S.8 Parte 3: Aprobación del acta Flashcards
Aprobación del acta
Las actas de junta o asamblea se aprobarán en la forma prevista por la ley o, en su defecto, por la escritura social. A falta de previsión específica, el acta deberá ser aprobada por el propio órgano al final de la reunión.
Quien firma el acta?
Una vez que conste en el acta su aprobación, será firmada por el secretario del órgano o de la sesión, con el visto bueno de quien hubiera actuado en ella como presidente. Cuando la aprobación del acta no tenga lugar al final de la reunión, se consignará en la fecha y el sistema de aprobación.
Articulo 202 LSC
El articulo 202 LSC: acta de la junta: 1. Todos los acuerdos sociales deberán constar en acta. 2. El acta deberá ser aprobada por la propia junta al final de la reunión o, en su defecto, y dentro del plazo de quince días, por el presidente de la junta general y dos socios interventores, uno en representación de la mayoría y otro por la minoría. 3. Los acuerdos sociales podrán ejecutarse a partir de la fecha de la aprobación del acta en la que consten.
Que sistemas caben?
Solo caben dos sistemas: aprobación en la misma junta o en su defecto en el plazo de 15 días por el presidente y dos interventores.
Quienes son los interventores?
Los interventores han de ser socios/accionistas y no es admisible que el presidente sea a la vez interventor.