2.Generalidades sobre el Proceso Flashcards
Normas Comunes A Todo Procedimiento
Cuál es la teoría más aceptada actualmente acerca de la naturaleza jurídica del Proceso?
Relación Jurídica Procesal: Esta perspectiva, considera al proceso como una relación jurídica autónoma, compleja y dinámica entre todas las partes involucradas, incluyendo al órgano jurisdiccional.
Se distinguen tres subescuelas, siendo la tercera la más aceptada, que establece una relación triangular entre las partes y el órgano jurisdiccional.
Proceso
concepto
Conjunto de trámites jurídicamente regulados para la sustanciación de una causa criminal o de un pleito de otra naturaleza, tendentes a dilucidar la justificación en derecho de una determinada pretensión entre partes y que concluye con una decisión jurídicamente fundamentada mediante una solución que, eventualmente, puede adquirir la fuerza de la cosa juzgada.
conviene distinguir, en esta acepción, los actos que lo integran (trámites), las normas que los regulan (procedimiento) y los documentos que los plasman (expediente, causa, autos).
Diferencia Proceso y Litigio
Desde una perspectiva doctrinal, se considera que el litigio es el conflicto en sí mismo, y por lo tanto, precede al proceso. De hecho, es completamente factible que un litigio no llegue a desarrollarse como un proceso legal completo.
Diferencia proceso y juicio
El proceso es el marco general dentro del cual se desarrolla el juicio.
El juicio es una parte específica del proceso en la que se resuelve el caso.
Diferencia Proceso y procedimiento.
El proceso es el marco general dentro del cual se desarrolla la resolución de un conflicto, mientras que el procedimiento es el conjunto de pasos específicos que se deben seguir para llevar a cabo ese proceso de manera legal y justa.
Elementos del Proceso
- Elemento objetivo
- Elemento subjetivo
Elemento Objetivo
Elementos del proceso
El que subyace en todo proceso y es el conflicto, es decir, el enfrentamiento de intereses contrapuestos.
Elemento subjetivo
Elementos del proceso
Son los sujetos envueltos en el respectivo proceso,
* las partes o terceros que se convierten en partes (sin perjuicio de que hay terceros que se vinculan sin convertirse en parte) y
* el órgano jurisdiccional y sus auxiliares.
El demandante
Las partes.
Quien inicia la acción procesal para satisfacer una pretensión específica.
Demandado.
Las partes.
Es el sujeto pasivo de la acción judicial.
Al igual que el demandante, el demandado también debe tener interés en el conflicto. Sin este interés, puede argumentar que el conflicto no le es oponible y abstenerse de participar en la relación procesal.
¿Qué es la subrogación procesal?
Las partes.
Es el reemplazo de una de las partes por otra persona que hasta antes de la subrogación no formaba parte de la respectiva relación procesal, o sea, es la sustitución de una parte por otra.
Ejemplos de subrogación procesal
Las partes.
a) Si una cosa debida se pierde sin culpa del deudor, este puede demandar a un tercero. Si el juicio está en marcha, el acreedor puede asumir el rol de demandante.
b) El pago con subrogación sucede cuando un tercero liquida una deuda ajena, asumiendo los derechos del acreedor, pero solo si ya hay un juicio iniciado.
c) En la citación de evicción , si el vendedor se presenta en el juicio, adquiere los derechos del comprador.
d) La cesión de derechos litigiosos implica comprar expectativas en un juicio.
Pluralidad de partes
Las partes.
Se pueden dar tres situaciones diferentes:
* litis consorcio activa: varios demandantes y un demandado
* un demandante y varios demandados;
* varios demandantes y varios demandados.
cuales son los requisitos de la Litis consorcio activa o varios demandantes?
Las partes.
Varios demandantes se unen en una acción legal.
- Requisitos: Mismas acciones o acciones derivadas del mismo hecho.
- Procurador Común: Representante designado por todos los demandantes, pueden separarse las procuradorías por incompatibilidad de intereses.
- Tipos: Inicial y sobreviniente
Litis Consorcio Pasiva
Las partes.
Varios demandados enfrentan una acción legal.
Casuística: Acción similar, mismo hecho o permitido por ley.
Procurador Común: Necesario si las defensas son idénticas.
Los terceros.
Las partes.
Son personas que no están directa o expresamente vinculadas al conflicto que se ha promovido ante el órgano jurisdiccional, pero que actúan al interior del procedimiento tendiente a resolver el conflicto. Ya sean indiferentes o interesados.
