Principios de la Contratación Flashcards
¿Cuáles son los fundamentos de la Autonomía de la Voluntad?
1) Fundamento filosófico: Libertad natural de hombre.
2) Fundamento económico: Liberalismo económico e iniciativa individual.
¿Qué es el consensualismo contractual?
La teoría según la cual los contratos quedan perfectos por la sola manifestación de las voluntades de las partes. Históricamente los contratos han tendido a ser formales, sólo últimamente nace el consensualismo contractual.
¿Cuáles son las dos grandes categorías de los contractos consensuales?
1) Propiamente consensuales. (CV de cosa mueble).
2) Consensuales formales: son consensuales, pero sujetos a ciertos formalismos, como el contrato de trabajo que siendo consensual requiere pactarse por escrito.
¿Qué excepciones y atenuantes existen al principio de consensualismo contractual?
1) EXCEPCIONES: Contratos solemnes y contratos reales.
2) ATENUANTES:
a. Formalidades habilitantes (protección a incapaces).
b. Formalidades de publicidad (para dar noticia a terceros).
c. Formalidades de prueba (sólo así pueden probarse en juicio).
d. Formalidades convencionales (pactadas por las partes).
¿Cuáles son los límites al principio de la libertad contractual?
La ley, el orden público y las buenas costumbres.
¿Qué aforismo jurídico retrata al principio de la fuerza obligatoria de los contratos?
Pacta sunt servanda.
¿Qué diferencias básicas podemos encontrar entre la ley y el contrato?
1) Objeto reglamentado.
2) Procedimiento de formación.
3) Vigencia.
4) Interpretación.
Por regla general, el contrato válidamente celebrado no puede ser modificado ni por el legislador ni por el juez… ¿conoce usted alguna excepción?
1) Leyes de emergencia (transitorias).
2) Normas permanentes (que interpretan legalmente cláusulas, que pasan por alto lo acordado en virtud de un acontecimiento, que ordenan mantener una relación contractual expirada).
3) Leyes especiales que modifican contratos en curso (se dictan con efecto retroactivo).
¿Qué teoría se ha desarrollado para evitar que la aplicación inflexible del axioma pacta sunt servanda conduzca a resultados injustos para una de las pares?
Teoría de la imprevisión: Según la cual, los jueces estarían autorizados para prescindir de la aplicación del contrato al pie de la letra. Admite revisión judicial del contrato, y su resolución por excesiva onerosidad sobreviniente.
¿En qué casos el CC acepta la teoría de la imprevisión?
1) Art. 2180: Comodante puede pedir anticipadamente la restitución de la cosa si sobreviene una necesidad imprevista de ella.
2) Art. 2003: Empresario puede pedir revisión judicial del contrato de construcción por suma alzada si circunstancias desconocidas ocasionan costos imprevisibles.
¿En qué casos el CC rechaza la teoría de la imprevisión?
1) Art. 1983: Arrendatario de predio rústico no puede pedir rebaja de renta si sobreviene destrucción de la cosecha.
2) Art. 2003: Empresario no puede pedir aumento de precio si aumenta el valor de materiales o mano de obra.
¿Existe un tratamiento orgánico de la teoría de la imprevisión en el CC?
No.
¿Qué argumentos existen para acoger la teoría de la imprevisión en nuestro CC?
1) De no aceptarse, no se estaría ejecutando el contrato de buena fe (1546).
2) Deudor puede alegar que incumplimiento significa una diligencia mayor a la exigida por ley (1547)
3) No habría dolo en el incumplimiento, pues son daños imprevistos (1558).
4) No se estaría teniendo a la vista la intención original de las partes al contratar (1560).
¿Qué solución se está dando en el derecho comparado moderno a la excesiva onerosidad sobreviniente en el cumplimiento de un contrato?
CLÁUSULA HARDSHIP, que permite a las partes exigir una adaptación del contrato a las nuevas circunstancias que hacen más oneroso el cumplimiento del contrato.
¿Cómo terminan los contratos, es decir, se agota su fuerza obligatoria?
1) Terminación normal: obligaciones se cumplen, plazos se vencen, etc.
2) Terminación anormal: por causas legales o voluntad de las partes.
a. Resciliación.
b. Causas legales: Nulidad, resolución, caso fortuito, muerte de contratante.
¿La Corte Suprema puede acoger recursos de casación en el fondo por infracción a la fuerza obligatoria de los contratos? ¿La ley del contrato está comprendida en la expresión “ley” del Art. 767 del CPC?
Se discute. Razones a favor:
1) Si es ley para las partes, debiese serlo para el juez.
2) Principio de libertad contractual.
3) Jurisprudencia actual.