Ley de SST, Ley N° 29783 Flashcards

Ley N° 29783

1
Q

¿En qué plataforma virtual deben acreditar los empleadores la existencia del CSST o del Supervisor de SST?

A

Los empleadores deben declarar en el Registro de Información Laboral (T-REGISTRO) de la Planilla Electrónica, la existencia del CSST o del Supervisor de SST.

R.M. N° 260-2016-TR.

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2
Q

¿Cuál es la normativa general relacionada a SST en el Perú?

A

Es la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento el D.S. 005-2012-TR.
La Ley N° 30222 ha modificado a la ley anterior pero solo en algunos artículos.

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3
Q

¿Cuáles son los Principios de la Ley de SST?

A

Son 9:

  1. Principio de Prevención
  2. Principio de Responsabilidad
  3. Principio de Cooperación
  4. Principio de Información y Capacitación
  5. Principio de Gestión Integral
  6. Principio de Atención Integral de la Salud
  7. Principio de Consulta y Participación
  8. Principio de Primacía de la Realidad
  9. Principio de Protección
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4
Q

¿En qué consiste el Principio de Prevención?

A

El EMPLEADOR GARANTIZA el establecimiento de los MEDIOS Y CONDICIONES que PROTEJAN la VIDA, SALUD Y el BIENESTAR de los trabajadores y terceros que se encuentren dentro del centro de labores.

Para esto debe CONSIDERAR factores sociales, laborales y biológicos, incorporando la dimensión de GÉNERO en la evaluación y prevención de los riesgos en la salud laboral.

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5
Q

¿En qué consiste el Principio de Responsabilidad?

A

El empleador asume las implicancias económicas, legales y de cualquier otra índole a consecuencia de un accidente o enfermedad que sufra el trabajador en el desempeño de sus funciones o a consecuencia de él, conforme a las normas vigentes.

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6
Q

¿En qué consiste el Principio de Cooperación?

A

Debe existir colaboración y coordinación en materia de SST, entre los tres grupos de interés:

  1. El Estado
  2. Los empleadores
  3. Los trabajadores y sus organizaciones sindicales.
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7
Q

¿En qué consiste el Principio de Información y Capacitación?

A

El empleador debe brindar una ADECUADA CAPACITACIÓN PREVENTIVA en la tarea a desarrollar a los trabajadores y sus organizaciones sindicales, CON ÉNFASIS EN LO POTENCIALMENTE RIESGOSO para la vida y salud de los trabajadores y sus familias.

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8
Q

¿En qué consiste el Principio de Gestión Integral?

A

El empleador debe promover la gestión de la SST e integrarla a la gestión general de la empresa.

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9
Q

¿En qué consiste el Principio de Atención Integral de la Salud?

A

Los trabajadores que sufran algún accidente de trabajo o enfermedad ocupacional tienen derecho a las prestaciones de salud necesarias y suficientes hasta su recuperación y rehabilitación, procurando su reinserción laboral.

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10
Q

¿En qué consiste el Principio de Consulta y Participación?

A

El Estado promueve mecanismos de consulta y participación de las organizaciones más representativas de los grupos de interés:

  1. organizaciones de empleadores
  2. organizaciones de trabajadores
  3. actores sociales

Todo esto para la adopción de mejoras en materia de SST.

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11
Q

¿En qué consiste el Principio de Primacía de la Realidad?

A

Todos los sujetos responsables del cumplimiento de la legislación de SST (empleadores y sus representantes; trabajadores y sus representantes; entidades públicas y privadas) deben brindar información completa, veraz y oportuna sobre SST. De existir discrepancia entre el soporte documental y la realidad, las autoridades optan por lo constatado en la realidad.

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12
Q

¿En qué consiste el Principio de Protección?

A

El Estado y los empleadores deben asegurar condiciones dignas de trabajo que garanticen un estado de vida saludable: física, mental y socialmente, en forma continua.

  1. Ambiente de trabajo seguro y saludable
  2. Condiciones de trabajo compatibles con el bienestar y la dignidad de los trabajadores y ofrezcan posibilidades reales para el logro de los objetivos personales de los trabajadores (proyecto de vida).
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13
Q

¿Cuál es el objetivo de la Ley de SST?

A

Promover una CULTURA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. Para ellos los tres grandes grupos de interés participan activamente desde su posición:

  1. El Estado: fiscalización y control
  2. Los empleadores: deber de prevención
  3. Los trabajadores y sus organizaciones sindicales: mediante la participación en la promoción, difusión y cumplimiento de la normativa de SST.
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14
Q

¿Cuál es el ámbito de aplicación de la Ley de SST?

A

Es aplicable a todos los sectores económicos; empleadores y trabajadores sujetos al régimen de la actividad privada, trabajadores del sector público, de las FFAA, la PNP e independientes.

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15
Q

¿Qué carácter tiene la Ley de SST con respecto al nivel de protección que debe garantizarse?

A

La Ley de SST es una ley de piso mínimo. Es decir, pueden establecerse medidas más tuitivas o protectoras pero no menores a ésta ley.

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16
Q

¿Qué es la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (PN-SST)?

A

Es un DOCUMENTO OFICIAL del Estado que DEFINE LINEAMIENTOS PARA PREVENIR los ACCIDENTES Y los DAÑOS para la salud que sean consecuencia del trabajo, guarden relación con la actividad laboral o sobrevengan durante el trabajo. PARA así, REDUCIR AL MÍNIMO, DENTRO DE LO RAZONABLE, las CAUSAS DE RIESGOS INHERENTES AL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO.

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17
Q

¿Cómo promueve el Estado la participación de los grupos de interés en la elaboración de la PN-SST?

A

El Estado debe formular, poner en práctica y reexaminar periódicamente, la PN-SST en consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y trabajadores.

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18
Q

¿Cuáles son las esferas de acción de la PN-SST?

A

Son 5:

  1. MEDIDAS para COMBATIR los RIESGOS PROFESIONALES de las actividades operacionales o de soporte relacionados a los COMPONENTES MATERIALES DEL TRABAJO (lugares de trabajo, medio ambiente de trabajo, herramientas, maquinaria y equipo, sustancias y agentes químicos, biológicos, físicos, …).
  2. MEDIDAS PARA CONTROLAR Y EVALUAR los RIESGOS Y PELIGROS de trabajo en las RELACIONES EXISTENTES ENTRE los COMPONENTES MATERIALES DEL TRABAJO y las PERSONAS involucradas con éstos en sus labores. ASÍ COMO para ADAPTAR los COMPONENTES MATERIALES Y ORGANIZACIONALES (horario, métodos, procesos) A LAS CAPACIDADES FÍSICAS Y MENTALES DE LOS TRABAJADORES.
  3. MEDIDAS para la FORMACIÓN Y MOTIVACIÓN DE LAS PERSONAS que intervienen para que se alcance NIVELES ADECUADOS DE SEGURIDAD E HIGIENE.
  4. MEDIDAS de COMUNICACIÓN Y COOPERACIÓN EN TODOS LOS NIVELES: grupo de trabajo, empresa, gremio y demás hasta el nivel nacional.
  5. MEDIDAS PARA GARANTIZAR LA COMPENSACIÓN O REPARACIÓN DE LOS DAÑOS SUFRIDOS POR EL TRABAJADOR en casos de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales. ASÍ COMO ESTABLECER los PROCEDIMIENTOS PARA la REHABILITACIÓN INTEGRAL, READAPTACIÓN, REINSERCIÓN Y REUBICACIÓN LABORAL por discapacidad temporal y permanente (cabe recordar que la incapacidad total y permanente es causa admitida por Ley para extinguir el vínculo laboral).
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19
Q

¿Cómo se examina o evalúa la PN-SST?

A

Se deben realizar EXÁMENES GLOBALES O relativos A determinados SECTORES PARA:

  1. IDENTIFICAR los PROBLEMAS PRINCIPALES.
  2. ELABORAR MEDIOS EFICACES para resolverlos.
  3. DEFINIR el orden de PRELACIÓN de las medidas que haya que tomar.
  4. EVALUAR los RESULTADOS.

No se hace mención a la frecuencia con la que se deberían realizar estos exámenes.

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20
Q

¿Qué es Sistema Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (SN-SST)?

A

Es el concepto administrativo por el que se ha creado las siguientes instancias en materia de SST:

  1. El Consejo Nacional de SST (CN-SST)
  2. Los consejos regionales de SST (cr-SST).

Los cuales cuentan con la participación de representates del Estado, de los empleadores y de los trabajadores.

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21
Q

¿Cuántos miembros tiene el CN-SST?

A

El CN-SST cuenta con 12 miembros tripartitos:
4 representantes del Estado.
4 representantes de los empleadores.
4 representantes de los trabajadores y sus organizaciones sindicales.

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22
Q

¿Quiénes deben formar parte del CN-SST representando al Estado?

A
Los representantes del Estado deben ser:
1 del MINTRA, que preside el CN-SST
1 del MINSA
1 de EsSalud
1 de Censopas (Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Medio Ambiente para la Salud)
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23
Q

¿Quiénes deben formar parte del CN-SST representando a los empleadores?

A

Los representantes de los empleadores deben ser 4 miembros de los gremios empleadores propuestos por la Confiep (Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas).

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24
Q

¿Quiénes deben formar parte del CN-SST representando a los trabajadores?

A

Los representantes de los trabajadores deben ser:
1 de la CGTP (Conferederación General de Trabajadores del Perú)
1 de CTP (Confederación de Trabajadores del Perú)
1 de la CUT (Central Unitaria de Trabajadores)
1 de la CATP (Central Autónoma de Trabajadores del Perú).

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25
Q

¿Cómo se lleva a cabo la acreditación de los miembros del CN-SST?

