D.S. N° 011-2019-TR, Reglamento de SST para Construcción Flashcards
¿Cuál es el nombre del D.S. N° 011-2019-TR?
Es el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo para el Sector Construcción.
¿Cuál es el OBJETO del D.S. N° 011-2019-TR?
Es establecer las disposiciones mínimas en SST para el sector construcción, a nivel nacional.
¿Cuál es la FINALIDAD del D.S. N° 011-2019-TR?
Tiene la finalidad de PREVENIR ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES en el desarrollo del sector construcción, promoviendo una CULTURA DE PREVENCIÓN de los riesgos laborales en el país.
¿Cuál es el ámbito de aplicación del D.S. N° 011-2019-TR?
A los empleadores del sector privado, sus trabajadores, contratistas, subcontratistas, empresas especiales de servicios o cooperativas de trabajadores, personas bajo modalidades formativas, independientes; así como a quien, sin prestar servicios, se encuentre dentro del lugar de trabajo, en lo que resulte aplicable.
¿El D.S. N° 011-2019-TR deja sin efecto a las normas técnicas?
No, las normas técnicas que resulten obligatorias en el sector construcción deben aplicarse, siempre que no se opongan al Reglamento de SST para Construcción.
¿Qué es un ATS?
Es el Análisis de Trabajo Seguro (ATS), que es una herramienta de gestión de SST para identificar peligros y evaluar los riesgos que puedan generar lesiones o daño a los trabajadores en la ejecución de cada una de sus actividades de construcción; así como para determinar los controles.
Dada la descripción, podemos inferir que es similar a la Matriz IPERC.
¿Qué es el Comité Técnico de Coordinación en SST?
Es el órgano liderado por el empleador principal o su representante (en el caso de los consorcios o de varias empresas en ejecución de la obra); encargado de COORDINAR LAS ACCIONES DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES en la obra.
¿A qué se refiere el R-SST-C con “condiciones externas”?
A los elementos, agentes o factores EXÓGENOS a la obra de construcción que pueden tener incidencia en la seguridad y salud en el trabajo.
¿Cuál es la definición de “empleador” para el R-SST-C?
Es la persona natural o jurídica que emplea trabajadores en una obra de construcción, que según el caso puede ser:
- Empleador principal.
- Propietario.
- Consorcio.
- Contratista.
- Subcontratista, etc.
¿A qué se refiere el R-SST-C con “empleador principal”?
Es la persona natural o jurídica que TIENE A CARGO EL DESARROLLO DE UNA OBRA DE CONSTRUCCIÓN, que puede encargar o delegar la ejecución de una o más partidas y/o actividades de dicha obra a una o más empresas contratistas y/o subcontratistas.
¿Quién es responsable de la implementación del Sistema de Gestión de SST en una obra de construcción?
Es el empleador principal.
¿Cuál es la definición de “Exámenes médico ocupacionales” para el R-SST-C?
Son aquellos exámenes médicos realizados al trabajador, ORIENTADOS A LA DETECCIÓN PRECOZ DE EFECTOS EN LA SALUD Y/O LESIONES DE POSIBLE APARICIÓN en razón a la exposición de riesgos presentes en el puesto de trabajo.
¿Cuál es la definición de “IPERC” para el R-SST-C?
Es la herramienta de gestión mediante la cual se localiza y reconoce que:
- Existe un peligro y se definen sus características.
- Para luego valorar el nivel, grado y gravedad de los riesgos.
- Proporcionando la información necesaria para que el empleador se encuentre en condiciones de tomar un decisión apropiada sobre la oportunidad, prioridad y tipo de medidas preventivas que debe adoptar.
¿Qué es una “obra de construcción” para el R-SST-C?
El R-SST-C la define como cualquier actividad o trabajo de ingeniería o arquitectura.
¿Qué es un PETAR?
Es el Permiso Escrito para Trabajos de Alto Riesgo (PETAR), un documento que autoriza la ejecución de trabajos considerados de alto riesgo.
