Reglamento Calificaciones Concursos Ascensos Flashcards
¿De cuántos capítulos consta el Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos?
- Normas Generales
- Elementos Calificatorios
- Evaluaciones Primarias
- Junta de Calificación
- Publicación y Recursos
- Sanciones
- Concursos
- Ascensos
- Disposiciones transitorias
- Anexo Etapas del proceso calificatorio
Cap I Normas Generales
Art 1 Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos
¿Qué se entiende por calificación según el Reglamento?
3 ítems
Entiéndese por calificacion el procedimiento administrativo que debe seguirse para evaluar el desempeño de los funcionarios de la Comisión Administrativa, debiendo la Administración observar las formalidades del presente Reglamento.
Cap I Normas Generales
Art 1 Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos
¿Por qué principios deben guiarse los procedimientos de evaluación primaria del desempeño de los funcionarios y sus calificaciones?
4 ítems
- Igualdad de oportunidades
- Eficiencia
- Competitividad
- Excelencia
Cap I Normas Generales
Art 2 Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos
Describa el período de evaluación y calificación
3 ítems
- Comprenderá un mínimo de 12 meses y un máximo de 24 de desempeño de los funcionarios
- El período anteriormente mencionado comprenderá del primer día hábil del mes de mayo al 30 de abril precedentes
- A todos los efectos, solo podrá considerarse la actividad desarrollada por el funcionario durante el respectivo período
Cap I Normas Generales
Art 3 Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos
Qué factores se tendrán en cuenta por el evaluador para la evaluación primaria y la calificación y qué aspectos se valorarán dentro de ellos
Buen rendimiento y condiciones, mal comportamiento. HABILIDOSO. PROGRESIÓN: Calidad, cantidad; actitud de trabajo; puntualidad, reglamentos; competencia, de élite.
4 ítems (2+6+4+2 [3+5])
- RENDIMIENTO
- Cantidad de trabajo realizado
- Calidad de la labor cumplida
- CONDICIONES PERSONALES
- Conocimiento del trabajo
- Interés por el trabajo
- Capacidad para trabajar en grupo
- Iniciativa personal
- Compromiso y responsabilidad
- Prolijidad y aseo
- COMPORTAMIENTO
- Asistencia y puntualidad
- Conocimiento y cumplimiento del estatuto, las reglamentaciones y las normas vigentes en la organización
- Preocupación por el servicio o por el público
- Cuidado de las relaciones interpersonales
- HABILIDAD PARA EL DESEMPEÑO DEL CARGO
Funcionarios sin funciones de supervisión:
- Logro de objetivos
- Competencia
- Decisión
Funcionarios con funciones de supervisión:
- Capacidad de supervisión
- Capacidad en la toma de decisiones
- Liderazgo
- Planificación del trabajo
- Capacidad para evaluar a sus subordinados
Cap II Elementos Calificatorios
Art 5 Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos
Características del factor “Rendimiento”
Calidad, cantidad
2 ítems (5+2)
RENDIMIENTO
- Cantidad de trabajo realizado
El volumen, la rapidez y la oportunidad en la ejecución del trabajo encomendado, orientándolo hacia el logro de las metas y objetivos de la organización y los resultados esperados
- Calidad de la labor cumplida
Las características de la misma, así como la ausencia de errores y la habilidad en su ejecución.