A

Los representantes designados son acreditados, a pedido de las organizaciones, mediante resolución ministerial del MINTRA.

El plazo de la designación es por 2 años, pudiendo ser renovable.

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26
Q

¿Cuáles son las funciones del CN-SST? (1/2)

A
  1. FORMULAR Y APROBAR la PN-SST y darle seguimiento a su aplicación.
  2. ARTICULAR la RESPONSABILIDAD Y las FUNCIONES respectivas en materia de SST DE TODOS LOS ACTORES (Estado, empleadores, trabajadores y otros organismos intervinientes) PARA la EJECUCIÓN de la PN-SST teniendo en cuenta el carácter complementario de tales responsabilidades.
  3. PLANTEAR MODIFICACIONES O PROPUESTAS DE NORMATIVA en materia de SST, ASÍ COMO de APLICACIÓN O RATIFICACIÓN DE INSTRUMENTOS INTERNACIONALES sobre la materia.
  4. IMPLEMENTAR una CULTURA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES aumentando el grado de sensibilización, conocimiento y compromiso en materia de SST tanto de los actores como de la población en general.
  5. ARTICULAR Y COORDINAR acciones de COOPERACIÓN TÉCNICA CON LOS SECTORES en materia de SST.
  6. COORDINAR acciones de CAPACITACIÓN, FORMACIÓN DE RRHH e INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA EN SST.
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27
Q

¿Cuáles son las funciones del CN-SST? (2/2)

A
  1. Fortalecer el SISTEMA NACIONAL DE REGISTRO Y NOTIFICACIÓN DE INFORMACIÓN DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES (SN-RNIAEP) garantizar su mantenimiento y reporte; y facilitar el intercambio de estadísticas y datos en materia de SST entre los actores del sistema.
  2. Garantizar el desarrollo de servicios de salud en el trabajo, de conformidad con la legislación y las posibilidades de los actores del sistema
  3. Fomentar la ampliación y universalización del seguro de trabajo de riesgos (SCTR) para todos los trabajadores.
  4. Coordinar el desarrollo de acciones de difusión e información se SST.
  5. Velar por el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, articulando las actuaciones de fiscalización y control de parte de los actores del sistema.
  6. Fiscalizar el cumplimiento de la PN-SST.
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28
Q

¿Qué entidad ejerce como Secretaría Técnica del Consejo Nacional de SST (CN-SST)?

A

El MINTRA a través de la Dirección General de Derechos Fundamentales y SST actúa como Secretaría Técnica del CN-SST.

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29
Q

¿Qué objeto tiene la creación de los consejos regionales de SST (cr-SST)?

A

El objetivo es APOYAR A las DIRECCIONES REGIONALES de trabajo y promoción del empleo de los gobiernos regionales, a través de la CONCERTACIÓN en materia de SST.

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30
Q

¿Cómo se conforman los consejos regionales de SST (cr-SST)?

A

Está conformado por 9 miembros:
3 representantes del Estado, a nivel regional.
3 representantes de los empleadores.
3 representantes de los trabajadores y sus organizaciones sindicales.

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31
Q

¿Quiénes deben representar al Estado a nivel regional en el cr-SST?

A

1 representante del MINTRA, a través de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, quien preside el consejo.
1 representante del MINSA, a través de la Dirección Regional de Salud.
1 representante de la Red Asistencial de EsSalud de la región.

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32
Q

¿Quiénes deben representar a los empleadores en el cr-SST?

A

1 representante propuesto por la Confiep (Confederación de Instituciones Empresariales Privadas).
2 representantes propuestos por las Cámaras de Comercio de cada jurisdicción o por la Cámara Nacional de Comercio, Producción, Turismo y Servicios - Perucámaras
1 representante propuesto por la Confederación Nacional de Organizaciones de las MYPE.

De estos 4 propuestos, 3 finalmente serán los representantes de los empleadores de la región.

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33
Q

¿Quiénes deben representar a los trabajadores a nivel regional en el cr-SST?

A

1 representante de la CGTP (Confedereación General de Trabajadores del Perú).
1 representante de la CTP (Confederación de Trabajadores del Perú).
1 representante de la CUT (Central Unitaria de Trabajadores).
1 representante de la CATP (Central Autónoma de Trabajadores del Perú).

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34
Q

¿Cómo se lleva a cabo la acreditación de los miembros del cr-SST que representan a los gremios de empleadores y trabajadores?

A

La acreditación de los representantes de gremios de empleadores y trabajadores designados se efectúa MEDIANTE RESOLUCIÓN DIRECTORAL de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, A PROPUESTA DE LAS ORGANIZACIONES SEÑALADAS.

EL PLAZO DE LA DESIGNACIÓN ES POR 2 AÑOS, PUDIENDO SER RENOVABLE.

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35
Q

¿Cuáles son las funciones del cr-SST? (1/2)

A
  1. Formular y aprobar los programas regionales de SST y efectuar el seguimiento de su aplicación.
  2. Articular las funciones y responsabilidades en materia de SST de los actores del sistema para la ejecución del programa regional de SST.
  3. Garantizar una cultura de prevención de riesgos laborales, aumentando el grado de sensibilización, conocimiento y compromiso de los actores del sistema y de la población de la región en general.
  4. Garantizar la adopción de políticas de SST en la región. Así como la constitución de comités mixtos de SST o nombramiento de Supervisores de SST.
  5. Coordinar acciones de capacitación regional, formación de RRHH e investigación científica en SST.
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36
Q

¿Cuáles son las funciones del cr-SST? (2/2)

A
  1. Implementar y administrar el SISTEMA REGIONAL DE REGISTRO DE NOTIFICACIONES DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES (sr-RNAEP) facilitando el intercambio de estadísticas y datos sobre SST entre los actores regionales.
  2. Promover el desarrollo de servicios de salud en el trabajo en la región, de conformidad con la legislación y las posibilidades de los actores de la región.
  3. Fomentar la ampliación y universalización del seguro de trabajo de riesgos (SCTR) para todos los trabajadores de la región.
  4. Coordinar el desarrollo de acciones de difusión regional e información en materia de SST.
  5. Velar por el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, articulando las actuaciones de fiscalización y control de parte de las instituciones regionales.
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37
Q

¿Qué entidad ejerce como Secretaría Técnica del Consejo Regional de SST (cr-SST)?

A

La Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de su área competente, actúa como Secretaría Técnica del Consejo Regional de SST (cr-SST).

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38
Q

¿Cuáles son los organismos suprasectoriales y suprarrectores del Sistema Nacional de SST (SN-SST)?

A

Son el MINTRA y el MINSA que coordinan entre sí para adoptar acciones en materia de SST, especialmente en lo relacionado a la prevención de riesgos.

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39
Q

¿Qué es el Sistema de Gestión de SST?

A

Es el CONCEPTO O ENFOQUE con el que se debe GARANTIZAR la SALUD Y SEGURIDAD en el centro de trabajo. Es básicamente, un conjunto de deberes y derechos tanto por parte del empleador como del trabajador.

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40
Q

¿Qué deber tiene el empleador con respecto al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)?

A

El empleador tiene el deber de adoptar un enfoque de sistema de gestión en el área de SST, de conformidad con los instrumentos y directrices internacionales y la legislación vigente.

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41
Q

¿Cuáles son los Principios del SG-SST? (1/2)

A
  1. Asegurar un compromiso visible del empleador con la salud y seguridad de los trabajadores.
  2. Lograr coherencia entre lo que se planifica y lo que se realiza.
  3. Propender al mejoramiento continuo, a través de una metodología que lo garantice.
  4. Mejorar la autoestima y fomentar el trabajo en equipo a fin de incentivar la cooperación de los trabajadores.
  5. Fomentar la cultura de prevención de los riesgos laborales promoviendo comportamientos seguros y así toda la organización interiorice los conceptos de prevención y proactividad.
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42
Q

¿Cuáles son los Principios del SG-SST? (2/2)

A
  1. CREAR OPORTUNIDADES para alentar una EMPATÍA del EMPLEADOR hacia los TRABAJADORES Y VICEVERSA.
  2. ASEGURAR la existencia de MEDIOS DE RETROALIMENTACIÓN desde los trabajadores al empleador en materia de SST.
  3. DISPONER de MECANISMO de RECONOCIMIENTO AL PERSONAL PROACTIVO, INTERESADO en el MEJORAMIENTO CONTINUO de la seguridad y salud laboral.
  4. EVALUAR los PRINCIPALES RIESGOS que puedan ocasionar los MAYORES PERJUICIOS a la salud y seguridad de los trabajadores, empleador y terceros en el centro laboral.
  5. FOMENTAR Y RESPETAR la PARTICIPACIÓN de las ORGANIZACIONES SINDICALES o la de los representantes de los trabajadores (en caso no hubiera sindicatos) EN LAS DECISIONES SOBRE SST.
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43
Q

¿En qué aspectos es INDISPENSABLE la PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES en el SG-SST?

A
  1. En la CONSULTA, INFORMACIÓN Y CAPACITACIÓN EN TODOS LOS ASPECTOS DE SST.
  2. En la CONVOCATORIA A ELECCIONES del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (CS-SST), en su ELECCIÓN Y FUNCIONAMIENTO (o del Supervisor de SST, según sea el caso).
  3. En el RECONOCIMIENTOS DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES a fin de que ellos estén SENSIBILIZADOS Y COMPROMETIDOS con el sistema.
  4. En la ELABORACIÓN del IPERC y del MAPA DE RIESGOS al interior de cada unidad empresarial.
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44
Q

¿Qué debe considerar la metodología de mejoramiento continuo del SG-SST?

