Recursos II Flashcards
Recurso de casación
Es el que busca invalidar una sentencia en los casos expresamente señalados en la ley
Semejanzas recurso de casación en la forma y en el fondo
Diferencias de la casación en la forma y el fondo
Recurso de casación en la forma
Es el acto jurídico de la parte agraviada, destinado a obtener del tribunal superior jerárquico la inválidación de un sentencia, por haber sido pronunciada por el tribunal inferior con presindencia de los requisitos legales o emanar de un procedimiento viciado al haberse omitido las formalidades esencales que la ley establece
Recurso de casación en la forma: características
- Extraordinario.
- En virtud de las facultades jurisdiccionales.
- Recurso de nulidad
- No se puede renunciar anticipadamente por RG
- De derecho estricto
Recurso de casación en la forma: tribunales que intervienen
se interpone ante el tribunal que dictó la resolución para que sea conocido por el superior jerárquico.
Recurso de casación en la forma: requisitos para ser titular del recurso
- Parte en el proceso.
- Debe haber sufrido un perjuicio con la resolución.
- Debe haber experimentado un perjuicio con la causal alegada.
- Debe haber preparado el recurso.
Recurso de casación en la forma: resoluciones contras las que procede
- Sentencias definitivas
- Sentencias interlocutorias cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación.
- Excepcionalmente: otras interlocutorias que hayan sido dictadas en 2° instancia sin previo emplazamiento o sin señalar día para la vista de la causa (cuando dicho trámite procede).
Recurso de casación en la forma: causales
- Incompetencia del tribunal
- Implicancias y recusaciones
- Tribunales colegiados con distinta conformación
- Ultra petita,
- Omisión requisitos artículo 170
- Cosa juzgada
- Decisiones contradictorias
- Apelación desistida
- En haberse faltado a algún trámite o diligencia declarados esenciales por la ley o a cualquier otro requisito por cuyo defecto las leyes prevengan expresamente que hay nulidad.
Trámites esenciales en primera o única instancia
Trámites esenciales en segunda instancia
Recurso de casación en la forma: plazo
- Sentencia de 1° instancia en el plazo de la apelación (10 días definitivas, 5 días interlocutorias), conjuntamente con éste si procede.
- Sentencia de única o 2° instancia: 15 días desde la notificación.
- Sentencia de juicio de mínima cuantía: 5 días.
Recurso de casación en la forma: prepración del recurso
Reclamación que debe haber efectuado el recurrente, respecto del vicio que invoca, ejerciendo oportunamente y en todos sus grados, los recursos establecidos en la ley (sentido amplio).
–> Busca resguardar la Buena Fe en el proceso.
Recurso de casación en la forma: requisitos prepración del recurso
- Que se haya reclamado el vicio por cualquier medio de impugnación
- Que el reclamo lo haya hecho la persona que deduce el recurso de casación en la forma
- Que el reclamo se haya ejercido en todos sus grados
- Que el reclamo se haya formulado oportunamente
Recurso de casación en la forma: casos en los que no es necesario preparar el recurso
- La ley no admite recurso alguno.
- La falta tenga lugar en el pronunciamiento mismo de la sentencia (ultrapetita, omisión requisitos 170, cosa juzgada, decisiones contradictorias).
- La falta no haya llegado antes a conocimiento de la parte (ej. no se cita a las partes a oír sentencia).
- Cuando se interpone contra sentencia de 2° instancia confirmatoria y haga suyos los vicios de ultrapetita, cosa juzgada y decisiones contradictorias. Se fundamenta en la importancia que el legislador le otorga a estas causales.
Recurso de casación en la forma: sanción a la falta de preparación
No es requisito de admisibilidad, pero traerá que el recurso sea rechazado por el tribunal ad quem, tras la vista de la causa.
Recurso de casación en la forma: forma de interponerlo
- Cumpliendo los requisitos comunes a todo escrito.
- Mencionando expresamente el vicio en que se funda
- La ley que concede el recurso por dicha causal.
- El patrocinio de abogado
- modo en que se preparó (o las razones por las cuales no es necesario hacerlo).
–> ante tribunal a quo
Recurso de casación en la forma y en el fondo: efectos del recurso
- RG solo efecto devolutivo (sentencias que causan ejecutoria).
