S.6 Parte 1: La junta Flashcards
1
Q
Junta
A
Es la reunión del capital social que delibera y decide por mayoría los asuntos de su competencia
2
Q
Como es la junta?
A
La junta es insustituible, la adopción de acuerdos de su competencia debe realizarla forzosamente el seno de la junta.
3
Q
Que establece el artículo 160 LSC?
A
El articulo 160 LSC establece las materias que son competencia de la junta. Solo es posible delegarlas al órgano de administración en caso de expresa autorización legal. Puede ampliarse vía estatutaria.
4
Q
Que prevé la ley?
A
En particular, la ley prevé como materias delegables a los administradores la creación, supresión y traslado de sucursales y traslado de domicilio social dentro del mismo término municipal.