A

Al menos 5 consideraciones:

  1. La IDENTIFICACIÓN de las desviaciones de los actos y condiciones aceptados como seguros.
  2. El establecimiento de ESTÁNDARES DE SEGURIDAD.
  3. La MEDICIÓN PERIÓDICA del desempeño con respecto a los estándares.
  4. La EVALUACIÓN PERIÓDICA del desempeño con respecto a los estándares.
  5. La CORRECIÓN y RECONOCIMIENTO del desempeño.
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45
Q

¿Cuál es el orden de prioridad de aplicación de las medidas de prevención y protección dentro del SG-SST, según la LSST?

A
  1. ELIMINACIÓN de los peligros y los riesgos. Se debe combatir y controlar los riesgos a) en su origen, b) en su medio de transmisión y c) en el trabajador expuesto, privilegiando el control colectivo al individual.
  2. TRATAMIENTO, CONTROL o AISLAMIENTO de los peligros y riesgos, adoptando medidas técnicas o administrativas. “Controles de ingeniería”
  3. MINIMIZAR los peligros y riesgos adoptando sistemas de trabajo seguro que incluyan disposiciones administrativas de control. “Controles administrativos”
  4. Programar la SUSTITUCIÓN PROGRESIVA y en la brevedad posible, de los procedimientos, técnicas, medios, sustancias y productos peligrosos por aquellos que produzcan un menor o ningún riesgo para el trabajador.
  5. En último caso, facilitar EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL adecuados, asegurándose que los trabajadores los utilicen y conserven en forma correcta.
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46
Q

¿Cuál es el orden de prioridad de aplicación de las medidas de prevención y protección dentro del SG-SST, según la OHSAS 18001 e ISO 45001:2018?

A
  1. ELIMINAR EL RIESGO.
  2. SUSTITUIR EL RIESGO.
  3. APLICAR CONTROLES DE INGENIERÍA.
  4. APLICAR CONTROLES ADMINISTRATIVOS.
  5. EPP.

A diferencia de la LSST, la SUSTITUCIÓN del riesgo va en 2do lugar y no en 4to.
Este criterio ha desplazado al de la LSST.

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47
Q

¿Qué es la Política del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (PSG-SST)?

A

Es un documento que equivale a la Política Nacional de SST (PN-SST) pero para el ámbito de la empresa. Es obligación del empleador, en consulta con los trabajadores, definir la política en materia de SST.

Esta política señala los compromisos de la organización con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).

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48
Q

¿Cuáles son las 4 características que debe tener la Política del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (PST-SST)?

A
  1. Debe ser específica para la organización y apropiada a su tamaño y a la naturaleza de sus actividades.
  2. Debe ser concisa, estar redactada con claridad, estar fechada y hacerse efectiva mediante la firma o endoso del empleador o del representante de mayor rango con responsabilidad en la organización.
  3. Ser difundida y fácilmente accesible a todas las personas en el lugar de trabajo.
  4. Ser actualizada periódicamente (no hay plazo específico, pero aunque no se modifique debe constar que ha sido revisada al menos anualmente) y ponerse a disposición de las partes interesadas externas, según corresponda.
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49
Q

¿Cuáles son los 5 principios y objetivos mínimos indispensables de la PSG-SST?

A

Son:

  1. La protección de la seguridad y salud de todos los miembros de la organización mediante la prevención de las lesiones, dolencias, enfermedades e incidentes relacionados con el trabajo.
  2. El cumplimiento de los requisitos legales pertinentes en materia de SST, de los programas voluntarios, de la negociación colectiva en materia de SST y de otras prescripciones que suscriba la organización.
  3. La garantía de que los trabajadores y sus representantes son consultados y participan activamente en todos los elementos del SG-SST.
  4. La mejora continua del desempeño del SG-SST.
  5. El SG-SST es compatible con los otros sistemas de gestión de la organización o debe estar integrado en los mismos.
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50
Q

¿Cómo debe el empleador promover y efectuar la participación de los trabajadores en el SG-SST?

A

El empleador debe asegurar que los trabajadores y sus representantes son:
1. consultados
2. informados
3. capacitados
en todos los aspectos de SST relacionados a su trabajo, incluidas las disposiciones relacionadas a situaciones de emergencia.

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51
Q

¿Qué facilidades debe otorgar el empleador a los trabajadores para que participen en el SG-SST?

A

El empleador debe adoptar medidas para que los trabajadores y sus representantes en materia de SST (CSST) dispongan de tiempo y recursos para participar activamente en los procesos de organización, de planificación y de aplicación, evaluación y acción del SG-SST.

Por tanto, las capacitaciones y demás actividades de SST deben darse durante el horario de trabajo.

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52
Q

¿Quién es el responsable por la implementación y mantenimiento del SG-SST?

A

Es responsabilidad del empleador quien asume el liderazgo y compromiso de las actividades del SG-SST.

El empleador puede delegar las funciones y la autoridad necesaria al personal encargado del desarrollo, aplicación y resultados del SG-SST e incluso suscribir contratos de locación de servicios con terceros para la implementación, gestión y monitoreo del SG-SST. Sin embargo, esto no lo exime de su deber de prevención ni de su responsabilidad de resarcimiento, de ser necesario.

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53
Q

¿Cuál debe ser la disposición del trabajador en la organización del trabajo?

A

Todo trabajador puede estar sujeto a obligaciones y deberes impuestos por el empleador en materia de SST. Para esto, el empleador deberá definir las competencias necesarias para cada puesto de trabajo y establecer programas de capacitación y entrenamiento como parte de la jornada laboral para garantizar que los trabajadores cumplan adecuadamente con las funciones asignadas en materia de SST.

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54
Q

¿En qué consisten los Registros del SG-SST?

A

Consiste en documentación organizada de carácter formal que debe elaborarse y archivarse para acreditar el funcionamiento del SG-SST.
Estos documentos pueden ser llevados a través de medios físicos o electrónicos para que puedan ser consultados por los trabajadores o la autoridad competente, respentando el derecho a la confidencialidad (los documentos confidenciales son los exámenes médico ocupacionales que no pueden ser revisados sin autorización del trabajador o trabajadores en cuestión).

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55
Q

¿Qué facilidad ha otorgado el Estado a las micro, pequeñas y medianas empresas con respecto a los Registros del SG-SST?

A

Estas empresas (MIPYME) pueden llevar registros simplificados si es que no son de alto riesgo (si no realizan actividades del listado del Anexo 5 del D.S. 003-98-SA, Normas Técnicas del SCTR).

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56
Q

¿Por cuánto tiempo deben conservarse los Registros relativos a enfermedades ocupacionales?

A

Se conservan por un periodo de 20 años.

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57
Q

¿Qué es el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo?

A

Es el ÓRGANO MÁXIMO DE CONCERTACIÓN Y DECISIÓN EN MATERIA DE SST en organizaciones de 20 a más trabajadores. Es bipartito, es decir, igual número de representantes de los trabajadores y de los empleadores.
En caso la empresa cuenten con sindicatos, el sindicato mayoritario podrá incorporar un miembro al CSST en calidad de observador.

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58
Q

¿Cuál es el equivalente al CSST en organizaciones con menos de 20 trabajadores?

A

Las organizaciones con menos de 20 trabajadores deberán contar con un Supervisor de SST; el cual es nombrado por los trabajadores mediante elección directa.

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59
Q

¿Cómo deben elegir los trabajadores a sus representantes?

A

Deberán elegir a sus representantes ante el CSST o al Supervisor de SST mediante elección directa. En los centros de trabajo en los que existan organizaciones sindicales, la más representativa de éstas convocará a elecciones. En caso de no existir sindicatos, será la empresa la responsable de la convocatoria.

(Si existe al menos un sindicato e incluso minoritario, será éste el encargado de la convocatoria).

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60
Q

¿Qué derechos tienen los representantes del CSST o el Supervisor de SST?

A
  1. Derecho a licencia con goce de haber para realización de sus funciones, previa autorización del CSST. Si el representante tuviera necesidad de licencia por más de 30 días en un año, el CSST deberá aprobar la extensión sin goce de haber. En caso de ser un Supervisor de SST, la ampliación es aprobada por el empleador.
  2. Protección contra el despido incausado seis meses antes y hasta seis meses después del término de su función.
  3. Facilidades para el desempeño de sus funciones en sus respectivas áreas de trabajo para cumplir con las obligaciones en materia de SST.
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61
Q

¿Cómo se contrapesa la responsabilidad otorgada a los representantes del CSST o al Supervisor de SST?

A

Tanto los miembros del CSST (o Supervisor de SST) como todos los que participen en el SG-SST cuentan con la autoridad para ejecutar sus funciones. Asimismo, se les otorga distintivos que permitan a los trabajadores identificarlos.

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62
Q

¿Qué otra obligación, además del CSST, tienen las organizaciones con 20 o más trabajadores?

A

Tienen el deber de elaborar su Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo (RISST).

63
Q

¿Cuáles son las 5 responsabilidades del empleador con respecto al SG-SST, según la Ley N° 29783?

A
  1. Entregar a cada trabajador una copia de RISST.
  2. Que cada trabajador reciba al menos 4 capacitaciones realizadas por el empleador en materia de SST al año.
  3. Adjuntar al contrato de trabajo la descripción de las recomendaciones de SST.
  4. Brindar facilidades económicas y licencias con goce de haber para la participación de los trabajadores en cursos de formación en la materia.
  5. Elaborar un Mapa de Riesgos con la participación de las organizaciones sindicales de la empresa; en su defecto, de los representantes de los trabajadores; delegados y el CSST. El cual debe exhibirse en un lugar visible.

Cabe resaltar que para elaborar un Mapa de Riesgos, es necesario el IPERC primero; el cual puede ser elaborado por el CSST o un tercero, aprobado por el CSST, pero finalmente es responsabilidad del empleador.

