10) NC: Normas preliminares Flashcards
ámbito de aplicación
304 (Cª art. 1)
i. I: NC tendrá lugar empresas sector privado y aquellas que Estado tenga aportes, participación o representación
i. II: No NC empresas dependientes Mº de defensa o que se relacionen con el gobierno a través de dicho Ministerio
- Cª 217 y 314
i. III: No NC empresas privadas o públicas últimos 2 años financiadas + 50% Estado
i. IV: excepción:
- establecimientos educacionales particulares subvencionados
- establecimientos de educación técnico profesional
Trabajadores impedidos de negociar colectivamente
305 (Cª 22 i. II y 161 i. II)
A) Antes: vulneraba LS
- trabajadores Cº por obra o faena
- los aprendices (82)
- cargos directivos (acá si)
B) Ahora:
- trabajadores representen al empleador y dotados de facultades generales de administración (gerentes y subgerentes)
- en micro y pequeñas empresas: personal de confianza con cargo superiores de mando
i. final: micro, pequeñas y medianas empresas excusarse de NC con trabajadores Cº de aprendizaje
Materias de NC
306
A) Antes vulneraba LS (prohibía 20 materias)
B) Ahora:
i. I (esencia PL): son materias de NC aquellas de interés común de las partes que afecten relaciones mutuas entre trabajadores (debería decir S) y empleador, especialmente las que se refieran a remuneraciones u otros beneficios y en general a las condiciones de trabajo
- pero def del 320 (Cº colectivo) solo recoge un fin.
i. II: Otras materias, como:
- conciliación vida familiar
- equidad de género
- acciones positivas contra la desigualdad
i. IV: No son objeto de NC materias
- ajenas a la empresa
- limiten facultades del empleador de administrar la empresa
· Cª 339 (estas materias no son objeto de reclamación)
Plazos y cómputos
312
- i. I: RG días corridos
- i. II: plazo vence sábado, domingo o festivo prorroga siguiente día hábil
Ministros de fe
313
mismos que 218
Fuero de NC
art. 309
a) Una de las certezas de la NC reglada
b) el fuero en si: trabajadores afiliados al Sº involucrado en NC reglada gozan de fuero desde 10 días antes de presentación del proyecto hasta 30 días después de la suscripción del mismo o del fallo arbitral en su caso
- i. final: no se requiere solicitar el desafuero de trabajadores con Cº a plazo fijo o por obra o faena si expirare el plazo, obra o faena
NC no reglada
art. 314: “Negociación no reglada. En cualquier momento y sin restricciones de ninguna naturaleza, podrán iniciarse entre uno o más empleadores y una o más OS, negociaciones voluntarias, directas y sin sujeción a normas de procedimiento, para convenir condiciones comunes de trabajo y remuneraciones, por un tiempo determinado”