9. Legítima Defensa Flashcards

1
Q

La legítima defensa es una:

A

causa de exclusión de responsabilidad penal

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2
Q

Para que prospere la legítima defensa, se requiere que:

A
  1. El acusado demuestre que tenía motivos fundados para creer que estaba en inminente peligro de muerte o de grave daño corporal;
  2. Haya la necesidad racional del medio utilizado para impedir o repeler el daño;
  3. No haya provocación suficiente de parte de quien invoque la defensa;
  4. No infligió más daño que el necesario para repeler o evitar la agresión.
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3
Q

Se puede invocar la legítima defensa para:

A

defender la vida o la integridad corporal de una persona

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4
Q

Presunciones Legítima Defensa 25A

A

Se presumirá la razonabilidad de la creencia del actor de que él, u otra persona, está en riesgo de sufrir daño inminente a su integridad corporal, la ausencia de provocación por parte del actor y la necesidad racional del medio empleado y del daño ocasionado para impedir o repeler el daño, si:

(1) el actor sabía o tenía razón para creer que la persona contra quien se usó la fuerza o violencia:
(i) penetró ilegalmente, o intentaba penetrar ilegalmente, al interior de la morada, vehículo, lugar de negocios o empleo, ocupado en tal momento por el actor o la persona a quien el actor protege; y/o
(ii) secuestró o intentó secuestrar al actor o alguna otra persona, del interior de la morada, vehículo, lugar de negocios o empleo del actor o de la persona a quien el actor protege;

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5
Q

Excepcion a la presunción de Legítima Defensa 25A

A

La presunción establecida en el inciso (a) no es de aplicación, si:

(1) la persona contra quien se usó la fuerza o violencia tiene derecho a permanecer en, residir, habitar u ocupar legalmente la morada, vehículo, lugar de negocio o empleo donde se usó la fuerza o violencia en calidad de, pero sin limitarse a, dueño, titular, arrendatario, contratista, empleado; o
(2) la persona a quien se secuestre o intente secuestrar es un menor o incapaz, bajo la custodia o tutela legal de la persona contra quien se usó la fuerza o violencia; o
(3) hubo provocación por parte del actor para con la persona contra quien se usó la fuerza o violencia; o
(4) el actor cometía algún delito al momento de utilizar la fuerza o violencia o utilizaba la morada, vehículo, lugar de negocios o empleo para promover actividad delictiva; o
(5) la persona contra quien se usó la fuerza o violencia es un Funcionario del Orden Público, según definido en el Artículo 14 de este Código.

(c) Al causarse la muerte de un ser humano, se presumirá la razonabilidad de la creencia del actor para creer que, al dar muerte al agresor, el actor o la persona defendida se hallaba en inminente o inmediato peligro de muerte o de grave daño corporal si:
(1) el actor sabía o tenía razón para creer que la persona a quien se causó la muerte:
(i) penetró ilegalmente, o intentaba penetrar ilegalmente, al interior de la morada, vehículo, lugar de negocios o empleo, ocupado en tal momento por el actor o la persona a quien el actor protege; y/o
(ii) secuestró o intentó secuestrar; al actor o alguna otra persona, del interior de la morada, vehículo, lugar de negocios o empleo, ocupado en tal momento por el actor o la persona a quien el actor protege;
(d) La presunción establecida en el inciso (c) no es de aplicación si:
(1) la persona a quien se causó la muerte tenía derecho a permanecer en, residir, habitar u ocupar legalmente la morada, vehículo, lugar de negocio o empleo donde se causó la muerte en calidad de; pero sin limitarse a, dueño, titular, arrendatario; o
(2) la persona a quien secuestró o intentó secuestrar es un menor o incapaz, bajo la custodia o tutela legal de la persona contra quien se usó la fuerza letal; o
(3) hubo provocación por parte del actor a la persona a quien se causó la muerte; o
(4) el actor cometía algún delito al momento de causar la muerte o utilizaba la morada, vehículo, lugar de negocios o empleo para promover actividad delictiva; o la persona a quien se causó la muerte es un Funcionario del Orden Público, según definido en el Artículo 14 de este Código.

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