Pueden ser:
i. Coadyuvantes(o por vía adhesiva):
ii. Independientes(o por vía principal):
iii. Excluyentes(excluyentes):
Terceros coadyuvantes
Son aquellos que tienen interés en los resultados del juicio, interés que es armónico o congruente con el del demandante o del demandado.
Terceros excluyentes
También tienen un interés envuelto, pero este interés es incompatible o contrario al del demandante, al del demandado o de ambos.
Este tercero excluyente debe aceptar todo lo obrado en el juicio y no debe actuar con procurador común.
son ejemplos de estos terceros, el tercerista de dominio o de posesión en el juicioejecutivo.
Terceros Independientes
Son aquellos que sustentan un interés propio que no necesariamente es incompatible con el interés del demandante o del demandado, pero por economía procesal se acepta su internación, por ejemplo, el tercerista del pago. El inciso final del art. 23 señala que no está obligado a comparecer con procurador común y también debe aceptar todo lo ya obrado.
Acción
la acción es el derecho subjetivo público o potestad de caracter pública, de requerir al órgano el ejercicio de su función jurisdiccional.
Pretensión
Es la voluntad del sujeto de ser satisfecho, reparado o restituido en un derecho subjetivo que considera vulnerado.
Relación entre Derecho Objetivo, Subjetivo, Pretensión y Acción
- Derecho objetivo: Norma de la cual emana la existencia de un derecho subjetivo.
- Derecho subjetivo: potestad de impetrar la protección de una determinada situación jurídica..
- Pretensión: Voluntad de recibir dicha protección.
- Acción: actividad encabezada a obtener efectivamente la protección.
Definición de Demanda y Libelo
La demanda es el vehículo normal de la acción. El libelo es una demanda escrita, también referido a errores en la redacción de la demanda
Acción y Reacción
- Acción: siempre expresa y precede a la reacción.
- Reacción: puede ser tácita y solo ocurre como respuesta a la acción.
Contrapretensión
Es la voluntad del demandado para mantener una situación jurídica que considera amenazada por la acción. Se diferencia de la pretensión por su voluntad de mantención.
Tipos de Reacción o defensa
- Defensa directa: Contrapretensión (oposición a la acción).
- Defensa indirecta: Excepciones (argumentos que atacan la validez de la acción).
¿Qué son los Presupuestos Procesales?
son aquellos antecedentes necesarios para que el procedimiento tenga existencia jurídica y validez formal
Tipos de presupuestos procesales
De acuerdo al pensamiento de Von Büllow
miran a cuatro instituciones distintas:
* Presupuestos procesales de la acción.
* Presupuestos procesales de la pretensión.
* Presupuestos procesales de validez del proceso.
* Presupuestos procesales de una sentencia favorable.
Los tres primeros son punto pacífico en la doctrina, sin embargo, el cuarto presupuesto es un punto altamente discutible y muchos estiman que no es precisamente un presupuesto procesal.
Presupuestos procesales de la acción.
La ausencia de alguno de estos presupuestos impide el ejercicio de la acción y el inicio del proceso.
a) Capacidad del accionante o cumplimiento de los requisitos habilitantes que correspondan.
b) Jurisdicción del órgano.
c) Competencia absoluta del órgano.
Presupuestos Procesales de la Pretensión
La omisión de estos presupuestos no invalida el procedimiento, pero impide decidir sobre el fondo del asunto, anulando solo el pronunciamiento, no todo el procedimiento.
- Agotamiento de la Vía Administrativa Previa
- Previo Antejuicio
- Excepciones de Litis Pendencia, Cosa Juzgada y Beneficio de Excusión
- Falta de Legitimidad para Obrar
Presupuestos Procesales de Validez del Proceso
El proceso tiene una existencia formal, pero puede desaparecer en cualquier momento por la falta de estos presupuestos.
- Debido Emplazamiento
- competencia Absoluta
Reclamo por la inconcurrencia de los presupuestos procesales.
- Excepciones Dilatorias: Utilizadas para cuestiones preliminares antes de entrar al fondo del asunto.
- Otras Excepciones Procesales: Pueden ser anómalas o mixtas.
- Recursos Procesales Diversos: Incluyen el recurso de casación en la forma.
- Invocación de Nulidad Procesal: Utilizada para anular actuaciones defectuosas.
Hecho jurídico procesal
acaecer del hombre o la naturaleza que tiene influencia o se refleja dentro del proceso, como por ejemplo, el tiempo que se traduce en plazos, la muerte o el matrimonio.
