Justicia Constitucional Local Flashcards
1
Q
Antecedents
A
• 2000: Reforma a la Const de Veracruz. Se establece una Sala Constitucional dentro del Tribunal
Superior de Justicia, quien resuelve controversias const, acciones de inconstitucionalidad, DDHH
para juicio local, acción para omisión legislativa.
• Edo de Tlaxcala
• Edo de Chihuahua 2002
• QRO 2003
• NL, Edo Mex 2004
• Hoy todos cuentan con un mecanismo para tutelar su propia Constitución.
Estado Vs Municipio: Federal o Local. Jurídicamente a cualquiera de los dos. Depende a quién representas
y a quién te conviene.
2
Q
Modelos del Tribunal Constitucional
A
- Sala Constitucional dentro del Tribunal de Justicia.
- Pleno del tribunal de justicia sea el órgano constitucional.
- En algunos casos se crea una sala y se le instruye para que siga el proceso de instrucción y en la
etapa de sentencia se le constituye al pleno.
3
Q
Principales Garantías Constitucionales.
A
- Controversia Constitucional. El más usado y casi todos los Estados (No todos tienen medios de
control Sonora, Zacatecas, los que si si tienen). Dirimen controversias entre los poderes locales, o
entre los municipios de esa Entidad Federativa, Coyoacán entre Álvaro Obregón.
a. Interés Jurídico, afectación en tu competencia.
b. Pueden acudir a la vía Federal o Estatal. No hay facultad de Atracción (Sólo en Amparo
Indirecto). - Acción de Inconstitucionalidad Local: impugna normas contrarias a la Const Local. Órganos Const
autónomos Locales, Algunas incluso a Universidad Pública Estatal para promover.
a. Acción de Inconstitucionalidad por Omisión Legislativa: No está prevista a nivel Federal.
b. Constituyente Permanente: Órgano que Reforma la Constitución o que la crea. Establece
una obligación para el Congreso para que haga una Ley y el Congreso no hace esa Ley, hay
una Omisión Legislativa que incurre en una Acción de Inconstitucionalidad.
i. Penal: Cuerpo del Delito, probable responsabilidad. Cuando lo ejerzo acción penal
de lo contrario no. Actor es la Fiscalía (Víctima es coadyuvante). Omisión
Legislativa deber legislativo y no lo hay.
ii. Lo demás se verá en la Ley reglamentaria, y no hay ley reglamentaria.
iii. A nivel Federal No hay, se ha solucionado de distintas maneras, - Controversia . No (int legítimo).
- Acciones de Inconst, no son por que no hay norma.
- Juicio de Amparo – No hay
- Control Previo de Leyes: Oaxaca 2013, un proyecto de ley puede ser impugnado antes de su
promulgación por el Gobernador, el Congreso Estatal aprueba y antes de que promulgue, El
gobernador o el 33% de la legislatura Estatal acuden antela sala para revisar la constitucionalidad
de la norma antes de que entre en vigor. La sentencia debe de dictarse en 15 días naturales. - Cuestión de Inconstitucionalidad. Cuando un juez que está conociendo una controversia
ordinaria, y tenga dudas sobre la constitucionalidad de una norma que va a aplicar, suspende el
proceso y eleva una consulta al tribunal constitucional, si la estima inconstitucional el juez
ordinario no la aplica, de lo contrario la aplica. Ya no se usa por que ya hay control difuso, cualquier
juez ordinario puede resolver cuestiones de inconstitucionalidad, él puede inaplicar una norma
por control difuso. - Protección de derechos humanos locales. Como amparo local, ya no se usa mucho por que
cualquier juez federal, ya no se usa el amparo local, solo a nivel federal. Si usas el local alargas el
proceso.