¿A qué se refiere el R-SST-C con “Plan de seguridad y salud en el trabajo de la obra”?
Es el DOCUMENTO DE GESTIÓN mediante el cual cada EMPLEADOR PLANIFICA la IMPLEMENTACIÓN de su SG-SST en la obra.
¿A qué se refiere el R-SST-C con “Protocolo para la interrupción de actividades en caso de peligro inminente”?
Es el PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO POR EL EMPLEADOR para la atención de casos en los que se requiera DETENER las ACTIVIDADES debido a un PELIGRO INMINENTE que constituya RIESGO IMPORTANTE o INTOLERABLE para la seguridad y salud en la obra.
¿A qué se refiere el R-SST-C con “Reconformación del Subcomité de SST”?
Es el proceso por el cual se eligen nuevos representantes de los trabajadores ante el Subcomité de SST cuando este pierda el 50% del total de sus representantes, titulares y/o alternos.
¿A qué se refiere el R-SST-C con “Vigilancia de la salud de los trabajadores”?
Es el proceso de recolección, análisis, interpretación y difusión continuada y sistemática de información sobre la salud del trabajador. Es:
1. Constante
2. Participativo
3. De mejora continua
En función de los peligros y riesgos presentes en el puesto de trabajo. Se realiza de manera individual y colectiva.
¿A quiénes considera “visitantes” el R-SST-C?
Es la PERSONA AUTORIZADA POR EL EMPLEADOR PRINCIPAL que, sin tener vínculo laboral o contractual con algún empleador, INGRESA a la obra de construcción.
¿Cuáles son la obligaciones general del empleador según el R-SST-C? (1/3)
- Asumir los costos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo.
- Formular, administrar y mantener actualizados los DOCUMENTOS y REGISTROS del SG-SST, en función a la naturaleza y características especiales de la obra de construcción.
- COMUNICAR a los trabajadores SOBRE LOS RIESGOS en materia de SST y sus medidas de control, mediante el uso de medios idóneos, y a través de lenguaje preciso, claro y comprensible para su destinatario.
- FACILITAR EL INGRESO de la Autoridad Inspectiva de Trabajo, funcionariado y/o representantes de las autoridades correspondientes en el ejercicio de sus funciones.
- PERMITIR EL INGRESO DE VISITANTES, de conformidad con el procedimiento de autorización de visitas.
¿Cuáles son la obligaciones general del empleador según el R-SST-C? (2/3)
- ASEGURAR la EVALUACIÓN Y MEJORA CONTINUA del SG-SST, a través de la supervisión eficaz, inspecciones y otras herramientas.
- Realizar la actualización del IPERC previo al cambio de un trabajador de puesto o lugar de trabajo. Esta actualización debe considerar la posibilidad de que el trabajador sea especialmente sensible a las condiciones del nuevo puesto o lugar de trabajo POR SUS CARACTERÍSTICAS PERSONALES O ESTADO DE SALUD.
- GARANTIZAR LA PARTICIPACIÓN de los trabajadores en el SG-SST.
- GARANTIZAR LA COORDINACIÓN en materia de SST con las empresas contratistas y subcontratistas, cuando corresponda.
- IMPLEMENTAR la VIGILANCIA DE LA SALUD de los trabajadores.
¿Cuáles son la obligaciones general del empleador según el R-SST-C? (3/3)
- ESTABLECER E IMPLEMENTAR UN PROTOCOLO para la INTERRUPCIÓN DE ACTIVIDADES en caso de PELIGRO INMINENTE.
- Colocar la IPERC en un LUGAR VISIBLE Y ACCESIBLE en la obra de construcción.
- Realizar la INVESTIGACIÓN de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
- Dotar a los trabajadores de EPP, conforme a lo establecido en las normas que correspondan.
¿Qué debe verificar el empleador antes de la asignación temporal de labores a un trabajador?