Cap II Elementos Calificatorios
Art 5 Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos
Características del factor “Condiciones Personales”
3 trabajo 3 actitudes
Concepto y 6 ítems (5+3+2+2+2+3)
CONDICIONES PERSONALES
Aptitudes de índole social, personal y cultural del funcionario que inciden directamente en el cumplimiento de sus tareas
- Conocimiento del trabajo
Conocimientos teóricos, estudios y cursos de formación o especialización del funcionario relacionados con las funciones del cargo
- Interés por el trabajo
El interés del funcionario por perfeccionarse en el cumplimiento de sus obligaciones y la capacidad de obrar oportunamente
- Capacidad para trabajar en grupo
Facilidad de integración del funcionario en equipos de trabajo, así como la colaboración eficaz cuando se requiere trabajar con grupos de personas
- Iniciativa personal
Los impulsos del funcionario para proponer alternativas o soluciones a problemas y a las diferentes situaciones que
puedan plantearse en la realización de sus tareas, así como nuevos procedimientos para la mejor realización del trabajo asignado
- Compromiso y responsabilidad
El grado de adhesión que el funcionario tiene con las metas de la organización y con la oficina en donde desempeña sus tareas, así como el compromiso personal con el que asume y lleva a cabo las obligaciones propias de su cargo
- Prolijidad y aseo
Cuidado y pulcritud personal, así como la vestimenta
adecuada para la realización de las tareas propias del cargo que ocupa
Cap II Elementos Calificatorios
Art 5 Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos
Características del factor “Comportamiento”
Puntualidad, reglamentos
4 ítems (2+3+3+2)
COMPORTAMIENTO
Evalúa la conducta del funcionario en el cumplimiento de sus
obligaciones como tal
- Asistencia y puntualidad
La asiduidad en la concurrencia del funcionario al lugar de trabajo y la exactitud en el cumplimiento de la jornada laboral
- Conocimiento y cumplimiento del estatuto, las reglamentaciones y las normas vigentes en la organización
El adecuado y oportuno respeto a los mismos, a los demás deberes reglamentarios, al cumplimiento de las tareas propias de su cargo y de las órdenes y cometidos que se le impartan o encomienden
- Preocupación por el servicio o por el público
El interés demostrado en el cumplimiento de las tareas asignadas, respeto y satisfacción de quienes pudiere atender
- Cuidado de las relaciones interpersonales
La capacidad de trato del funcionario y la adaptación de su comportamiento de acuerdo con las diferentes personas con quienes interactúa
Cap II Elementos Calificatorios
Art 5 Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos
Características del factor “Habilidad para el desempeño del cargo”
Concepto y 2 ítems (3 [1+2+2]+5 [3+3+2+2+ ]) ítems
HABILIDAD PARA EL DESEMPEÑO DEL CARGO
Evalúa la idoneidad del funcionario en el desempeño de la función que su cargo le impone
FUNCIONARIOS SIN FUNCIONES DE SUPERVISIÓN:
- Logro de objetivos
La capacidad del funcionario para dar cumplimiento a los objetivos que se le hayan fijado en su asignación de tareas
- Competencia
Facilidad del funcionario para cumplir satisfactoriamente con las tareas asignadas, sin requerir más directivas que las mínimas normales y necesarias
- Decisión
Adecuado y prudente criterio para resolver por sí situaciones imprevistas que, por causas de excepción, no pueden ser consultadas al superior
FUNCIONARIOS CON FUNCIONES DE SUPERVISIÓN:
- Capacidad de supervisión
Habilidad del funcionario para orientar, coordinar y controlar las tareas de aquellos que están bajo sus órdenes
- Capacidad en la toma de decisiones
Poder de decisión del funcionario ante situaciones que requieren de su intervención, analizando adecuadamente las alternativas o soluciones, adoptando las que crea que corresponden y asumiendo las responsabilidades que esas decisiones impliquen
- Liderazgo
La capacidad demostrada para obtener resultados de sus subordinados orientados al cumplimiento de los objetivos
previamente fijados
- Planificación del trabajo
La capacidad demostrada para fijar objetivos y metas adecuados a su área de trabajo, así como la Asignación eficiente de tareas entre sus subordinados
- Capacidad para evaluar a sus subordinados
La objetividad demostrada para ello, considerando los criterios predeterminados y los estándares establecidos, de modo que refleje adecuadamente el desempeño efectivo de cada uno de ellos
Cap II Elementos Calificatorios
Art 5 Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos
Cómo se regulará la puntuación. Describir los conceptos corrspondientes a cada nivel de puntuación.
En pares
8 ítems
- De acuerdo al orden correlativo de de los números 1 a 10, correspondiendo el número 1 al inferior puntaje y el número 10 al superior.
- Todo puntaje superior o igual a 9 e inferior o igual a 2, deberá ser fundamentado por escrito.
