S.11: Parte 5: Obligaciones accesorias Flashcards
Obligaciones accesorias I
I. la prohibición de utilizar el nombre de la Sociedad y de invocar la condición de administrador, si bien se precisa ahora que el objeto ha de ser la influencia indebida en la realización de operaciones privadas;
Obligaciones accesorias II
II. la prohibición de aprovecharse de las oportunidades de negocio de la Sociedad;
Obligaciones accesorias III
III. la prohibición de desarrollar por cuenta propia o ajena actividades en competencia con la Sociedad;
Obligaciones accesorias IV
IV. la obligación de comunicar al consejo (o en su caso a la junta) cualquier situación de conflicto directo o indirecto con el interés de la Sociedad;
Obligaciones accesorias V
V. realizar transacciones con la Sociedad (salvo determinadas operaciones ordinarias y de escasa relevancia);
Obligaciones accesorias VI
VI. usar los activos sociales con fines privados;
Obligaciones accesorias VII
VII. obtener ventajas o remuneraciones de terceros asociadas al desempeño del cargo;
Que puede hacerse con estas obligaciones?
Dado su carácter accesorio, estas obligaciones pueden ser objeto de dispensa, aunque nunca con carácter general y solo para casos singulares. En función de la dispensa de que se trate, será competente la junta o el consejo.