Solidaridad Flashcards

1
Q

Auxiliares del trabajador

A

Si el trabajador estuviese autorizado a servirse de auxiliares, éstos serán considerados como en relación directa con el empleador de aquél, salvo excepción expresa prevista por esta ley o los regímenes legales o convencionales aplicables

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2
Q

El primer supuesto de solidaridad laboral previsto por la LCT es el de…

A

… auxiliares del trabajador

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3
Q

Auxiliares del trabajador - Cuando esto se verifica de forma reiterada,…

A

… la situación es conocida o conocible por el empleador y éste no manifiesta su oposición a la incorporación de ese nuevo auxiliar al contrato de trabajo, este último pasa a ser considerado empleado directo del principal

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4
Q

Ejemplos de casos donde se contempla expresamente la colaboración de familiares en la realización de la tarea y no rige la atribución de responsabilidad directa al empleador

A

Régimen de trabajadores de propiedad horizontal; trabajo rural

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5
Q

Art. 29 de la LCT - Interposición y mediación

A

Los trabajadores que habiendo sido contratados por terceros con vista a proporcionarlos a las empresas, serán considerados empleados directos de quien utilice su prestación. En tal supuesto, y cualquiera que sea el acto o estipulación que al efecto concierten, los terceros contratantes y la empresa para la cual los trabajadores presten o hayan prestado servicios responderán solidariamente de todas las obligaciones emergentes de la relación laboral y de las que se deriven del régimen de la seguridad social.

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6
Q

La interposición de personas suele establecerse con el propósito de…

A

… dejar a salvo el patrimonio del real interesado en la prestación, pues la persona interpuesta suele tener una menor solvencia

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7
Q

Art. 29 bis de la LCT - Servicios eventuales

A

El empleador que ocupe trabajadores a través de una empresa de servicios eventuales habilitada por la autoridad competente, será solidariamente responsable con aquélla por todas las obligaciones laborales y deberá retener de los pagos que efectúe a la empresa de servicios eventuales los aportes y contribuciones respectivos para los organismos de la Seguridad Social y depositarlos en término

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8
Q

¿El régimen de las empresas de servicios eventuales es una excepción al régimen de interposición de personas?

A

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9
Q

Las empresas de servicios eventuales deben estar autorizadas por el…

A

… Ministerio de Trabajo de la Nación

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10
Q

¿Qué recaudos formales exige la ley para que la modalidad de contratación temporaria del régimen de empresas eventuales sea válida?

A

La instrumentación por escrito con expresión concreta de los motivos que justifican la contratación eventual; el registro del personal temporario en un capítulo especial del registro laboral de la usuaria; que el personal así contratado sea destinado a realizar trabajo eventual, esto es, que no sea un requerimiento de naturaleza permanente

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11
Q

Régimen de responsabilidad especial en el caso de las empresas de servicios eventuales

A

Esos trabajadores y trabajadoras se consideran empleados permanentes con prestaciones discontinuas de la empresa de servicios eventuales y sólo obligan al beneficiario real de sus prestaciones (USUARIA) por las obligaciones emergentes durante el período de desempeño temporario

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12
Q

Art. 30 de la LCT - Solidaridad en la subcontratación y tercerización

A

Quienes cedan total o parcialmente a otros el establecimiento o explotación habilitado a su nombre, o contraten o subcontraten, cualquiera sea el acto que le dé origen, trabajos o servicios correspondientes a la actividad normal y específica propia del establecimiento, dentro o fuera de su ámbito, deberán exigir a sus contratistas o subcontratistas el adecuado cumplimiento de las normas relativas al trabajo y los organismos de seguridad social. Los cedentes, contratistas o subcontratistas deberán exigir ademas a sus cesionarios o subcontratistas el número del Código Único de Identificación Laboral de cada uno de los trabajadores que presten servicios y la constancia de pago de las remuneraciones, copia firmada de los comprobantes de pago mensuales al sistema de la seguridad social, una cuenta corriente bancaria de la cual sea titular y una cobertura por riesgos del trabajo. Esta responsabilidad del principal de ejercer el control sobre el cumplimiento de las obligaciones que tienen los cesionarios o subcontratistas respecto de cada uno de los trabajadores que presten servicios, no podrá delegarse en terceros y deberá ser exhibido cada uno de los comprobantes y constancias a pedido del trabajador y/o de la autoridad administrativa. El incumplimiento de alguno de los requisitos harán responsable solidariamente al principal por las obligaciones de los cesionarios, contratistas o subcontratistas respecto del personal que ocuparen en la prestación de dichos trabajos o servicios y que fueren emergentes de la relación laboral incluyendo su extinción y de las obligaciones de la seguridad social

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13
Q

Cuando el servicio tercerizado o subcontratado (periférico) integra la actividad normal y específica propia de la principal…

A

… esta última responderá solidariamente por todas las obligaciones emergentes de los contratos del personal de sus tercerizadas

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14
Q

Requisitos a los que se supedita la responsabilidad solidaria en la tercerización

A

a) que haya subcontratación genuina de servicios (si la empresa no tiene existencia real, esto es, no tiene solvencia ni real existencia como empresa, la situación se encuadra en el supuesto genérico de fraude laboral del art. 14 LCT y la interposición en la persona del empleador del art. 29, primer y segundo párrafos), y b) que la actividad cedida o tercerizada integre la actividad propia y específica de la empresa principal, esto es, que esté integrada de un modo permanente a la actividad como un todo inescindible y que la finalidad empresaria de aquella no pueda cumplirse sin ese tramo de la actividad