- El evaluador primario deberá otorgar los puntajes a través de las planillas confeccionadas para tal fin, las cuales forman parte del presente Reglamento.
- 1 a 2 puntos: Nivel insuficiente. Funcionario que no cumple con sus tareas, no demuestra la eficiencia requerida, ni voluntad, ni condiciones para el cumplimiento de su función.
-
3 a 4 puntos: Nivel regular. Funcionario que cumple parcialmente con sus tareas y requiere
permanente supervisión. - 5 a 6 puntos: Nivel bueno. Funcionario que cumple con eficacia las tareas inherentes a su cargo.
- 7 a 8puntos: Nivel muy bueno. Funcionario de condiciones destacadas.
- 9 a 10 puntos: Nivel excelente. Funcionario de condiciones excepcionales.
Cap II Elementos Calificatorios
Art 6 Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos
Cómo se ponderarán los factores en la evaluación total. Cuáles tendrán más valor y cuáles menos.
Todos los factores tendrán igual ponderación en la evaluación total.
Cap II Elementos Calificatorios
Art 7 Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos
¿Qué se considerará demérito y cómo debe proceder la Administración?
3 ítems (3+3+1)
- Toda acción u omisión del funcionario a sus obligaciones estatutarias
- Infracciones a las instrucciones y órdenes de servicio
- La Administración tiene la obligación de dejar constancia en su legajo personal.
Cap II Elementos Calificatorios
Art 8 Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos
¿Cómo afectan los deméritos a la calificación del funcionario?
Concepto (5) y 5 ítems (3+3+2+2+2)
- A los solos efectos de la calificación, limitarán (registrados durante el periodo) el puntaje que se otorgue al factor Comportamiento. Los deméritos serán informados y remitidos por la oficina competente a la Junta de Calificación quien, al puntuar dicho factor, se ajustará a los siguientes criterios:
- El funcionario que haya incurrido en omisiones de firma que impliquen descuentos no podrá tener un puntaje superior a 8.
- El funcionario que haya incurrido en más de 5 ingresos fuera de hora que impliquen descuentos no podrá tener un puntaje superior a 7.
- El funcionario que haya sido amonestado no podrá tener un puntaje superior a 6.
- El funcionario que haya acumulado hasta 5 días de suspensión no podrá tener un puntaje superior a 5.
- El funcionario que haya acumulado más de 5 días de suspensión no podrá tener un puntaje superior a 4.
Cap II Elementos Calificatorios
Art 9 Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos
Definición de Evaluador Primario ¿Sobre quién recae el nombramiento y cómo es el procedimiento?
2 ítems (5+11)
- Se entiende por evaluador primario al funcionario que, como consecuencia de sus tareas, tenga personal directamente a su mando y ocupe un cargo de jefatura, debiendo tener como mínimo un grado más que los funcionarios a evaluar.
- La nómina de los evaluadores primarios y eventuales informantes deberá ser elaborada por la Secretaría mediante resolución, en el mes de abril, debiendo ser publicada antes de la última semana del mismo mes en intranet y en cartelera por un plazo de 5 (cinco) días hábiles, durante los cuales los funcionarios podrán hacer las observaciones que consideren pertinentes.
Cap III: Evaluaciones Primarias
Art 10 Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos
Cometidos del Evaluador Primario
2 ítems (5+4+4)
- Como acto preparatorio: Efectuar las evaluaciones primarias correspondientes a cada funcionario de acuerdo con lo establecido en el artículo 5°, comenzando el primer día hábil del mes de mayo del año en que corresponda calificar, elevándolas, como máximo, a la Junta de Calificación, el último día hábil del mismo mes, previo cumplimiento del literal b) del presente artículo.
- Poner en conocimiento de sus evaluaciones a los jerarcas superiores -siempre que estos no integren la Junta de Calificación- a más tardar el 20 de mayo. Dichos jerarcas dispondrán del plazo de 5 (cinco) días en el mes de mayo para firmarlas y hacer las observaciones que crean pertinentes.