El empleador deberá verificar que el trabajador cuente con:
- La información.
- Las competencias.
- Las aptitudes suficientes.
Todo esto para que el desarrollo de las labores temporales asignadas se desarrolle de manera segur y saludable.
¿Cómo debe proceder el empleador en caso el trabajador no cuente con la información, las competencias o las aptitudes para ejecutar las labores asignadas temporalmente?
El empleador deberá brindar la CAPACITACIÓN RESPECTIVA ANTES DEL INICIO DE LAS LABORES.
¿Cuál es el rol del empleador en la investigación de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales?
El empleador DEBERÁ INVESTIGAR TODO INCIDENTE, ACCIDENTE DE TRABAJO Y ENFERMEDAD PROFESIONAL, conforme con lo dispuesto en la Ley N° 29783 y su Reglamento (D.S. N° 005-2012-TR).
¿Qué debe asegurar o garantizar el empleador tras la realización de la investigación del incidente, accidente de trabajo o enfermedad profesional?
El empleador deberá ASEGURAR LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS MEDIDAS CORRECTIVAS que se establezcan como resultado de la misma.
En caso de accidentes incapacitante o mortales, ¿quién está a cargo de la investigación?
Todo accidente incapacitante o mortal está a cargo de la COMISIÓN INVESTIGADORA.
¿Quiénes integran la comisión investigadora?
- Un profesional designado por el empleador principal, quien lidera la comisión.
- El jefe inmediato del trabajador accidentado.
- Un representante de los trabajadores ante el Comité o Subcomité de SST, según corresponda, del empleador con quien tena vínculo laboral la persona accidentada.
- El prevencionista a cargo.
¿La comisión investigadora puede solicitar apoyo para realizar la investigación de un accidente incapacitante o mortal?
Sí, puede solicitar el apoyo del personal de salud para el desarrollo de la investigación.
¿Cómo debe realizar el empleador la investigación de los accidentes?
Bajo la metodología y procedimiento establecido en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo de la obra.
Existen pautas en el Anexo N° 1 del R-SST-C (D.S. N° 011-2019-TR)
¿Qué debe contener el informe de investigación del accidente?
Deberá señalar los RESULTADOS y los DOCUMENTOS SUSTENTATORIOS ya sean físicos o digitales.
¿Qué debe asegurar el empleador tras la realización de la investigación del accidente de trabajo, en lo relacionado a su deber de comunicación?
Deberá ASEGURAR, a través de medios físicos o digitales, QUE HA PUESTO EN CONOCIMIENTO del Comité, el Subcomité de SST, del Comité Técnico de Coordinación en SST, el RESULTADO de las investigaciones realizadas y las MEDIDAS CORRECTIVAS que se establezcan.
¿Cuál es el deber del empleador con respecto a comunicar a la AAT?
El empleador deberá reportar a la AAT todo accidente de trabajo mortal e incidente peligroso dentro de las 24 horas de ocurrido el suceso.
¿Cuál es el canal o medio por el cual el empleador deberá reportar los accidentes mortales e incidentes peligrosos?
El empleador, dentro las 24 horas de ocurrido el suceso, deberá reportar a través del Sistema Informático de Accidentes de Trabajo, Incidentes Peligrosos y Enfermedades Ocupacionales - SAT o el que haga sus veces, que se encuentra en el portal institucional del MINTRA.
En una obra de construcción con múltiples empresas trabajando simultáneamente, ¿quién es responsable de autorizar el ingreso de visitas a dicha obra de construcción?
El responsable de autorizar el ingreso de visitas a la obra de construcción es el EMPLEADOR PRINCIPAL.
¿Cómo previene el empleador principal los riesgos laborales de las visitas autorizadas?
Para ello deberá contar con un PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN DE VISITAS.
¿Cuáles son los EPP e indumentaria de trabajo mínimos a ser requeridos en una obra de construcción para el ingreso de visitas?
