Pagos Internacionales Flashcards

1
Q

Qué se debe de hacer siempre en las negociaciones?

A

Siempre en las negociaciones hay que prever y buscar minimizar los problemas.

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2
Q

¿Cuál es el mayor problema en las negociaciones internacionales?

A

El mayor problema tanto local, como internacionalmente es el impago.
Encontrar la forma de pagarle de tal forma que yo tenga seguridad y él también.

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3
Q

Medios de pago

A
  • Pagos en efectivo
    • Cheques internacionales
    • Giros Bancarios
    • Órdenes de pago
    • Transferencias bancarias
    • Cobranzas internacionales
    • Créditos documentarios o Cartas de Crédito
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4
Q

¿Cuáles medios de pago hay garantía de que cumplan las dos partes?

A

Unicamente la carta de crédito

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5
Q

Características de las cartas de crédito

A

○ son las más utilizadas, confiables y seguras de las dos partes.
○ Promesa de pago del banco (Banco Emisor), que por instrucciones de su cliente (Ordenante), pagará determinada suma de dinero a una persona o empresa (Beneficiario), a través de alguno de sus corresponsales (Banco Notificador) o banco del beneficiario.
○ Siempre y cuando sean cumplidos ciertos requisitos, éstos por regla general, son la entrega de las mercancías y documentos en un lugar y fecha estipulada claramente.

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6
Q

Flujo de la Carta de Crédito

A
  1. Mediante un documento, el importador solicita al Banco Emisor la apertura del Crédito Documentario.
    1. El banco, tras el correspondiente estudio de riesgos, emite el Crédito Documentario al Beneficiario.
    2. El Banco Avisador comunica la apertura del Crédito Documentario al Beneficiario.
    3. El Exportador embarca las mercancías y las hace llegar hasta el país de destino.
    4. El Beneficiario entrega documentos al Banco Avisador.
    5. El Banco Avisador envía los documentos recibidos al Banco Emisor.
    6. El Banco Emisor paga al Banco Avisador.
    7. El Banco Avisador abona al Beneficiario.
    8. El Banco Emisor adeudará en cuenta al importador y le entregará los documentos.
    9. El Importador presenta la documentación en la aduana y retira la mercancía.
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7
Q

Clasificación de la carta de crédito

A

Las Cartas de Crédito o Créditos Documentarios se clasifican en base a los siguientes criterios:
• Según el Banco Emisor
• Según el compromiso del Banco Avisador (Intermediario)
• Según el Lugar de Pago
• Según la Forma de Utilización
• Según la Divisibilidad

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8
Q

Según el Banco Emisor

A
  • Carta de crédito revocables
  • Carta de crédito irrevocables*Todo Crédito Documentario deberá indicar siempre si es Revocable o Irrevocable. Si no quedara indicado, siempre se considerará como Irrevocable.
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9
Q

Carta de crédito revocables

A

Son aquellos que como su propio nombre indica, pueden ser modificados o anulados por el Banco Emisor en cualquier momento, sin aprobación previa al Beneficiario. No se utilizan en la práctica por no reportar ventaja alguna sobre otros medios de pago.

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10
Q

Carta de crédito irrevocables

A

No pueden ser anulados ni modificados en ningún caso, si no es de conformidad de todas las partes interesadas (no sólo del ordenante y Beneficiario, sino también de los Bancos Emisor y Confirmador). A menos que las 4 partes estén de acuerdo.

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11
Q

Según el compromiso del Banco Avisador

A

Créditos Confirmados

Créditos No Confirmadas

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12
Q

Créditos Confirmados

A

el banco avisador promete que aunque el proveedor tiene deudas con el banco avisador no se va a cobrar del dinero que se manda. Se lo entrega completo al proveedor. El banco emisor solicita del banco intermediario que añada su confirmación, es decir, que se subrogue totalmente en las obligaciones que aquel tiene ante el beneficiario. Con estos Créditos se incrementa la seguridad del Beneficiario al desaparecer, con carácter general el riesgo país. El banco emisor pide al avisador que asegure.

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13
Q

Créditos No Confirmadas

A

Se usan cuando el proveedor le pide dinero prestado al banco y con ese dinero vas a pagar o cuando el proveedor le va a pagar a otro proveedor con ese dinero. Son aquellos en los que el Banco Intermediario no añade compromiso alguno, limitando su papel al de avisar al beneficiario de las condiciones de utilización del crédito.

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14
Q

Según el Lugar de Pago

A
  • Créditos pagaderos en las cajas del banco emisor
  • Créditos pagaderos en los cajas del banco intermediario (avisador)
  • Créditos pagaderos en las cajas de un tercer Banco (Banco Confirmador)
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15
Q

Créditos pagaderos en las Cajas del Banco Emisor:

A

En esos casos se produce una mayor demora en el cobro, pues los documentos han de ser presentados al Banco Emisor previamente al pago.

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16
Q

Créditos pagaderos en las Cajas del Banco Intermediario (avisador):

A

La inmediatez entre la presentación de documentos en orden y el cobro es completo.

17
Q

Créditos pagaderos en las cajas de un tercer Banco (Banco Confirmador):

A

Esta posibilidad existe en ocasiones cuando la divisa del Crédito es distinta a la de los países del Beneficiario y Emisor y/o existe una desconfianza mutua con el Banco Emisor. Cuando te conviene por paraísos fiscales o por que vas a necesitar el dinero en otra moneda por alguna razón.

