Parcial 2-Conducta de los Sujetos Flashcards
¿Qué es el Dolo (menciona sus características y qué conlleva)?
Es cualquier maquinación engañosa con intención de inducir a otra persona a realizar un acto jurídico que de otra manera no hubiera hecho. Es antijurídico, consciente y querido.
Del dolo siempre se responde, aun en pacto en contrario, imposibilita la solutio pero obliga al resarcimiento del daño causado.
¿Qué es la culpa y en base a qué criterios se clasifica?
Es la falta de cuidado o negligencia. Se clasifica así:
EXISTENCIA DE UN CONTRATO
-Contractual (Entre un deudor y un acreedor en relación a una obligación pendiente entre ambos)
-Extracontractual (Dos personas extrañas sin relación previa)
GRAVEDAD
- Lata (Descuido extremo y burdo. No se prevén cosas que cualquiera hubiera previsto, es cercana al dolo e imperdonable)
- Levis (No usar aquella diligencia que un tipo medio de familia pone en sus asuntos. Es más atenuado y perdonable)
- Levisima (Descuido de personas que son expertas en la materia, es el más grave y es imperdonable)
SEGÚN UN MODELO A SEGUIR
- In Abstracto (Se compara la conducta del deudor con la de un tipo medio de familia, un modelo a seguir)
- In concreto (Se compara la conducta del deudor con la que él mismo seguía. Es un atenuante que puede aumentar o disminuir la culpa)
COMPORTAMIENTO DEL DEUDOR
- In Facendi (Se refiere al actuar del deudor, el HACER, que hace imposible la obligación)
- In Omitiendo (Se refiere a la FALTA DE HACER ALGO, que hace imposible el cumplimiento)
¿Cómo se determinaba la responsabilidad en los Derechos Antiguo y Clásico? ¿Cómo se llamaba ese criterio?
Predomino el criterio de la UTILITAS CONTRAHENDUM
- Hay Interes contractual del deudor=CULPA
- No Hay Interes contractual del deudor=DOLO
¿Cómo se determinaba la responsabilidad con Justiniano?
- CULPA LATA=DOLO
- CULPA LEVIS=CULPA
- Mandatario, tutor y gestor de negocios responden por culpa y no por dolo
- La CULPA IN CONCRETO será para los socios en una sociedad, el esposo en la devolución de la dote o los condóminos
- Las obligaciones de DERECHO ESTRICTO, responden por culpa levis
¿Qué son la Fuerza Mayor y el Caso fortuito?
Todas aquellas causas ajenas a la acción del hombre, que son impredecibles e imposibilitan el cumplimiento de la prestación. No se le pueden imputar al deudor, pero el objeto de la obligación es el que debe quedar imposibilitado.
Se puede pactar que aun así, sea responsable el deudor.
¿Qué es la Custodia?
El cuidado al que esta obligado el deudor, de conservar una cosa durante cierto tiempo una cosa y luego entregarla.
¿Qué es la Custodia Praestare?
Es la custodia que se basa en la actividad que desempeña el deudor y otros factores, y por lo tanto es más objetiva.
Siempre habrá responsabilidad, aun en caso de CF o FM
Aplica para Nautos, Caupos y Stabularis
¿Qué es la responsabilidad por culpa ajena y cómo se responde por ella?
Casos en los que el incumplimiento es causado por terceros que auxilian al deudor en el cumplimiento. La culpa será del deudor por negligencia in eligendo, o in vigilando.
La obligación continua si se hace imposible, pero ahora tendrá por objeto una indemnización pecuniaria
¿Qué es la Mora y cuál es el requisito para que se pueda reclamar? ¿Cuáles son los dos tipos de mora?
Es un retardo injustificado en el cumplimiento de la prestación por parte del deudor o la obstaculización por parte del acreedor a recibir la prestación. Requiere de la INTERPELATIO.
- MORA DEBITORIS
- MORA CREDITORIS
¿Qué es la mora creditoris y cuáles son sus requisitos y efectos?
Es aquella que se da por el acreedor.
REQUISITOS:
- El deudor debido ofrecer el pago en tiempo y forma
- Negativa injustificada de recibir el pago
EFECTOS:
- Libera de toda responsabilidad al deudor
- Acreedor responde por CF o FM
- Pago de gastos de conservación
- Pago de intereses moratorios
- Se deja la cosa en consignación con el pretor
¿Qué es la mora debitoris y cuáles son sus requisitos y efectos?
Se da por el deudor.
REQUISITOS:
- Interpelatio del acreedor
- No pago del deudor
- Obligación civil
- Obligación exigible
- Retraso imputable al deudor
EFECTOS:
- La deuda se perpetua
- Pago de intereses moratorios (pactados o en la ley)
- CF y FM caen sobre la carga del deudor
¿Qué es la Purgatio Morae?
Cuando el acreedor recibe la prestación tarde, pero no cobra intereses.