64
Q

¿En qué consisten los servicios de seguridad y salud en el trabajo?

A

Son servicios relacionados al aseguramiento de que las funciones en materia de SST sean adecuadas y apropiadas para los riesgos de la empresa.
Es obligación del empleador organizar un servicio de seguridad y salud en el trabajo propio o común a varios empleadores, sin perjuicio de la responsabilidad de cada empleador.

Este servicio de SST tiene una finalidad esencialmente preventiva.

65
Q

¿Cuáles son las funciones preventivas relacionadas al servicio de SST de cada empresa? (1/2)

A
  1. Identificación y evaluación de los riesgos que puedan afectar a la salud en el lugar de trabajo (IPERC).
  2. Vigilancia de los factores del medio ambiente de trabajo (Monitoreos) y de las prácticas de trabajo (Inspecciones, Auditorías externas) que puedan afectar a la salud de los trabajadores, incluidas las instalaciones sanitarias, comedores y alojamientos, cuando estas facilidades sean proporcionadas por el empleador.
  3. Asesoramiento sobre la planificación y la organización del trabajo, incluido el diseño de los lugares de trabajo, sobre la selección, el mantenimiento y el estado de la maquinaria y de los equipos y sobre las substancias utilizadas en el trabajo.
  4. Participación en el desarrollo de programas para el mejoramiento de las prácticas de trabajo, así como en las pruebas y la evaluación de nuevos equipos, en relación con la salud.
  5. Asesoramiento en materia de salud, seguridad e higiene en el trabajo y de ergonomía, así como en materia de equipos de protección individual y colectiva.
66
Q

¿Cuáles son las funciones preventivas relacionadas al servicio de SST de cada empresa? (2/2)

A
  1. Vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con el trabajo (Vigilancia médico ocupacional).
  2. Fomento de la adaptación del trabajo a los trabajadores.
  3. Asistencia en pro de la adopción de medidas de rehabilitación profesional.
  4. Colaboración en la difusión de informaciones, en la formación y educación en materia de salud e higiene en el trabajo y de ergonomía.
  5. Organización de los primeros auxilios y de la atención de urgencia.
  6. Participación en el análisis de los accidentes del trabajo y de las enfermedades ocupacionales. (Investigación de accidentes e incidentes peligrosos por parte del CSST o del Supervisor de SST).
67
Q

¿En qué consiste la elaboración de línea de base del SG-SST?

A

Para establecer el SG-SST se debe realizar una evaluación inicial o estudio de línea de base como diagnóstico del estado de la SST.

Los resultados obtenidos son comparados con lo establecido en la LSST y los dispositivos legales pertinentes; así como para la aplicación del modelo de gestión de mejora continua (planificación, acción, medición y ajuste).

La evaluación debe ser accesible a todos los trabajadores y a las organizaciones sindicales.

68
Q

¿Qué permite la Planificación del SG-SST?

A
  1. Cumplir, como mínimo, las disposiciones de las leyes y reglamentos nacionales, los acuerdo convencionales y otras derivadas de la práctica preventiva.
  2. Mejorar el desempeño laboral en forma segura.
  3. Mantener los procesos productivos o de servicios de manera que sean seguros y saludables.
69
Q

¿Qué objetivos persigue la Planificación del SG-SST?

A

Lograr resultados específicos, medibles y realistas relacionados a:

  1. Medidas de identificación, prevención y control.
  2. La mejora continua de los procesos, la gestión del cambio, la preparación y respuesta a situaciones de emergencia.
  3. Las adquisiciones y contrataciones (Gestión de proveedores con exigencias en materia de SST).
  4. El nivel de participación de los trabajadores y su capacitación.
70
Q

¿Qué tipos de procedimientos comprende la Evaluación del SG-SST?

A

La evaluación, vigilancia y control de la SST comprende procedimientos INTERNOS y EXTERNOS:

Inspecciones no programadas, Inspecciones Programadas, Auditorías internas, Auditorías externas, Monitoreos.

71
Q

¿Cuáles son los OBJETIVOS DE LA SUPERVISIÓN en materia de SST?

A
  1. Identificar las fallas o deficiencias en el SG-SST.
  2. Adoptar las medidas preventivas y correctivas necesarias para eliminar o controlar los peligros asociados al trabajo.
  3. Prever el intercambio de información sobre los resultados de la SST.
  4. Aportar información para determinar si las medidas ordinarias de prevención y control de peligros y riesgos se aplican y demuestran ser eficaces.
  5. Servir de base para la adopción de decisiones que tengan por objeto mejorar la identificación de peligros y el control de los riesgos; así como mejorar el SG-SST.
72
Q

¿Cuál es el propósito de la Investigación de los accidentes, enfermedades e incidentes relacionados con el trabajo?

A
  1. Identificar los factores de riesgo no considerados o evaluados deficientemente en la organización.
  2. Identificar las causas inmediatas (actos y condiciones subestándares).
  3. Identificar las causas básicas (factores personales y factores del trabajo).
  4. Deficiencias en el SG-SST para planificar la acción correctiva.
73
Q

¿Qué son las auditorías (externas) del SG-SST?

A

Son actuaciones periódicas a fin de comprobar si el SG-SST ha sido aplicado y es adecuado y eficaz para la prevención de riesgos laborales y para garantizar la SST.

Es obligación del empleador contratar auditorías (externas).

74
Q

¿Quién debe realizar la auditoría del SG-SST de una empresa?

A

La auditoría debe ser realizada por auditores independientes. Pueden realizarse auditorías internas pero no podrán ser acreditadas como auditorías oficiales.

En la consulta sobre la selección del auditor y en todas las fases de la auditoría, incluido el análisis de los resultados de la misma, se requiere la participación de los trabajadores y sus representantes.

75
Q

¿Qué efectos deben tener los resultados de las auditorías e investigaciones realizadas?

A

Deben ayudar a mejorar el SG-SST para que logre los fines previstos y determinar, de ser el caso, cambios en la PSG-SST (política) y objetivos del sistema.

Cabe resaltar que los RESULTADOS DE AUDITORÍAS, INVESTIGACIONES, MONITOREOS DEBEN SER COMUNICADOS AL CSST, a los trabajadores y sus organizaciones sindicales.

76
Q

¿Qué debe permitir la vigilancia del SG-SST?

A

La vigilancia de la ejecución del SG-SST, las auditorías y los exámenes realizados por la empresa deben permitir que se identifiquen las causas de la disconformidad entre la realidad de la empresa con las normas pertinentes o entre lo real con lo planeado, con miras a que se adopten medidas apropiadas, incluidos los cambios en el propio sistema.

77
Q

¿Qué disposiciones deben tomarse en cuenta para la mejora continua del SG-SST? (1/2)

A
  1. Los objetivos de SST en la empresa.
  2. Los resultados de las actividades de identificación de los peligros y evaluación de los riesgos (IPERC).
  3. Los resultados de la supervisión y medición de la eficiencia.
  4. La investigación de accidentes, enfermedades e incidentes relacionados con el trabajo.
  5. Los resultados y recomendaciones de las auditorías y evaluaciones realizadas por la dirección de la empresa.
78
Q

¿Qué disposiciones deben tomarse en cuenta para la mejora continua del SG-SST? (2/2)

A
  1. Las recomendaciones del CSST o del Supervisor de SST y por cualquier miembro de la empresa en pro de mejoras.
  2. Los cambios en las normas legales.
  3. Los resultados de las inspecciones de trabajo y sus respectivas medidas inspectivas; ya sean de recomendación, advertencia o requerimiento.
  4. Los acuerdos convencionales y actas de trabajo.
79
Q

¿En qué consiste la revisión de los procedimientos del empleador?

A

Es la evaluación o revisión de las acciones y decisiones del empleador en materia de SST. LOS PROCEDIMIENTOS DEL EMPLEADOR deben revisarse periódicamente (idealmente cada año) a fin de obtener mayor eficacia y eficiencia en el CONTROL DE RIESGOS asociados al trabajo.

80
Q

¿Cuál es el rol o la postura del empleador en materia de SST?

A
  1. Debe ejercer un liderazgo firme y manifestar su respaldo a las acciones y decisiones en materia de SST.
  2. Debe estar comprometido con proveer y mantener un ambiente de trabajo seguro y saludable en concordancia con las mejores prácticas y con el cumplimiento de las normas de SST.
81
Q

¿Qué obligaciones del empleador contempla la LSST ? (1/2)

A

La LSST menciona como obligaciones del empleador, entre otras, las siguientes:

  1. Garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores en todos los aspectos relacionados al trabajo.
  2. Desarrollar acciones permanentes con el fin de perfeccionar los niveles de protección existentes.
  3. Identificar las modificaciones que puedan darse en las condiciones de trabajo y disponer lo necesario para la adopción de medidas de prevención de los riesgos laborales.
  4. Garantizar que las elecciones de los representantes se realicen a través de las organizaciones sindicales y, en su defecto, a través de elecciones democráticas de los trabajadores.
82
Q

¿Qué obligaciones del empleador contempla la LSST ? (2/2)

A
  1. Practicar exámenes médicos periódicos (cada 2 años) a los trabajadores. Los exámenes médicos de salida son facultativos y podrán realizarse a solicitud del empleador o del trabajador, siendo el empleador el que incurra con los costos de éstos exámenes.
    Para empresas de alto riesgo, el empleador se encuentra obligado a realizar exámenes médicos antes, durante (anualmente) y al término de la relación laboral.
  2. Garantizar el real y efectivo trabajo del CSST asignando los recursos necesarios.
  3. Garantizar, oportuna y apropiadamente, capacitación y entrenamiento en SST en relación a la empresa y al puesto específico de trabajo, de la siguiente manera:
    • Al momento de la contratación, cualquiera sea la modalidad o duración (Inducción).
    • Durante el desempeño de la labor.
    • Cuando se produzcan cambios en la función o puesto de trabajo o en la tecnología.
83
Q

¿Qué medidas de prevención están facultadas al empleador según la LSST?

