Parcial 2-Contratos innominados y compraventa Flashcards
¿Por qué se les llama contratos INNOMINADOS?
Porque durante mucho tiempo no se les protegido.
Su causa civil es muy variada, porque no solo exige la entrega de una cosa o realización de una prestación, sino además una conducta determinada de la otra parte
¿Cómo se protegen procesalmente los contratos Innominados?
CONDICTIO OB CAUSA DATORUM (CONDICTIO CAUSA NON SECUTA): Es para obtener la devolución de lo entregado
ACTIO PRAESCRIPTIS VERBIS: Busca la obligación del deudor, mediante el cumplimiento FORZOSO
ACTIO DOLI: Si lo que se había entregado era un hacer, se pedía el resarcimiento del perjuicio causado
CONDICTIO EX POENITENTIA: Para rescindir del contrato, independientemente de la culpa o mora del otro, obteniendo la devolución (Justiniano)
¿Qué es la PERMUTA? ¿Se puede decir que es una especie de compraventa? Responde de acuerdo a las posturas de las escuelas romanas
Uno de los contratantes entrega o transfiere la propiedad de una cosa a la otra parte, a cambio de la propiedad de otra cosa.
SABINIANOS: Es compraventa, no es esencial que el precio sea en dinero
PROCULEYANOS: No es compraventa porque no hay precio apreciable
- La CV se perfecciona con el consentimiento, no la entrega
- En la CV hay precio
- En la CV hay rescisión por lesión
- La condictio solo es en permuta
- La CV se puede dar por promesa
LA POSICIÓN CORRECTA ES QUE NO ES COMPRAVENTA
¿Qué es la estimación?
El propietario de una cosa, la entrega a otra persona, tasando su valor para que esta última la venda y le entregue el precio. En caso de no vender la cosa, se debe devolver (Es la venta a consignación)
¿Qué es la entrega a inspección?
Una persona entrega a otra una cosa para que la someta a prueba y la adquiera si es de su agrado.
También es para que la examine y de un dictamen sobre su valor, cuantía, etc.
¿Qué es el contrato de precaria? ¿Qué tipo de protección tiene?
El precaristaes una persona que recibe gratuitamente el uso de una cosa (generalmente inmueble) o derecho con la obligación de devolverla a quien se la entregó.
Tiene protección interdictal
¿Cómo se distinguen el contrato de precarista y el de comodato?
- El comodatario no puede ser privado de la cosa hasta que se termine el plazo
- El comodatario tiene la simple detentación o possessio, la cual NO lleva a usucapir.
¿Qué es la transacción?
Acuerdo entre las partes por el cual se hacen reciprocas concesiones para evitar un litigio o darle fin a este.
¿Qué es la emptio vendimio? ¿Cuál es su naturaleza jurídica?
Contrato consensual de buena fe, bilateral perfecto, por el cual el VENDITOR se obliga a entregar la posesión pacifica y definitiva de una cosa a otro llamado EMPTOR, a cambio de la entrega de un PRETIUM por parte de este último.
La CV de la compraventa es el consentimiento, pues su nat. jurídica es la de un CONTRATO OBLIGACIONAL, porque no concede derechos reales
Señala los mecanismos de protección procesal de la compraventa
- Actio Empti
- El comprador reclama la entrega de la cosa vendida o el disfrute pacifico de la misma - Actio Venditi
- Del vendedor para reclamar el pago del pretium, de intereses o de gastos de conservación de la cosa - Actio Publiciana
- Defiende la posesión que lleva a usucapir
¿Cuál es el objeto de la compraventa?
La MERX, cosas de cualquier tipo que sean in commercium. Ya que la compraventa no transmite dominio, el vendedor puede no ser el propietario, sino un poseedor con justa causa traditionis.
La merx NO puede ser:
- Bienes adventicios de un filio
- Cosas de pupilos a tutores
- Fundos de una provincia al gobernador
Menciona y explica las dos modalidades de compraventa de cosas futuras
- Emptio Rei Speratae: El objeto son cosas que se esperan a futuro. Solo se pagaran si llegan a existir
- Emptio Spei: El objeto son cosas de las cuales no se tiene certeza si existiran o no. El precio se paga de igual manera
Menciona las características del PRETIUM
- VERUM: Veraz y efectivo, no simulado
- CERTUM: Cierto y conocido, determinante por acuerdo de partes o en base a parámetros conocidos
- IN PECUNIA NUMERATA: En dinero
- IUSTUM: Justo (Justiniano: al menos 50% del valor)
¿Cuáles son las obligaciones del EMPTOR?
- Pagar el precio (inmediatamente si no hay plazo. Salvo pacto en contrario, primero se paga)
- Indemnizar al vendedor de los gastos
- Pago de intereses
- Corre el riesgo del periculum est emptoris
¿Cuáles son las obligaciones del VENDITOR?
- Conservar la cosa
- Entregar la cosa
- Responder en caso de evicción (por el precio, por el doble del precio, por perjuicios)
- Saneamiento por vicios ocultos (cualquier defecto no visible que disminuya el valor de la cosa)