- Excepciones:
1. Cuando su cumplimiento haga imposible llevar a cabo la que se dicte si se acoge el recurso.
2. El vencido puede solicitar la suspensión mientras no se rinda fianza de resultas por la parte vencedora. - No podrá pedir la suspensión: el demandado, en casación contra una sentencia definitiva de juicio ejecutivo, posesorio o alimentos.
Recurso de casación en la forma: tramitación ante el tribunal a quo
- Se remite en su mayoría a las normas de la apelación.
- Examen de admisibilidad: si se ha interpuesto:
1. Dentro de plazo.
2. Si cuenta con patrocinio de abogado habilitado. - La resolución que lo declara inadmisible es susceptible de reposición en 3° día (por error de hecho).
- Si se declara admisible, se remite electrónicamente al tribunal ad quem.
Recurso de casación en la forma: tramitación ante el tribunal ad quem
- Ingreso del expediente y certificado de ingreso del secretario
- Examen de admisibilidad (en sala conociendo en cuenta)
- Vista de la causa
- Prueba (podrá rendirse prueba respecto de la causal, en un término superior a 30 días)
Recurso de casación en la forma: examen de admisibilidad tribunal ad quem
- Si la sentencia:
1. Es susceptible de casación.
2. Si se interpuso dentro de plazo.
3. Si cuenta con patrocinio de abogado habilitado.
4. Si se menciona expresamente el vicio en que se funda.
5. Si se menciona la ley que concede el recurso por la causal invocada. - Si se declara admisible, se dictará la resolución autos en relación.
- La resolución que lo declara inadmisible es susceptible de reposición en 3° día.
- Si es inadmisible pero el tribunal estima procedente casar de oficio, podrá decretar autos en relación.
Recurso de casación en la forma: formas de terminación
- RG: fallo del recurso.
- Medios directos anormales: desistimiento del recurso.
- Medios Indirectos anormales: abandono del procedimiento, desistimiento de la demanda.
Recurso de casación en la forma: ¿quién dicta el fallo del recurso?
- RG nulidad, se reenvía el expediente al tribunal que tiene que conocer el asunto y pronunciar nueva sentencia, determinándose el estado en que queda el proceso.
- El tribunal ad quem dicta la sentencia de reemplazo cuando el fundamento del recurso haya sido alguna de la siguientes causales:
1. Ultrapetita
2. Omisión de los requisitos del 170 CPC
3. Cosa juzgada alegada en juicio
4. Decisiones contradictorias
Recurso de casación en la forma: interposiciones conjuntas
- Casación y apelación: si se da lugar a la casación, se tendrá por no interpuesta la apelación.
- Ambas casaciones: se fallan juntos, si se acoge la casación en la forma, se tiene por no interpuesta la en el fondo.
Recurso de casación en la forma de oficio
facultad de los tribunales superiores para declarar la invalidez de una sentencia por las causales establecidas en la ley para el recurso de casación en la forma, sin que sea necesario actuación de parte.
Recurso de casación en la forma oficio: características
- Aplicación principio inquisitivo o de oficialidad
- El tribunal puede casar de oficio por cualquiera de las causales del art. 768 CPC, aunque el recurso no se haya interpuesto o se haya interpuesto por otra causal.
- Cuando el tribunal ejerce esta facultad, el recurso de la parte de igual carácter se tiene por no interpuesto.
- No requiere ser preprado
- Esuna facultad de los tribunales superiores de justicia
Recurso de casación en la forma de oficio: requisitos
- Tribunal debe estar conociendo del asunto por apelación, consulta, casación o en alguna incidencia (admisibilidad, recurso de queja).
- Debe existir un vicio del 768 CPC.
- Debe aparecer de manifiesto el vicio en los antecedentes del recurso.
Recurso de casación en la forma de oficio: procedimiento
el presidente del tribunal debe indicarles a los abogados sobre que causal alegar y oírlos. Luego dictará sentencia, decretando la invalidez del fallo, reenviando el expediente al tribunal competente o fallando el fondo si corresponde.