- Poner en conocimiento de los funcionarios supervisados, mediante su publicación en cartelera, del puntaje otorgado en las evaluaciones primarias, dentro del plazo establecido en el literal a) del presente artículo.
Cap III: Evaluaciones Primarias
Art 11 Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos
De cuánto tiempo dispone el Evaluador Primario para elevar las evaluaciones primarias
1 ítems (3)
Dispone desde el primer día hábil del mes de mayo del año en que corresponda calificar hasta el 20 de mayo, para elevar a sus jerarcas (no integrantes de la Junta de Calificación) y hasta el último día hábil del mismo mes para elevarlas a la Junta de Calificación. O sea, un mes.
Cap III: Evaluaciones Primarias
Art 11 Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos
Características y criterios de la capacitación impartida en lo que respecta a las calificaciones
2 ítems (4+2)
- La Secretaría organizará cursos de capacitación para los evaluadores primarios y los miembros de la Junta de Calificación previo a la fecha en que deban ejercer sus funciones, a los efectos de uniformizar criterios a aplicar en las mismas.
- Se cursará invitación a aquellos jerarcas externos a la Comisión Administrativa que deban evaluar a funcionarios de ésta, por tener funcionarios de dicho órgano en régimen de comisión.
Cap III: Evaluaciones Primarias
Art 12 Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos
¿Cómo se determina el evaluador del desempeño de un funcionario que ha tenido varios supervisores durante el período a considerar?
3 ítems (2+3+2)
- Cuando un funcionario hubiere tenido sucesivamente más de un supervisor en el periodo la evaluación será producida por quien lo supervisó durante el lapso mayor.
- Cuando ello no fuere posible, la evaluación será producida por quien, en segundo término, lo supervisó durante el lapso mayor, y así sucesivamente, siendo por último dicha evaluación realizada por quien se encuentre en ejercicio de la supervisión al momento en que la misma deba producirse.
- En todos los casos y cuando ello fuere posible se recabará información complementaria de todos los supervisores que el funcionario haya tenido en el periodo, siempre que dicha supervisión se haya extendido por un lapso no inferior a dos meses.
Cap III: Evaluaciones Primarias
Art 13 Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos
¿Cómo se evalúa el desempeño de los funcionarios que se encuentran en comisión o cumpliendo funciones fuera de la Comisión Administrativa?
2 ítems (2+2)
- Será realizada por el jerarca de la oficina en la que el funcionario se encuentre efectivamente prestando servicios, a quien se le enviarán, por medio de la Secretaría, los formularios e instructivos correspondientes, especificando el plazo en que deben ser devueltos.
- La Secretaría remitirá dicha evaluación a la Junta de Calificación correspondiente. Si la evaluación no es enviada en tiempo y forma, se tendrá por no presentada.
Cap III: Evaluaciones Primarias
Art 14 Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos
¿Cómo se evalúa el desempeño de los funcionarios en situaciones especiales? ¿Cuáles son estas situaciones especiales?
3 ítems (3+8+5)
-
Servicios parciales
Cuando el funcionario hubiera prestado servicios parcialmente dentro de ese periodo será igualmente evaluado, excepto que el plazo trabajado fuera inferior a tres meses, en cuyo caso se tomará en cuenta la calificación anterior, como antecedente para la calificación definitiva. - Situaciones especiales (serán considerados como prestando efectivamente tareas en su oficina de origen)
- Funcionarios en misión oficial
- Los funcionarios en cumplimiento de cursos o pasantias de perfeccionamiento, así como el desempeño de tareas docentes, o la concurrencia a congresos o simposios u otros actos de análoga naturaleza realizados todos ellos dentro o fuera del país, cuando sean declarados por la Secretaría convenientes para el organismo.
- Funcionarios sometidos a sumario
- La Dirección de Jurídica deberá comunicar a la Junta de Calificación la nómina de funcionarios con sumario en trámite.