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15
Q

Art. 31 de la LCT - Empresas subordinadas o relacionadas - Solidaridad

A

Siempre que una o más empresas, aunque tuviesen cada una de ellas personalidad jurídica propia, estuviesen bajo la dirección, control o administración de otras, o de tal modo relacionadas que constituyan un conjunto económico de carácter permanente, serán a los fines de las obligaciones contraídas por cada una de ellas con sus trabajadores y con los organismos de seguridad social, solidariamente responsables, cuando hayan mediado maniobras fraudulentas o conducción temeraria

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16
Q

La LCT extiende la responsabilidad de un empleador a todos aquellos con los que este integre un grupo económico de naturaleza…

A

… permanente

17
Q

Presupuestos fácticos de aplicación de la solidaridad legal del art. 31 de la LCT

A

a) demostrar la existencia de la agrupación empresaria de naturaleza permanente (que en materia laboral tiene un alcance más amplio y difuso que el de la mera vinculación societaria (esto es la tenencia dominante del capital de la sociedad que garantiza la determinación de la voluntad del ente), sino que se vincula a aspectos fácticos tales como la comunidad de bienes, personas y finalidad empresaria que caracterizan al concepto de control empresario como poder efectivo de dirección de los negocios sociales. b) probar la existencia de maniobras fraudulentas (como por ejemplo falta de registración total o parcial, fragmentación aparente de la antigüedad por renuncias y contrataciones entre distintos entes societarios del grupo, etc.) o conducción temeraria (usualmente vinculada al vaciamiento o trasvasamiento de los bienes de la empresa)

18
Q

Solidaridad por transferencia del establecimiento

A

a) la continuidad sin alteración de los contratos de trabajo existentes, con resguardo de todos sus derechos y mantenimiento de las condiciones laborales
b) la asunción de responsabilidad solidaria por parte del adquirente de todas las obligaciones que estuvieran pendientes de pago hasta la fecha de la transferencia. Esta obligación solidaria se hace asimismo extensiva a las obligaciones salariales o indemnizatorias incumplidas de contratos de trabajo extinguidos con anterioridad a la transferencia.
c) la opción a favor de los trabajadores afectados de darse por despedidos de un modo justificados si entienden que, por motivos razonables y objetivables, el reemplazo de la persona del empleador los perjudica.

19
Q

Solidaridad por transferencia del contrato de trabajo

A

En el caso en que lo transferido no es el establecimiento sino el contrato de trabajo de uno o más trabajadores, el art. 229 de la LCT exige la conformidad expresa del o los trabajadores afectados

20
Q

¿Puede haber interposición de “empresa”?

A

No. Es interposición de persona. Si es una empresa, es tercerización.

21
Q

Los “testaferros” y “prestanombres” son casos de…

A

… interposición de persona

22
Q

¿Quién es el responsable directo en la interposición de persona?

A

Quien recibe la prestación, el verdadero empleador

23
Q

¿La persona interpuesta tiene responsabilidad?

A

Sí. Responsabilidad solidaria e indirecta.

24
Q

Plenario “Vázquez” sobre interposición de persona

A

El trabajador se encuentra ‘en negro’, no registrado, en situación de clandestinidad. El trabajador tiene que estar registrado por el empleador, no por otra persona.

25
Q

¿Cómo se denomina a la empresa dominante en los casos de servicios eventuales?

A

Usuaria, porque “usa” trabajadores

26
Q

La empresa de servicios eventuales contrata al trabajador por tiempo indeterminado pero sólo le paga cuando…

A

… la empresa usuaria contrata a la empresa de servicios eventuales para “usar” al trabajador

27
Q

El contrato de trabajo con la empresa de servicios eventuales es por tiempo indeterminado y de…

A

… prestaciones discontinuas

28
Q

Plazos en el contrato de trabajo en las empresas de servicios eventuales

A

El trabajador no puede estar “clavado” más de 45 días corridos o más de 90 años en total en un año

29
Q

ANEP

A

Actividad Normal y Específica Propia

30
Q

Si lo que se terceriza es parte de la ANEP del establecimiento, hay…

A

… responsabilidad solidaria de la empresa principal

31
Q

Fallo “Rodríguez c/ compañía embotelladora”

A

la CSJN estableció que todas esas actividades no eran parte de la ANEP de la empresa principal: según la CSJN, su ANEP era “hacer jarabe”. La CSJN también dijo que “existe una fuerte presunción de inconstitucionalidad de toda ley que pretenda atribuir responsabilidad a alguien que no es verdaderamente responsable”. “El fallo es una vergüenza”

32
Q

Fallo “Benítez c/ Plataforma Cero”

A

Deja de lado la doctrina establecida por el fallo “Rodríguez c/ compañía embotelladora”

33
Q

Determinar si es ANEP o no es cuestión de…

A

… hecho y prueba (por oposición a cuestiones de interpretación de derecho) que tienen que analizar los jueces

34
Q

Criterio de necesariedad

A

La empresa principal, ¿podía prescindir de la empresa tercerizada? Si era necesaria, hay responsabilidad solidaria. Cuanto más vinculadas estén las dos empresas, mucho más probable que haya condena por responsabilidad solidaria.