A
  1. GESTIONAR los RIESGOS, sin excepción, ELIMINÁNDOLOS en su origen Y APLICANDO SISTEMAS DE CONTROL a aquellos que no se puedan eliminar.
  2. El DISEÑO DE los PUESTOS DE TRABAJO, ambientes de trabajo, la SELECCIÓN DE EQUIPOS Y MÉTODOS de trabajo, la atenuación del trabajo monótono y repetitivo, todos éstos deben estar ORIENTADOS A GARANTIZAR LA SALUD Y SEGURIDAD del trabajador.
  3. SUSTITUIR las SITUACIONES O AGENTES PELIGROSOS en el centro de trabajo o con ocasión del trabajo QUE NO PUEDAN SER ELIMINADOS, por otros que entrañen menor peligro.
  4. INTEGRAR los NUEVOS CONOCIMIENTOS de ciencia, tecnología, medio ambiente, organización del trabajo y evaluación del desempeño A LOS PLANES Y PROGRAMAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
  5. MANTENER POLÍTICAS DE PROTECCIÓN COLECTIVA E INDIVIDUAL.
  6. CAPACITAR Y ENTRENAR ANTICIPADA Y DEBIDAMENTE a los trabajadores.
84
Q

¿Qué consideraciones debe tener en cuenta el empleador al momento de asignar labores a los trabajadores?

A

El empleador debe considerar las competencias personales, profesionales y el género de los trabajadores al momento de asignar labores.

85
Q

¿Qué información debe impartir el empleador al inicio del vínculo laboral?

A

El empleador debe transmitir información y conocimientos necesarios a los trabajadores en relación a los riesgos en el centro de trabajo y en el puesto o función específica (Inducción, capacitación de entrada), así como las medidas de protección y prevención aplicables a tales riesgos.

86
Q

¿En qué consiste la indemnización por daños a la salud en el trabajo?

A

Consiste en la obligación de pagar indemnizaciones a las víctimas (o a sus derechohabientes) que hayan sufrido un accidente de trabajo o una enfermedad ocupacional cuando se demuestre que se dieron producto del incumplimiento del deber de prevención por parte del empleador. Es decir, cuando el incumplimiento es el nexo causal del daño (INCUMPLIMIENTO→DAÑO).

En teoría, el MINTRA iba a elaborar una tabla de indemnizaciones que debían ser pagadas si se comprobaba fehacientemente el daño al trabajador mediante la inspección del trabajo. A la fecha no se han elaborado; por lo que éstas indemnizaciones se demandan en la vía judicial.

87
Q

¿Qué consideraciones debe tener el empleador con relación al deber de prevención?

A

El deber de prevención abarca toda actividad desde el desplazamiento del trabajador al lugar en el que ejecutará una labor bajo la orden o autoridad del empleador, aun cuando ese lugar no sea el centro de trabajo y cuando sea fuera del horario de trabajo.

88
Q

¿Cuál es el deber del empleador con respecto al control de ingreso a zonas de riesgo?

A

El empleador debe controlar y registrar que solo los trabajadores, adecuada y suficientemente capacitados y protegidos, accedan a los ambientes o zonas de riesgo grave y específico (vigencia de SCTR, EPP general y específico, PTAR, ATS, etc).

89
Q

¿Qué consideración debe tener el empleador con respecto a los trabajadores en contacto recurrente con zonas de riesgo?

A

El empleador debe PREVER QUE la exposición a los AGENTES físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales concurrentes en el centro de trabajo NO GENEREN DAÑOS en la salud de los trabajadores.

90
Q

¿Con qué frecuencia debe llevarse a cabo la evaluación de riesgos (Matriz IPERC)?

A

El empleador debe garantizar la actualización de la evaluación de riesgos mediante la Matriz IPERC, en los siguientes casos:

  1. Rutinariamente, al menos 1 vez al año.
  2. Cuando cambien las condiciones de trabajo.
  3. Cuando se hayan producido daños a la salud y seguridad en el trabajo.
91
Q

¿Qué medidas deben tomarse en caso la evaluación de la Matriz IPERC arroje resultados de riesgos altos?

A
  1. REALIZAR CONTROLES PERIÓDICOS de la SALUD de los trabajadores Y de las CONDICIONES de trabajo para DETECTAR SITUACIONES POTENCIALMENTE PELIGROSAS.
  2. MEDIDAS DE PREVENCIÓN, incluidas las relacionadas con los métodos de trabajo y de producción, que GARANTICEN un MAYOR NIVEL DE PROTECCIÓN de la seguridad y salud de los trabajadores.
92
Q

¿Qué debe realizar el empleador cuando se producen daños en la salud de los trabajadores?

A

Debe realizar una investigación (garantizar que el CSST la lleve a cabo) cuando se hayan producido daños en la salud de los trabajadores o cuando aparezcan indicios de que las medidas de prevención resultan insuficientes, a fin de detectar las causas y tomar las medidas correctivas al respecto.

De igual manera, es derecho del trabajador acudir a la AAT o a la Sunafil para solicitar una visita inspectiva para dicha evaluación.

93
Q

¿Qué debe hacer el empleador en caso observe que las medidas de prevención resultan inadecuadas e insuficientes para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores?

A

En ese caso (normalmente tras inspecciones no programadas), el empleador está obligado a modificar dichas medidas de prevención por otras más tuitivas o protectoras.

94
Q

Se debe priorizar la prevención de los riesgos laborales colectivos sobre los individuales. En caso se hayan tomado las medidas pertinentes para menguar o reducir los riesgos colectivos, ¿cómo debe el empleador reducir el riesgo residual individualmente?

A

El empleador debe proporcionar EPP a sus trabajadores según el tipo de trabajo y riesgos específicos presentes en el desempeño de sus funciones.

95
Q

¿Es deber del empleador realizar la revisión de la indumentaria y equipos de trabajo?

A

Sí. El empleador debe adportar medidas necesarias y oportunas cuando detecte que el uso de indumentaria y equipos de trabajo o EPPs representen riesgos específicos para la seguridad y salud de los trabajadores.

Para esto es importante la participación de los trabajadores mediante la comunicación directa y oportuna.

96
Q

¿Puede compartir el empleador el costo de las acciones de SST con los trabajadore?

A

No, de ninguna manera pueden asumir los trabajadores el costo de las acciones, decisiones y medidas de SST.

97
Q

¿La interrupción de labores en caso inminente de peligro es un deber o un derecho del empleador?

A

Es un deber del empleador establecer medidas e instrucciones para que, en caso de peligro inminente que constituya un riesgo importante o intolerable para la seguridad y salud de los trabajadores, éstos puedan interrumpir sus labores e incluso, de ser necesario, abandonar de inmediato el centro de trabajo hasta que el riesgo se haya reducido o controlado.

98
Q

¿Que consideraciones deben tenerse para con un trabajador discapacitado?

A

Los trabajadores discapacitados son sujetos protegidos dentro del SG-SST por ser especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo. Por tanto, debe considerar su situación de discapacidad en la Matriz IPERC y en el diseño del puesto de trabajo.

99
Q

¿Cómo deben evaluarse los factores de riesgo relacionados a la función reproductiva de los trabajadores?

A

En las evaluaciones del plan integral de prevención de riesgos deben tenerse en cuenta los factores de riesgo que puedan incidir negativamente en la capacidad reproductiva de los trabajadores.

Deben considerarse la exposición a agentes químicos, físicos, ergonómicos, biológicos y psicosociales.

100
Q

¿En qué consiste el enfoque de género en el SG-SST?

A

Así como las discapacidades deben ser contempladas, por el empleador, en el IPERC, el género del trabajador(a) debe ser tomado en cuenta tanto en la evaluación inicial (diagnóstico) como en el IPERC anual. Asimismo, el empleador debe implementar las medidas necesarias para evitar la exposición de las trabajadoras en período de embarazo o lactancia a labores peligrosas, de conformidad con la ley de la materia.

101
Q

¿Qué derecho tienen las trabajadoras en estado de gestación?

A

A ser transferidas a otro puesto de trabajo sin menoscabo en su remuneración o categoría, en caso de que su puesto actual implique riesgos para su salud integral o al desarrollo del embrión.

102
Q

¿Qué labores no puede encargar el empleador a un trabajador adolescente?

A

No puede emplear adolescentes para la realización de actividades insalubres o peligrosas (alto riesgo) que puedan afectar su normal desarrollo físico y mental.. De igual manera, debe evaluar detenidamente el puesto de trabajo en el que planea ubicar a un adolescente y considerar su condición de persona en desarrollo en el IPERC.

103
Q

En el caso de adolescentes, ¿qué exámenes médicos deben llevarse a cabo?

A

El empleador debe practicar obligatoriamente exámenes médico ocupacionales antes, durante y al término de la relación laboral con adolescentes trabajadores.

104
Q

¿Qué obligaciones tiene el empleador respecto al empleamiento de contratistas, subcontratistas, empresas especiales de servicios (intermediación o tercerización) y cooperativas de trabajadores?

