10. La herencia Flashcards
Consecuencias que tiene para el heredero aceptar la herencia a beneficio de inventario. 1023 CC. (3)
- El heredero no queda obligado a pagar las deudas y demás cargas de la herencia sino hasta donde alcancen los bienes de la misma.
- Conserva contra el caudal hereditario todos los derechos y acciones que tuviera el difunto.
- No se confunden para ningún efecto, en daño del heredero, sus bienes particulares con los que pertenezcan a la herencia.
Requisitos para la aceptación de la herencia por menores e incapacitados. 996 CC (3)
a. Menores sujetos a patria potestad: Podrá ser aceptada por los ttulares de la patria potestad.
b. Menores emancipados: Carece de la plena disposición de sus bienes, por los que necesitará el consentimiento de sus padres o curador.
c. Incapacitados: Si la sentencia no dispusiera otra cosa, podrán aceptar la herencia asisitidos de su curador.
Capacidad para aceptar la herencia. 992 CC
Pueden aceptar una herencia todos los que tienen la libre disposición de sus bienes.
Pueden aceptar con condiciones los menores e incapacitados, los sometidos a tutela (por el tutor con autorización judicial), la parte que se deje a los pobres (por la persona determinada por el testador) y las personas jurídicas (por sus legítimos representantes).
Formas previstas en el art. 999 CC para llevar a cabo la aceptación pura y simple de la herencia. 999 CC.
La aceptación pura y simple puede ser expresa o tácita.
Expresa es la que se hace en documento público o privado.
Tácita es la que se hace por actos que suponen necesariamente la voluntad de aceptar, o que no habría derecho a ejecutar sino con la cualidad de heredero.
La aceptación de la herencia: formas y efectos. 1003 y 1010 CC
Aceptación pura y simple: Quedará el heredero responsable de todas las cargas de la herencia, no solo con los bienes de esta, sino también con los suyos propios.
Aceptación a beneficio de inventario: Se acepta la herencia, pero solo se responde de las obligaciones del fallecido hasta donde alcanza el valor de los bienes heredados.
¿Quiénes son incapaces de suceder por causa de indignidad? 756 CC
- El que fuera condenado por sentencia firme por haber atentado contra la vida, por lesiones o por haber ejercido habitualmente la violencia física o psíquica en el ámbito familiar al causante, su cónyuge, persona con análoga relación de afectividad o alguno de sus descendientes o ascendientes.
- El que fuere condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad, la integridad moral y la libertad e identidad sexual, si el ofendido es el causante, su cónyuge o análogo o alguno de sus descendientes o ascendientes.
- El que hubiere acusado al causante de delito para el que la ley señala pena grave, si es condenado por denuncia falsa.
- El heredero mayor de edad que, sabedor de la muerte violenta del testador, no la hubiese denunciado dentro de un mes a la justicia cuando esta no hubiera procedido ya de oficio.
- El que con amenaza, fraude o violencia obligare al testador a hacer testamento o a cambiarlo.
- El que por iguales medios impidiere a otro hacer testamento.
- En la sucesión de persona con discapacidad, las personas con derecho a la herencia que no hubiesen prestado las atenciones debidas.
En relación con la colación de la herencia, señale qué bienes tienen la condición de colecionables. 1035 y 1043 CC. (4+2)
Son absolutamente colecionables:
1. Los bienes recibidos por el heredero, en virtud de dote, donación u otro título lucrativo.
2. Las cantidades satisfechas por el padre para redimir a sus hijos de la suerte de soldado, pagar sus deudas, conseguirles un título de honor y otros gastos análogos.
3. Los regalos de boda consistentes en joyas, vestidos y equipos, en la parte que excedan de un décimo o más de la parte de libre disposición.
4. Las donaciones hechas conjuntamente al hijo y a su consorte, que han de ser colecionadas respecto a la mitad del valor de la cosa donada.
Son relativamente colecionables, solo cuando el testador lo disponga:
1. Los gastos que el padre hubiera hecho para dar a sus hijos una carrera profesional o artística. En los casos excepcionales de que aquel disponga que se colecionen o de que perjudiquen a la legítima de los demás.
2. Los bienes dejados en testamento.
Personas que no pueden ser testigos en los testamentos. 681 CC (5 - 1)
No podrán ser testigos en los testamentos:
1. Los menores de edad, salvo lo dispuesto en el art. 701.
2. Sin contenido
3. Los que no entiendan el idioma del testador.
4. Los que no presenten el discernimiento necesario para desarrollar la labor testifical.
5. El cónyuge o los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad del Notario autorizante y quienes tengan con éste relaciones de trabajo.
Defina el testamento ológrafo y enumere los requisitos previstos en el Código Civil para su validez. 678, 688 y 689 CC (1 + 4)
Se llama testamento ológrafo cuando el testador lo escribe por sí mismo en la forma y con los requisitos del art. 688 CC:
- Solo podrá otorgarse por personas mayores de edad.
- Deberá estar escrito y firmado por el testador, con expresión del año, mes y día en que se otorgue.
- Si contuviese palabras tachadas, enmiendas o entrerrenglones, las salvará el testador bajo su firma.
- Deberá protocolizarse, presentándolo en los 5 años siguientes al fallecimiento del testador, ante Notario.
Enumere y defina brevemente las distintas formas en que puedan otorgarse los testamentos. 676 CC (4)
El testamento puede ser común (ológrafo, abierto o cerrado) o especial (militar, marítimo y hecho en país extranjero).
El testamento ológrafo está escrito por el testador.
El testamento abierto en el que el testador manifiesta su última voluntad en presencia de las personas que deben autorizar el acto.
El testamento cerrado, en el que el testador , sin desvelar su última voluntad, declara que ésta se halla contenida en el pliego que presenta a las personas que han de autorizar el acto.
¿Qué porción del caudal relicto corresponde como legítima al cónyuge viudo no separado legalmente o de hecho? 834, 837 y 838 CC (3)
- Si es el único legitimario, tendrá derecho al usufructo de 2/3 de la herencia.
- Si concurre a la herencia con hijos o descendientes, tendrá derecho al usufructo del tercio destinado a mejora.
- No existiendo descendientes pero sí ascendientes, el cónyuge sobreviviente tendrá derecho al usufructo de la mitad de la herencia.
Supuestos en los que se produce la apertura de la sucesión intestada. 912 CC (4)
La sucesión legitima tiene lugar:
1. Cuando uno muere sin testamento, o con testamento nulo, o que haya perdido su validez.
2. Cuando el testamento no contiene institución de herederos en todo o en parte de los bienes, o no dispone de todos los que corresponden al testador. En este caso, la sucesión legítima tendrá lugar solamente respecto de los bienes de que no hubiese dispuesto.
3. Cuando falta la condición puesta a la institución de heredero, o éste muere antes que el testador, o repudia la herencia sin tener sustituto.
4. Cuando el heredero instituido es incapaz de suceder.