Recurso de casación en el fondo
AJ de la parte agraviada con determinadas resoluciones judiciales, para obtener de la Corte Suprema su invalidación, por haberse pronunciado con infracción de la ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, y que la reemplace por otra resolución en que la ley se aplique correctamente.
Recurso de casación en el fondo: objetivos
- Correcta aplicación de la ley.
- La uniforme aplicacipon de la ley, para hacer efectiva la garantía de igualdad ante la ley.
Recurso de casación en el fondo: rechazo in limine
a fin de que no proliferaran los recursos de casación en el fondo se otorga a la CS la facultad de que aún cumpliendo todos los requisitos de forma la Corte lo rechace si en opinión unánime de sus integrantes adolece de manifiesta falta de fundamentos.
Recurso de casación en el fondo: características
- extraordinario,
- recurso de nulidad (también enmienda),
- competencia exclusiva de la CS
- de derecho estricto
- Es renunciable.
Recurso de casación en el fondo: tribunal
se presenta ante el tribunal que dictó la resolución (CA o tribunal arbitral de derecho de 2° instancia), para ser resuelto por la CS.
Recurso de casación en el fondo: resoluciones contra las que procede
- Sentencias definitivas o interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación.
- Inapelables.
- Pronunciadas por una CA o tribunal arbitral de derecho de 2° instancia.
¿Se pueden modificar los hechos en el recurso de casación en el fondo?
No constituye instancia, aunque podrá modificarse los hechos cuando las leyes infringidas sean aquellas reguladoras de la prueba:
1. Se admite un medio probatorio no señalado por la ley (o se rechaza uno que la misma admite).
2. Cuando se infringen las leyes que regulan el valor probatorio.
3. Cuando se altera la carga de la prueba.
Recurso de casación en el fondo: titular
- Debe ser parte en el juicio.
- Haber sufrido agravio (por la sentencia y por la infracción de ley en que se incurrió, la que ha influido substancialmente en el fallo).
Recurso de casación en el fondo: causal
Causal genérica: Art. 767 CPC. “El recurso de casación en el fondo tiene lugar (…) siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia”.
¿Cuál es el alcance del término ley en la causal génerica del recuso de casación en el fondo?
- Alcance amplio de la voz “ley”: CPR, ley propiamente tal, DL, DFL, tratados internacionales, costumbre según o en silencio de ley, ley extranjera cuando sea aplicable.
- Hay discusión de si procedería interponerlo respecto de la ley del contrato: una parte de la doctrina dice que procede en base al 1545 “contrato es ley para las partes” y la otra parte considera que el contrato no es ley en sentido estricto y que el legislados usa esta frase metafóricamente.
- Respecto a su naturaleza, la infracción de leyes sustantivas siempre será susceptible de casación en el fondo. Respecto de las leyes procesales, nunca procederá casación en el fondo si esa infracción es susceptible de invalidarse por vía de casación en la forma.
- Sobre las leyes reguladoras de la prueba, nunca puede interponerse contra leyes que regulan la apreciación de la prueba por el tribunal, pues es una atribución exclusiva de los jueces de instancia.
Leyes ordenatoria litis
Son las que regulan las formas y el avance del procedimiento, como la que establece la oportunidad para hacer valer la cosa juzgada
Leyes decisioria litis
se caracterizan porque sirven para resolver la cuestion controvertida al ser aplicada, como la que establece la triple identidad para hacer valer la cosa juzgada
*Solo la infracción de estas posibilitan la interposición del recurso de casación en el fondo
¿Cuáles son las maneras de infringir la ley?
a. Contravenirla formalmente: prescindiendo de ella o fallando en oposición a texto expreso.
b. Interpretarla erróneamente: no aplica las normas de interpretación.
c. Falsa aplicación de la ley: aplicarla a un caso no regulado o no aplicarla a un caso regulado
¿Qué significa que la infracción a la ley haya influido sustancialmente en los dispositivo del fallo?
se produce cuando la corrección del vicio cometido en la sentencia importa la modificación total o parcial de su parte resolutiva. Es decir, cuando la infracción de la ley determina el sentido de la sentencia.
Recurso de casación en el fondo: forma de interponerlo
- Por escrito.
- Cumpliendo los requisitos comunes a todo escrito.
- Firma del abogado patrocinante.