A

El empleador o quien asuma el contrato principal (EMPRESA USUARIA) es quien GARANTIZA:

  1. Que en el DISEÑO, IMPLEMENTACIÓN Y EVALUACIÓN del SG-SST se consideren TODOS LOS PUESTOS de trabajo (IPERC) incluso de personal bajo modalidades formativas laborales, trabajadores destacados (intermediación o tercerización), visitantes. ASIMISMO, debe considerarse la presencia de USUARIOS en el centro de labores.
  2. El DEBER DE PREVENCIÓN PARA TODO EL PERSONAL que se encuentre en las instalaciones.
  3. La VERIFICACIÓN DE la CONTRATACIÓN DE los SEGUROS de acuerdo a la normativa vigente para los trabajadores por sus respectivos empleadores. EN CASO DE INCUMPLIMIENTO, la EMPRESA PRINCIPAL es la responsable SOLIDARIA FRENTE A los DAÑOS E INDEMNIZACIONES que pudieran generarse.
  4. La VIGILANCIA DEL CUMPLIMIENTO de la NORMATIVA en materia de SST de las empresas presentes en el centro de trabajo de la empresa usuaria o con ocasión del trabajo correspondiente a la empresa principal. EN CASO DE INCUMPLIMIENTO, la EMPRESA PRINCIPAL ES la RESPONSABLE SOLIDARIA FRENTE A los DAÑOS E INDEMNIZACIONES que pudieran generarse.
105
Q

¿Qué disposiciones preventivas debe adoptar el empleador con respecto a máquinas, equipos, productos, sustancias o útiles de trabajo?

A

ANTES de que los trabajadores utilicen máquinas, equipos, productos, sustancias o útiles de trabajo, EL EMPLEADOR DEBE ADOPTAR:

  1. EVALUAR QUE éstos NO CONSTITUYAN UNA FUENTE DE PELIGRO ni pongan en riesgo la seguridad o salud de los trabajadores (inspección de pre uso).
  2. SE PROPORCIONE INFORMACIÓN Y CAPACITACIÓN SOBRE la INSTALACIÓN ADECUADA, utilización y MANTENIMIENTO PREVENTIVO (llevar registro) de las máquinas y equipos.
  3. SE PROPORCIONE INFORMACIÓN Y CAPACITACIÓN para el USO ADECUADO DE MATERIALES PELIGROSOS y el monitoreo de los riesgos.
  4. Toda la INFORMACIÓN relacionada a estas máquinas, equipos, productos, sustancias o útiles de trabajo (instrucciones, manuales, avisos de peligro u otras medidas de precaución) deben estar escritas EN ESPAÑOL Y redactadas EN un LENGUAJE SENCILLO.
  5. TODA la INFORMACIÓN mencionada en el punto anterior debe ser FACILITADA A LOS TRABAJADORES EN TÉRMINOS que les resulten COMPRENSIBLES.
106
Q

¿Qué debe garantizar el empleador antes de realizar cambios en las operaciones y procesos?

A

Debe garantizar que los trabajadores hayan sido consultados sobre las repercusiones, en materia de SST, que podrían tener los cambios en las operaciones, procesos y en la organización del trabajo.

107
Q

¿Qué información debe brindar el empleador a título grupal y cuál a título personal con respecto a los exámenes médico ocupacionales?

A
  1. A título grupal: las razones para los exámenes de salud ocupacional y acerca del desarrollo o resultados de investigaciones en relación con los riesgos para la SST.
  2. A título personal: los resultados de los informes médicos previos a la asignación de un puesto de trabajo (exámenes de aptitud) y los resultados relativos a la evaluación de la salud; pues son confidenciales.

El incumplimiento del deber de confidencialidad y, peor aún, el uso de información confidencial para ejercer discriminación por parte de los empleadores es pasible de acciones administrativas y judiciales, según corresponda.

108
Q

¿Tienen derecho los trabajadores a comunicarse con los inspectores de trabajo?

A

Sí, cualquier ciudadano puede realizar una denuncia ante la inspección del trabajo; incluso de manera confidencial. Asimismo, los trabajadores, durante una visita inspectiva, pueden comunicarse libremente con los inspectores de trabajo inclusive sin la presencia del empleador.

109
Q

¿Qué garantiza el Estado en caso algún trabajador sea hostigado o se haya ganado la antipatía o animadversión del empleador por cumplir sus funciones en el ámbito de SST?

A

EL ESTADO GARANTIZA PROTECCIÓN CONTRA CUALQUIER ACTO DE HOSTILIDAD Y OTRAS MEDIDAS COERCITIVAS (represivas o que pretenden forzar la voluntad) por parte del empleador a los trabajadores, representantes de los trabajadores, miembros del CSST o miembro de comisiones de seguridad y salud ocupacional POR TENER FUNCIONES EN EL ÁMBITO DE SST EN REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES.

110
Q

¿Qué obligación tienen los trabajadores con respecto al contenido de los PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN?

A

Tanto trabajadores como sus representantes tienen la OBLIGACIÓN DE:

  1. REVISAR LOS PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO.
  2. FORMULAR RECOMENDACIONES al empleador con el fin de mejorar la efectividad de los mismos.
111
Q

¿Por qué se dice que el IPERC y el Mapa de Riesgos son herramientas participativas?

A

Porque los representantes de los trabajadores en el CSST tienen derecho de participar en la elaboración del IPERC y del Mapa de Riesgos. Además, pueden solicitar al empleador los resultados de las evaluaciones, sugerir medidas de control y hacer seguimiento a éstas.

En caso de no tener respuesta satisfactoria en sus consultas o sugerencias, pueden recurrir a la AAT.

112
Q

¿Qué derecho tienen los trabajadores que hayan sufrido un accidente o enfermedad ocupacional?

A

Tienen derecho a ser transferidos a otro puesto que implique menos riesgo para su seguridad y salud, sin reducción de remuneración ni de categoría; SALVO en caso de INVALIDEZ ABSOLUTA PERMANENTE (que es una causa señalada en el D.L. 728 para la extinción del contrato de trabajo).

113
Q

¿En qué consiste la igualdad de protección en materia de SST?

A

Que todos los que presten servicios en el centro de trabajo tienen derecho al mismo nivel de protección en materia de SST; sin importar la modalidad de contrato, el rango, si el vínculo laboral es con la empresa principal o con terceros, etc.

114
Q

¿En qué consiste el derecho de los trabajadores a examinar los factores de riesgo ?

A

Los trabajadores, sus representantes y sus organizaciones sindicales tienen DERECHO A EXAMINAR los FACTORES que afectan su seguridad Y salud así como de PROPONER MEDIDAS en estas materias.

En la práctica, este derecho forma parte de las obligaciones de los operarios; pues son ellos quienes deben realizar las inspecciones de pre uso, de EPP, y demás, antes de realizar sus labores.

115
Q

¿Qué obligaciones tienen los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales? (1/2)

A
  1. CUMPLIR con las NORMAS, reglamentos e instrucciones de los programas de SST.
  2. TRAS haber sido CAPACITADOS E INFORMADOS sobre el uso de equipos, instrumentos y materiales de trabajo, tienen el DEBER DE UTILIZARLOS ADECUADAMENTE.
  3. NO OPERAR O MANIPULAR equipos, herramientas, maquinarias u otros ELEMENTOS PARA LOS CUALES NO HAYAN SIDO AUTORIZADOS.
  4. COOPERAR Y PARTICIPAR EN LAS INVESTIGACIONES DE ACCIDENTES Y DE ENFERMEDADES OCUPACIONALES CUANDO la AUTORIDAD COMPETENTE así LO REQUIERA o cuando la autoridad competente considere que conocen datos o información que ayuden al esclarecimiento de los hechos.
  5. SOMETERSE a los EXÁMENES MÉDICOS a que estén OBLIGADOS SEGÚN NORMA EXPRESA, siempre y cuando se garantice la CONFIDENCIALIDAD DEL ACTO MÉDICO.
116
Q

¿Qué OBLIGACIONES tienen los TRABAJADORES en materia de prevención de riesgos laborales? (2/2)

A
  1. PARTICIPAR, DENTRO DE LA JORNADA DE TRABAJO, de los organismos paritarios, en los PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN y otras actividades destinadas a PREVENIR LOS RIESGOS LABORALES que organice el empleador o la ATT.
  2. COMUNICAR AL EMPLEADOR TODO EVENTO o situación que ponga o pueda poner en RIESGO su seguridad y salud o las instalaciones físicas, DEBIENDO ADOPTAR INMEDIATAMENTE, de ser posible, las MEDIDAS CORRECTIVAS del caso SIN que se genere SANCIÓN DE NINGÚN TIPO.
  3. REPORTAR a los representantes o delegados de seguridad (miembros de CSST, Supervisor de SST, gerente de SSOMA, etc) DE FORMA INMEDIATA, LA OCURRENCIA DE CUALQUIER INCIDENTE, ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL.
  4. RESPONDER E INFORMAR CON VERACIDAD A LAS INSTANCIAS PÚBLICAS que se lo requieran, CASO CONTRARIO ES considerado FALTA GRAVE SIN PERJUICIO DE LA DENUNCIA PENAL CORRESPONDIENTE.
117
Q

¿Qué información toma en cuenta el MINTRA para aplicar, examinar y evaluar periódicamente la PN-SST?

A

Toma en cuenta la información en materia de:

  1. ACCIDENTES E INCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES OCUPACIONALES: registro, notificación e investigación.
  2. INCIDENTES PELIGROSOS: registro, notificación e investigación.
  3. ACCIDENTES DE TRABAJO, ENFERMEDADES OCUPACIONALES E INCIDENTES PELIGROSOS: recopilación, análisis y publicación de estadísticas.
118
Q

¿Cómo se mide la efectividad de la información recabada durante la investigación de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales e incidentes peligrosos?