18
Q

Según la forma de utilización

A
  • Créditos a la Vista
  • Créditos a PlazoNOTA: Se pueden combinar.
19
Q

Créditos a la Vista

A

Promesas de pago que se pagaran cuando el proveedor o el beneficiario compruebe con documentos que ha cumplido las promesas pactadas. El pago se produce a la presentación de los documentos requeridos y conformes.

20
Q

Créditos a Plazo

A

A una fecha determinada, independientemente de que te entregue documentos o no. Se usa cuando se tiene un proveedor constante ya que confía en él. No se necesita presentar ningún documento. El pago se produce en un plazo determinado a contar desde una fecha estipulada.

21
Q

Según la Divisibilidad

A
  • Carta de crédito indivisible
  • Carta de crédito divisible
  • Carta de crédito rotativo
  • Carta de crédito acumulativa
22
Q

Carta de crédito indivisible:

A

Cuando no se permiten utilizaciones ni embarques parciales. Se cumple en su totalidad la carta de crédito o no se paga. Cuando no se permiten utilizaciones ni embarques parciales. La principal razón es no pagar más fletes. Tus cálculos de cubicaje y costo lo hiciste al 100%. Otra razón es que tu necesitas todas las piezas o tienes otros compromisos con tus proveedores.

23
Q

Carta de crédito divisible:

A

Cuando la mercancía es embarcada en partes. Si mandan el 20% le pagas el 20% y luego te mandan otra parte y le pagas otra parte. Lo que vayas teniendo en producción te voy comprando y me vas mandando. No se establecen cantidades fijas. Cuando no te interesa la cantidad, pero quieres que te llegue el producto.

24
Q

Carta de crédito rotativo:

A

Cuando se establecen embarques periódicos fijos hasta que se agote el valor del crédito. Al hacer la carta de crédito se establece entre los dos cuando se mandara que volúmenes.

25
Q

Carta de crédito acumulativa:

A

Cuando no se ha cumplido con un despacho en el plazo estipulado para este embarque parcial. Si no cumples con una cantidad del embarque anterior, el producto que falto se debe mandar en el siguiente embarque. Va de la mano con la de crédito rotativo.

26
Q

Tipos de Créditos Aplicados

A
  • Créditos Transferibles

- Créditos No Transferibles

27
Q

Créditos Transferibles

A

Son aquellos que permiten al beneficiario dar instrucciones al Banco Avisador, para transferir parcial o totalmente el Crédito a favor de un tercero o de terceros, los cuales reciben el nombre de segundos Beneficiarios , normalmente por un importe menor y menor plazo.
Según el banco avisador para poder ser una carta de créditos transferibles debe ser NO confirmada. La NO confirmada permite que no entregue todo el dinero al cliente, esta te dice que puedes pagar a un tercero.
Normalmente el proveedor es el que la pide. Al proveedor le conviene pues con esto paga a sus proveedores.

28
Q

Créditos No Transferibles

A

Son aquellos que no expresan la facultad de “Transferibles”.

29
Q

Créditos Rotativos (Revolving)

A

Acumulativos

No acumulativos

30
Q

Créditos Rotativos

A

Son créditos que, transcurrido un plazo o agotada una cantidad, vuelven a recuperar su valor original para ser reutilizables.

31
Q

Créditos Rotativos Acumulativos

A

permiten disponer en un periodo de lo no utilizado en el precedente.

32
Q

Créditos Rotativos No Acumulativos

A

no permiten disponer, en periodos siguientes, lo no utilizado en el periodo anterior.

33
Q

Créditos Back to Back (Subsidiario)

A

Respaldas una carta de crédito con otra carta de crédito transferible, no confirmada que te van a pagar a ti (a tu favor). Son aquellos que se abren a solicitud de un ordenante, que a su vez es Beneficiario de otro Crédito Documentario, el cual aporta como garantía del que él está solicitando.

34
Q

Según las clausulas adicionales

A

Tienen que ser divisible a fuerzas

  • Créditos con Cláusula Roja
  • Créditos con Cláusula Verde
35
Q

Créditos con Cláusula Roja

A

Son los que autorizan al Banco obligado a efectuar el pago, a realizar anticipos al Beneficiario, con objeto de que este vaya adquiriendo las mercancías o materias primar para la fabricación de aquellas objeto del Crédito Documentario. El exportador puede tener adelantos a cuenta de la exportación contra el compromiso escrito por cumplir con efectuar la exportación dentro de los plazos y condiciones. Cuando tienes un proveedor que te esta haciendo una maquila y tu le estas mandando materiales o dinero y tu quieres checar como va la producción. O se utiliza en construcción también por ejemplo decir, te doy adelantos siempre y cuando vayas comprando los materiales.

36
Q

Créditos con Cláusula Verde

A

Similares a los de Cláusula Roja pero se exigen mayores requisitos para efectuar los anticipos. El exportador debe exhibir documentos que pruebe la ejecución de los trámites de exportación o procesos de avance. Igual que la roja pero más minuciosa y detallada. Llevas bitácoras en las que vas viendo como va el avance. El banco tiene acceso al sistema SAT para verificar como vas.

37
Q

Créditos Stand-by

A

Modalidad que sirve para afianzar el pago de una obligación contraída por el ordenante a favor del beneficiario, derivada como consecuencia de reembolso de créditos, pago de efectos, suministros de mercancías, etc. Este tipo de Crédito Documentario tiene el carácter de garantía, y se utiliza sobre todo en los EE.UU. En donde los bancos no están autorizados por ley a emitir garantías, en el sentido que en Europa se da a este concepto o acepción. Se utilizan cuando las dos partes están en Estados Unidos o cuando el cliente esta en Estados Unidos y en México está el proveedor.