Parcial 1-El Negocio Jurídico Flashcards
¿Qué es el Negocio Jurídico?
Es un ACTO DE COMUNICACIÓN por el cual los particulares AUTORREGULAN DE MODO VINCULANTE sus propios intereses dentro del marco previsto y limites establecidos por el ORDEN JURÍDICO.
¿Por qué el Negocio Jurídico es un acto de comunicación y no una declaración de la voluntad?
- Las personas no solo se comunican verbalmente
- Puede haber pluralidad de sujetos, y por tanto, más de una voluntad
- Hay declaraciones de la voluntad que no implican un NJ
¿Cuáles son los tipos o clases de negocios jurídicos?
- Unilaterales y Bilaterales (# voluntad)
- Onerosos y gratuitos (beneficio patrimonial)
- Inter vivos y Mortis Causa (cuando producen efectos)
- Abstractos y Causales (¿al derecho le interesan sus causas?)
- Solemnes y No Solemenes (formalidades y requisitos)
¿En qué tipos se clasifican los elementos del Negocio Jurídico?
Esenciales, Naturales y Accidentales
¿Qué y cuáles son los elementos ESENCIALES del Negocio Jurídico?
Son todos aquellos elementos necesarios para la existencia del Negocio Jurídico. Si no los hay, no hay NJ. Pueden ser:
- Generales (Capacidad de Obrar, Legitimación, licitud, forma y tres status)
- Particulares (ej. Cosa y precio en la compraventa)
¿Qué son los elementos naturales de un negocio jurídico?
Aquellos elementos ya previstos por el Orden Jurídico, sin que las partes los pacten.
Ejemplo: Saneamiento en el caso de la evicción
¿Qué y Cuáles son los elementos ACCIDENTALES del NJ?
Son todos los que las partes mencionan y pactan, con carácter vinculante entre ellos. Son la condición, el modo y el término
¿Qué es la condición?
Es un hecho futuro e incierto (excluyendo la necesidad, pues si es así, igual ha de realizarse, e imposibilidad)del que las partes hacen depender los efectos del NJ.
¿Cuál es la postura de los proculeyanos y de los sabinianos frente a un hecho imposible?
Para los sabinianos, era nula TODA la obligación.
Para los: “Si la condición en la stipulatio es imposible de realizar, toda la stipulatio es nula. Pero si la condición es imposible en un legado, se tiene por no puesta y el legado es válido”
¿Cuáles son las posturas de los Derechos Clásico y Justiniano respecto a la inmoralidad de una condición?
DC: Se le negaba eficacia a la condición en la vía procesal, y todo lo demás valía.
J: Todo el negocio era inválido
¿Por qué no son condiciones las iuris o tácitas?
Porque no las determinan la voluntad de las partes, sino que son requisitos del ordenamiento jurídico. Por ejemplo: “Te doy la dote si te casas” es un error, pues la dote con Justiniano era ya un deber jurídico
¿Cómo se puede clasificar a la condición? (Señala los criterios y su contenido)
Según:
- La naturaleza del hecho
- Positivas: Tiene que suceder
- Negativas: No tiene que suceder - La naturaleza del evento
- Potestativas: Dependen de la voluntad
- Casuales: Depende del azar (o un tercero)
- Mixtas: Depende de ambos - Por los efectos que produce
- Suspensivas: De ella depende el perfeccionamiento del NJ
- Resolutorias: De ella depende el cese de los efectos del NJ
En el caso de la condición SUSPENSIVA, ¿qué ocurre en los siguientes casos?
- Pendiente Conditio
- Conditio Exit
- Conditio Deficit
- Efectos principales suspendidos. Se dan efectos preventivos para asegurar que se den los principales
- Se producen todos los efectos jurídicos, se retrotraen a la fecha en que se gesto la RJO
- La obligación caduca y los efectos preventivos se suspenden
En el caso de la condición RESOLUTORIA, ¿qué ocurre en los siguientes casos?
- Pendiente Conditio
- Conditio Exit
- Conditio Deficit
- Se producen efectos normales.
- La obligación se resuelve y vuelven las cosas a su estado anterior, salvo pacto en contrario o imposibilidad
- Se continúan produciendo efectos como si el acto se hubiera pactado pura y simplemente
¿Qué es el término y cómo se clasifica?
Es un acontecimiento o fecha futura y totalmente cierta. Se clasifica en suspensivo (cuando el NJ comienza a surtir efectos) o resolutorio (cuando cesan los efectos del NJ.)