A

La información recabada debe permitir:

  1. PREVENIR LOS ACCIDENTES Y LOS DAÑOS a la salud originados por el desarrollo de la actividad laboral.
  2. REFORZAR LAS DISTINTAS ACTIVIDADES NACIONALES DE RECOLECCIÓN DE DATOS e integrarlas dentro de un sistema coherente y fidedigno en materia de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes peligrosos (AT, EO e IP).
  3. ESTABLECER PRINCIPIOS GENERALES Y PROCEDIMIENTOS UNIFORMES para el registro y la notificación de accidentes de trabajo,
  4. FACILITAR LA PREPARACIÓN DE ESTADÍSTICAS ANUALES en materia de AT, EO e IP.
  5. FACILITAR ANÁLISIS COMPARATIVOS para fines preventivos promocionales.
119
Q

¿Qué debe informar todo empleador al MINTRA?

A
  1. Todo ACCIDENTE de trabajo MORTAL.
  2. Todo INCIDENTE PELIGROSO que ponga en riesgo la salud y la integridad física de los trabajadores o la población.
  3. Cualquier situación que altere o ponga en riesgo la vida, la integridad física y psicológica del trabajador suscitado en el ámbito laboral.
120
Q

¿Quiénes están obligados de informar al MINTRA sobre los accidentes de trabajo no mortales y enfermedades profesionales registradas o las que se ajusten a la definición legal de enfermedad profesional?

A

Los centros médicos asistenciales QUE ATIENDAN POR PRIMERA VEZ al trabajador que haya sufrido un accidente de trabajo no mortal o padezcan una enfermedad profesional están obligados de informar al MINTRA.

121
Q

En caso ocurra un AT, EP e IP con un trabajador afectado de una cooperativa de trabajadores, de una empresa de servicios, de contratistas o subcontratistas, o empresas de intermediación o tercerización, ¿quién es responsable de notificar al MINTRA este suceso?, ¿es la empresa usuaria o la empresa tercera?

A

La entidad empleadora contratante, también llamada PRINCIPAL O USUARIA es la responsable de notificar al MINTRA los AT, EP e IP del personal de terceros, bajo responsabilidad.

122
Q

¿El empleador está obligado a notificar las enfermedades ocupacionales -ya sean las incluidas en la tabla nacional o las que se ajustan a la definición legal de estas enfermedades-?

A

No, el deber de reporte de enfermedades ocupacionales es del centro médico asistencial público o privado; dentro de un plazo de 5 días hábiles de haber conocido el diagnóstico debe notificarlo al MINTRA.

123
Q

¿El centro médico asistencial o público responsable de notificar al MINTRA sobre los diagnósticos de enfermedades ocupacionales debe considerar el tipo de contrato del trabajador afectado o la naturaleza de su vínculo laboral con la empresa usuaria o contratada?

A

No; para fines del diagnóstico de enfermedad ocupacional no es relevante esta información. El diagnóstico y reporte de enfermedades ocupacionales debe realizarse independientemente de la situación de empleo del trabajador.

124
Q

¿Qué sucedería en caso se omita el cumplimiento de notificación de una enfermedad ocupacional por parte del centro médico asistencial?

A

Este hecho sería sancionable de conformidad con los procedimientos administrativos de la materia. (PAS del sistema de inspección del trabajo).

125
Q

Existen enfermedades que están directamente relacionadas a la exposición de peligros del puesto de trabajo. En este caso el diagnóstico es definitivo; ¿qué sucede en caso el diagnóstico no sea determinante?, ¿debe notificarse de todas maneras?

A

Considerando las características propias de las enfermedades ocupacionales, la NOTIFICACIÓN ES OBLIGATORIA aun cuando el caso sea diagnosticado como:

  1. SOSPECHOSO - PROBABLE, y con más razón si es:
  2. DEFINITIVO - CONFIRMADO.

La comunicación debe respetar el secreto del acto médico conforme a la Ley 26842, Ley General de Salud.

126
Q

Si bien el derecho laboral protege o tutela únicamente al trabajo dependiente, ¿qué sucede en caso ocurra un AT, EO o IP a un trabajador independiente?, ¿éste debe notificarse?

A

Sí, debe notificarse.
La notificación está a cargo del mismo trabajador independiente involucrado en el AT, EP o IP o a cargo de sus familiares en el centro asistencial que le brinde la primera atención, el cual procede a la debida comunicación al MINTRA así como al MINSA.

Comunicación:
Trabajador independiente > Centro Médico > MINTRA, MINSA

127
Q

¿Qué es el Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes peligrosos (AT, EO e IP)?

A

Es el registro obligatorio en que los empleadores deben administrar los datos e información relacionados a AT, EO e IP ocurridos en el centro de labores.
Este registro debe ser exhibido cuando así lo solicite la autoridad inspectiva.
Es obligatorio mantener archivado el registro de cada AT, EO e IP por un espacio de 10 años posteriores al suceso.

128
Q

¿Qué debe incluirse en el Registro de AT, EO e IP, además de éstos 3?, ¿por cuánto tiempo deben mantenerse archivados?

A

Además de los AT, EO e IP deben consignarse los eventos (incidentes menores) que ocurran en el día a día. Éstos deben archivarse al menos por 5 años posteriores al suceso.

129
Q

En teoría, ¿de qué antiguëdad como máximo son exigibles por la autoridad inspectiva los registros de eventos diferentes a AT, EO e IP?

A

(Art. 88° LSST) En los procedimientos de inspección ordenados por la AAT (ejecutados por la Sunafil o los gobiernos regionales) la empresa debe exhibir el Registro de AT, EO e IP en el cual también deben figurar los eventos de los últimos 12 meses.
Sin embargo, como el registro de eventos debe mantenerse por 5 años, el inspector de trabajo puede citar al empleador a una comparecencia para que presente los registros de eventos anteriores y declare sobre éstos.

130
Q

¿Qué debe adjuntarse a los Registros de AT, EO e IP en el archivo físico de éstos?

A

Deben adjuntarse las copias de las notificaciones de accidentes de trabajo.

131
Q

¿Con qué frecuencia publica el MINTRA estadísticas sobre AT, EO e IP?

A

El MINTRA publica mensualmente las estadísticas de AT, EO e IP con los datos notificados.
De igual manera, anualmente, publica estadísticas completas en su página web.

Cabe resaltar que esta información es de dominio público (Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública).

132
Q

¿Qué información brindan las estadísticas del MINTRA sobre AT, EO e IP?

A

Facilitan información sobre:

  1. FUENTES EMPLEADAS: declaraciones directas de los empleadores, de trabajadores de aseguradoras o de inspectores de trabajo.
  2. ALCANCE DE ESTADÍSTICAS: categorías, ocupaciones, sexo y edad de los trabajadores, actividades económicas y tamaños de empresas.
  3. Las DEFINICIONES UTILIZADAS.
  4. Los MÉTODOS UTILIZADOS para REGISTRAR Y NOTIFICAR los AT, EO e IP.
133
Q

¿Quiénes son los encargados de realizar la investigación de AT, EO e IP?

A

Existen dos casos:

  1. AT, EO e IP: El empleador, conjuntamente con el CSST, representantes de las organizaciones sindicales y de los trabajadores. La investigación debe determinar las causas inmediatas y básicas para que se definan e indiquen las medidas de prevención adoptadas.
  2. Accidentes de trabajo mortales: El empleador, CSST, representantes de las organizaciones sindicales y de los trabajadores y la AAT (Sunafil o Direcciones Regionales de Trabajo y Empleo).
134
Q

¿Cuál es la finalidad de las investigaciones?

A

Se investigan los AT, EO e IP, de acuerdo con la gravedad del daño ocasionado o riesgo potencial, con el fin de:

  1. Comprobar la eficacia de las medidas de seguridad y salud en el trabajo vigentes al momento del hecho.
  2. Determinar la necesidad de modificar dichas medidas.
  3. Comprobar la eficacia, tanto en el plano nacional como empresarial de las disposiciones en materia de registro de notificación de AT, EO e IP.
135
Q

¿En qué caso la AAT (MINTRA) realiza y publica informes de las investigaciones de AT, EO e IP (fuera de su habitual periodicidad mensual o anual)?

A

Cuando tales AT, EO e IP entrañen situaciones de grave riesgo efectivo o potencial para los trabajadores o la población.

136
Q

¿Cuáles son las funciones de la inspección de trabajo en materia de SST?

A

La inspección de trabajo 1) vigila y exige el cumplimiento de la normativa en materia de SST para la prevención de riesgos laborales, 2) brinda orientación y asesoría técnica en materia de SST e inicia el PAS con el levantamiento del Acta de Infracción al empleador, en caso se constate el incumplimiento de la normativa vigente de SST.

