Tema 6: Poder Judicial y TC Flashcards
El poder judicial - características - lista
> Ubicación en principio de separación de poderes.
Concepciones sobre el poder judicial:
-Poder judicial neutro
-Poder judicial creador.
El poder judicial - características - ubicación en principio de separación de poderes
> Poder independiente, separado del resto de poderes.
Función judicial:
-Partiendo de las leyes creadas y aplicadas, resuelve conflictos entre los ciudadanos o entre éstos y los poderes públicos.
-El poder judicial está compuesto por aquellos órganos que, de acuerdo con la CE y las leyes, tienen atribuida la función jurisdiccional.
-Elemento fiscalizador que se encargará de ejerver la resolución de conflictos del día a día del resto de poderes (sobre todo constitución).
El poder judicial - características - concepciones sobre el poder judicial
- Poder judicial neutro: formalismo jurídico (civil law) - sistema continental europeo.
-El poder judicial no crea nada.
-Ejecuta las normas creadas y aplicadas por el poder legislativo y ejecutivo para la resolución de problemas. - Poder judicial creador: realismo jurídico (common law).
-Aporta normas más allá de las leyes creadas y aplicadas.
-El factor humano importa.
El poder judicial - características - Espana - estructura
> El poder judicial en Espana: jerarquizado.
Primer instancia = juzgados (normalmente unipersonales).
Segunda instancia = Audiencia Provincial y Tribunal Superior de Justicia.
-Posibilidad de un tercer nivel porque es de CCAA.
Tribunales de cierre = Audiencia Nacional y Tribunal Supremo (aquí termina el poder judicial).
> Saltamos de uno a otro con recursos:
-2^a/3^a instancia: apelaciones: se discute hecho y derecho.
-3^a/4^a instancia: se discute solo derecho.
El poder judicial - características - Espana - El Poder Judicial y la Administración de Justicia
> Art. 117.1 CE: “la justicia se administra por jueces y magistrados integrantes del poder judicia.”
-El poder judicial es un poder del Estado separado de los otros dos e independiente de estos.
-La administración de justicia se encuentra funcionalmente subordinada al poder judicial ya que es el conjunto de medios personales y materiales que permiten el complimiento del poder judicial.
Los jueces y magistrados solo son integrantes del poder judicial cuando administran justicia y no cuando realizan cualquier otra función que se les atribuye.
El poder judicial - principios constitucionales del poder judicial - intro y lista
> Motivo de la importancia en nuestra sociedad.
La función jurisdiccional consiste en “juzgar y hacer ejecutar lo juzgado” y se desarrolla en “todo tipo de procesos” (Art. 117.3 CE).
El hecho de que deban hacer ejecutar lo juzgado, es decir, que deban hacer efectiva la resolución judicial no quiere decir que los jueces y magistrados deban ejecutar per se lo juzgado: implica que han de tener las facultades precisas para conseguir que efectivamente se ejecute.
- Unidad
- Totalidad
- Exclusividad
- Responsabilidad
- Independencia
- Imparcialidad
El poder judicial - principios constitucionales del poder judicial - unidad
> Función judicial es estatal, única, no autonómica: solamente descentralización territorial.
> Está recogida en la CE en dos sentidos distintos:
1. Respecto a la función jurisdiccional (Art. 117.5 CE):
-“el principio de unidad jurisdiccional es la base de la organizacin y funcionamiento de los Tribunales.”
2. Respecto a quién realiza dicha función (art. 122.1 CE): de acuerdo con lo cual los jueces y magistrados de carrera “formarán un cuerpo único.”
> Tiene dos consecuencias inmediatas:
1. La división territorial operada por la CE no afecta al poder judicial.
-Las CCAA normas pueden asumir poderes legislativos y ejecutivos pero el poder judicial es único en toda Espana.
2. Exclusión de cualquier tribunal que no esté previamente integrado en la estructura orgánica del poder judicial.
-Prohibición de los tribunales especiales, de honor y de excepción.
-Prohibición de que la Administración civil imponga sanciones que deriven en privación de la libertad.
El poder judicial - principios constitucionales del poder judicial - totalidad
> Sujeción de todas las personas, instituciones y territorios.
Toda ley con el find de la totalidad se plasma en el art. 4 LOPJ:
-“La jurisdicción se extiende a todas las personas, todas las materias y a todo territorio espanol.”
La totalidad de la jurisdicción se proyecta material, persona y territorialmente sin que quepan excepciones (salvo el rey que es inviolable).
is reflected in - spanish
se plasma en
El poder judicial - principios constitucionales del poder judicial - exclusividad
> Nadie más puede ejercer la función judicial (no tribunales excepcionales, simplemente el TC) y los jueces no pueden tener otras funciones (excepciones: docencia, escritura, arte, etc.).
La exclusividad se proyecta en 2 sentidos:
1. La función jurisdiccional está reservada exclusivamente a jueces y magistrados (art. 117.3 CE).
-Veta la posibilidad de las “jurisdicciones especiales”.
2. Los jueces y magistrados no pueden realizar más funciones que la jurisdiccional y las que expresamente les atribuye la ley en garantía de cualquier derecho (art. 117.4 CE).