- Expresando en qué consiste el error de derecho que adolece la sentencia (ya no hay que individualizar cada ley y la forma de infracción).
- Señalando qué modo ese error influye sustancialmente en lo dispositivo del fallo.
- Plazo: 15 días desde la notificación de la sentencia.
Recurso de casación en el fondo: tramitación ante el tribunal a quo
I. Deduce el recuro ante el tribunal a quo
II. Examen de admisibilidad: si se ha interpuesto:
1. Dentro de plazo.
2. Si cuenta con patrocinio de abogado habilitado.
- La resolución que lo declara inadmisible es susceptible de reposición en 3° día (por error de hecho).
3. Si se declara admisible, se remite electrónicamente al tribunal ad quem.
Recurso de casación en el fondo: tramitación ante el trinunal ad quem (CS)
- Ingreso del expediente y certificado de ingreso del secretario
- Examen de admisibilidad
- Vista de la causa
Recurso de casación en el fondo: facultad de conocer el recurso en pleno
Cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar, dentro del plazo del artículo 200 CPC, que el recurso sea conocido y resuelto por el pleno de la CS.
Debiendo fundarse la solicitud en el hecho que la CS en fallos diversos, ha sostenido diversas interpretaciones sobre la materia de derecho objeto del recurso.
Si la CS lo rechaza, procede resposición dentro del 3° día.
Recurso de casación en el fondo: requisitos examen de admisibilidad tribunal ad quem
- La sentencia es susceptible de casación.
- Si ha sido interpuesto dentro de plazo.
- Si ha sido patrocinado por abogado habilitado.
- Si se hizo mención expresa del error de derecho de que adolece la sentencia recurrida, señalando de qué manera ese error influye sustancialmente en lo dispositivo del fallo.
Recurso de casación en el fondo: efectos del examen de admisibilidad tribunal ad quem
- En sala conociendo en cuenta
1. Si el recurso cumple con los requisitos: el tribunal dicta “autos en relación”
2. Si el recurso no cumple con los requisitos: el tribunal lo declara inadmisible por resolución fundada
3. Si el recurso no cumple con los requisitos, pero advierte posible casación de oficio: “autos en relación”
4. Si el recurso adolocede de manifista falta de fundamento: rechazar in limine
Recurso de casación en el fondo: rechazo in limine
en el marco del examen de admisibilidad, la sala respectiva podrá, no obstante haberse cumplido con los requisitos formales, rechazar de inmediato el recurso si en opinión unánime de sus integrantes, adolece de manifiesta falta de fundamento, debiendo fundamentarlo.
En contra de dicha resolución procede reposición dentro de 3° día.
Recurso de casación en el fondo: particularidades vista de la causa
- no se admite prueba
- se puede admitir un informe en derecho por parte
Recurso de casación en el fondo: formas de terminación
- RG fallo del recurso.
- Medios Anormales Directos: desistimiento del recurso, inadmisibilidad, rechazo in limine.
- Medios Anormales Indirectos: abandono del procedimiento, desistimiento de la demanda.
Recurso de casación en el fondo: fallo del recurso
- Plazo para fallar: 40 días
- Respecto al fallo, la CS puede:
a. Rechazar el recurso: los autos deben devolverse al tribunal de 2° instancia, quien los remitirá al de primera para su cumplimiento.
b. Acogerlo, debiendo dictar 2 sentencias: sentencia de casación (invalida la sentencia recurrida) y sentencia de reemplazo (aplica correctamente la ley, pero manteniendo las consideraciones de hecho contenidas en la parte considerativa de la sentencia recurrida).
Recurso de casación en el fondo de oficio
Es la facultad de la CS para invalidar una sentencia en los casos en que rechace el recurso de casación en el fondo, pero advierta en su sustanciación que impliquen infracción de ley que influya sustancialmente en lo dispositivo del fallo
–> 785 CPC, cuando se rechaza el recurso por defectos formales. No se usa mucho.
Recurso de nulidad
AJ procesal del interviniente agraviado, destinado a obtener la invalidación del procedimiento o solo de la sentencia definitiva pronunciada por el TOP o JG, de parte del tribunal superior jerárquico por las causales legales.
Recurso de nulidad: características