137
Q

¿Qué facultades otorga la LSST a los inspectores de trabajo? (1/2)

A
  1. INCLUIR A PERSONAS QUE, según su criterio, CONTRIBUYAN A desarrollar mejor LAS ACTUACIONES INSPECTIVAS, tales como: trabajadores, sus representantes, peritos, técnicos, representantes del CSST o aquellos designados oficialmente.
  2. PRACTICAR CUALQUIER DILIGENCIA DE INVESTIGACIÓN, examen, prueba que considere necesario para comprobar que las normativa de SST se esté cumpliendo.
  3. TOMAR O SACAR MUESTRAS de sustancias y materiales utilizados o manipulados en el establecimiento, realizar MEDICIONES, obtener FOTOGRAFÍAS, VÍDEOS y grabación de imágenes y levantar CROQUIS Y PLANOS.
  4. RECABAR Y OBTENER INFORMACIÓN, DATOS O ANTECEDENTES con relevancia para la función inspectora en materia de SST.
  5. ACONSEJAR Y RECOMENDAR la ADOPCIÓN DE MEDIDAS para promover el mejor y más adecuado cumplimiento de las normas de SST.
138
Q

¿Qué facultades otorga la LSST a los inspectores de trabajo? (2/2)

A
  1. REQUERIR al sujeto inspeccionado que lleve efecto las MODIFICACIONES que sean precisas EN las INSTALACIONES, EQUIPOS, y/o MÉTODOS de trabajo que garanticen el cumplimiento de la normativa de SST, en el plazo que crea conveniente el inspector.
  2. INICIAR EL PAS del procedimiento inspectivo mediante la extensión del Acta de Infracción.
  3. ORDENAR la PARALIZACIÓN O PROHIBICIÓN INMEDIATA DE TRABAJOS O TAREAS POR inobservancia de la normativa sobre prevención de riesgos laborales concurriendo en RIESGO GRAVE E INMINENTE para la SST de los trabajadores, con el apoyo de la fuerza pública.
  4. PROPONER A LOS ENTES QUE GESTIONAN EL SCTR, la EXIGENCIA DE las RESPONSABILIDADES que procedan EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL en los casos de AT y EO causados por falta de medidas de SST.
  5. ENTREVISTAR A LOS MIEMBROS DEL CSST y representantes de organizaciones sindicales, con independencia de la actuación inspectora.
139
Q

¿Qué entidades son las encargadas de proporcionar peritos y técnicos que apoyen a los inspectores de trabajo durante las visitas inspectivas?

A
  1. El MINTRA, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, el MINSA y los órganos de la administración pública proporcionan peritos y técnicos, debidamente calificados, a la inspección de trabajo, para el adecuado ejercicio de las actuaciones inspectivas en materia de SST.
  2. En el sector de energía y minas: las direcciones nacionales, regionales y locales (¿direcciones locales?) organizan, contratan y proporcionan personal técnico especializado para el desarrollo de las actuaciones inspectivas que realice el MINTRA en materia de SST.
    * COMENTARIO* El artículo da a entender que, cuando se trata de actuaciones inspectivas en el sector de energía y minas, el MINEM es quien debe proporcionar los peritos a la inspección del trabajo mediante sus direcciones nacionales y sus direcciones regionales (DREM). Sin embargo, no existen direcciones locales de EM pues a los municipios no les compete los temas sectoriales.
140
Q

¿Cómo se relaciona la inspección del trabajo con el CN-SST y los cr-SST?

A

Se relacionan mediante la REMISIÓN DE INFORMACIÓN que la inspección del trabajo debe hacer, DE OFICIO O A PEDIDO DE PARTE, al Conssat o a los Corssat sobre tópicos que disponga en materia de SST y que resulten necesarios para que los consejos mencionados lleven a cabo sus funciones.

141
Q

¿Cómo se relaciona la inspección del trabajo con el Ministerio Público?

A

Mediante la remisión de hechos que haya constatado el inspector de trabajo durante las diligencias, que puedan configurar algún delito por parte de los empleadores.
En ese supuesto, el inspector debe comunicar al Ministerio Público tales hechos constatados y datos o información de los sujetos que pudieran resultar afectados.

142
Q

¿Cómo se originan las actuaciones inspectivas en materia de SST?

A
  1. Por orden de las autoridades competentes del MINTRA.
  2. A solicitud fundamentada de otro órgano del sector público o de cualquier órgano jurisdiccional, en cuyo caso deben determinarse las actuaciones que le interesan y su finalidad.
  3. Por denuncia del trabajador. (7 de cada 10)
  4. Por decisión interna del Sistema de Inspección del Trabajo (SIT).
  5. Por iniciativa de los inspectores de trabajo cuando, en las actuaciones que se sigan en cumplimiento de una Orden de Inspección, conozcan hechos que puedan ser contrarios a la normativa en SST.
  6. A petición de los empleadores y los trabajadores, así como de organizaciones sindicales y empresariales (actuación inspectiva de orientación y asesoría técnica).
143
Q

¿Puede el inspector de trabajo realizar una medida de requerimiento al empleador aun cuando la actuación inspectiva era de orientación y asesoría técnica?

A

Sí, aun en los casos de actuaciones inspectivas de orientación y asesoría técnica en las que el SIT procura sensibilizar y capacitar al empleador y sus trabajadores, puede emitirse una medida de requerimiento si el inspector llega a comprobar la existencia de una infracción en materia de SST.

En este caso, la medida de requerimiento debe cumplirse en el plazo estipulado por el inspector. De lo contrario, éste emitirá un Acta de Infracción con una propuesta de multa.

144
Q

¿En qué casos puede el inspector de trabajo paralizar o prohibir trabajos durante una visita inspectiva?

A

Cuando el inspector compruebe que la INOBSERVANCIA de la normativa de SST implica, a su juicio, un RIESGO GRAVE E INMINENTE para la seguridad y salud de los trabajadores.

La órdenes de paralización o prohibición de trabajos por riesgo grave e inminente son de EJECUCIÓN INMEDIATA; sin perjuicio del pago de remuneraciones o indemnizaciones que correspondan a los trabajadores afectados, así como de las medidas que puedan garantizarlo.

145
Q

¿Cómo se materializa el Principio de Responsabilidad en el caso de incumplimiento a la obligación de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores?

A

En materia de SST, la ENTIDAD EMPLEADORA PRINCIPAL RESPONDE DIRECTAMENTE POR LAS INFRACCIONES que, en su caso, se cometan POR el INCUMPLIMIENTO de la obligación de GARANTIZAR la SEGURIDAD Y SALUD de sus trabajadores y todos aquellos que prestando servicios (practicantes, destacados, etc.) o como visitantes o usuarios se encuentren en sus instalaciones.

146
Q

¿Qué efecto tiene la LSST sobre los reglamentos sectoriales y de otros organismo públicos en materia de SST?

A

Los ministerios, instituciones públicas y organismos públicos deben adecuar sus reglamentos en materia de SST a la Ley N° 29783, pues ésta es una ley de piso mínimo.

147
Q

¿Qué competencias de supervisión y fiscalización minera se han transferido al MINTRA?

A

Se han transferido únicamente las competencias de supervisión, fiscalización y sanción en materia de SST de los SUBSECTORES DE MINERÍA, ELECTRICIDAD E HIDROCARBUROS.

148
Q

¿Qué entidad financia las funciones de supervisión y fiscalización de las actividades mineras?

A

El MINTRA financia las funciones de supervisión y fiscalización de las actividades mineras mediante 1) sus recursos propios, 2) los montos pagados por conceptos de arancel de fiscalización minera por parte de los titulares de la actividad minera y 3) el 70% de las multas que se impongan por las infracciones detectadas en los procesos de fiscalización minera.

149
Q

¿Cuáles son las infracciones administrativas en materia de SST?

A

Son infracciones administrativas en materia de SST los incumplimientos (mediante acciones u omisiones de los sujetos responsables) de las disposiciones legales de carácter general o sectorial (industria, construcción, energía y minas).

Se resalta la naturaleza administrativa de estas infracciones para que sean pasibles de sanción mediante el PAS.

150
Q

¿Qué cambio introdujo la LSST en la LGIT?

A
  1. Que las actuaciones inspectivas se deben llevar a cabo por los mismos inspectores o equipos que las iniciaron y que están designados en la Orden de Inspección, sin que puedan encomendarse a otros actuantes.
  2. El plazo para culminar las actuaciones inspectivas, desde su inicio, es de 30 días hábiles improrrogables en materia de SST.
151
Q

¿A quiénes se debe notifcar la resolución (de primera o segunda instancia) del PAS de un procedimiento inspectivo?

A

Se debe notificar al denunciante, al representante de la organización sindical, así como a toda persona con legítimo interés en el procedimiento.

152
Q

¿Cuál es la diferencia entre la modificación del artículo 168-A de la Ley N° 30222 (11/07/14) y la última modificación con el D.U. 044-2019 (30/12/19)?

A
  1. ANTES: Para configurarse como delito el atentado contra contra las condiciones de SST, el sujeto inspeccionado debía haber sido notificado por la autoridad competente por no adoptar las medidas previstas previo al suceso. Además la inobservancia debía ser la causa directa de dicho suceso.
    AHORA: No es necesario el supuesto anterior, solo basta con que el sujeto esté legalmente obligado por el deber de Prevención y que deliberadamente haya infringido las normas de SST.
  2. ANTES: Se excluía la responsabilidad penal cuando la muerte o lesiones graves eran producto de la inobservancia de las normas de SST por parte del empleador.
    AHORA: No se menciona este supuesto.
153
Q

Según el D.U. 044-2019, ¿cuáles son las penas por el delito de atentado contra las condiciones de seguridad y salud en el trabajo?

A
  1. No menor de 1 ni mayor de 4 para el que, deliberadamente, infringiendo las normas de seguridad y salud en el trabajo y estando legalmente obligado, ponga en peligro inminente la vida, salud o integridad física de sus trabajadores de forma grave
  2. No menor de 3 ni mayor de 6 si, como consecuencia de la inobservancia deliberada de las normas de seguridad y salud en el trabajo, se causa lesión grave cuando el agente pudo prever este resultado.
  3. No menor de 4 ni mayor de 8 si, como consecuencia de la inobservancia deliberada de las normas de seguridad y salud en el trabajo, se causa la muerte del trabajador o terceros cuando el agente pudo prever este resultado.
154
Q

¿Qué cambio realizó la LSST en el tema de repartición de utilidades?

A

Ahora participarán en el reparto de utilidades en igualdad de condiciones los trabajadores que hayan sufrido un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional y que haya dado lugar a descanso médico, debidamente acreditado, al amparo y bajo los parámetros de la norma de SST.

Es decir, los días de descanso se computarán como efectivamente laborados para el cálculo de utilidades.