La calificación de los funcionarios a quienes se hubiera iniciado sumario administrativo durante el periodo a calificar será provisoria hasta que recaiga resolución definitiva. Resuelto el sumario, la Junta deberá efectuar la calificación definitiva del funcionario teniendo en cuenta el resultado de aquél para emitir su juicio y eventualmente, se podrá dejar sin efecto el ascenso fundado en la calificación provisoria.
Cap III: Evaluaciones Primarias
Art 15 Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos
Cómo se establecerán las Juntas de Calificación
2 ítems (1+3)
- Las establecerá la Secretaría
- Debe existir una única Junta de Calificación por cada escalafón y serie, salvo en los casos en que, por haber un número elevado de funcionarios a calificar, la Secretaría entienda necesario establecer más de una.
Cap IV: Junta de Calificación
Art 16 Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos
Cómo se integrarán las Juntas de Calificación
5 ítems (3+2+2+2)
- Los integrantes de cada Junta serán nombrados por la Secretaría el primer día hábil del mes de mayo. Las mismas actuarán con autonomía de criterio.
- Las integrará el Secretario o un Prosecretario.
- Las integrará el funcionario del grado máximo del escalafón y serie a calificar que ejerza efectivamente las tareas propias de su cargo.
- Un representante de los funcionarios, electo de acuerdo con los artículos 21 y 22.
- Cuando sea imposible lo anterior, dos de sus integrantes serán designados por la Secretaría y el restante será el representante de los funcionarios, electo de acuerdo con los
artículos 21 y 22.
Cap IV: Junta de Calificación
Art 17 y 18 Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos
Cuál deberá ser el grado jerárquico de los integrantes de las Juntas de Calificación
2 ítems
- Será superior al de los funcionarios a calificar, a excepción del representante de los funcionarios.
Cap IV: Junta de Calificación
Art 19 Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos
Cometidos de la Junta de Calificación
4 ítems (2+2+2+2)
- Convocar (consultar) al evaluador primario previo a calificar a los funcionarios por él evaluados; asimismo, la Junta tendrá el derecho de convocar a aquellos jerarcas a que refiere el literal b) del artículo 11 para ilustrar sobre sus observaciones (los superiores del evaluador primario, que no integran la propia Junta).
- Calificar a los funcionarios tomando como antecedentes las evaluaciones primarias existentes en el período. Si no hubiere ninguna evaluación se tomará en cuenta la calificación anterior, debidamente ponderada de acuerdo a los puntajes establecidos en el presente Reglamento.
- Consignar sus actuaciones en actas, las que deberán estar firmadas por sus integrantes.
- Fundamentar su decisión, si el puntaje otorgado a cada elemento se apartase en más de un 5% (cinco por ciento) del puntaje más beneficioso que le haya sido otorgado al funcionario en las evaluaciones primarias.
Cap IV: Junta de Calificación
Art 20 Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos
¿Cómo se eligirá a los representantes de los funcionarios en el proceso de calificación y cuáles son los requisitos para ser elegidos?
5 ítems (6+1+2+5+1)
- Será responsabilidad de la Secretaría en la primera quincena del mes de abril convocar, comunicar y apoyar la elección de los funcionarios que representarán al personal y sus dos suplentes
- Los representantes deberán tener una antigüedad mínima de 5 años en la Comisión Administrativa.
- La elección se hará por voto secreto y no obligatorio.
- Cada funcionario propondrá por escrito y en sobre cerrado el nombre de un único candidato. Integrará la Junta quien reúna la mayor cantidad de sufragios, siendo suplentes quienes le sigan en cantidad de votos.
- En caso de empate, se designará al funcionario con mayor antigüedaden la Comisión Administrativa.
Cap IV: Junta de Calificación
Art 21, 22 Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos
¿Cómo y en qué plazos se comunica la integración de las Juntas de Calificación y sus modificaciones?
3 ítems (2+2+2)
- La integración de las Juntas, será publicada en cartelera y en intranet
- Durante 5 días hábiles a partir del primer día hábil del mes de mayo.
- Toda modificación relativa al órgano calificador también deberá ser publicada dentro de los 5 días hábiles de producida.
Cap IV: Junta de Calificación
Art 23 Reglamento de Calificaciones Concursos y Ascensos