Las visitas deberán portar:
- Casco de seguridad.
- Lentes de seguridad
- Chaleco de alta visibilidad.
- Zapatos de seguridad.
El tipo de EPP e indumentaria de trabajo dependerá del tipo y nivel de riesgo a controlar. Asimismo, el no uso del chaleco de alta visibilidad puede ser una medida preventiva a considerar, cuando este uso genere un riesgo para la seguridad y salud del trabajador, por ejemplo, el riesgo de atrapamiento, entre otros.
¿Es válido que el Procedimiento de autorización de visitas a una obra de construcción haya sido elaborado y comunicado únicamente de manera verbal?
No, el Procedimiento de autorización de visitas debe constar por escrito.
¿Cuál es el contenido mínimo de un Procedimiento de autorización de visitas a una obra de construcción?
- Designación del personal del empleador principal que se encarga de ejecutar el Plan de autorización de visitas.
- Identificación de la visita.
- Verificación de los requerimientos de SST, como seguros o EPP, cuando correspondan.
- Autorización del ingreso de la visita.
- Registro de la visita.
- Entrega de la cartilla de seguridad y salud en el trabajo a la visita.
- Acompañamiento y guía permanente de la visita por un representante designado por el empleador de la obra.
¿Qué información debe contener la Cartilla de seguridad?
- Datos de quien autoriza el ingreso.
- Instrucciones y recomendaciones de seguridad y salud para todo el recorrido.
- Listado de EPP mínimo para visitantes.
- Señales de seguridad.
- Esquema de las rutas de evacuación y zonas seguras.
- Prohibiciones.
- Otra información que se estime necesaria, de acuerdo con la naturaleza y características especiales de la obra de construcción.
¿Cómo debe llevar a cabo el empleador el control de uso de alcohol y/o drogas ilegales?
El empleador debe establecer mecanismos orientados a instaurar una POLÍTICA ESTRICTA DE PROHIBICIÓN DE INGRESO Y/O CONSUMO DE ALCOHOL Y DROGAS ILEGALES dentro de la obra de construcción, así como la PROHIBICIÓN DE INGRESO a la obra de construcción BAJO EL EFECTO DE DICHAS SUSTANCIAS.
¿Qué derechos de los trabajadores señala el R-SST-C?
El R-SST-C señala el derecho a/de:
- Participar activamente en la definición y mantenimiento de condiciones seguras de trabajo y procedimientos de trabajo seguros a ser adoptados en obra.
- Recibir información clara y suficiente sobre el IPERC del puesto de trabajo asignado.
- Acceder a todos los resultados de los exámenes médicos ocupacionales que se le hayan realizado, así como a su historia clínica ocupacional completa.
- A la confidencialidad de la información relacionada a su salud así como al resguardo en condiciones adecuadas de esta información.
- Conocer los mecanismos de comunicación con el personal encargado de la vigilancia de la salud. (¿Existen?)
- Acceder a los resultados e informes de investigación de accidentes y/o enfermedades profesionales en los que se haya visto directamente afectados.
¿Cuál es el derecho de los trabajadores ante un riesgo inminente y/o intolerable?
Tienen derecho a detener sus labores y/o alejarse de su lugar de trabajo, sin que ello suponga pérdida de remuneración o la aplicación de una sanción por parte del empleador.
¿Qué obligaciones añade el R-SST-C a los establecidos por la LSST y su Reglamento para los trabajadores? (1/4)
- CUMPLIR con los reglamentos, procedimientos, estándares, prácticas de trabajo seguro, señalización e instrucciones establecidas por el empleador.
- REPORTAR DE FORMA INMEDIATA cualquier incidente o accidente al jefe inmediato superior.
- REPORTAR AL PROFESIONAL DE LA SALUD cualquier condición de salud propia o de sus compañeros que dificulte el desarrollo seguro de la actividad laboral.