-Impide que una desmesurada atribución de funciones dificulte a jueces y magistrados el ejercicio de la función jurisdiccional, pero habilita al legislador para que otorgue a jueces y magistrados otras funciones cuando lo considere conveniente para garantizar el derecho.
excessive
desmesurada
El poder judicial - principios constitucionales del poder judicial - responsabilidad
> La única manera de control a la que están sujetos los jueces y magistrados es la derivada de los recursos que se interpongan contra sus resoluciones y delante de otros órganos; y que tenga como consecuencia la anulación de la resolución recorrida.
-Responsabilidad política: no pueden tenerla nunca.
-Responsabilidad disciplinaria: solo regula supuestos de incumplimiento de los deberes como juez, no el fondo de sus resoluciones ya que sería incompatible con la indepencia.
-Responsabilidad civil: no altera tampoco las resoluciones.
-Responsabilidad penal: única responsabilidad que afecta al fondo de las resoluciones, concretamente el delito de prevaricación (art. 446 a 449 CP, dictar conscientemente una resolución injusta).
El poder judicial - principios constitucionales del poder judicial - independencia
> Primera característica que el art. 117.1 CE predica respecto a los jueces y magistrados.
Los integrantes del poder judicial adoptan sus resoluciones en base al derecho sin que puedan recibir ningún tipo de orden, instrucción, sugerencia o directriz relativa a los hechos sometidos a juicio, a la norma a aplicar, al sentido que se debe otorgar a la norma o a la resolución.
> El juez o magistrado solo está sometido al imperio de la ley.
-Por un lado, es libertador de cualquier influencia, pero por otro recuerda al juez que debe aplicar la ley y no puede crearla Derecho.
> Libre de inferencias en su toma de decisión:
-Externa = no reciben instrucciones de ningún otro poder ni de los ciudadanos.
-Interna = no reciben instrucciones de otro tribunal ni otro juez.
-(La jerarquía que permite anular una sentencia anterior solo se produce dentro del sistema de recursos).
El poder judicial - principios constitucionales del poder judicial - imparcialidad
> La función jurisdiccional es atribuida a un tercero para garantizar que la aplicación del derecho y la interpretación de las normas corresponda a alguien que pueda ser imparcial por ser diferente y alieno produce las normas y a quien ejecuta sus contenidos.
Art. 6.1 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, el derecho a un “tribunal imparcial2.
La imparcialidad es el rasgo fundamental que debe caracterizar el ejercicio de la función jurisdiccional: cada uno de los jueces y magistrados debe ser imparcial.
Derecho fundamental a un juez imparcial (art. 24 CE), no solo atributo del poder judicial sino también un derecho del ciudadano. Es dificil obtener sin independencia.
1. Imparcialidad subjetiva = si el juez de verdad en su cabeza tiene algún conflicto de interés en el caso concreto.
2. Imparcialidad objetiva = puede que exista la subjetiva, pero importa la apariencia. Más fácil de demostrar. Mecanismo de control - abstención o recusación.
fundamental feature - spanish
el rasgo fundamental
recusal - spanish and definition
recusación
withdrawal of a judge
El poder judicial - estatuto de jueces y magistrados - intro
> Se desarrolla en el art. 122 CE y en la LOPJ (es estatuto tiene reserva de ley órganica.
Permite blindar a jueces/magistrados y garantizar la independencia e imparcialidad:
1. Acceso a la carrera judicial.
2. Inamobilidad.
3. Limitaciones o prohibiciones.
El poder judicial - estatuto de jueces y magistrados - acceso a la carrera judicial
> Selección de jueces y magistrados.
Concurso oposición (4 anos + examen de 350 temas) + Escuela Judicial.
-Mucha gente coge a un magistrado, fiscal o juez para que sea su tutor.
-Va a cantarle los temas y él dice si va bien o no.
-Pagado en negro (escándalo).
Acceso extraordinario (los turnos).
shifts - spanish
los turnos
El poder judicial - estatuto de jueces y magistrados - inamovilidad
> Los jueces no pueden ser separados, suspendidos, trasladados ni jubilados si no es por causa tasada legalmente y con las garantías previstas en la ley.
Causas de suspensión en la condición de magistrado y pérdida de la condición:
-Renuncia
-Pérdida de la nacionalidad
-Sanción administrativa
-Condena penal o proceso encaminado a su imposición.
-Incapacidad
-Jubilación
El proceso disciplinario está en manos del CGPJ, no de los otros poderes.
legally assessed reason - spanish
causa tasada legalmente
aimed at - spanish
encaminado a
El poder judicial - estatuto de jueces y magistrados - limitaciones o prohibiciones
> No pueden pertenecer a partidos políticos, sindicatos…
Límites a la libertad:
-de expresión = no pueden ir a un programa de TV y opinar sobre un caso.
-de reunión
-de huelga = a título personal pueden ir, pero no pueden hacer una huelga de jueces para defender sus propios intereses.
No pueden realizar otros cargos públicos.
No puede, en las elecciones, realizar más actos que emitir su voto.
El poder judicial - Consejo General del Poder Judicial - introducción
> La Constitución senala el CGPJ como el órgano de gobierno del poder judicial.
> También atribuye competencias de gobierno del poder judicial a distintos órganos de éste.
-Así, el gobierno del poder queda sustraído a toda posible influencia de los otros dos poderes ya que reside en el propio poder judicial o en órganos de su alrededor.
-Función inspirada de otros países, especialmente Francia e Italia.
> Instrumento principal para garantizar el estatuto de los jueces magistrados y conseguir la imparcialidad e independencia del poder judicial.
> La razón de ser = garantía de los principios constitucionales del poder judicial, en especial la independencia.