Unidad 6 Flashcards
Elementos de una relación de trabajo
❑ Trabajador.- Persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo
personal, subordinado
❑ Patrón.- Persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios
trabajadores.
❑ La prestación de un servicio
❑ Prestación del servicio personal.- El trabajo lo deberá desempeñar el
trabajador y no otra persona; es decir, debe ser personalizado.
❑ Prestación del servicio de forma subordinada.-
RELACIONES INDIVIDUALES DE TRABAJO
concepto
Es mediante una relación de trabajo, independientemente de la manera en
que se haya definido verbal o escrita, como nacen los derechos y
obligaciones, tanto de un trabajador como de un patrón. Esta misma
relación surge cuando se da un trabajo personal subordinado hacia otra
persona (física o moral) mediante el pago de un salario y/o sueldo.
Contrato individual de Trabajo (CIT) definición
Es aquel por virtud del cual una
persona se obliga a prestar a otra,
un servicio personal subordinado
y mediante una retribución
convenida (art. 20 LFT)
tipos de contratos
tiempo determinado
tiempo indeterminado
por obra
CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO
La Ley Federal del Trabajo señala como condiciones generales de trabajo:
❑ La jornada de trabajo (Cap II LFT)
❑ Días de descanso (Cap III LFT)
❑ Vacaciones (Cap IV LFT)
❑ Salario (Cap V LFT)
❑ Aguinaldo (Art 87 LFT)
❑ Reparto de utilidades (Cap VIII LFT)
Suspensión temporal ¿Qué es?
Otra característica propia de las relaciones laborales es lo referente a la
suspensión temporal, sin que el trabajador pierda derecho alguno, y que
será sin responsabilidad alguna, tanto para el patrón como para el
trabajador. Art. 42 de la LFT.
razones de Suspensión temporal
a) Enfermedad contagiosa del trabajador.
b) La incapacidad temporal derivada de un accidente o enfermedad y que no
constituya un riesgo de trabajo.
c) El arresto del trabajador.
d) La designación de los trabajadores como representantes ante los
organismos estatales.
Rescisión de las relaciones de trabajo
La rescisión se da por finalizada la relación laboral por alguna de las causas
establecidas en la LFT o simplemente por el incumplimiento de alguna de
las partes. Esto quiere decir que tanto el patrón como el trabajador podrán
rescindir un contrato y no traer responsabilidad alguna para ellos
Terminación de la relación laboral (Cap. V )
I. El mutuo consentimiento de las partes;
II. La muerte del trabajador;
III. La terminación de la obra o vencimiento del término o inversión del
capital, de conformidad con los artículos 36, 37 y 38;
IV. La incapacidad física o mental o inhabilidad manifiesta del trabajador,
que haga imposible la prestación del trabajo; y
V. Los casos a que se refiere el artículo 434. (causa de fuerza mayor,
incapacidad física o mental, incosteabilidad manifiesta de la explotación,
quiebra legalmente declarado)
Sindicato definición
Es una persona moral con capacidad jurídica propia y es representado por un
secretario general o bien por una persona que designe su directiva; no podrá
inmiscuirse en cuestiones religiosas y realizar alguna profesión con ánimo de
lucro y podrá constituir federaciones y confederaciones..
Contrato Colectivo de Trabajo CCT
(Capítulo III LFT)
Es el convenio entre uno y varios sindicatos; este será por escrito y deberá
estar firmado por el patrón, en él se establecen las condiciones sobre las
que se debe prestar el trabajo, en una o más empresas o
establecimientos
Terminación de CCT
Los contratos colectivos pueden terminar en los casos de mutuo
consentimiento, por terminación de la obra y por cierre de la empresa o
establecimiento (en el último caso, siempre y cuando el contrato se aplique
exclusivamente en el establecimiento).