- PARTICIPAR Y COLABORAR en la investigación de los incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
- UTILIZAR CORRECTAMENTE las máquinas, equipos, herramientas, unidades de transporte y equipos de protección personal y colectiva, PREVIA CAPACITACIÓN SOBRE SU USO.
¿Qué obligaciones añade el R-SST-C a los establecidos por la LSST y su Reglamento para los trabajadores? (2/4)
- PARTICIPAR EN TODA CAPACITACIÓN, SIMULACRO O ENTRENAMIENTO que se programe dentro de la jornada de trabajo.
- CUMPLIR CON realizarse los EMO, conforme a las normas vigentes, proporcionando información veraz ante el médico ocupacional.
- PARTICIPAR ACTIVAMENTE en los procesos de MEJORA CONTINUA de la seguridad y salud en el trabajo.
- Usar DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS SOLO EN LUGARES AUTORIZADOS.
¿Qué obligaciones añade el R-SST-C a los establecidos por la LSST y su Reglamento para los trabajadores? (3/4)
- NO COMETER ACTOS INSEGUROS que puedan poner en riesgo su seguridad personal, la de sus compañeros de trabajo o de terceros.
- No manipular, modificar, operar, activar ni reparar máquinas, válvulas, tuberías, conductores eléctricos, o cualquier otro equipo de trabajo, SIN CONTAR CON LA CAPACITACIÓN Y AUTORIZACIÓN CORRESPONDIENTES.
- NO USAR COMO VEHÍCULO las máquinas o equipos que no estén diseñados especialmente para el transporte de personas.
- No alterar, modificar, desactivar ni sustraer dispositivos de seguridad.
¿Qué obligaciones añade el R-SST-C a los establecidos por la LSST y su Reglamento para los trabajadores? (4/4)
- NO LEVANTAR CARGAS que EXCEDAN los pesos máximos establecidos en la R.M. N° 375-2008-TR, Norma básica de ergonomía y de procedimiento de evaluación de riesgo disergonómico, o norma que haga sus veces.
- No romper, sacar, alterar o destruir afiches, publicaciones o comunicados en materia de SST.
- No ingresar a la obra de construcción bajo la influencia de alcohol y/o drogas ilegales, ni introducir dichos productos a la obra.
- PARTICIPAR en las actividades de CAPACITACIÓN, CAMPAÑAS DE SENSIBILIZACIÓN, entre otras, en materia de SST que organice el empleador.
¿Qué sucede en caso un trabajador incumpla con sus obligaciones en materia de SST?
Cualquier incumplimiento del trabajador de sus obligaciones en materia de SST deberá ser sancionado conforme a lo establecido en el RIT y RISST, respetando los principios de inmediatez y proporcionalidad.
¿Desde qué momento debe considerarse el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo de la obra?
DESDE LA CONCEPCIÓN DEL PRESUPUESTO, el cual debe incluir una partida específica denominada “Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo”, en la que se estima el costo de la implementación de los mecanismo técnicos y administrativos contenidos en el Plan.
¿Quién es responsable de la implementación del Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como de GARANTIZAR SU CUMPLIMIENTO?
Es responsable el empleador.
¿Cómo deben actuar los contratistas y subcontratistas en relación al Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo del empleador?
Deberán CUMPLIR CON LOS LINEAMIENTOS del Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo del empleador y TOMARLOS COMO BASE para la elaboración de sus respectivos planes.
(Podríamos considerar que es una suerte de homologación).
¿Cómo puede el empleador garantizar el cumplimiento de los estándares y procedimientos de trabajo por parte de todos los trabajadores?
El empleador, a través de los jefes inmediatos superiores ejecuta los mecanismos de supervisión y control para el cumplimiento de los estándares y procedimientos de trabajo.
¿Puede el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo estar únicamente en oficina o archivado con los documentos del SG-SST?
No, el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobado DEBER ESTAR DISPONIBLE EN LA OBRA para los trabajadores.