
No se puede celebrar un AUC:
*. Entre ascendientes y descendientes por consanguinidad o afinidad, ni los colaterales hasta el segundo grado
- Las personas que mantengan un vinculo matrimonial no disuelto con otro que no sea el contrayente logicamente. O bien;
*Las personas que no hayan disuelto un AUC previo y vigente.
¿Como procede la declaración formal de voluntad para un AUC?
El consentimiento debe ser libre y espontaneo.
Debe ser expreso y ante un oficial civil, no necesita testigos hábiles.
Efectos personales y patrimoniales del AUC
PERSONALES
*Se adquiere el Estado civil de: Conviviente civil.
*Se establece un parentesco legal de los convivientes con los consanguíneos de uno al respecto del otro por afinidad.
PATRIMONIALES:
*Deber de ayuda mutua.
*contribución a solventar los gastos de la convivencia recíproca
*Conservación de la propiedad, goce y administración de los bienes previos al AUC {a menos que se sometan expresamente a un régimen}
*Si no se pacta comunidad de bienes, se presume “separación total de bienes”
Reglas del pacto de comunidad de bienes en el AUC
*Los bienes adquiridos a título oneroso durante el AUC serán indivisos o comunes por mitades entre los convivientes. {50 y 50 c/u}
*Se tiene por fecha de adquisición de los bienes aquella en que el título haya sido otorgado y no desde que se adquiera el dominio {Título y dominio son cosas distintas}
Expiración del pacto de comunidad en el AUC.
Por estipulación expresa de los convivientes o por expiración del AUC