Acto Jurídico Procesal
Toda manifestación de voluntad tendiente a crear, modificar o extinguir una situación jurídica procesal, que puede ser
* una expectativa procesal,
* una obligación procesal
* o una carga procesal.
Clasificaciones de los Actos Jurídicos Procesales.
- Propiamente tales y acuerdo o negocio procesal.
- Unilaterales y bilaterales
- Del tribunal.
- de las partes y de terceros directos (De Impulso Procesal, De Postulación, Probatorios, De impugnación)
- y de terceros indirectos (Probatorios, De Certificación, De Opinión:)
Resoluciones Judiciales
Actos procesales del tribunal, o de sus auxiliares, llamados a decidir en torno:
* al conflicto,
* un elemento accesorio del proceso,
* o a ordenar su desarrollo.
¿Cuáles son las cuatro principales resoluciones judiciales?
a) Sentencia definitiva.
b) Sentencia interlocutoria.
c) Autos.
d) Decretos, proveídos o providencias.
Sentencia Definitiva
Sentencia definitiva es aquella que pone fin a la instancia resolviendo la cuestión o asunto que ha sido objeto de juicio.
¿Qué significa que la sentencia definitiva ponga fin a la instancia?
Cierra un grado jurisdiccional específico, es decir, un conjunto de actuaciones judiciales donde se debaten y resuelven cuestiones de hecho y derecho.
¿Qué significa que la sentencia definitiva debe resolver el asunto o cuestión controvertida?
Implica pronunciarse sobre la pretensión y contrapretensión de las partes en conflicto, abordando todas las acciones y excepciones relevantes.
Sentencia interlocutoria.
- Es la que falla un incidente del juicio estableciendo derechos permanentes para las partes,
- o resuelve sobre algún trámite que debe servir de base en el pronunciamiento de una sentencia definitiva o interlocutoria.
Clases de sentencias interlocutorias
- Sentencia interlocutoria de primera clase o de primer grado.
- Sentencia interlocutoria de segunda clase o de segundo grado.
Sentencia interlocutoria de primera clase o de primer grado
Aquella que resuelve un incidente del juicio estableciendo derechos permanentes para las partes.
Sentencia interlocutoria de segundo grado
Son aquellas que resuelven sobre algún trámite que debe servir de base en el pronunciamiento de una sentencia definitiva o interlocutoria.
la jurisprudencia en forma permanente ha señalado que una sentencia interlocutoria de segunda clase firme o ejecutoriada, produce el efecto de cosa juzgada.
Los autos.
El auto resuelve incidentes, al igual que la sentencia interlocutoria de primera clase, pero sin establecer derechos permanentes para las partes, no adquiere nunca el efecto de cosa juzgada ni el desasimiento del tribunal, por tanto, siempre son modificables.
Decretos, providencias o proveídos.
Se llama decreto, providencia o proveído el que, sin fallar sobre incidentes o trámites que sirvan de base para el pronunciamiento de una sentencia, tiene solo por objeto determinar o arreglar la substanciación del proceso.
art 158
Tipos de Requisitos de las resoluciones judiciales.
- requisitos generales o comunes a toda resolución judicial
- requisitos específicos de cada resolución judicial.
Requisitos generales o comunes a toda resolución judicial.
a) Debe expresar en letras el lugar y fecha de su expedición.
b) Debe llevar la firma del juez o de los jueces que la dicten o intervengan en el acuerdo.
c) Debe llevar la firma de un ministro de fe autorizante.
hay excepciones
Requisitos de la primera resolución judicial
a) Debe indicarse un número de orden: Rol o Ingreso de Corte, el que figurará en el respectivo expediente hasta el término de la causa.
b) Fue requisito la fijación de la cuantía o la declaración de que el asunto era de cuantía indeterminada, sin embargo por costumbre se sigue cumpliendo a nivel de los tribunales de letras.
Requisitos de la sentencia definitiva de primera instancia en materia civil
Parte Expositiva
* Designación de las partes
* Peticiones y defensas
* Estado del proceso
Parte Considerativa:
* Hechos y derecho
Parte Resolutiva
* Decisión
Parte Enunciativa (eventual):
* Votos disidentes y de prevención
Parte de Decisiones Accesorias:
* Tachas de testigo
* Costas
¿Cuáles son las fuentes de los requisitos de la sentencia definitiva de primera instancia en materia civil?
Art. 170 del C.P.C., auto acordado sobre formas de las sentencias, arts. 83 y 85 del C.O.T.